picture_as_pdf 2015-01-13

DECRETO N°4732


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”,23 DIC 2014


VISTO:

La gestión N° 00201-0164670-5 del Sistema de Registro de Expedientes, -MINISTERIO DE SEGURIDAD-, en virtud del cual se promueve la creación de cinco Direcciones Generales Regionales correspondientes a: Región 1 -Nodo Reconquista-, Región 2 —Nodo Rafaela-, Región 3 — Nodo Santa Fe-, Región 4 —Nodo Rosario- y Región 5 —Nodo Venado Tuerto-, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 12.817 en su Artículo 19° establece que es competencia del Ministerio de Seguridad de la Provincia asistir al Gobernador en todo lo atinente a la planificación, coordinación y ejecución de la política provincial en materia de Seguridad Pública; correspondiéndole, en particular, “Entender en la organización y régimen de la Policía de la provincia de Santa Fe, programando las modificaciones que resulten necesarias para la implementación de la política provincial que en materia de seguridad pública se disponga.” (Inc. 2°) y “Planificar, proponer, elaborar:.. y, en su caso, ejecutar, todas aquellas acciones que se decidan vinculadas a la seguridad pública provincial..., así como de protección de personas o bienes de la comunidad.” (Inc. 10°);

Que esta Cartera viene trabajando en la modernización de las estructuras organizativas y funcionales de las fuerzas de seguridad pública sobre criterios de profesionalización, eficiencia y transparencia que permitan la adaptación a los nuevos entornos garantizando niveles óptimos de eficacia, rendimiento y calidad con el objetivo de dar cumplimiento a las funciones policiales básicas de prevenir delitos y garantizar condiciones de seguridad para la convivencia social;

Que, por esta vía, será posible revalorizar el rol social de la institución policial y sus agentes contribuyendo a una mejor relación con la ciudadanía a través de acciones concretas que demuestren su condición y calidad de servidores públicos dentro de una concepción democrática del servicio policial dirigida a la producción de seguridad humana generando una convivencia ciudadana capaz de asegurar la paz. El concepto de seguridad humana implica crear sistemas políticos, sociales, medioambientales, económicos y culturales caracterizados por centrarse en la persona, que aborden de manera integral, multisectorial, contextualizada y preventivamente las causas que amenazan la convivencia social;

Que, en el marco de este enfoque, se deben desarrollar acciones que permitan reconstituir las bases organizativas y funcionales de las fuerzas policiales orientadas al logro de la seguridad pública democrática y respetuosa de los derechos humanos;

Que, de modo convergente, desde el año 2008, la provincia de Santa Fe se encuentra inmersa en un proceso de regionalización y descentralización pensado como una política pública para integrar y articular el territorio, reducir desigualdades sociales y económicas, revalorizar las identidades locales y garantizar igualdad de oportunidades y derechos para todos los ciudadanos. Se trata de pasar de una perspectiva centralizada que genera fragmentaciones, superposiciones y desequilibrios territoriales hacia un Estado próximo, solidario y abierto. La idea fuerza de esta transformación está centrada en la necesidad de generar un cambio de paradigma: pasar de un Estado que actúa por reacción a demandas a otro que garantice derechos. Descomprimir las administraciones centrales, favoreciendo resoluciones más ágiles y una mayor proximidad con la ciudadanía;

Que siguiendo estos lineamientos, y bajo la habilitación legal que otorga la Ley de Emergencia en Materia de Seguridad Pública N° 13.297 — prorrogada por Decreto 1861/14 - , que en su artículo 1º faculta al Poder Ejecutivo a “(...) organizar la policía de la provincia en unidades territoriales más pequeñas (...)“, se llevará a cabo una reorganización de las fuerzas policiales, mediante el esquema de cinco Direcciones Generales Regionales correspondientes a: Región 1 -Nodo Reconquista-, Región 2 —Nodo Rafaela-, Región 3 —Nodo Santa Fe-, Región 4 —Nodo Rosario- y Región 5 —Nodo Venado Tuerto-. Éstas, en una primera etapa, tendrán la responsabilidad de tener a cargo la conducción de las diecinueve (19) Unidades Regionales que componen la Policía de la Provincia de Santa Fe;

Que lo propuesto tiene como antecedente las regiones creadas a través del Plan Estratégico Provincial — Visión 2030, que en tal sentido establece que “...La Regionalización permite integrar territorios anteriormente desconectados, y equilibrar las capacidades del Estado en toda la provincia. Comprende tres aspectos:

Descentralización

Planificación estratégica

Participación ciudadana y concertación

Que teniendo presente lo mencionado mediante el Plan Estratégico Provincial se conformaron cinco (05) Regiones con sus respectivos Nodos: Región 1 — Nodo Reconquista; Región 2 - Nodo Rafaela; Región 3 - Nodo Santa Fe; Región 4 - Nodo Rosario y Región 5 — Nodo Venado Tuerto; con el objetivo de reorganizar el territorio e introducir una nueva escala de proximidad;

Que los nodos son núcleos en los que se articulan, concentran y distribuyen, las capacidades, la información y los recursos;

Que a los fines de la creación de las Direcciones Generales Regionales resultaría oportuno hacerlas coincidir con las divisiones territoriales ya establecidas y ut supra referidas;

Que a los efectos de la operatividad para el adecuado funcionamiento de las Direcciones a crearse resulta procedente facultar al Ministerio de Seguridad para determinar los perfiles de los puestos, pudiendo además emitir los actos administrativos necesarios para el eficaz desenvolvimiento de las mismas;

Que se registra como antecedente el Decreto N° 0029 del año 2008 que con éste espíritu reconoce, a los fines de la aplicación de las políticas públicas inherentes al Ministerio de Salud, la distribución de la Provincia en Regiones, siendo las mismas coincidentes con las creadas por ésta norma.

