picture_as_pdf 2012-01-13

REGISTRADA BAJO EL Nº 13249

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Empresa Provincial de Energía a contraer un crédito bancario con el Banco de la Nación Argentina por la suma de hasta pesos ciento treinta y seis millones doscientos mil ($ 136.200.000.-), destinado a financiar las erogaciones correspondientes a los certificados de la obra denominada “Ampliación de Estación Transformadora Río Coronda Etapa 1 y adecuación de su Red de influencia”.

El período de amortización será de 60 (sesenta) meses y el interés resultará de aplicar la tasa variable BADLAR más un margen fijo de cuatro puntos porcentuales anuales.

La operación se garantizará mediante la cesión de los derechos creditorios sobre la recaudación derivada de la explotación de la Empresa Provincial de la Energía.

ARTÍCULO 2.- La presente autorización tendrá validez hasta el Ejercicio 2012 inclusive, clasificando la operación en deuda pública directa e interna.

ARTÍCULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer las modificaciones presupuestarias correspondientes a los fines de posibilitar la implementación de a presente Ley.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores 

 

DECRETO Nº  0467

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

29 DIC 2011

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

 

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.249 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

JUAN ANTONIO BONFATTI

C.P.N. Ángel José Sciara

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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