AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA
EL MES DE FEBRERO 2014
En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la ley Nacional Nº 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas UF, y asimismo a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Provincial Nº 0869/09, conforme la modificación dispuesta por el Artículo 5 del Decreto Provincial Nº 0409/13 y la Resolución Nº 0074/13 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, por el cual se fijan como valor para la unidad fija UF el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF).
1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 9.580
Este precio se publican de acuerdo a lo información por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.
S/C 10971 Feb. 13 Feb. 14
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DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16101-0130792-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1824 de fecha 08/04/2011 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. E) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. PILI HUGO SALVADOR, con último domicilio conocido en Barrio Quinta de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 900 dictada el 10 de Octubre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... ARTICULO 1º - Rechazar el descargo efectuado por el Sr. Pili Hugo Salvador por los motivos invocados en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2º - Aprobar el Acta de Infracción Nº 1824 de fecha 08/04/2011, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 3º - Intimar al conductor el Sr. PILI HUGO SALVADOR con domicilio en Barrio Quinta de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, al Transportista TRANSPORTE AREQUITO S.R.L. con domicilio en Brigadier López 1230 de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe y FRAISVAIN S.R.L. con domicilio en San Martín 2106 de la localidad de Chabás, Provincia de Santa Fe y al cargador DEL PICCOLO OSCAR ALBERTO y DEL PICCOLO ANDRES ALBERTO S.R.L., con domicilio en Zona Rural de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 11.239,44 (Pesos Once Mil Doscientos Treinta y Nueve con 44/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimientos de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Muttis 880, de está ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º - La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor - transportista del Camión marca Dodge, modelo DP - 800 - 175, Dominio Chasis UMO - 900 y Dominio Acoplado RFL- 042, Sr. PILLI HUGO SALVADOR con domicilio en Barrio Quinta de Arequito, Provincia de Santa Fe, el transportista TRANSPORTE AREQUITO S.R.L., con domicilio en Brigadier López 1230 de la localidad de Arequita, provincia de Santa Fe y FRAISVAIN S.R.L., con domicilio en San Martín 2106 de la localidad de Chabás, Provincia de Santa Fe y el cargador DEL PICCOLO OSCAR ALBERTO y DEL PICCOL ANDRES ALBERTO S.R.L., con domicilio en Zona Rural de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 11.239,44 (pesos Once Mil Doscientos Treinta y Nueve con 44/100), con más los intereses que correspondan a la fecha que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese y archívese. - Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10958 Feb. 14 Feb. 17
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0031206-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2239 de fecha 05/06/2013 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 30º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58 a los infractores ISABELINO AGUSTIN GAITAN SAUCEDO, con último domicilio conocido en Zona Rural S/N de la localidad de Santa Rosa, Provincia de Santa Fe y MATIAS ARMANDO ANDRES CABO con último domicilio conocido en Ruta Nº 70 de la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe de lo establecido en la Resolución Nº Nº 953 dictada el 15 de Octubre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... ARTICULO 1º - Aprobar el Acta de Infracción N° 2235 de fecha 05/06/3013, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º - Intimar al conductor, el Sr. GAITAN SAUCEDO ISABELINO AGUSTIN, con domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de Santa Rosa, Provincia de Santa Fe, al transportista CABO MATIAS ARMANDO ANDRES con domicilio en Ruta Nº 70 de la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe, y FULLTROCK S.R.L. con domicilio en Estrada Nº 1328 de la localidad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, y al cargador HOLCIM ADMINISTRACION CENTRAL, con domicilio en Malagueño de la localidad de Córdoba, Provincia de Córdoba, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 7.689,03 (Pesos Siete Mil Seiscientos Ochenta y Nueve con 05/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Bv. Muttis 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cts. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º - La Falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo a, cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Volkswagen, modelo 18310, Dominio Unidad Tractora ELW - 585 y Dominio Semiremolque DPF - 275, Sr. GAITAN SAUCEDO ISABELINO AGUSTIN, con domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de Santa Rosa, Provincia de Santa Fe, el transportista CABO MATIAS ARMANDO ANDRES, con domicilio en Ruta Nº 70 de la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe, y FULLTROCK S.R.L. con domicilio en Estrada 1328 de la localidad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, y el cargador HOLCIM ADMINISTRACION CENTRAL, con domicilio es Malagüeño de la localidad de Córdoba, Provincia de Córdoba, tendiente al cobro de la suma de $ 7.689,05 (Pesos Siete Mil Seiscientos Ochenta y Nueve con 05/100), con más los intereses que correspondan a la fecha que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10959 Feb. 14 Feb. 17
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MINISTERIO DE INNOVACIÓN
Y CULTURA
RESOLUCIÓN Nº 052
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 10 de feberero de 2014.-
VISTO:
El Expediente Nº 01201-0006010-7 del registro del Ministerio de Innovación y Cultura, mediante el cual se impulsa una convocatoria a procedimiento de selección para cubrir un cargo en la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe dependiente de esta cartera, dentro del marco establecido por el Decreto Nº 291/09 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que se detecta vacante el cargo de Categoría 3 – Copista del mencionado organismo por el cese por jubilación de su titular;
Que la función del copista es de vital importacia en el desarrollo de las actividades del organismo sinfónico, sobre todo en las tareas y el rol asignado al cargo, el que, por sus particularidades, garantiza la calidad del desempeño de los músicos;
Que por lo expuesto, resulta necesario realizar un procedimiento de selección de personal para tal fin, de acuerdo al perfil del cargo a cubrir, especificado en el Anexo I de esta resolución;
Que asimismo y a los fines de la evaluación de los postulantes, se propone la conformación propuesta para el Comité de Selección en el Anexo II del presente instrumento legal;
Que para esta gestión se ha tenido en cuenta lo regulado por el Decreto Nº 291/2009 y sus disposiciones complementarias;
Que el cargo afectado a esta selección cuenta con financiamiento según lo indicado por el Área de Recursos Humanos de esta cartera y el Departamento Afectación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección General de Administración;
Que ha intervenido la Dirección General de Recursos Humanos y la Función Pública y la Dirección General de Presupuesto, ambas del Ministerio de Economía, con su aval al trámite;
Que asimismo obra el Dictamen Nº 371/2013 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta cartera;
Atento a ello,
LA MINISTRA DE INNOVACIÓN
Y CULTURA
Resuelve:
ARTÍCULO 1º) Convocar a procedimiento de selección de personal en ámbitos del Ministerio de Innovación y Cultura, en los términos del Decreto Nº 291/09, para la cobertura de 1 (un) cargo de personal de planta permanente con carácter provisional, Artículo 4º de la Ley Nº 8525, en la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe.
ARTÍCULO 2º) Aprobar el perfil del cargo a cubrir y el procedimiento de selección de personal a aplicarse en la Jurisdicción en el Proceso de Selección, los que como Anexo I y II se adjuntan a la presente, así como el formulario de inscripión que obra como Anexo III.
ARTÍCULO 3º) Regístrese, comuníquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la U.P.C.N. – Seccional Santa Fe y A.T.E.- Consejo Directivo, y archívese.