Que tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional emitiendo el respectivo dictamen;

Que la presente medida es adoptada en el marco de las atribuciones que se reconocen al Poder Ejecutivo en el Artículo 72° de la Constitución de la Provincia y la Ley de Emergencia en Materia de Seguridad Pública N° 13.297;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Créanse cinco (5) Direcciones Generales Regionales: Región 1 -Nodo Reconquista-, Región 2 —Nodo Rafaela-, Región 3 —Nodo Santa Fe-, Región 4 —Nodo Rosario- y Región 5 —Nodo Venado Tuerto-, bajo la dependencia administrativa y funcional de la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la conducción y mando de la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe. Estableciéndose que a los fines de la división territorial que quedará comprendida en cada una de las cinco regiones, deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo I que forma parte del presente.

ARTICULO 2°: Para la ejecución de sus funciones, los Directores Generales de cada región deberán cumplir las políticas y lineamientos estratégicos definidos por el Ministerio de Seguridad a través de la Secretaría de Seguridad Pública.

ARTICULO 3°: Las Direcciones Generales de cada región, cuentan con las siguientes atribuciones generales:

1. Realizar controles sobre personas y vehículos.

2. Aprehender en situaciones de flagrancia.

3. Patrullar y vigilar los espacios y bienes públicos.

4. Realizar acciones preventivas respecto de personas que por su estado/situación puedan constituir un peligro para sí mismo o terceros.

5. Ejecutar las acciones necesarias, ajustadas a la normativa vigente, para la respuesta inmediata ante la comisión de un hecho delictivo con el objetivo de lograr el pronto restablecimiento de condiciones de seguridad.

6. Recolectar, compilar y procesar información a los fines de instrumentar acciones de prevención.

ARTICULO 4°: Las Direcciones Generales de cada región tienen las siguientes funciones:

1. Conducir y ejercer la representación institucional del personal policial a su cargo de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio de Seguridad, en el ámbito de su jurisdicción.

2. Verificar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos definidos por las autoridades ministeriales.

3. Garantizar la correcta gestión de los canales de comunicación e información con las autoridades superiores, otras dependencias estatales y la comunidad, conforme los lineamientos generales establecidos por el Ministerio de Seguridad.

4. Organizar y dirigir las acciones operativas, en el ámbito de su jurisdicción.

5. Coordinar tareas operativas con otras reparticiones policiales y/u organismos estatales que realicen actividades convergentes.

6. Determinar y ajustar los parámetros para el desarrollo de actividades de prevención y de restitución de las condiciones de seguridad y establecer sistemas que garanticen la calidad de los trabajos.

7. Liderar procesos de mejora continua sobre las prácticas relativas a su ámbito de actuación.

8. Gestionar de forma estratégica el personal a su cargo y ejercer el control disciplinario.

ARTICULO 5°: La totalidad de las unidades subordinadas a cada Dirección General de Región estarán bajo el mando de la jefatura única de área, la que estará a cargo de un/a Director/a General, quien contará con la colaboración de un/a Subdirector/a General.

ARTICULO 6°: Modifícase el Decreto 3174/77 respecto de la dependencia de Asesoría Letrada, División Personal, División Informaciones, División Operaciones, División Logística y División Judicial, quedando las mismas bajo la dependencia de la Dirección General de cada una de las Regiones creadas por el artículo 1°.

ARTICULO 7°: El Ministerio de Seguridad dispondrá la forma de realizar la reorganización territorial en función de la estructura creada.

ARTICULO 8°: Establécese que el Ministerio de Seguridad podrá dictar aquellos actos tendentes a facilitar la operatividad y funcionamiento de las áreas creadas por el presente decreto.

ARTICULO 9°: Cualquier modificación pretendida respecto tanto de las estructuras, atribuciones y funciones que por el presente se definen, deberá ser propuesta por el Ministerio de Seguridad al Poder Ejecutivo para su aprobación.

ARTICULO 10°: Incorporase, a partir de la fecha del presente acto administrativo, al Anexo I, artículo 4 del Decreto 3820/03 y modificatorios, los cargos que se detallan a continuación con una Asignación Remunerativa por Dedicación Jerárquica, conforme al siguiente detalle:

Director General de Región $ 3.500

Subdirector General de Región $ 3.200

ARTICULO 11°: Desígnase a los Directores Generales Regionales según se detalla a continuación:

-Región N° 1 Reconquista- COMISARIO MAYOR RODRIGUEZ HUGO

-Región N° 2 Rafaela- COMISARIO MAYOR ALCARAZ DANIEL

-Región N° 3 Santa Fe- COMISARIO MAYOR ROMAN HECTOR RUBEN

-Región N° 4 Rosario- COMISARIO MAYOR AMAYA JOSE LUIS

-Región N° 5 Venado Tuerto COMISARIO GENERAL GRAU RAFAEL

ARTICULO 12°: El gasto que demande la presente gestión se imputará a: Carácter 1- Jurisdicción 22 Ministerio de Seguridad, Programa 16, Actividad 00, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 3, Partida Subparcial 06, Finalidad 2, Función 10, Ubicación Geográfica 82-021, 042, 049, 063 y 084, del Presupuesto Vigente.

ARTICULO 13°: Refréndese por los señores Ministros de Seguridad y de Economía.

ARTICULO 14°: Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Dr. RAÚL ALBERTO LAMBERTO

C.P ANGEL JOSE SCIARA

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