picture_as_pdf 2013-02-13

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 036


Santa Fe, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 05/02/2013

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de laProvincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ARTES GRAFICAS DEL LITORAL S.A. CUIT N° 30-71044294-7; IDPHOTO S.A. CUIT N° 33-69344969-9; PAPELERA CUMBRE S.A. CUIT N° 30-58705322-1; TRANSTOTAL S.R.L. CUIT N° 30-70885531-2.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: AUDITRON S.A. CUIT N° 30-60265355-9.

ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ATENCIO ANA DEL CARMEN CUIT N° 27-05974293-6; BUNKER S.A. CUIT N° 30-56443604-2; D.C.D. PRODUCTS S.R.L. CUIT N° 30-66393469-0; DOCUMENTOS, LOGISTICA Y SERVICIOS S.R.L. CUIT N° 30-69989854-2; “DUCHINI PRODUCTOS DUMAR” de DUCHINI MARIA DEL LUJAN CUIT N° 27-14228843-0; GRIENSU S.A. CUIT N° 30-52649846-8; L´ABBATE DANIEL ITALO AGUSTIN CUIT N° 20-12113905-8; LA OFICINA AMOBLAMIENTOS S.C. CUIT N° 33-71031678-9; N-TEC IMPLANTES S.R.L. CUIT N° 30-71120133-1; PRAXAIR ARGENTINA S.R.L .CUIT N° 30-57878067-6; VICENTE MURILLO E HIJOS Y CIA S.C. CUIT N° 30-61341012-7.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C. 8821 Feb. 13 Feb. 14

__________________________________________


SUBSECRETARIA DE

TRANSPORTE


RESOLUCIÓN Nº 005/2013


SANTA FE, Cuna de la Constitución

Nacional”, 30 de enero de 2013

V I S T O:

El Expediente N° 01804-0007969-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 13.098 estableció “una reducción del 50% de la tarifa ordinaria para los alumnos regulares del nivel secundario, terciario de grado y universitario, en el período correspondiente a los ciclos lectivos o desde el 1º de febrero hasta el 20 de diciembre de cada año, si aquellos no estuvieran determinados, exclusivamente para su traslado directo a los establecimientos educacionales desde su lugar de residencia y viceversa, en los servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción provincial sujetos al régimen de las Leyes Nºs 2.449 y 2.499”,

Que el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente ha implementado el régimen de solicitudes, verificaciones de regularidad, impresiones y entregas de las credenciales a los beneficiarios, con la participación de la Subsecretaría de Transporte, por dos años consecutivos;

Que en los meses de febrero y marzo, las universidades no disponen de la información necesaria para la certificación de la regularidad del año en curso,

Que dicha situación no debe ser un impedimento para que los estudiantes puedan gozar del beneficio en el período establecido por ley,

Que se hace necesario resolver el particular

Que el Artículo 2° del Decreto N° 2269/10 confiere las potestades necesarias;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- Extiéndese el plazo de vigencia de la “CREDENCIAL ÚNICA DE FRANQUICIA ESTUDIANTIL” para el Transporte Provincial correspondiente a un año calendario, hasta el día 30 de abril del año subsiguiente, inclusive.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C. 8827 Feb. 13

__________________________________________


SUBSECRETARIA DE NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACION


Por Disposición del Sr. Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia , dentro de las actuaciones administrativas: SPINELLI MARIO DNI:44.233.406 (Leg. Social N° 7748); sŕvase notificar por este medio a la Sra. Mirta Marisa Luján DNI: 21.044.383, con domicilio actual desconocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 05 de FEBRERO de 2013. DISPOSICIÓN N° 013 /13 Y VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- Dictar el Acto Administrativo de Resolución Definitiva, en relación al niño M.A.M. SPINELLI DNI: 44.233.406 hijo de la Sra. Mirta Marisa Luján DNI: 21.044.383, con domicilio actual desconocido y del Sr. Alejandro Cesar Spinelli DNI: 18.264.352, fallecido el 24/02/11 , de conformidad a lo dispuesto por el articulo 51 y ss de Ley Provincial N° 12.967 , su modificatoria Ley N° 13.237 y su respectivo decreto reglamentario N° 619/10.-