María de los Ángeles González
Ministra de Innovación y Cultura
Provincia de Santa Fe
ANEXO I
Jurisdicción: Ministerio de Innovación y Cultura
Puesto a cubrir: Agrupamiento Cultural - Nivel 03 – Tramo personal de orquesta y coro (Decreto 2695/83)
Unidad de Organización: Orquesta Sinfónica de Santa Fe
Número de puestos a cubrir: 1 (uno)
Dependencia: Subdirección de Organismos Estables - Secretaría de Programación Sociocultural y Educativa
Horario de trabajo: Según reglamentación vigente o disponibilidad horaria según se requiera.
Lugar de Trabajo: Centro Cultural Provincial sito en calle Junín 2457, ciudad de Santa Fe.
Funciones del puesto:
Ejecutar los trabajos de copias de material, transposiciones y demás labores afines que el Director de la Orquesta le encomiende, en la forma y tiempo que la misma estipule en cada caso;
Mantener, reparar y confeccionar el "armado" de particellas y partituras, sean estas de obras programadas o no programadas.
Asumir la responsabilidad respecto de la fidelidad de las copias que elabora y sobre las partituras que entrega a cada músico.
Copiar todo aquel material que por su interés para el organismo sea meritorio incorporar al archivo.
En caso de manuscritos poco legibles realizar el copiado de partitura y partes, en consenso con el Director de la Orquesta.
Completar y realizar la copia del material cuando se pierde alguna parte o viene incompleto el material alquilado.
Elaborar el material faltante, con acuerdo del Director, cuando la Orquesta haga un estreno y el compositor no suministre el material de partes.
En caso que el Director lo requiera, poder realizar la reducción a piano de la partitura orquestal.
Detectar y resolver errores de escritura, omisión y/o transposición del material recibido.
Reemplazar al Archivista en caso de ausencia del mismo y si la Dirección lo considera pertinente.
Acompañar a la Orquesta en sus visitas al interior y estar presente en todos los ensayos y funciones. En todos los casos en que las actuaciones se realicen fuera del local de ensayo habitual, deberán llevar material de copias, por si ellas fueran necesarias con urgencia, en ausencia del archivista.
Asistir al Director del Organismo y los músicos en lo que requieran respecto de su tarea, en ensayos y/o conciertos, donde sea que la Orquesta preste sus servicios.
Colaborar en toda tarea que le encomiende el Director y/o el área administrativa, que sea afín a su función.
Realizar informes y estadísticas, por indicación de la Dirección de la Orquesta.
Realizar cursos y actividades de capacitación, especialmente en programas diseñados para escribir música.
Utilizar herramientas informáticas necesarias para el desempeño del puesto.
Título: Trayectos Artísticos Profesionales (TAP) en música, excluyente.
Preferentemente título de Formación Musical con Competencia Docente o Habilitante del Ministerio de Educación con orientación y/o especialidad en Composición.
Experiencia: Experiencia laboral en la administración pública o en el ámbito privado en las funciones requeridas por un mínimo de 6 (seis) meses.
Conocimientos:
1) Conocimientos de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
Constitución de la Provincia de Santa Fe.
Ley Nº 12.817- Ley de Ministerios
Decreto 056/2011 . Estructura del Ministerio de Innovación y Cultura
Ley Nº 8525- Estatuto Personal de la Administración Pública Provincial.
Decreto Nº 2695/83 y modificatorios. Escalafón del Personal Civil de la Administración.
Decretos Nº 0291/ 2009, Nº 1729/09 y normas concordantes. Régimen de Selección para Ingreso y Promoción en la Administración Pública.
Decreto Nº 1919/89 y modificatorios. Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo. Ley Número 10.052 y modificatorios.
Decreto Nº 7826/1963, Reglamento Interno para las Orquesta Sinfónicas Provinciales de Santa Fe y Rosario.
2) Conocimientos musicales para la realización de las tareas propias de copista:
Dominio óptimo de lectoescritura musical.
Técnicas de transporte y orquestación.
Conocimientos de armonía y contrapunto.
3) Conocimientos informáticos:
Conocimientos generales de informática: Windows, Linux.
Los programas específicos de escritura musical: Sibelius, Finale o programas superiores
Competencias actitudinales y personales:
- Capacidad para la organización del trabajo.- Capacidad de trabajo y de gestión.- Integridad, honestidad y ética.- Capacidad de análisis y resolución de problemas.- Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajos.
- Respeto hacia sus superiores y compañeros.- Iniciativa para las propuestas y seguimiento de actividades.
- Responsabilidad y compromiso sobre el trabajo.
ANEXO II
1.Alcance
El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el proceso de selección de personal para cubrir puestos de trabajo en la Orquesta Sinfónica de Santa Fe, según el perfil establecido en esta normativa.
El personal que resulte seleccionado, será propuesto para ser designado por el Poder Ejecutivo Provincial en carácter de Planta Permanente con carácter provisional (Art.4°. Ley 8525) del Organismo y Nivel precedentemente enunciado, desde su designación.
2.Comité de Selección
El proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección (Art. 8° Decreto N° 0291/09) compuesto por:
Titulares:
El Sr. Alejandro Tejeda, Secretario de Programación Sociocultural y Educativa.
El Sr. Francisco Berraz Montyn; Director General de Recursos Humanos y la Función Pública dependiente del Ministerio de Economía.
La Sra. Irene Chaina; Subdirectora de Organismos Estables.
El Sr. Raúl Enrique Vallejos, Concertino de la OSPSF.
Suplentes:
El Sr. Federico Crisalle, Subsecretario de Planificación y Diseño Institucional.
El Sr. Daniel Sandiano; Subdirector General de Recursos Humanos y la Función Pública dependiente del Ministerio de Economía.
El Sr. Nicolas Rauss, Director de la OSPR.
El Sr. Rodolfo Marchesini, Concertino de la OSPR.
Integran el Comité de Selección como veedores del Proceso de Selección:
a) Tres (3) representantes titulares (con sus respectivos suplentes) del gremio UPCN y un (1) representante titular (con su respectivo suplente) del gremio ATE.
b) Un (1) representante de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, en los casos en que participen del proceso de selección postulantes que acrediten encontrarse incluidos dentro de las disposiciones previstas por la Ley de Protección Integral del Discapacitado (Ley N° 9.325).
Cualquier miembro del Comité de Selección podrá excusarse o ser recusado para intervenir cuando mediaran las causales establecidas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia o existieren motivaciones atendibles de orden personal.
3.Factores de evaluación y ponderación:
Evaluación Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 50%
Evaluación de Personalidad 10%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
La Evaluación constará de 4 (cuatro) Etapas que recibirán un puntaje máximo de 100 puntos cada una.
• Etapa I: Evaluación de Antecedentes (incluye educación formal y experiencia).
• Etapa II: Evaluación Técnica.
• Etapa III: Evaluación de Personalidad.
• Etapa IV: Entrevista Personal.
Las Etapas son consecutivas. Las tres primeras serán excluyentes, siendo necesario para acceder a la siguiente etapa, superar el puntaje mínimo establecido más adelante. La cuarta etapa no será excluyente, siendo obligatoria, para acceder al orden de mérito, la participación del postulante en la misma, y su evaluación por parte del Comité de Selección.
Las etapas se superarán con un mínimo del 70% (setenta por ciento) de los puntos.
La Evaluación de Personalidad comprenderá una prueba cognitiva, cuya calificación no podrá estar por debajo del término medio y otra evaluación que analizará las competencias comportamentales relacionadas con el perfil del puesto.
