picture_as_pdf 2016-01-13

REGISTRADA BAJO EL Nº 13519


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Declárase Monumento Histórico Provincial, al edificio sede de la ASOCIACIÓN ITALIANA Y FAMILIA PIAMONTESA, ubicado en la zona suburbana, parte de la concesión B, cuadrado 21 de la localidad de Zenón Pereyra, departamento Castellanos, empadronado bajo la Partida Nº 08-40-00-072095/0000-5, Dominio Nº 9938, Tomo 41, Folio 520, de 755 metros cuadrados, de fecha 30 de Julio de 1910; Dominio Nº 1025, Tomo 84 impar, Folio 42, de 900 y 400 metros cuadrados, de fecha 13 de Enero de 1931; Dominio Nº 3010, Tomo 91 par, Folio 65, de fecha 15 de Febrero de 1937; y por último, la Partida Nº 08-40-00-072322/0001-7, registrado a nombre de Sociedad Italiana de Zenón Pereyra, Dominio Nº 11651, Tomo 384 impar, Folio 224, de 1137,67 metros cuadrados, Lote 5b, de fecha 12 de Febrero de 1998.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través de los organismos pertinentes, convenga los medios conducentes a los fines de preservar la construcción edilicia.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

Firmado: Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente - Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

6 ENE 2016

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Firmado: Pablo Gustavo Farias

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

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