picture_as_pdf 2012-02-13

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

SANDRA HILGERT


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 19 de la ciudad de Esperanza en los autos caratulados: “Comuna de la Pelada c/ Otros s/ Apremio Expte. Nº 670/2.011.-“ que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 19 se ha resuelto que la Martillera Pública Sandra Hilgert CUIT. N° (27-16346038-1), proceda a vender en pública subasta, la que se realizará en las puertas del Juzgado Comunal de La Pelada el día 02 de Marzo de 2.012 a las 10:00 hs. o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel fuere feriado y con la base del avalúo fiscal de $ 202,45 (Fs. 32), si no hubiere postores con la retasa del 25% o sea la suma de $ 151,92 y en caso de persistir la falta de los mismos nuevamente saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El Siguiente Bien Inmueble inscripto al Tomo 82 Par Folio 0005 N° 109953 Departamento Las Colonias (Fs. 6) cuya descripción es la siguiente (Fs. 6 vto.): “Una fracción designada con la letra A de la manzana N° 55 de la Colonia La Pelada departamento Las Colonias, compuesta de cuarenta y tres metros con treinta centímetros por costado lindando al norte calle pública, al oeste con el lote B de la misma manzana, al este calle pública y al sud con el D de la misma manzana 55.” Informa Registro General (Fs. 44 y 45): que se encuentra inscripto a nombre de la demandada y reconoce el siguiente embargo N° 54137 de fecha 01/06/11 por un monto de $ 10.633,50 estos autos.- No se registran Hipotecas (Fs. 44 vto.). No se informan Inhibiciones (Fs. 44 vto.). Informa API (Fs. 41): que la partida N° 09-03-00-080453/0000-0 adeuda los siguientes periodos 2006 (T), 2007 (T), 2008 (T), 2009 (T), 2010 (T) y 2011 (T) lo que conforma una deuda de $ 404,06 al 15/11/2011. Informa Comuna de La Pelada (Fs. 38): que al 23/11/11 posee una deuda de $ 10.747,96 en concepto de Servicios de Riego, Mantenimiento y Limpieza del Inmueble. Informa la Sra. Jueza Comunal (Fs. 36); al 24/11/2.011 (...) “Acto seguido se procede a constatar que se trata de un lote baldío, sin mejoras ubicado en calle San Lorenzo y San Bernardo, carece de cercos perimetrales. Se encuentra a una cuadra y media de la plaza pública aproximadamente a dos cuadras de la comuna local aproximadamente y aproximadamente a tres cuadras de Escuela Primaria y Jardín de Infantes; lindando frente oeste calle San Bernardo, al sur lote del señor Héctor Calvimonte, al este terreno baldío y al norte canal de desagüe pluvial s/ apertura a calle. Los títulos no fueron presentados por lo que quien resulte comprador deberá conformarse con las constancias de autos no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos. Condiciones de Venta (Fs. 47 y 47 vto.): Previo a la subasta y hasta media hora antes de la misma se podrá realizar ofertas por sobre cerrados que deberán presentarse ante el Juzgado de realización de la subasta en sobre tipo oficio al que se pondrá cargo cruzando la solapa y que contendrá la postura bien detallada, datos del oferente y domicilio constituido y que deberá contener el monto de la seña y comisión que corresponda a esa oferta en cheque certificado o boleta de depósito judicial a la orden del Juez de la causa y en cuenta especial para los autos que la ordenan, para todo lo cual se formará “incidente de posturas bajo sobre”. Vencido el plazo indicado se abrirán los sobres por el Martillero actuante y ante el Actuario, en pública audiencia, labrándose acta con planilla de las postura y contenido de cada sobre, definiéndose cuál ha sido la mayor de la que luego partirá la subasta salvo que ninguna supere la base o la retasa, en cuyos casos se tendrán en cuenta para su oportunidad, esto es, para el caso de que no existan posturas verbales que la superen. En el acto del remate y al comienzo del mismo se leerá el acta mencionada, pudiendo estar o no presentes los oferentes bajo sobre a fin de mejorar a su postura mediante puja en la subasta. En su caso deberán completar la suma en dinero en efectivo, nuevo cheque certificado o depósito judicial, opciones estas que también serán válidas para los demás oferentes. Terminado el acto, y por Secretaría, se procederá a la devolución de cheques certificados y depósitos judiciales, correspondientes a la ofertas que no prosperaron y a la devolución de los excedentes que surjan de cheques certificados o depósitos presentados en montos superiores a los de la seña y comisión de ley. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% de seña a cuenta del precio y el 3% de comisión del martillero en dinero efectivo o en alguna de las formas indicadas anteriormente. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 499 del C. P. C. Y C. y sin perjuicio de la aplicación del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los treinta días posteriores a la subasta -haya o no aprobación de la misma- a dicho saldo se le aplicará un interés equivalente a la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina para descuento de documentos comerciales. Está prohibida la compra en comisión. El adquirente tendrá a su cargo los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y será a su cargo, además, la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales, incluidos el I.V.A. de corresponder, que resultaren de la operación y los gastos de mensura en caso de corresponder,(...), y la visita de probables compradores un día antes de la subasta en el horario solicitado. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de ley en el Boletín Oficial y en el panel del Juzgado de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia. (Ley 11.287). Ofíciese al Juzgado Comunal de La Pelada a sus efectos.- Informes en Secretaría del Juzgado o a la Martillera, T.E. 03496-423558 o 03496-15462596 - de lunes a Jueves en el horario de 17:00 a 19:30 hs. Esperanza, 02 de febrero de 2012. Fdo: Gabriela M. Torassa, secretaria.