La Entrevista Personal tendrá como objetivo conocer adecuadamente a los diferentes candidatos y juzgar su idoneidad para el puesto al que se presentan. El Comité de Selección podrá plantear a los postulantes todo tipo de preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos, personalidad u otros aspectos que permitan evaluar más profundamente la calidad profesional y los atributos personales de los entrevistados.
Obtención del puntaje ponderado por Etapa y Elaboración del Orden de Mérito.
Se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida al inicio del proceso de selección. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
Al finalizar cada etapa del proceso, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias, así como cualquier otra circunstancia que el Comité de Selección considere pertinente.
4. Criterios de Evaluación de Antecedentes:
Puntaje Total: 100 puntos
Mínimo Puntaje para pasar a instancia de Evaluación Técnica: 70 puntos
a) Educación Formal
Criterio Puntaje
Título Superior Universitario en Música con orientación en Composición 70 puntos
Título de Formación Musical con Competencia Docente o Habilitante del Ministerio de Educación 55 puntos
Trayectos Artísticos Profesionales (TAP) en Música 45 puntos
b) Experiencia Laboral
Experiencia laboral en la Administración Pública en las funciones requeridas o afines — superior a 2 (dos) años. 30 puntos
Experiencia laboral en el ámbito privado en las funciones requeridas o afines — superior a 2 (dos) años. 28 puntos
Experiencia laboral en la Administración Pública en las funciones requeridas o afines — mínimo de 6 (seis) meses
y hasta 2 años. 27 puntos
Experiencia laboral en el ámbito privado en las funciones requeridas o afines — mínimo de 6 (seis) meses y hasta 2 años. 25 puntos
Cabe destacar que, no se admitirán en el proceso de selección para ingreso a la Administración Pública Provincial, aquellos agentes que pertenecen a la planta de personal permanente o permanente provisional, de dicha Administración.
En caso de que existan postulantes incluidos dentro de la Ley de Protección Integral del Discapacitado (n° 9.325) que posean la educación formal exigida para la cobertura del cargo, y que no puedan acreditar la experiencia laboral mínima exigida, se le adjudicará a los mismos el puntaje mínimo asignado para este último concepto en los criterios de evaluación de antecedentes determinados en esta Resolución.
5. Planificación y pautas de aplicación:
5.1.-Convocatoria pública: mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en cartelera instalada en la sede del Ministerio de Innovación y Cultura, en la cartelera instalada en el Centro Cultural Provincial (sede de la OSPSF) y en la Portada Principal de la Página Web Oficial de la Provincia, durante 8 (ocho) días hábiles, para lo cual se notificará a la Dirección Provincial de Gobierno Digital. Dicha publicación deberá contener lugar, día y horario de recepción de las solicitudes así como también los cargos a cubrir; esto es: perfiles, sector, nivel y número de puestos.
Esta Jurisdicción tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del trámite o de declararlo desierto para todos o cualquiera de los cargos comprendidos, si a su exclusivo criterio ninguno de los aspirantes reuniese los requisitos y perfiles exigidos; sin que ello de lugar a ninguna reclamación por los mismos, derivada de esas circunstancias.
5.2.-Inscripción: El Formulario de Inscripción deberá bajarse de la Portada Principal de la Página Web de la Provincia, y deberá presentarse con el resto de la documentación requerida en:
Calle San Martín 1642 – Mesa de Entradas del Ministerio de Innovación y Cultura (ciudad de Santa Fe).
Los formularios de inscripción serán recibidos en los mencionados domicilios a partir de la iniciación del llamado y 8 (ocho) días hábiles después de su finalización, en el horario de 8 a 12 hs.
Los postulantes deberán acompañar al Formulario de Inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente y último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ej.: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).
Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por tribunales provinciales o federales, juzgados de paz o escribanos públicos.
La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda "Proceso de Selección" seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante. Asimismo deberá hacerse constar en el sobre el número de folios acompañados en el interior y firmar el mismo.
Todas las hojas acompañadas en el interior del sobre deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (por ejemplo, 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompaña documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen hasta tanto se notifique fehacientemente su modificación.
Se emitirá una constancia de la Mesa de Entradas del Ministerio de Innovación y Cultura, en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarles posteriormente durante el proceso de evaluación, hasta la finalización de la etapa de evaluación de antecedentes.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del proceso de selección, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
El postulante que posea certificado de discapacidad emitido por autoridad competente deberá adjuntarlo al formulario de inscripción.
5.3.-Evaluación de Antecedentes. El Comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes se hayan inscripto conforme las pautas establecidas enteriormente.
5.4.-Notificación de los resultados: Se deberá publicar en la cartelera a instalarse en la sede de inscripción y en la Portada Principal de la Página Web de la Provincia, el listado de postulantes admitidos, con determinación del lugar, fecha y hora por grupo (si el número de postulantes así lo requiera) de la realización de la Evaluación Técnica que realizará el Comité de Selección.
5.5.-Evaluación Técnica: El Comité de selección evaluará a los postulantes preseleccionados, debiendo llevarse a cabo según los grupos (si existieren) y en las fechas previamente notificadas.
Podrán realizar esta etapa todos aquellos que hayan superado la etapa de antecedentes, debiendo presentar el día del examen, de manera excluyente, un material completo de partitura y parte que haya elaborado, preferentemente de Repertorio Sinfónico o composición propia sin restricción estética, debidamente encuadernado y presentado.
5.6.-Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelera a instalarse en la sede de inscripción y en la Portada Principal de la Página Web de la Provincia, el listado de los resultados de la evaluación técnica de todos los postulantes, con determinación de los admitidos, y del lugar, fecha y hora de la realización de la Evaluación de Personalidad.
5.7.-Evaluación de Personalidad: Se llevará a cabo a través de exámenes psicotécnicos a los postulantes seleccionados según el punto anterior.
5.8.-Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelera a instalarse en las sedes de inscripción y en la Portada Principal de la Página Web de la Provincia, el listado de aquellos postulantes que en la Evaluación de Personalidad hayan alcanzado o superado el nivel de idoneidad necesario de acuerdo al perfil del puesto. Éstos serán citados a la entrevista personal, debiéndose determinar el lugar, fecha y hora de la realización de la misma.
5.9.-Entrevista Personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha establecidos en el punto anterior.
5.10.-Dictamen Final: El Comité de Selección deberá emitir el dictamen final, el que deberá ser explícito y fundado, y constará en un acta que firmarán sus integrantes.
Deberá contener una valoración de los diferentes factores considerados en el procedimiento de selección para cada uno de los aspirantes, donde el puntaje total determinará el orden de mérito para el cargo comprendido en la convocatoria. Quedará seleccionado para su designación en carácter permanente quien haya alcanzado el mayor puntaje final.
El Orden de mérito tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses. La vigencia del Orden de Mérito se computará desde la publicación del dictamen final. Serán válidas las designaciones cuya autorización de la gestión por parte del titular de la Jurisdicción o ente autárquico respectivo, sea realizada durante la vigencia del orden de mérito.
Aquellos postulantes que por cualquier motivo rechazaren el ofrecimiento por medio fehaciente para ocupar la vacante perderán su posición en el orden de mérito, pasando a ocupar la última posición de dicho orden.
