picture_as_pdf 2017-12-12

COLEGIO DE MARTILLEROS – ROSARIO


INFORMA


A los fines previsto en la Ley N° 7547 y Reglamento del Tribunal Arancelario; el Colegio de Martilleros - Ley N° 7547 - Rosario; Informa: Que el Tribunal Arancelario quedo constituido para el período 2017 - 2019, de la siguiente manera: Presidente: Pinasco, Víctor Hugo Juan; Vicepresidente: Saraniti, José Cayetano; Secretario: Esteve, Walter Alejandro; Juez Titular 1°: Moro, Marcelo Antonio; Juez Titular 2°: Muguruza, Héctor Luis; Juez Suplente 1°: de La Salle, Juan Pedro; Juez Suplente 2°: Magariños, Alicia María; Juez Suplente 3°: Zuzzi, Fernando; Juez Suplente 4°: Di Pizio, Fabián y Juez Suplente 5°: González Cajal, Jorge Alberto. Disponer que este Tribunal sesionará el primer y tercer miércoles de cada mes a las 10 hs. en la sede del Colegio de Martilleros, calle Moreno N° 1546 de la ciudad de Rosario, a los cuatro días del mes de diciembre de 2017. Firma; Miriam L. Seery-Secretaria.

$ 90 343549 Dic. 12 Dic. 13

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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L.- PILAY S.A-PILARES S.R.L. -U.T.E


COMUNICA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individua] y ayuda común del grupo J04 N° 684 suscripto en fecha 10 de octubre de 2008 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y la Sra. Casales Catalina Elisa DNI: 14.981.934, ha sido extraviado por la misma.

$ 225 343535 Dic. 12 Dic. 18

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COMUNICA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común del Grupo F06 N° 434 suscripto en fecha 10 de octubre de 2008 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y la Sra. Casales Catalina Elisa DNI: 14.981.934, ha sido extraviado por la misma.

$ 225 343533 Dic. 12 Dic. 18

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COMUNICA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común del Grupo J04 N° 683 suscripto en fecha 10 de octubre de 2008 - entre Bauen Arquitectura S.R.L - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y la Sra. Casales Catalina Elisa DNI: 14.981.934, ha sido extraviado por la misma.

$ 225 343531 Dic. 12 Dic. 18

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COMUNICA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común del Grupo JO5 N° 188 suscripto en fecha 23 de Octubre de 2009 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y el Sr. Angel Ricardo Cesar, DNI: 30.388.807, ha sido extraviado por la misma.

