MINISTERIO DE AGUAS,
SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE
V
I S T O :
El Expediente Nº
01804-0006098-8 del Sistema de
Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que es imprescindible
introducir una nueva metodología de trabajo relacionado al Registro de Transporte
Contratado (RAC) para ser implementado
en todas las tramitaciones realizadas por los transportistas, que tienda a
homogeneizar los mismos, y a dotar de mayor agilidad su control y aprobación.
Que el modo de transporte “Servicios Especiales
de Autotransporte Contratado de Personas” o su forma simplificada “RAC” fue
creado y aprobado por Resolución Nº 2770/90, suscripta por el Director
Provincial de Transporte;
Que a los fines de un
mejor control previo a la aprobación del contrato y un mejor control en ruta
por parte de los inspectores, son necesarios tres elementos: a. Un modelo de
contrato que se acompaña a la presente; b. Una ficha que deberá portarse en forma
obligatoria en el momento de prestar el servicio y c. un procedimiento interno
de manejo de expedientes y recepción de documentación;
Que al efecto de su
implementación y lograr una aplicación homogénea en toda la Dirección y, que a
las vez, tenga efecto erga omnes, es procedente el dictado de una norma
legal aprobatoria de la nueva
metodología, la cual una vez notificada a todos lo involucrados habilite su
instrumentación;
Que han tomado
intervención las áreas técnicas y jurídicas de la Subsecretaría de Transporte
viabilizando el proyecto;
Que en virtud de las
facultades conferidas a esta Subsecretaría de Transporte es Autoridad de
Aplicación del presente;
POR ELLO;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar
la nueva metodología de trabajo relacionado al RAC a fin de ser implementado en
todas las tramitaciones realizadas por los transportistas y tendiente a
homogeneizar los mismos, dotándolo de agilidad para su control y aprobación.
ARTICULO 2º.- Aprobar el Modelo de Contrato que obra
adjunto en el Anexo único, que forma parte de la presente Resolución, con el
objeto de simplificar su evaluación, estableciéndose asimismo que, en caso de
optar por otro modelo o variantes del mismo, será sujeto de un análisis
particular.
ARTICULO 3º.- Aprobar
el Modelo de Ficha que se generará en sede administrativa, para ser portada
obligatoriamente al momento de prestarse el servicio, que forma parte del Anexo
único.
ARTICULO 4º.- Aprobar
el procedimiento a seguir en cuanto al
manejo interno y recepción de documentación, y
que forma parte del Anexo único.
ARTICULO 5º.-
Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Ing. GUSTAVO SANTOS PEIRANO
Subsecretario de Transporte
ANEXO UNICO
I.- CONTRATO DE TRANSPORTE DE RAC
REGIMEN DE AUTOTRANSPORTE CONTRATADO DE PERSONAS
RESOLUCIONES Nº 2770/90 Y 680/04
Entre
_______________________ mayor de edad, con documento de identidad número
_______________________, en su carácter de titular/apoderado de la
empresa___________________ (en adelante EL TRANSPORTISTA) y
_________________________ mayor de edad, con documento de identidad
número__________________ y domicilio en __________________________ de la ciudad
de _____________________________ (en adelante EL CONTRATISTA), de otra parte
acuerdan celebrar mediante el presente, contrato de TRANSPORTE DE RAC
conforme a las siguientes cláusulas:
I.
El “TRANSPORTISTA” se obliga a realizar por su propia cuenta y
riesgo el transporte de personas pertenecientes a
_________________________ (Empresa, escuela, institución, etc.) con domicilio
en __________________________ desde _________________________hasta
_____________________________________.II. El monto total del
presente contrato es de $ _________________ (pesos
____________________________________________) IVA incluido.
III. El
"TRANSPORTISTA" utilizará las siguientes unidades que conforman su
parque móvil (nº de interno y dominio): __________________________
_________________________________________________. Las mismas se encuentran
habilitadas ante la Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Santa Fe,
cumpliendo con toda la documental correspondiente para su
habilitación (póliza de seguros, licencia
de conducir profesional, certificado de matriculación,
etc.).
IV. La duración
de este contrato es desde (día, mes y año) _____________ y hasta
_______________ no pudiéndose prorrogar su duración o celebrar un nuevo
contrato sin autorización de la Subsecretaria de Transporte.
V. El TRANSPORTISTA
cumplirá el servicio conforme al siguiente detalle de recorridos, días y
horarios tentativos: ___________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________.