En las tres últimas etapas del proceso de selección, los postulantes deberán, de manera excluyente, presentarse con Documento Nacional de Identidad o documento personal equivalente.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Órgano de Selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente y siempre que se mantenga lo establecido en el punto 2.
5.11.-Notificación del Orden de mérito: Se deberá publicar, median e cartelera a instalarse en la sede de inscripción y en la Portada Principal de la Página Web de la Provincia, el listado de los resultados de la entrevista personal de todos los postulantes, el puntaje total obtenido y el orden de mérito resultante.
5.12.-Notificaciones: la publicación en la Portada Principal de la Página Web de la Provincia y en la cartelera de la sede de inscripción, de los resultados de las etapas, del lugar y fechas de la realización de las evaluaciones y entrevistas y del Orden de Mérito Final, será notificación fehaciente.
Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio.
S/C: 10960 Feb. 13 Feb. 17
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DIRECCION PROVINCIAL
DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 026
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21 de enero de 2014
VISTO:
El expediente Nº 00701-0086341-8 en el que obran los antecedentes relativos al llamado a Licitación Pública N° 05/12 para la contratación de un servicio de serenos, vigilancia y atención telefónica con destino a la sede central del Ministerio de la Producción; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 4030/12 se adjudica a la firma CONTROL PREVENCION Y SEGURIDAD S.R.L. la contratación del mencionado servicio;
Que a folio 350 obra agregada Nota A.L. N° 094/13 mediante la cual esta Dirección Provincial le comunica a la adjudicataria que debe presentar la Garantía de Adjudicación conforme lo prescribe el artículo 21 del Decreto N° 2809/79;
Que ante la falta de respuesta este organismo intima a la empresa a cumplir con la citada garantía bajo apercibimiento de no dar curso a la redacción efectiva del contrato, con las sanciones que le correspondieren de conformidad con el artículo 66 del Decreto N° 2809/79 (v. folio 353/354);
Que obran a folios 361/362 de autos los correspondientes Avisos de Retorno de las mencionadas intimaciones;
Que en fecha 22 de abril de 2013 el Ministerio de la Producción remite Carta Documento a esta Dirección Provincial cuyo remitente invoca representación de la empresa CONTROL PREVENCIÓN Y SEGURIDAD S.R.L.;
Que a folio 359 consta Carta Documento de similar tenor enviada a este organismo por parte del mismo remitente;
Que mediante Nota A.L. N° 143/13 se cursa responde a la Carta Documento N° 362384670;
Que a los fines de resguardar el principio de contradicción y derecho de defensa del proveedor bajo análisis, se ha corrido vista de lo actuado a la firma, no constando en autos descargo alguno por parte de la misma;
Que en su intervención de rigor y conforme los antecedentes que figuran en autos, el Área Legal de este organismo manifiesta que la conducta del proveedor configura una mala fe contractual, sugiriendo la aplicación de medida disciplinaria, con ajuste a las prescripciones de los artículos 19, 21 y concordantes del Decreto N° 5100/55 y a las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto N° 3226/05, graduándose la misma en un (1) año de suspensión en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia;
Que en función de lo hasta aquí expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que así lo disponga;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Nº 3226/05, los artículos 19, 20 y 21 del Decreto Nº 5100/55 y por el Decreto Nº 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Aplícase a la firma CONTROL PREVENCIÓN Y SEGURIDAD S.R.L., con domicilio legal sito en calle Echagüe 702 de la ciudad de Paraná – Provincia de Entre Ríos, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo el N° 436 folio 159 del Libro 15 de Sociedades y sus modificaciones – C.U.I.T. N° 30-79761757-4, una suspensión por el término de un (1) año en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, haciéndose extensiva la misma a sus socios gerentes, el señor Juan José Gabriel Mesaglio – D.N.I. N° 20.149.448 – y al señor Aldo Jorge Campoamor – D.N.I. N° 17.487.675 – en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes, debiendo inscribirse y registrarse los antecedentes pertinentes en el mencionado Registro Oficial, en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y conforme las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto N° 3226/05 y con ajuste a lo estipulado en los artículos 19, 21 y concordantes del Decreto N° 5100/55.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C. 10949 Feb.13 Feb. 14
__________________________________________
HONORABLE TRIBUNAL
DE CUENTAS
RESOLUCION Nº 005/14 TCP
SANTA FE, 06 de Febrero de 2014
VISTO:
El Expediente Nº 00901-0064248-6 del Sistema de Información de Expedientes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° de la Resolución N° 008/06-TCP establece que el plazo para la presentación del Balance de Movimiento de Fondos con sus Anexos discriminatorios y la documentación de las rendiciones de cuentas que lo conforman deberá concretarse “... antes del día quince (15) del mes subsiguiente a la finalización de cada trimestre ...”;
Que, resulta necesario y conveniente establecer para el conocimiento de las jurisdicciones controladas el Cronograma de Vencimientos de los Balances de Movimiento de Fondos correspondientes a los trimestres devengados en el ejercicio 2014;
Que, de conformidad con las instrucciones impartidas por Memorando S.S. N° 10110 y 10110/2, las Secretarías de Sala -I y II- presentan el Cronograma de Vencimientos respectivo (fs. 1);
Que, en aquellos casos en los cuales el vencimiento establecido por la reglamentación para la presentación del Balance de Movimiento de Fondos opera en día feriado y/o inhábil, dicho Cronograma determina como fecha de vencimiento el día hábil inmediato siguiente;
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 200°, inciso g) de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; en Reunión Plenaria de fecha 06-02-2014, registrada en Acta N° 1395;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
Artículo 1°: Establecer para los Balances de Movimiento de Fondos correspondientes a los trimestres devengados en el ejercicio 2014, el siguiente CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA LA PRESENTACION DE BALANCES DE MOVIMIENTO DE FONDOS (BMF) - RESOLUCION N° 008/06-TCP:
BMF AÑO 2014
Trimestre Fecha Vencimiento (*)
ENERO/MARZO 14/05/2014
ABRIL/JUNIO 14/08/2014
JULIO/SETIEMBRE 14/11/2014
OCTUBRE/DICIEMBRE 18/02/2015
REFERENCIA:
(*) No está prevista en la normativa vigente la posibilidad de prorrogar el plazo de presentación de los Balances de Movimiento de Fondos.
Artículo 2°: Las Fiscalías Generales, a través de los Contadores Fiscales delegados, informarán a la Jurisdicción bajo su ámbito de competencia, y a los fines de su cumplimiento, el cronograma aprobado por el artículo 1°.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese vía Intranet TCP e incorpórese al sitio Web-TCP, y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia; luego, archívese.
Fdo.: C.P.N. Germán Huber-Presidente.
Dr. Gerardo Gasparrini-Vocal.
C.P.N. María Cristina Ordíz de Dadea-Vocal Subrogante.
C.P.N. Bernardo M. Salzman- Vocal Subrogante.
C.P.N. Alicia De Bernardo-Vocal Subrogante.
C.P.N. Estela Imhof-Dtora Gral. Asuntos de Plenario.
S/C 10951 Feb. 13 Feb. 17
__________________________________________
ADMINSTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
A.F.I.P.