$ 225 343444 Dic. 12 Dic. 18

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UNIDAD EJECUTORA

CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PROVINCIAL Nº 18

CONSORCIO PUBLICO


NOTIFICACION


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL N° 4 RUTA PROVINCIAL N° 18 CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a ESCOBEDO, JULIO CESAR, DNI Nº 24.402.885, por edicto en el BOLETÍN ORCIAL, que se publica a sus efectos por un día el acta de infracción N° 00000228 de fecha 07/04/2016: ACTA DE CONSTATACIÓN DE INFRACCIÓN POR EXCESO DE PESO DE CARGA N° 00000228 LUGAR DE LA INFRACCIÓN: R 18 y Ruta 90 Fecha: 07/04/16 Hora: 14.30 Balanzas Nº 3348 y 3349 DATOS DEL VEHÍCULO: Marca: RENAULT Modelo: PREMIUM 420 DC1 Año: - - - Dominio Chasis/U. Tractora: ESJ 702 Dominio Acoplado/Semi: GPJ 633 Tarjeta identificatoria: 39935220 Tarjeta identificatoria: 40085581 DATOS DEL CONDUCTOR: Apellido y Nombre: ESCOBEDO JULIO CESAR, DNI N°: 24.402.885 Domicilio: 21 DE AGOSTO S/N Localidad: FIGHIERA Provincia: SANTA FE DATOS DEL CARGADOR: Apellido y Nombre: RECICLADOS SUR SA DNI N°: - - - Domicilio: AV. ALEM 1735 Localidad: PUNTA ALTA Provincia: BUENOS AIRES BATOS DEL TRANSPORTISTA: Apellido y Nombre: NOVOMILOG S.A. DNI Nº: —- Domicilio: SAN MARTÍN 3814 Localidad: ROSARIO Provincia: SANTA FE NOTIFICACIÓN. Por medio de la presente este Consorcio Público te notifica a Usted: Que no existiendo al día de la fecha constancia alguna de su acogimiento, pago y/o allanamiento al Acta de Constatación de Infracción por Exceso de Peso de Carga que fuera labrada conforme arriba se índica; se le hacer saber que dentro del término perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles administrativos de recibida la presente podrá optar: a) por acogerse al beneficio del pago voluntario abonando la multa correspondiente a la infracción por exceso de cargo constatada, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) más gastos administrativos, mediante depósito del importe que para este supuesto más abajo se indica, en la cuenta corriente en pesos N° 3-856-0000027830-1, CBU Nº 2850856-43000000278301-2. CUIT N° 30-69086685-0, del Banco Macro Sucursal Nº 856 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, a nombre de este Consorcio Público, remitiendo el comprobante conformado por el Banco a los efectos de acreditar el pago o bien, b) realizar por escrito el descargo con ofrecimiento de prueba que estime correspondiente por ante el Comité de Administración de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Provincial Nº 18 Consorcio Público sito en calle San Martín 205 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, bajo apercibimientos de dictarse Resolución sin su participación, la cual una vez firme será ejecutada judicialmente con los mayores gastos y costas que ello implica. Queda Ud. debidamente NOTIFICADO a todos los efectos legales correspondientes.- PAGO VOLUNTARIO DE LA MULTA. Para el supuesto de optar por abonar voluntariamente la multa correspondiente a la infracción por exceso de peso de carga constatada, seguidamente se indican tos importes: Monto Original de la Multa: (718 U.F.) $ 16.018,58 Descuento por pago voluntario: (359 U.F) $ 8009,29 Gastos administrativos por franqueo $ 268 Total a Pagar: $ 8.277,29. No verificado el pago en e! plazo indicado se continuará con los trámites de ley y una vez firme la Resolución que se dicte se procederá al cobro de la multa por vía de acción judicial (Art. 15 Ley 12354) y a su inclusión en el Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe (Art. 18 Ley 12354). El Acta de Constatación ha sido labrada por los Revisores de Carga del Consorcio Público en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 12354 conforme delegación expresa de la D.P.V. de esta Provincia.