2- PROPONER por ante el Tribunal Colegiado de Familia de Tribunales Provinciales, lo sugerido fundadamente por el Equipo Distrito Sur, en cuanto a que se resuelva judicialmente el otorgamiento de una guarda con fines de crianza y educacion a favor de su abuela paterna Sra. Hermelinda Rolando L.C 3.192.505, domiciliada en calle Ocampo N° 5147 de Rosario, sin perjuicio de la figura que meritúe pertinente y procedente adoptar en el respectivo juicio a incoar, en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento a la competencia limitada que posee este organismo de aplicación administrativa en la materia, por imperativo legal de orden público, estatuido por la CN, Ley Nacional N° 26.061, Ley Provincial N° 12.967, su modificatoria N° 13.237 y su respectivo Dto. Reglamentario N° 619/10, CC, CPC y C Sta. Fe, LOPJ y leyes complementarias.

3.- Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la Resolución Definitiva a las partes interesadas y una vez firme la presente, se solicitará el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art.62 de la Ley N°12.967.-

4.-OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- FDO. CRISTIAN H. ALLENDE, Subsecretario. Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia. Ministerio de Desarrollo Social

Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10

ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.-

ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.-

ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.

ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas.

ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C. 8826 Feb. 13 Feb. 15

__________________________________________


EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO

DE PRECIOS Nº 2616


Objeto: Reparación chapa y pintura Unidad N° 1943 afectada a la E.T. De Villa Constitución.

Presupuesto oficial: $ 23.449,80 I.V.A. Incluido

Apertura: 26/02/2013 Hora: 9.


CONCURSO PUBLICO

DE PRECIOS Nº 2617


Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, portaescaleras y chofer, para la Oficina Comercial Rioja.

Presupuesto oficial: $ 60.000 I.V.A. incluido

Apertura: 25/02/2013 Hora: 9,15.


CONCURSO PUBLICO

DE PRECIOS Nº 2618


Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, aire acondicionado y chofer, para el sector Laboratorio Eléctrico.

Presupuesto oficial: $ 49.500 I.V.A. incluido

Apertura: 26/02/2013 Hora: 9,30.

Presentación de Ofertas: Salón de Reuniones E.P.E. Bv. Oroño 1260,1° Piso (2000) Rosario.

Consultas: TE. (0341) 4207752 Movilidades Rosario.

NOTA: Los pliegos serán entregados hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.

S/C 8807 Feb. 13 Feb. 15

__________________________________________


LOTERIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 006/13.


REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE FEBRERO 2013.


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0102236-3- del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por el Departamento respectivo para el mes de FEBRERO 2013; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados y Sorteos de Quiniela de Lotería de Montevideo de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo y Lotería de Córdoba; Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Pe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados, asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver los de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta sus programaciones, ya que las mismas han comunicado su aprobación definitiva;

Que para los Sorteos N° 8838 y N° 8848 de Quiniela Nocturna de fechas 01 y 15 de Febrero de 2013, respectivamente, el Código de Lotería 4, corresponde a Sorteo de Quiniela de Montevideo, los cuales se resolverán con tres (3) cifras;

Que para los Sorteos N° 8844 y N° 8854 de Quiniela Nocturna de fechas 08 y 22 de Febrero de 2013, respectivamente, el Código de Lotería 4, corresponde a Sorteo de Lotería de Montevideo;

Que el Sorteo N° 1325 de Quiniela El Primero, a llevarse a cabo el día lunes 11 de febrero de 2013, se resolverá por los Códigos de Lotería 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe), en razón de que Lotería Nacional SE, no programa sorteo para la citada fecha;

Que el Sorteo Nº 4717 de Quiniela Matutina de fecha 11/02/13, se resolverá por los Códigos de Loterías 2 y 3, en razón de que Lotería Nacional SE, y Lotería de Montevideo, no programan sus sorteos habituales para la mencionada fecha;

Que en el Sorteo N° 4718 de Quiniela Matutina de fecha 12/02/13, no se captarán apuestas para el Código de Lotería 4 Quiniela de Montevideo, resolviéndose el mismo por los Códigos de Loterías 1,2 y 3;

Que el Sorteo N° 8852 de Quiniela Nocturna de fecha 20/02/13 se resolverá por los Códigos de Lotería 1 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional SE), 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe) y 4 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Montevideo) dado que Lotería de Córdoba ha resuelvo trasladar su sorteo habitual al día jueves 21/02/2013;