S/C.- 157833 Feb. 13 Feb. 17

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POR

SANDRA HILGERT


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza en los autos caratulados: “Comuna de la Pelada c/ Otra (L.C. N° 4.672.156) (Fs. 39) s/ Apremio Expte. N° 498/2.011.” que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 19 se ha resuelto que la Martillera Pública Sandra Hilgert CUIT. N° (27-16346038-1), proceda a vender en pública subasta, la que se realizará en las puertas del Juzgado Comunal de La Pelada el día 02 de Marzo de 2.012 a las 10:30 hs. o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel fuere feriado y con la base del avalúo fiscal de $ 3469,92 (Fs. 34), si no hubiere postores con la retasa del 25% o sea la suma de $ 2.602,44 y en caso de persistir la falta de los mismos nuevamente saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El Siguiente Bien Inmueble inscripto al Tomo 184 Impar Folio 1660 N° 29253 Departamento Las Colonias (Fs. 6) cuya descripción es la siguiente (Fs. 6 vto.): “Una fracción de terreno, con todo lo en ella edificado, clavado y plantado, que según título forma parte de la manzana número ochenta y nueve (89), de las que forman el pueblo de la colonia La Pelada, departamento Las Colonias, provincia de Santa Fe y que según plano de mensura y subdivisión que refiere su título confeccionado por el Agrimensor Nacional don Omar Carlos Monier, inscripto en el Dirección General de Topografía Geodesia y Urbanismo, con fecha tres de julio de mil novecientos cincuenta y ocho, bajo el número veinticuatro mil trescientos noventa y uno (24.391) dicha fracción se designa como lote letra “B” y se compone de las siguientes medidas: cuatro metros setenta y cinco centímetros de frente al Oeste, línea B-G, ochenta y seis metros sesenta centímetros de fondo en su lado Sud, línea G-H; diez y ocho metros setenta y cinco centímetros de contrafrente, al Este, línea H-E; y su costado Norte que a su vez es frente siendo de forma quebrada, mide desde el punto E, hasta el D, en dirección al Oeste, setenta metros treinta y cinco centímetros, línea D-E; desde el punto D, hasta el C, en dirección al Sud catorce metros, línea C-D y desde el punto C, nuevamente en dirección al Oeste, hasta dar con el punto B, encerrando la figura mide diez y seis metros veinticinco. centímetros, línea B-C, encerrando una superficie total de mil trescientos noventa y seis metros veinticinco decímetros cuadrados; lindando: al Oeste, con calle pública; al Sud con el lote letra “A”, del plano de referencia; al Este con calle pública y al Norte parte con calle pública y en parte con don Francisco Ribero hoy la actual vendedora todo de acuerdo al plano relacionado.” Informa Registro General (Fs. 49 y 50): que se encuentra inscripto a nombre de la demandada y reconoce el siguiente embargo N° 44758 de fecha 11/05/11 por un monto de $ 11.969,50 estos autos.- No se registran Hipotecas (Fs. 49). No se registran Inhibiciones (Fs. 49).- Informa API (Fs. 47): que la partida N° 09-03-00-080554/0002-0 adeuda los siguientes períodos 2006 (T), 2007 (T), 2008 (T), 2009 (T), 2010 (T) y 2011 1, 2 y 3 lo que conforma una deuda de $ 390,99 al 31/09/2011.- Informa Comuna de La Pelada (Fs. 43): que al 23/11/11 posee una deuda de $ 11.221,06 en concepto de Servicios de Riego, Mantenimiento y Limpieza del Inmueble.