VI. Las personas a
transportar se encuentran detalladas en el Anexo I del presente contrato
(listados de pasajeros). No estando autorizado EL TRANSPORTISTA y/o EL
CONTRATISTA a efectuar modificaciones a la misma sin autorización expresa de la
Subsecretaria de Transporte.
VII. Cualquiera
de las partes pueden rescindir el presente comunicando a la otra con una
antelación no menor a 15 días, y a su vez a la Subsecretaría de Transporte de
la Provincia.
VIII. El presente
contrato contará con el sellado de ley, caso contrario carecerá de validez.
IX. De conformidad el
día (día, mes y año) _________________ se firman tres (3) ejemplares del mismo
tenor, dos para cada una de las partes y la tercera para ser presentada ante la
Subsecretaria de Transporte.
ANEXO UNICO
(Continuación)
II.- FICHA ADMINISTRATIVA
Empresa:
Resolución o Decreto
que lo inscribió al RAC:
Expediente:
Contratista:
Recorrido:
Duración.
Días de la semana:
Horarios tentativos:
Origen:
Destinos:
Monto total(IVA
incluido):
Lugar de trabajo u
ocupación de las personas a transportar (sintetizado):
Fecha inicio y fecha
finalización:
Otros Contratos
vigentes a la fecha (sintetizado):
ANEXO UNICO (Continuación)
PROCEDIMIENTO INTERNO DE MANEJO DE EXPEDIENTES Y
RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
1. Recibida una
presentación de un transportista en Mesa de Entradas (Temporariamente, no se
recibirá en ninguna delegación sin Mesa), y controlado el foliado, el pago de
sellado de ley y otros requisitos establecidos en el instructivo, se remitirá a
la Dirección General de Transporte de Pasajeros. En todo legajo deberá presentar, a saber:
a) Nota de elevación
dirigida a la Autoridad.
b) Contrato de
Servicios, firmado por las dos partes, en tres juegos.
c) Sellado de
contrato, acorde con las normas impositivas vigentes.
d) Listado de
Personas a transportar, firmado por persona responsable.
e) Certificaciones de
las personas a transportar: de estudio o laborales.
f) Descripción del
Contratante: fotocopia DNI (personas físicas) o Acta Constitutiva de la
Sociedad o Asociación (personas jurídicas, no excluyentes).
g) Descripción de
unidades a utilizar en el servicio.
h) En el legajo,
todas las fojas deberán ser foliadas y firmadas por el solicitante.
i) Debe acompañar
sellado del Banco de Santa Fe de TREINTA PESOS ($ 0,30.-) por inicio de la
actuación, más SESENTA CENTAVOS( $0,60
) por la primera foja y VEINTE CENTAVOS ($0,20.-), sujeto a actualización.
2. El servicio a
prestar no podrá ser iniciado hasta tanto se apruebe el Contrato, por lo que la
fecha de presentación deberá tener la antelación suficiente para el análisis,
control y aprobación por parte de la Autoridad.
3. La Dirección General
de Transporte de Pasajeros verificará toda la información, y dentro de los dos
días hábiles remitirá las actuaciones a la Dirección Provincial de Transporte,
con informe técnico.
4. En el informe
técnico deberá analizarse el parque móvil, los vehículos propuestos, el
recorrido, la existencia de otros contratos de RAC vigentes, e informar
antecedentes de la firma (anteriores servicios de RAC, pago de tasas, libre
deuda por multas, número de expedientes). Debe confeccionarse la ficha indicada
en el punto II.
5. De no existir
cláusulas especiales agregadas al contrato o situaciones no previstas que
ameriten sean analizadas por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, no será
necesario que esa área intervenga, por tratarse de un tema “rutinario”, y estar
así previsto en el Decreto Nº 132/94 artículo 7º.-
6. La Dirección
Provincial de Transporte realizará un pase, aprobando el trámite, del cual se
deberá notificar el transportista.
7. El transportista
deberá circular, en oportunidad de cada viaje, con la Ficha, el Contrato y
Listado de Pasajeros (en originales). Además, portará la documentación exigible
por Ley, y el Certificado de Matriculación de la unidad, donde conste
8. Copia simple de la
Ficha del Servicio de RAC aprobado, se cursará a la Coordinación de Fiscalización.
Otra copia simple se agregará al legajo de la Empresa.
S/C 7648 Ene. 13 Ene. 17
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