Que el Sorteo Nº 8853 de Quiniela Nocturna de fecha 21/02/13, se resolverá por los Códigos de Loterías 1(Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional SE), 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires)/ 3 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe), 4 (Sorteo de Quiniela de Lotería de Montevideo) y excepcionalmente Código de Lotería 5, que corresponde a Sorteo de Lotería de Córdoba);

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Febrero 2013, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realizará el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre Ríos IAFAS;

Que se estima conveniente asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) para el primer premio, de la categoría Poceada Federal, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes, correspondientes por venta de apuestas. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva, previsto en el Artículo 45° del Reglamento General del Juego de la Quiniela de Santa Fe;

Que para la categoría Quiniela Exprés, implementada a partir del 1 de Junio del presente año, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 277/12, durante el mes de Noviembre se mantendrá en vigencia el horario de 20.45 horas fijado para el cierre de transmisión de apuestas;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados periodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($ 2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto N° 2480/09,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1° Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” del mes de Febrero 2013, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3° Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente, y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.

ARTICULO 4° Asegurar un Pozo Mínimo de PESOS CIENTOS CINCUENTA MIL ($ 150.000) para el Primer Premio, de la categoría Quiniela Poceada, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario, el Pozo para premio seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas.

ARTICULO 5° Disponer que continúe en vigencia el horario de cierre de captura de apuestas para la Categoría Quiniela Exprés fijado en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 6° El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas- Premios.

ARTICULO 7° Regístrese, comuníquese y archívese.

Santa Fe, 28 de Enero de 2013.

Dra. MONICA B. CALDERON

a/c Dirección General


FECHA DIA EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada EXPRES Tómbola Preces. DEBITOS

Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Federal Nº Serie Sfe Ros Int


01 viernes 1317 11,30 1-2-3 4709 14,00 1-2-3 4863 17,30 1-2-3 8838 21,00 1-2-3-4 962 208 18-Feb 06-Feb

02 sábado 1318 11,30 1-2-3 4710 15,00 1-2-3 8839 21,00 1-2-3-4 963 209 2968 18-Feb 06-Feb

04 lunes 1319 11,30 1-2-3 4711 14,00 1-2-3-4 4864 17,30 1-2-3 8840 21,00 1-2-3-4 964 210 19-Feb 07-Feb

05 martes 1320 11,30 1-2-3 4712 14,00 1-2-3-4 4865 17,30 1-2-3 8841 21,00 1-2-3-4 965 211 2969 19-Feb 07-Feb

06 miércoles 1321 11,30 1-2-3 4713 14,00 1-2-3-4 4866 17,30 1-2-3 8842 22,00 1-2-3-4-5 966 212 21-Feb 08-Feb

07 jueves 1322 11,30 1-2-3 4714 14,00 1-2-3-4 4867 17,30 1-2-3 8843 21,00 1-2-3-4 968 213 2970 22-Feb 14-Feb

08 viernes 1323 11,30 1-2-3 4715 14,00 1-2-3-4 4868 17,30 1-2-3 8844 21,00 1-2-3-4 968 214 25-Feb 15-Feb

09 sábado 1324 11,30 1-2-3 4716 15,00 1-2-3-4 8845 21,00 1-2-3-4 969 215 26-Feb 15-Feb

11 lunes 1325 11,30 2-3 216 27-Feb 15-Feb

12 martes 1326 11,30 1-2-3 4718 14,00 1-2-3 217 27-Feb 15-Feb

13 miércoles 1327 11,30 1-2-3 4719 14,00 1-2-3-4 4869 17,30 1-2-3 8846 22,00 1-2-3-4-5 970 218 28-Feb 18-Feb

14 jueves 1328 11,30 1-2-3 4720 14,00 1-2-3-4 4870 17,30 1-2-3 8847 21,00 1-2-3-4 971 219 2972 01-Mar 18-Feb

15 viernes 1329 11,30 1-2-3 4721 14,00 1-2-3-4 4871 17,30 1-2-3 8848 21,00 1-2-3-4 972 220 04-Mar 21-Feb

16 sábado 1330 11,30 1-2-3-4 4722 15,00 1-2-3 8849 21,00 1-2-3-4 973 221 2973 04 Mar 21-Feb

18 lunes 1331 11,30 1-2-3 4723 14,00 1-2-3-4 4872 17,30 1-2-3 8850 21,00 1-2-3-4 974 222 05-Mar 22-Feb