$ 65 343471 Dic. 12

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NOTIFICACION


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL N° 4 RUTA PROVINCIAL N° 18 CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a TOPONI ALMADA CARLOS M. GONZALO, DNI N° 23.786.484, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día el acta de infracción N° 00000233 de fecha 29/04/2016; ACTA DE CONSTATACIÓN DE INFRACCIÓN POR EXCESO DE PESO DE CARGA N° 00000233 LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Peyrano Fecha: 29/04/16 Hora: 09:00 Balanzas Nº 3348 y 3349 DATOS DEL VEHÍCULO: Marca; IVECO Modelo: -170 E 25 Año: —- Dominio Chasis/U. Tractota; MTF 824 Dominio Acoplado/Semi: NSO 335 Tarjeta identificatoria: 43250072 Tarjeta identfficatoria: 45925741 DATOS DEL CONDUCTOR; Apellido y Nombre: TOPONI ALMADA CARLOS M. GONZALO DNI Nº 23.788.484 Domicilio: INT. CONSTANTINI 945 Localidad: ARROYO SECO Provincia: SANTA FE DATOS DEL CARGADOR: Apellido y Nombre: ACINDAR GRUPO ARCELOR MITTAL DNI Nº: —- Domicilio: PLANTA 2 ING. A ACEVEDO Localidad: VILLA CONSTITUCIÓN Provincia: SANTA FE DATOS DEL TRANSPORTISTA: Apellido y Nombre: POLLACCHI JUAN CARLOS, DNI N°: 10.922.239 Domicilio: MITRE 790 Localidad: ARROYO SECO Provincia: SANTA FE NOTIFICACIÓN. Por medio de la presente este Consorcio Público Fe notifica a Usted: Que no existiendo al día de la fecha constancia alguna de su acogimiento, pago y/o allanamiento al Acta de Constatación de Infracción por Exceso de Peso de Carga que fuera labrada conforme arriba se indica; se le hacer saber que dentro del término perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles administrativos de recibida la presente podrá optar a) por acogerse al beneficio del pago voluntario abonando la multa correspondiente a la infracción por exceso de carga constatada, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) más gastos administrativos, mediante depósito del importe que para este supuesto más abajo se indica, en la cuenta corriente en pesos N° 3-856-0000027830-1, CBU N° 2850856-43000000278301-2, CUIT N° 30-69086685-0, del Banco Macro Sucursal N° 856 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, a nombre de este Consorcio Público, remitiendo el comprobante conformado por el Banco a los efectos de acreditar el pago; o bien. b) realizar por escrito el descargo con ofrecimiento de prueba que estime correspondiente por ante el Comité de Administración de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Provincial Nº 18 Consorcio Público sito en calle San Martín 205 de la localidad de Santa Teresa. Pcia. de Santa Fe, bajo apercibimientos de dictarse Resolución sin su participación, la cual una vez firme será ejecutada Judicialmente con los mayores gastos y costas que ello implica. Queda Ud. debidamente NOTIFICADO a todos los efectos legales correspondientes.- PAGO VOLUNTARIO DE LA MULTA, Para el supuesto de optar por abonar voluntariamente la multa correspondiente a la infracción por exceso de peso de carga constatada, seguidamente se indican los importes: Monto Original de la Multa: (919 U.F.) $ 20.502,89 Descuento por pago voluntario: (459,5 U-F) $ 10.251,44 Gastos administrativos por franqueo $ 268,00 Total a Pagar $ 10.519,44 No verificado el pago en el plazo indicado se continuará con los trámites de ley y una vez firme la Resolución que se dicte se procederá al cobro de la multa por vía de acción judicial (Art. 15 Ley 12354) y a su inclusión en el Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe (Art. 18 Ley 12354). El Acta de Constatación ha sido labrada por los Revisores de Carga del Consorcio Público en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 12354 conforme delegación expresa de la D.P.V. de esta Provincia.

