picture_as_pdf 2006-01-13

DECRETO N° 0043

SANTA FE, 03 Enero de 2006

VISTO:

El Expediente N° 00301-0054043-4 (06-001 - Finanzas) del Ministerio de Hacienda y Finanzas relacionado con la normativa de la Ley Nro. 12.510; y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma denominada de Administración, Eficiencia y Control del Estado rige los actos, hechos y operaciones relacionados con la Administración y Control de la Hacienda del Sector Público Provincial No Financiero, estableciendo el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que hacen posible la coordinación de recursos humanos, financieros y bienes económicos aplicados al cumplimiento de los objetivos del Estado;

Que en su artículo 255° establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la citada ley y lo faculta a instrumentar e implementar gradualmente los términos funcionalidades y previstas para cada uno de los subsistemas de la misma;

Que en consecuencia a los fines de que la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado adquiera plena eficacia y por ello sustituya a la Ley Complementaria del Presupuesto vigente, resulta necesario disponer la reglamentación de la ley citada, lo que se llevará a cabo con el gradualismo establecido en su artículo 255°,

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° - Encomiéndase al Ministerio de Hacienda y Finanzas la elaboración de la reglamentación de la Ley Nro. 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, a efectos de poner en vigencia gradualmente los términos y funcionalidades previstos en la citada ley en el marco de lo establecido por el artículo 255° de dicha norma.

ARTICULO 2° - De conformidad a lo dispuesto en el artículo anterior, el Ministerio de Hacienda y Finanzas proyectará gradualmente las adecuaciones a la estructura orgánico funcional de los Organismos Rectores necesarias para la implantación de los Subsistemas previstos en la Ley Nro. 12.510.

ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

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