19 martes 1332 11,30 1-2-3 4724 14,00 1-2-3-4 4873 17,30 1-2-3 8851 21,00 1-2-3-4 975 223 2974 06-Mar 25-Feb

20 miércoles 1333 11,30 1-2-3 4725 14,00 1-2-3-4 8852 21,00 1-2-3-4 976 224 07-Mar 25-Feb

21 jueves 1334 11,30 1-2-3 4726 14,00 1-2-3 4874 17,30 1-2-3 8853 21,00 1-2-3-4-5 977 225 2975 08-Mar 26-Feb

22 viernes 1335 11,30 1-2-3 4727 14,00 1-2-3-4 4875 17,30 1-2-3 8854 21,00 1-2-3-4 978 226 11-Mar 27-Feb

23 sábado 1336 11,30 1-2-3 4728 15,00 1-2-3 8855 21,00 1-2-3-4 979 227 2976 11-Mar 27-Feb

25 lunes 1337 11,30 1-2-3 4729 14,00 1-2-3-4 4876 17,30 1-2-3 8856 21,00 1-2-3-4 980 228 12-Mar 28-Feb

26 martes 1337 11,30 1-2-3 4730 14,00 1-2-3-4 4877 17,30 1-2-3 8857 21,00 1-2-3-4 981 229 2977 13-Mar 01-Mar

27 miércoles 1339 11,30 1-2-3 4731 14,00 1-2-3-4 4878 17,30 1-2-3 8858 21,00 1-2-3-4-5 982 230 14-Mar 04-Mar

28 jueves 1340 11,30 1-2-3 4732 14,00 1-2-3-4 4879 17,30 1-2-3 8859 21,00 1-2-3-4 983 231 2978 15-Mar 05-Mar


Códigos Loterías:

1 Quiniela y/o Lotería de Lotería Nacional SE; 2 Quiniela y/o Lotería de Lotería Provincia de Buenos Aires; 3 Quiniela y/o Lotería de Santa Fe; 4 Quiniela y/o Lotería de Montevideo; 5 Lotería de Córdoba.


* Los días miércoles los sorteos Propios de la Quiniela Nocturna de Santa Fe (Cod. Lot 3) se llevan a cabo a la hora 22.

Poceada Federal: Durante el mes de Febrero Sortea por Lotería de Entre Ríos y Entre Ríos. Tómbola: sortea conjuntamente con Quiniela Nocturna.

SANTA FE, 28 DE ENERO DE 2013.

PROGRAMA DE SORTEOS QUINIELAS: FEBRERO 2013


OBSERVACIONES


Sorteo Modalidad Fecha


8838 Nocturna 01/02/2013 El Código de Lotería 4 corresponde a Sorteo de Quiniela de Montevideo. Se resuelve con 3 (tres) cifras.

8844 Nocturna 08/02/2013 El Código de Lotería 4, corresponde a Sorteo de Lotería de Montevideo.

1325 El Primero 11/02/2013 No se captarán apuestas para el código de Lotería 1 (Lotería Nacional SE) en razón de que dicho organismo no programa su sorteo habitual

para esa fecha. Se resolverá únicamente por los Códigos de Loterías 2 y 3.

4717 Matutina 11/02/2013 No se captarán apuestas para los códigos de Lotería 1 (Lotería Nacional SE) y 4 (Lotería de Montevideo en razón de que dichos

Organismos para no programan su sorteo habitual para la citada fecha. Se resolverá por los Códigos de Loterías 2 y 3.

4718 Matutina 12/02/2013 No se captarán apuestas para el código de Lotería 4 (Lotería de Montevideo) en razón de que dicho Organismo no programa su

sorteo para la citada fecha. Se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2 y 3.

8848 Nocturna 15/02/2013 El Código de Lotería 4, corresponde a sorteo de Quiniela de Montevideo Se resuelve con 3 (tres) cifras.

8852 Nocturna 20/02/2013 Se resolverá por lo códigos de loterías 1, 2, 3 y 4, debido a que Lotería de Córdoba ha trasladado su sorteo para el día jueves 21/02/2013.

8853 Nocturna 21/02/2013 Se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2, 3,4 y excepcionalmente. Código de Lotería 5 (Lotería de Córdoba).

