REGISTRADA BAJO EL Nº 13247
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Créanse
152 (ciento cincuenta y dos) cargos y 2000 (dos mil) horas de Cátedra en el
ámbito Ministerio de Innovación y Cultura, según el detalle obrante en la
Planilla Anexa que forma parte de esta Ley.
ARTICULO 2.- Las
creaciones netas autorizadas por esta Ley se incorporarán a la Planta de
Personal del mencionado Ministerio prevista en la Ley Nº 13.174.
ARTICULO 3.- El costo
que demande la aplicación de la presente Ley será atendido con el crédito de
partidas que dispongan de saldo afectable en el Presupuesto Provincial.
ARTÍCULO 4.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H.
Paulichenco
Secretario
Legislativo
Cámara de
Senadores
DECRETO Nº 0473
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
29 DIC 2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V
I S T O :
La aprobación de la
Ley que antecede Nº 13.247 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial,
publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde
observarla y hacerla observar.-
JUAN ANTONIO BONFATTI
María de los Ángeles González
La presente Ley se
publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en
la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 -
e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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