REMATE POR
MIRTHA N. CARDINALETTI
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal Nº 1-A de Rosario, a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados: FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/SUCESION DE SANTILLI HIGINIO ISAEL CESAR s/EJECUCION FISCAL, Expte. Nº 49.136-A, Boleta de Deuda Nº 40.323/2005, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 26 de Febrero de 2014, a las 15 horas, la que se llevará a cabo en el local cedido de Bv. Balcarce Nº 940 de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Un lote de terreno con todo lo en el existente, ubicado en calle Independencia entre el callejón Tortugas y el Bv. Balcarce, a los 24 m. de Balcarce en dirección al Norte, de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe. Designado según Plano Nº 2217 del año 1953 como Lote 37 de la manzana 18. Compuesto de 10 m. de frente por 30 m. de fondo. Lindando: al Oeste con calle Independencia; al Norte con Lotes 38 y 34; al Este con lotes 33 y 41; y al Sur con Lotes 38 y 40. Encierra una superficie total de 300 m2. Inscripción Dominio Matrícula 14-307 Dpto. Iriondo. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Embargos: Presentación 339564 del 21/05/1999 por $ 13.269,06 c/Juz. 1º Inst. C. y C. Circ. Nº 6 Cda. de Gómez, autos Banco Independencia Cooperativo Limitada c/Santilli Higinio Izale César s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 122/1990; Presentación 341693 del 22/05/2012 por $ 12.530,27 o/los presentes autos; Presentación 353692 del 29/06/2012 por $ 1.053,19 Juz. Federal Nº 2-F, Expte. Nº 23.250/2005, autos: Fisco Nac. BD Nº 40.008/05 c/Suc. De Santilli Higinio Isael s/Ejec. Fiscal. El inmueble saldrá a la venta con la condición de “Ocupado” según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del C.P.C. y C.N., con la Unica Base de $ 45.000.- Si por la Base no hubiere postores la subasta se declarará desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopia del extracto de dominio a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera (T.E. 0341-4402392). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nº de C.U.I.T. del ejecutado es 20-06163247-7 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 03 de Febrero de 2014. Fdo. Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme la ley Nac. 25.239 y sus modificatoria Decreto 65/2005.
S/C 221169 Feb. 13 Feb. 14
__________________________________________
MINISTERIO DE INNOVACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN Nº 041.-
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 31 de enero de 2014.-
VISTO:
El Expediente Nº 01201-0005489-6 del registro del Ministerio de Innovación y Cultura, en cuyas actuaciones se propicia la convocatoria a concurso abierto para cubrir seis cargos de distintas categorías en la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 516/10 homologó el Acta Paritaria Central Nº 2/2010 e instituyó un nuevo régimen de aplicación para la cobertura de cargos vacantes del tramo Personal de Orquesta del Agrupamiento Cultural – Decreto Nº 2695/83 - modificado por Decreto Nº 1800/85 del Ministerio de Innovación y Cultura, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3294/87, facultándose a los titulares de las diversas jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;
Que se encuentran vacantes y con financiamiento un cargo de categoría 6 – Solista de violoncello, un cargo de categoría 5 – Suplente de solista de violoncello, un cargo de categoría 5 de la fila de primeros violines, un cargo de categoría 4 de la fila de primeros violines, un cargo de categoría 4 de la fila de violas y un cargo de categoría 4 de la fila de violoncellos, todos ellos del agrupamiento 12.Personal Cultural;
Que se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos contables previos a tales fines;
Que ha intervenido igualmente la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que oportunamente las entidades sindicales propusieron a los miembros del jurado que actuarán en su representación;
Que ha intervenido el Área de Recursos Humanos de la jurisdicción, con su informe de competencia en el que indica que las vacantes se han producido por jubilaciones del personal y en el caso del cargo categoría 6 – solista de violoncello, por haberse declarado desierto el concurso para cubrir el mismo mediante Decreto Nº 3800/13;
Que asimismo ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Innovación y Cultura, según Dictamen Nº 431/2013;
Atento a ello;
LA MINISTRA DE INNOVACIÓN
Y CULTURA
Resuelve:
ARTÍCULO 1º) Convocar a concurso abierto en los términos del Decreto Nº 516/10 para la cobertura de seis (6) cargos vacantes del Agrupamiento Cultural – Tramo Personal Orquesta y Coro de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario, según se detalla en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º) Aprobar la descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, las etapas del concurso y sus instancias, la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, los puntajes para la evaluación de antecedente y técnica, las obras impuestas y los pasajes orquestales, la fecha, lugar y hora en que se llevarán a cabo cada una de las etapas así como las condiciones generales y particulares exigibles que e encuentran detallados en el Anexo I.
ARTÍCULO 3º) Aprobar la composición del jurado y el procedimiento de inscripción, que se explicitan en el Anexo II.
ARTÍCULO 4º ) Aprobar el formulario de inscripción que como Anexo III forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º) Establecer que todo cambio en cuanto a fechas de las distintas etapas deberá ser comunicado por el jurado del concurso con la debida antelación y en forma fehaciente a los postulantes.
ARTÍCULO 6º) Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido para los concursos abiertos en el Artículo 5º del Decreto Nº 516/10 y archívese.-
María de los Ángeles González
Ministra de Innovación y Cultura
Provincia de Santa Fe
Evaluación Técnica Evaluación de Antecedentes Total
90% 10% 100%
Evolución: se realizará en 2 etapas
Etapa 1 – Evaluación Técnica
GUIA PARA LA EVALUACION TECNICA
CARGO INSTANCIA PUNTAJE MAXIMO
A-Solista de 1) Obra impuesta 40%
Violonchelo
Y Suplente solista
De violonchelo.
2) Pasajes Individuales 20%
Orquestales
3) Pasajes
Orquestales (*) En orquesta 40% 60%
CARGO INSTANCIA PUNTAJE MAXIMO
1) Obra impuesta 40%
B-Primeros
Violines, viola y
Violonchelo masa
de 1era.
Pasajes 2) Individuales 60%
Orquestales
Componentes
Puntaje Total Puntajes Máximos
1. Experiencia y ámbito 90%
100%
2. Tiempo de desempeño 5%
3. Otros Antecedentes 5%
En la Orquesta En Orquesta En orquesta
Sinfónica Sinfónica del Sinfónica del
Convocante en ámbito ámbito Privado
La otra Público
Orquesta
Sinfónica
Desempeño e cargo de mayor
Jerarquía al cargo concursado 90 75 60 45
Desempeño del cargo
Concursado 80 65 50 35
Desempeño de cargo de menor
Jerarquía al concursado 70 55 40 25
2.Tiempo de desempeño: Se valorará el tiempo de desempeño del cargo considerado en el punto anterior, otorgándose 0,50 puntos por cada 6 meses de experiencia acreditada, y hasta un máximo de 5 puntos.
3.Otros antecedentes: El Jurado graduará hasta un máximo de 5 puntos, cualquier otro antecedente presentado por los postulantes, que no hubieran sido contemplados en los puntos anteriores, y que a su juicio brinden efectiva experiencia para el desempeño de las funciones concursadas.
Antecedentes requeridos:
a) Profesionales:
Experiencia orquestal, precisando organismos, cargos y tiempo de desempeño
Título en la especialización concursada
Estudios, perfeccionamientos, grabaciones y publicaciones en la especialización concursada
Títulos musicales en otras especializaciones
Estudios, perfeccionamientos, grabaciones y publicaciones en otras especializaciones musicales
B) Conocimientos:
Ley Nº 8525, Estatuto General del Personal de la Administración Pública.