8854 Nocturna 22/02/2013 El código de Lotería 4 corresponde al Sorteo de Lotería de Montevideo.

SANTA FE, 28 DE ENERO DE 2013.

PROGRAMA DE SORTEOS QUINIELAS: FEBRERO 2013


HORARIOS DE CIERRE DE TRANSMISION DE APUESTAS Y DE SORTEOS


El Primero Matutina Vespertina Nocturna Poceada Federal Quiniela

Días Nac-Prov-SFe Nac-Prov-SFe-Oro Nac-Prov-Sfe Nac-Prov-Sfe Oro Córdoba Sortea Santa Fe Express

Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre


Lunes 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 20:45 21:00 19:45 20:00 20:30 21:00 20:45

Martes 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 20:45 21:00 19:45 20:00 20:30 21:00 20:45

Miércoles 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 20:45 21:00 19:45 20:00 20:45 22:00 20:30 21:00 20:45

Jueves 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 20:45 21:00 19:45 20:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45

Viernes 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 20:45 21:00 19:45 20:00 20:30 21:00 20:45

Sábados 11:15 11:30 14:45 15:00 20:45 21:00 19:45 20:00 20:30 21:00 20:45


* LOTERIA DE CORDOBA TRASLADO SU SORTEO DE FECHA 20/02/2013, PARA EL DIA JUEVES 21/02/2013.

* LOS DIAS MIERCOLES UNICAMENTE QUINIELA NOCTURNA DE SANTA FE, SORTEA A LA HORA 22,00. LOTERIA NACIONAL SE Y LOTERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LLEVAN A CABO SUS SORTEOS A LA HORA 21:00.

TOMBOLA: CIERRE DE TRANSMISION DE APUESTAS, CONJUNTAMENTE CON QUINIELA NOCTURNA.

SANTA FE, 28 DE ENERO DE 2013.


PROGRAMA DE SORTEOS QUINIELAS: FEBRERO 2013


PRESCRIPCIONES


Semanalmente se emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.

A las setenta y dos (72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “prescripción”.

Durante los quince (15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela recepcionará los reclamos pertinentes.

Los débitos en concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se emitirán conforme al siguiente detalle:


Nocturna Vespertina Matutina El primero Pozo Quiniela Poceada Fed. Exprés Tómbola Fecha Memo. Fecha Débito


8838 al 8843 4863 al 4867 4709 al 4714 1317 al 1322 4309 al 4320 962 al 967 208 al 213 2968 al 2970 25/02/13 28/02/13

8844 al 8847 4868 al 4870 4715 al 4720 1323 al 1328 4321 al 4328 968 al 971 214 al 219 2971 al 2972 04/03/13 04/03/13

8848 al 8853 4871 al 4874 4721 al 4726 1329 al 1334 4329 al 4340 972 al 977 220 al 225 2973 al 2975 11/03/13 14/03/13

8854 al 8859 4875 al 4879 4727 al 4732 1335 al 1340 4341 al 4352 978 al 983 226 al 231 2976 al 2978 18/03/13 21/03/13

Disponible a partir de las 14,00 horas

SANTA FE, 28 DE ENERO DE 2013.


CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA QUINIELA DE SANTA FE


DETALLE DE SORTEOS


Concurso Fecha Período comprendido Pago de premios


1080 07/02/13 11/01/13 al 04/02/13 07/02/13 al 21/02/13

1081 13/02/13 18/01/13 al 11/02/13 14/02/13 al 28/02/13

1082 20/02/13 25/01/13 al 18/02/13 21/02/13 al 07/02/13

1083 27/02/13 01/02/13 al 25/02/13 28/02/13 al 14/02/13


DETALLE DE PREMIOS


Primero $ 15.000

Segundo $ 10.000

Tercero $ 5.000

Cuarto y Quinto $ 2.000

Sexto al Décimo $ 1.000


Se realizarán dos sorteos, uno con los tickets de la ciudad de Santa Fe y Zona Norte y otro con los tickets de la ciudad de Rosario y Zona Sur.

Estímulo: El agenciero que haya comercializado el ticket ganador del Primer Premio gana Un Mil Quinientos Pesos ($ 1.500).

De los sorteos: Se realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos.

Ganadores: Las Nóminas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera:

* Ciudad de Santa Fe y Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz.

* Ciudad de Rosario y Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.

S/C 8824 Feb. 13

__________________________________________