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NOTIFICACION


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PROVINCIAL Nº 18 CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a DI RICO CRISTIAN RICARDO ANDRÉS, DNI N° 39.659.810, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día el acta de infracción N° 00000242 de fecha 18/05/2016: ACTA DE CONSTATACIÓN DE INFRACCIÓN POR EXCESO DE PESO DE CARGA N° 00000242. LUGAR DE LA INFRACCIÓN: R 18 Y R 90 Ascendente Fecha: 18/05/16 Hora: 10:15 Balanzas N° 3348 y 3349. DATOS DEL VEHÍCULO: Marca: MERCEDES BENZ Modelo: ATEGO 1725 5 Año: - - - Dominio Chasis/U. Tractora: JPH 510 Dominio Acoplado/Semi: REY 935 Tarjeta identificatoria: 39481635 Tarjeta identificatoria 33929440. DATOS DEL CONDUCTOR: Apellido y Nombre: DI RICO CRISTIAN RICARDO ANDRÉS, DNI Nº: 39.659.810. Domicilio: ALBERDI 1575 Localidad: PÉREZ Provincia: SANTA FE. DATOS DEL CARGADOR: Apellido y Nombre: GERDAU SIPAR ACEROS SA DNI N°: —- Domicilio: AV. SAN MARTÍN 475 Localidad: PÉREZ Provincia: SANTA FE DATOS DEL TRANSPORTISTA: Apellido y Nombre: TRANSPORTE EL GRINGO SRL DNI N°: —- Domicilio: ROUILLON 2860 Localidad: ROSARIO Provincia: SANTA FE NOTIFICACIÓN. Por medio de la presente este Consorcio Público le notifica a Usted: Que no existiendo al día de la fecha constancia alguna de su acogimiento, pago y/o allanamiento al Acta de Constatación de Infracción por Exceso de Peso de Carga que fuera labrada conforme arriba se indica; se le hacer saber que dentro del término perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles administrativos de recibida la presente podrá optar, a) por acogerse al beneficio del pago voluntario abonando la multa correspondiente a la infracción por exceso de cargo constatada, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) más gastos administrativos, mediante depósito del importe que para este supuesto más abajo se indica, en la cuenta, corriente en pesos N° 3-856-0000027830-1, CBU N° 2850856-43000000278301-2, CUIT N° 30-69086685-0, del Banco Macro Sucursal N° 856 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, a nombre de este Consorcio Público, remitiendo el comprobante conformado por el Banco a los efectos de acreditar el pago; o bien, b) realizar por escrito el descargo con ofrecimiento de prueba que estime correspondiente por ante el Comité de Administración de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Provincial N° 18 Consorcio Público sito en calle San Martín 205 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, bajo apercibimientos de dictarse Resolución sin su participación, la cual una vez firme será ejecutada judicialmente con los mayores gastos y costas que ello implica. Queda Ud. debidamente NOTIFICADO a todos tos efectos legales correspondientes.- PAGO VOLUNTARIO DE LA MULTA. Para el supuesto de optar por abonar voluntariamente la multa correspondiente a la infracción por exceso de peso de carga constatada, seguidamente se indican los importes: Monto Original, de la Multa; (1288 U.F.) $28.735,28 Descuento por pago voluntario (644 U.F) $ 14.367,64. Gastos administrativos por franqueo $ 268 ,00 Total a Pagar: $ 14.635,64. No verificado el pago en el plazo indicado se continuara con los tramites de ley y una vez firme la Resolución que se dicte se procederá al cobro de la multa por vía de acción judicial (Art. 15 Ley 12354) y a su inclusión en et Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe (Art. 18 Ley 12354). El Acta de Constatación ha sido labrada por los Revisores de Carga del Consorcio Público en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 12354 conforme delegación expresa de la D.P.V. de esta Provincia.