Decreto Acuerdo Nº 2695/83, Escalafón para el personal de la Administración Pública.
Decreto 1919/89- Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.
CALENDARIO Y REPERTORIO DE LAS EVALUACIONES
SOLISTA DE VIOLONCHELO - CATEGORÍA 6
Perfil: Jefe de fila de violonchelos, con funciones de solista y guía, que consiste en: tocar las partes de violonchelos siguiendo la conducción general del director, guiar la fila de violonchelos, poner los arcos según lo hace el concertino o lo sugiere el director, y conjuntamente con los solistas de segundos violines, viola y de contrabajo; en tocar los solos que pudieran haber en la parte; en dirigir y programar eventuales ensayos parciales de la fila.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 3 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 14 horas
Obra: J. Haydn, Concierto en re mayor, 1º movimiento con cadencia de Maurice Gendron, y 2º movimiento
2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 16 horas.
Obras:
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 5, 1º movimiento
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 9, 4º movimiento, recitativo
G. Verdi: Requiem, Offertorio
R. Strauss: Don Juan, comienzo hasta el compás 7, y de 5 antes de B hasta D
Ginastera: Concerto per corde, 4º movimiento desde el compás 95 hasta el compás 112
Lectura a primera vista
Las instancias 1ª y 2ª se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
3ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados en el seno de la orquesta
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, miércoles 16 de abril, 11.30 horas.
Obras:
l. Rossini: Obertura de Guillermo Tell, principio
F.v. Suppé: Obertura de Poeta y Aldeano, el solo
J. Brahms: Concierto para piano nº 2, 3º movimiento, el solo del principio
Ginastera: Variaciones concertantes, “Tema per violoncello ed arpa”
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.
En la 3ª:
lo anterior, más integración al conjunto en lo rítmico, la afinación, desenvolvimiento solístico, proyección de sonido.
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes
Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085, 4º piso, Oficina 4-Rosario, el día miércoles 16 de abril de 2014, 14.30 horas.
SUPLENTE DE SOLISTA DE VIOLONCHELO – CATEGORÍA 5
Perfil: Suplente del jefe de fila de violonchelos, con funciones de suplente de solista y guía, que consiste en : tocar las partes de violonchelos siguiendo la conducción general del director y del solista de violonchelo y en caso de suplantar al solista, guiar la fila de violonchelos, poner los arcos según lo hace el concertino o lo sugiere el director y conjuntamente con los solistas de segundos violines, viola y de contrabajo; en tocar los solos que pudieran haber en la parte; en dirigir y programar eventuales ensayos parciales de la fila.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 3 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 14 horas.
Obra: J. Haydn, Concierto en re mayor, 1º movimiento con cadencia de Maurice Gendron, y 2º movimiento
2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 16 horas
Obras:
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 5, 1º movimiento
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 9, 4º movimiento, recitativo
G. Verdi: Requiem, Offertorio
R. Strauss: Don Juan, comienzo hasta el compás 7, y de 5 antes de B hasta D
Ginastera: Concerto per corde, 4º movimiento desde el compás 95 hasta el compás 112
Lectura a primera vista
Las instancias 1ª y 2ª se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
3ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados en el seno de la orquesta
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esquina Mendoza, miércoles 16 de abril de 2014, 11.30 horas
Obras:
G. Rossini: Obertura de Guillermo Tell, principio
F.v. Suppé: Obertura de Poeta y Aldeano, el solo
J. Brahms: Concierto para piano nº 2, 3º movimiento, el solo del principio
Ginastera: Variaciones concertantes, “Tema per violoncello ed arpa”
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.
En la 3ª:
lo anterior, más integración al conjunto en lo rítmico, la afinación, desenvolvimiento solístico, proyección de sonido.
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes
Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085,4º Piso, Oficina 4- Rosario, el día miércoles 16 de abril de 2014, 14.30 horas
FILA DE VIOLONCELLOS – CATEGORÍA 4
Perfil: Fila de violonchelos, que consiste en: tocar las partes de violonchelos, siguiendo la conducción general del director, la manera, los arcos y las indicaciones del concertino, y la guía del solista de violonchelos.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 2 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 15:00 horas.
Obra: J. Haydn, Concierto en do mayor, 1º movimiento con cadencia, y 2º movimiento
2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, martes 15 de abril de 2014, 16:00 horas.
Obras:
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 5, 1º movimiento
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 9, 4º movimiento, recitativo
G. Verdi: Requiem, Offertorio
R. Strauss: Don Juan, comienzo hasta el compás 7, y de 5 antes de B hasta D Ginastera: Concerto per corde, 4º movimiento desde el compás 95 hasta el compás 112
Lectura a primera vista
Estas instancias se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
Técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085, 4º piso, Oficina 4- Rosario, el día miércoles 16 de abril de 2014, 14.30 horas
CALENDARIO Y REPERTORIO DE LAS EVALUACIONES
FILA DE PRIMEROS VIOLINES - CATEGORIA 5
Perfil: Fila de los primeros violines, que consiste en: tocar las partes de primeros
violines siguiendo la conducción general del director, y la manera, los arcos y las indicaciones del concertino.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 2 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro del Círculo, calle Laprida esqu. Mendoza, lunes 14 de abril de 2014, 9 horas.
Obra: W.A. Mozart, Concierto nº 4 en re mayor K. 218, 1º movimiento (con cadencia de Joseph Joachim) y 2º movimiento.
2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha: Teatro El Círculo, Laprida esqu. Mendoza, lunes 14 de abril de 2014, 9.30 horas
Obras:
Beethoven: Sinfonía Nº 9, 3º movimiento desde compás 99 Lo stesso tempo hasta compás 114 inclusive.
F. Mendelssohn: Sueño de una noche de verano op 61. Scherzo Allegro vivace desde comienzo hasta séptimo de letra B (compás 99).F. Mendelssohn: Sinfonía Nº4 "Italiana", 1º movimiento desde comienzo hasta compás 31.
J. Brahms: Sinfonía Nº1, Un poco sostenuto desde el comienzo hasta compás 9.
J. Brahms: Sinfonía Nº 3, 1º movimiento, desde el comienzo hasta letra B (compás 22)
J. Brahms: Sinfonía Nº 4, 3º movimiento desde el comienzo hasta letra B (compás 44)
A. Ginastera: Concerto per corde, 2º movimiento "Scherzo fantástico" desde compás 165 al compás 176
Guastavino: Tres romances argentinos, 3º movimiento “Baile en Cuyo”, desde 1 antes de cifra 41 hasta 3º de 44
Lectura a primera vista
Estas instancias se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085, 4º Piso, Oficina 4, Rosario, el día lunes 14 de abril de 2014 a las 16:00 hs.
FILA DE PRIMEROS VIOLINES - CATEGORIA 4
Perfil: Fila de los primeros violines, que consiste en: tocar las partes de primeros violines siguiendo la conducción general del director, y la manera, los arcos y las indicaciones del concertino.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 2 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro del Círculo, calle Laprida esqu. Mendoza, Lunes 14 de abril de 2014, 9.00 horas.
Obra: W.A. Mozart, Concierto nº 4 en re mayor K. 218, 1º movimiento (con cadencia de Joseph Joachim) y 2º movimiento.