- Informa la Sra. Jueza Comunal (Fs. 41): al 24/11/2.011, (...). Acto seguido se procede a constatar que se trata de un lote baldío, ubicado en calle Los Colonizadores entre Cristóbal Colón y Santiago Zunino lote B manzana 66, alambrado perimetral en su parte sur este, al oeste linda con una casa particular y tejido de aproximadamente cuatro metros de alto y al norte calle pública con arenado (frente del lote), sin mejoras, luz eléctrica. Se encuentra aproximadamente a cuatro cuadras del SAMCO de la localidad, aproximadamente a tres cuadras plaza pública Centro Cívico, Escuela primaria, jardín de infantes y Centros Comerciales.” Los títulos no fueron presentados pero a Fs. 52 y 53, de autos se encuentran agregadas fotocopias simples de los mismos por lo que quien resulte comprador deberá conformarse con las constancias de autos no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos. Condiciones de Venta (Fs. 50 y 55 vto.): Previo a la subasta y hasta media hora antes de la misma se podrá realizar ofertas por sobre cerrados que deberán presentarse ante el Juzgado de realización de la subasta en sobre tipo oficio al que se pondrá cargo cruzando la solapa y que contendrá la postura bien detallada, datos del oferente y domicilio constituido y que deberá contener el monto de la seña y comisión que corresponda a esa oferta en cheque certificado o boleta de depósito judicial a la orden del Juez de la causa y en cuenta especial para los autos que la ordenan, para todo lo cual se formará “incidente de posturas bajo sobre”. Vencido el plazo indicado se abrirán los sobres por el Martillero actuante y ante el Actuario, en pública audiencia, labrándose acta con planilla de las postura y contenido de cada sobre, definiéndose cuál ha sido la mayor de la que luego partirá la subasta salvo que ninguna supere la base o la retasa, en cuyos casos se tendrán en cuenta para su oportunidad, esto es, para el caso de que no existan posturas verbales que la superen. En el acto del remate y al comienzo del mismo se leerá el acta mencionada, pudiendo estar o no presentes los oferentes bajo sobre a fin de mejorar la postura mediante puja en la subasta. En su caso deberán completar la suma en dinero en efectivo, nuevo cheque certificado o depósito judicial, opciones estas que también serán válidas para los demás oferentes. Terminado el acto, y por Secretaría, se procederá a la devolución de cheques certificados y depósitos judiciales, correspondientes a la ofertas que no prosperaron y a la devolución de los excedentes que surjan de cheques certificados o depósitos presentados en montos superiores a los de la seña y comisión de ley. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% de seña a cuenta del precio y el 3% de comisión del martillero en dinero efectivo o en alguna de las formas indicadas anteriormente. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 499 del C.P.C. y C. Y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los treinta días posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma a dicho saldo se le aplicará un interés equivalente a la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina para descuento de documentos comerciales. Está prohibida la compra en comisión. El adquirente tendrá a su cargo los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y será a su cargo, además, la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales, incluidos el I.V.A. de corresponder, que resultaren de la operación y los gastos de mensura en caso de corresponder.”(...)“, y la visita de probables compradores un día antes de la subasta en el horario solicitado. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de ley en el Boletín Oficial y en el panel del Juzgado de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (Ley 11.287). Ofíciese al Juzgado Comunal de La Pelada a sus efectos.- Informes en Secretaría del Juzgado a la Martillera, T.E. 03496-423558 o 03496-15462596 - de Lunes a Jueves en el horario de 17:00 a 19:30 hs. Esperanza, 02 de febrero de 2012.- Fdo: Gabriela M. Torassa, secretaria.

S/C.- 157834 Feb. 13 Feb. 17

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