REGISTRADA BAJO EL Nº 13519
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase Monumento Histórico Provincial, al edificio sede de la ASOCIACIÓN ITALIANA Y FAMILIA PIAMONTESA, ubicado en la zona suburbana, parte de la concesión B, cuadrado 21 de la localidad de Zenón Pereyra, departamento Castellanos, empadronado bajo la Partida Nº 08-40-00-072095/0000-5, Dominio Nº 9938, Tomo 41, Folio 520, de 755 metros cuadrados, de fecha 30 de Julio de 1910; Dominio Nº 1025, Tomo 84 impar, Folio 42, de 900 y 400 metros cuadrados, de fecha 13 de Enero de 1931; Dominio Nº 3010, Tomo 91 par, Folio 65, de fecha 15 de Febrero de 1937; y por último, la Partida Nº 08-40-00-072322/0001-7, registrado a nombre de Sociedad Italiana de Zenón Pereyra, Dominio Nº 11651, Tomo 384 impar, Folio 224, de 1137,67 metros cuadrados, Lote 5b, de fecha 12 de Febrero de 1998.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través de los organismos pertinentes, convenga los medios conducentes a los fines de preservar la construcción edilicia.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Firmado: Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente - Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
6 ENE 2016
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Firmado: Pablo Gustavo Farias
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
16443
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