2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha : Teatro El Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, lunes 14 de abril de 2014, 9.30 horas
Obras:
L.v Beethoven: Sinfonía Nº 9, 3º movimiento desde compás 99 Lo stesso tempo hasta compás 114 inclusive.
F. Mendelssohn: Sueño de una noche de verano op 61. Scherzo Allegro vivace desde comienzo hasta séptimo de letra B (compás 99).
J. Brahms: Sinfonía Nº1, 1º movimiento Un poco sostenuto desde el comienzo hasta compás 9.
J. Brahms: Sinfonía Nº 3, 1º movimiento, desde el comienzo hasta letra B (compás 22)
C. Guastavino: Tres romances argentinos, 3º movimiento “Baile en Cuyo”, desde 1 antes de cifra 41 hasta 3º de 44
Lectura a primera vista
Estas instancias se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes
Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085, 4º piso, oficina 4- Rosario, el día lunes 14 de abril de 2014, 16 horas.
FILA DE VIOLAS - CATEGORÍA 4
Perfil: Fila de violas, que consiste en: tocar las partes de violas siguiendo la conducción general del director, la manera, los arcos y las indicaciones del concertino, y la guía del solista de viola.
Evaluación: se realizará en 2 Etapas:
Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 2 instancias:
1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.
Lugar y Fecha: Teatro del Círculo, calle Laprida esqu. Mendoza, lunes 14 de abril de 2014, 14.30 horas
Obra: F.A. Hofmeister: Concierto en re mayor, 1º y 2º movimiento sin cadencia
2ª Instancia: Pasajes orquestales tocados individualmente sin acompañamiento
Lugar y Fecha: Teatro El Círculo, Laprida esquina Mendoza, lunes 14 de abril de 2014, 15 horas.
Obras:
W.A. Mozart: Obertura de la Flauta mágica, compases 27 a 63
L.v. Beethoven: Sinfonía nº 5, 2º movimiento, 23 compases
G. Mahler: Sinfonía nº 1 “Der Titan”, 4º movimiento, cifras 1 a 6
P.I. Tschaikovsky: Sinfonía nº 6 “Patética”, compases 19 a 66
Ginastera: Concerto per corde, 3º movimiento "Adagio angoscioso" del compás 20 al compás 30
Lectura a primera vista
Estas instancias se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).
Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:
técnica instrumental, recursos en técnica de arco, de mano izquierda, y en general calidad de sonido y de vibrato, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.
Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes
Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Mendoza 1085 4º piso, Oficina 4- Rosario, el día lunes 14 de abril de 2014, 17.30 horas.
ANEXO II
DE LA COMPOSICIÓN DEL JURADO
Fila de Violonchelos : Solista categoría 6 , Suplente de Solista categoría 5 y Fila de violonchelo categoría 4
Presidente del jurado: será designado por el titular de la jurisdicción
Titulares:
Francisco Sánchez, Solista de violonchelo de la Orquesta Sinfónica de San Juan
Marcelo Montes, Solista de violonchelo de la Orquesta Sinfónica de Córdoba
Daniel Lasca, Concertino de la Orquesta Sinfónica del SODRE (Uruguay)
Nicolas Rauss, Director Artístico de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario
Néstor Audero por U.P.C.N.
Eduardo Temperini por U.P.C.N
Paula Weihmuller por U.P.C.N.
Simón Lagier por ATE
Suplentes:
Rodolfo Marchesini, Concertino de la OSPR
Carlos Pagura, Solista de contrabajo de la OSPR
Leandro Curaba, Solista de segundos violines de la OSPR
Fernando Gentile, Solista de violonchelo de la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe
Darío Frontuto por U.P.C.N.
Adrián García por U.P.C.N.
Marcelo Campillay por U.P.C.N.
Gabriela Peirano por ATE
Fila de primeros violines - categoría 5 y categoría 4
Presidente del jurado: será designado por el titular de la jurisdicción
Titulares:
Raúl Vallejos, Concertino de la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe
Daniel Lasca, Concertino de la Orquesta Sinfónica del SODRE (Uruguay)
Pablo López, Suplente de concertino de la Orquesta Sinfónica de Córdoba
Nicolas Rauss, Director Artístico de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario
Néstor Audero por U.P.C.N.
Eduardo Temperini por U.P.C.N
Paula Weihmuller por U.P.C.N.
Simón Lagier por ATE
Suplentes:
Rodolfo Marchesini, Concertino de la OSPR
Lara Turrisi, Suplente de concertino de la OSPR
Leandro Curaba, Solista de segundos violines de la OSPR
Francisco Plano, Suplente de concertino de la OSPR
Darío Frontuto por U.P.C.N.
Adrián García por U.P.C.N.
Marcelo Campillay por U.P.C.N.
Gabriela Peirano por ATE
Fila de violas - categoría 4
Presidente del jurado: será designado por el titular de la jurisdicción
Titulares:
Alberto Lepage, Solista de viola de la Orquesta Sinfónica de Córdoba
María Alejandra Cepeda, Solista de viola de la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe
Daniel Lasca, Concertino de la Orquesta Sinfónica del SODRE (Uruguay)
Nicolas Rauss, Director Artístico de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario
Néstor Audero por U.P.C.N.
Eduardo Temperini por U.P.C.N
Paula Weihmuller por U.P.C.N.
Simón Lagier por ATE
Suplentes:
Paula Weihmüller, solista de viola de la OSPR
Carlos Goldfeld, suplente de solista de viola de la OSPR
Lara Turrisi, Suplente de concertino de la OSPR
Leandro Curaba, Solista de segundos violines de la OSPR
Darío Frontuto por U.P.C.N
Adrián García por U.P.C.N.
Marcelo Campillay por U.P.C.N.
Gabriela Peirano por ATE
Sólo se admitirán recusaciones o excusaciones de los miembros del jurado con expresión de alguna de las causas enumeradas a continuación, las que deberán acompañarse con las pruebas de que pretendan valerse, por escrito y dentro de los cinco días posteriores al cierre de inscripción:
Las establecidas en la Ley Nacional 25188 de “Ética de la Función Pública”:
a) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad o la condición de cónyuge entre Jurado y algún aspirante.
b) Tener el Jurado, su cónyuge o sus consanguíneos o afines, dentro de los grados
c) establecidos en el inciso anterior, sociedad o comunidad de intereses con alguno de los aspirantes.
d) Tener el Jurado causa judicial pendiente con el aspirante.
e) Ser o haber sido el Jurado autor de denuncias o querellas contra el aspirante, o
f) denunciado o querellado por éste ante los Tribunales de Justicia u organismos públicos competentes, con anterioridad a su designación como jurado.
La autoridad convocante procederá a sustituir al miembro del Jurado cuestionado si considera atendible la presentación, e informará tal circunstancia a todos los inscriptos. En caso de desestimar la presentación, informará al recurrente dentro del mismo plazo. Habiéndose agotado el plazo de las aclaratorias y recursos establecido en el Decreto Nº 516/10 el Jurado cesará en sus funciones, debiendo remitir copia de las actuaciones al servicio de personal correspondiente.
DE LA INSCRIPCIÓN
Los postulantes podrán inscribirse personalmente o por correo postal, enviando por cualquiera de estos medios ficha de inscripción que contará con:
Nombre y Apellido
Dirección y contacto telefónico y electrónico
DNI, o en el caso de extranjeros no radicados en Argentina, pasaporte
Cargo al que concursa
Antecedentes profesionales y laborales, títulos, estudios, perfeccionamientos, grabaciones, publicaciones, siempre que sean relacionados con la especialidad
concursada. Se debe adjuntar la documentación que los acredite, con un índice que la referencie.
Todas las hojas contenidas en el sobre deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción. Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada.
Los candidatos a concurso de primeros violines en ambas categorías podrán presentar una sola carpeta de antecedentes, mencionando claramente su intención
El postulante declara conocer la Resolución Ministerial Convocante al presente Concurso abierto y acepta los términos de la misma.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Marca, fábrica, luthier, (según el caso), y año/época, calidad y estado del instrumento aportado.
Lugar de inscripción:
Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario
Sarmiento 1201- 2º Piso
2000 – Rosario
Tel.: (0341) 472 1464 - email: sinfonica_derosario@yahoo.com.ar
Fechas límites y horarios de inscripción:
Del 18 de marzo de 2014 al 4 de abril de 2014 al inclusive de 10:00 a 13:00 hs.
CONSTRUCCIÓN DEL ORDEN DE MÉRITOS
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Evaluación Técnica para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados, cuyo valor sea igual o mayor a:
70 puntos para cubrir cargos de primeros violines cat. 4, violonchelo cat 4 y viola cat. 4
75 puntos para cubrir cargos de primeros violines cat.5 y violonchelo suplente solista cat 5
80 puntos para cubrir cargos de violonchelo solista
En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a un nuevo concurso.
El dictamen del Jurado, contendrá como mínimo:
1. Nómina de lnscriptos lndicando:
a. Puntaje obtenido en la Evaluación Técnica.
b. Puntaje obtenido en la Evaluación de Antecedentes.
c. Puntaje Global Ponderado. Los postulantes que no hubieran superado la 1a instancia de la Evaluación técnica, no obtendrán puntaje global ponderado. Presentaciones descalificadas por improcedentes indicando la causa.
2. La nómina confeccionada por el orden de méritos según el punto c).
3. Toda la información que el jurado considere necesaria incluir.
La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.Reservada la actuación del jurado en materia de valoración artística, dentro de los tres (3) días de practicada dichas notificaciones, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos oscuros.
Toda la documentación correspondiente a concurso quedará en poder de la Orquesta Sinfónica provincial de Rosario.
Dicho servicio dará vista de las fojas correspondientes a las pruebas de cada participante cuando así lo soliciten dentro del plazo para la presentación de recursos.
Finalizados todos los plazos recursivos e iniciado el trámite de designación, la documental presentada por los postulantes será reintegrada a los mismos.
DE LAS ACLARATORIAS Y RECURSOS
Lo actuado por el jurado será susceptible de los recursos de revocatoria y apelación. La revocatoria deberá deducirse dentro de los diez (10) días de practicadas las notificaciones a que hace referencia el artículo 180, o desde que se contestasen las aclaratorias si las mismas hubieren sido requeridas, a cuyos efectos deberán registrarse por escrito la fecha en que se solicitaron aclaraciones y la fecha en que las mismas fueron respondidas. La apelación podrá interponerse subsidiariamente con la revocatoria, o en forma autónoma cuando ésta fuera desestimada.
Los recursos sólo podrán fundarse en la violación por parte del Jurado, de lo dispuesto en el artículo 15º del presente, respecto de la valoración de los antecedentes, en el apartamiento manifiesto por parte del mismo de las bases y requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, o en la omisión de formalidades sustanciales que no puedan ser suplidas con posterioridad, y tornen el procedimiento anulable.
La revocatoria será resuelta por el Jurado y su interposición suspenderá el trámite de la designación. La apelación será deducida por ante el Poder Ejecutivo, y se concederá con efecto devolutivo.
La interposición, tramitación y decisión de los recursos, se regirán por lo establecido
al respecto en la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas
adoptadas por Decreto - Acuerdo Nº 10.204/58, o la que la sustituyera en el futuro.
Una vez vencido el plazo para la presentación de los recursos de revocatoria o resueltos los mismos si hubiesen sido deducidos, la presidencia elevará a la Superioridad, en actas separadas, el dictamen del Jurado confeccionado con las formalidades prescriptas por el artículo 17º del presente Régimen, los recursos presentados, la resolución recaída en los mismos y la constancia de la notificación
fehaciente de ella a los aspirantes que lo hubiesen deducido y eventualmente a los demás si la resolución afectase su situación en la convocatoria.
Aún cuando no se hubiesen deducido recursos, o los mismos hubiesen sido desestimados, el Poder Ejecutivo Provincial o la autoridad que fuera competente para resolver podrán disponer la anulación de oficio, de todo o parte del procedimiento, si advirtiesen la concurrencia de alguna de las circunstancias que el artículo 20º del presente que establece como causales de procedencia de las impugnaciones, disponiendo simultáneamente el curso que haya de imprimirse a lo actuado.
DE LA DESIGNACIÓN
Las actas configuradas por el Jurado de conformidad con lo establecido en el artículo precedente, las que serán firmadas por todos los miembros intervinientes, formarán el expediente de iniciación del trámite de designación.
Si el ganador del concurso fuere ya un agente de la planta de personal de la Administración Pública Provincial, el mismo deberá tomar posesión dentro de los veinte (20) días de la notificación del nombramiento, pasado dicho término la designación quedará automáticamente sin efecto. Sólo podrán exceptuarse de este plazo los agentes que estando en uso de alguna licencia médica del
Decreto 1919/89 se encontrasen imposibilitados de presentarse a la toma de posesión aún cuando posteriormente continuasen con dicha licencia. A tales efectos se deberán presentar las certificaciones correspondientes.
lgual criterio se aplicará cuando los designados ya fueran agentes de la Administración Provincial, pero lo fueran de otros escalafones, en tanto y en cuanto se encuentren amparados por los regímenes de licencias correspondientes.
En el caso de designaciones de personas ajenas al ámbito de la Administración Provincial, se deberá tomar posesión del cargo dentro de los 20 días de la notificación del nombramiento, caso contrario la designación quedará automáticamente sin efecto, salvo causales debidamente certificadas que serán analizadas por la autoridad competente.
Los Decretos que dispongan traslados de personal dentro del ámbito de este Escalafón, deberán cumplirse indefectiblemente dentro de los veinte (20) días de su fecha.
Hasta los doce (12) meses de formalizada la designación o promoción del personal permanente, las bajas que se produzcan en el cargo concursado o la no presentación del postulante elegido, podrán ser cubiertas sucesivamente por los que sigan en el orden de méritos asignados por el Jurado en los respectivos concursos.
DE LA UTILIZACIÓN POSTERIOR DEL ORDEN DE MÉRITOS
Si la designación del ganador del concurso, produjese en la Orquesta convocante, la vacancia de un cargo de categoría inferior a la concursada, cuyas competencias y funciones estuvieran subsumidas en el cargo concursado, podrá ofrecerse la cobertura del cargo inferior al postulante que siguiera en el orden de méritos del concurso realizado, sin necesidad de proceder a una nueva convocatoria.
Toda cuestión no prevista en la presente convocatoria será resuelta por este Ministerio de Innovación y Cultura.
Nota: Se publica sin el fomulario de inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio
S/C. 10945 Feb. 13 Feb. 14
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