$ 65 343467 Dic. 12

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NOTIFICACION


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PROVINCIAL Nº 18 CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a LENCINA JOSÉ LUIS, DNI Nº 12.737.795, y SOLA CEREALES SA, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día el acta dé infracción Nº 00000196 de fecha 17/11/2015; ACTA DE CONSTATACIÓN DE INFRACCIÓN POR EXCESO DE PESO DE CARGA Nº 00000196 LUGAR DE LA INFRACCIÓN: Ruta 18 Km 14,7 Ascendente FECHA: 17/11/15 HORA: 07:30 DATOS DEL VEHÍCULO: Marca: VOLKSWAGEN Modelo: 17-220 Año: —- Dominio Chasis/U. Tractora: HGE 281. Dominio Acoplado/Semi: FKL 452 Tarjeta identificatoria: 29175546 Tarjeta identificatoria: 24094769 DATOS DEL CONDUCTOR: Apellido y Nombre: LENCINA JOSÉ LUIS, DNI N°: 12.737.795 Domicilio: RIVADAVIA 82 Localidad: LAS ROSAS Provincia: SANTA FE DATOS DEL CARGADOR: Apellido y Nombre: SOLA CEREALES SA DNI Nº —- Domicilio: ZONA RURAL Localidad: LAS ROSAS Provincia: SANTA FE DATOS DEL TRANSPORTISTA: Apellido y Nombre: COLAIACOVO OMAR ADINO DNI Nº: 16.460.890 Domicilio: HIPÓLITO YRIGOYEN 292 Localidad: LOS CARDOS Provincia: SANTA FE. NOTIFICACIÓN. Por medio de la presente este Consorcio Público le notifica a Usted: Que no existiendo al día de la fecha constancia alguna de su acogimiento, pago y/o allanamiento al Acta de Constatación de Infracción por Exceso de Peso de Carga que fuera labrada conforme arriba se indica; se le hacer saber que dentro del término perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles administrativos de recibida la presente podrá optar: a) por acogerse al beneficio del pago voluntario abonando la multa correspondiente a la infracción por exceso de cargo constatada, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) más gastos administrativos, mediante depósito del importe que para este supuesto más abajo se indica, en la cuenta corriente en pesos N° 3-856-0000027830-1 CBU N° 2850856-43000000278301-2, CUIT Nº 30-69086685-0, del Banco Macro Sucursal Nº 856 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, a nombre de este Consorcio Público, remitiendo el comprobante conformado por el Banco a los efectos de acreditar el pago: o bien, b) realizar por escrito el descargo con ofrecimiento da prueba que estime correspondiente por ante el Comité de Administración de la Unidad Ejecutora Corredor Vial Nº 4 Ruta Provincial Nº 18 Consorcio Público sito en calle San Martín 205 de la localidad de Santa Teresa, Pcia. de Santa Fe, bajo apercibimientos de dictarse Resolución sin su participación, la cual una vez firme será ejecutada judicialmente con los mayores gastos y costas que ello implica. Queda Ud. debidamente NOTIFICADO a todos los efectos legales correspondientes. PAGO VOLUNTARIO DE LA MULTA. Para el supuesto de optar por abonar voluntariamente la multa correspondiente a la infracción por exceso de peso de carga constatada, seguidamente se indican los importes. Monto Original de la Multa: (1852 U.F.) $ 44.725,80. Descuento por pago voluntario: (926 U.F) $ 22.362.90. Gastos administrativos por franqueo $ 268,00 Total a Pagar: $ 22.630,90 No verificado el pago en el plazo indicado se continuará con los trámites de ley y una vez firme la Resolución que se dicte se precederá al cobro de la multa por vía de acción judicial (Art. 15 Ley 12354) y a su inclusión en el Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe (Art.18 Ley 12354). El Acta de Constatación ha sido labrada por los Revisores de Carga del Consorcio Público en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 12354 conforme delegación expresa de la D.P.V. de esta Provincia.

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GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACION


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”), Unión Provincial Asociación Mutual (UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutualista y Solidaria 29 de Noviembre (AMYS), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”), Asociación Mutual Combatientes en Malvinas de la República Argentina (“AMCMRA”) y Los Amigos Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Limitada (“Los Amigos”) que se identifican con los números:

292223,293044,293336,293679,294488,294505,294520,294528,294549,294584,294587,294609,294630,294722,294756,294762,294798,294847,294880,294917,294935,294971,295008,295045,295093,295126,295152,295215,295219,295255,295266,295268,295272,295292,295303,295307,295326,295330,295332,295336,295355,295372,295380,295388,295391,295393,295405,295406,295407,295408,295417,295420,295423,295430,295464,295467,295473,295477,295478,295501,295508,295526,295549,295597,295614,295628,295652,295667,295668,295669,295683,295688,295690,295697,295701,295710,295721,295726,295742,295749,295750,295754,295766,295771,295774,295775,295778,295786,295794,295806,295845,295872,295875,295880,295889,295893,295907,295913,295916,295921,295925,295930,295942,295950,295957,295962,295991,295996,296001,296004,296013,296014,296026,296032,296036,296048,296049,296062,296077,296080,296083,296102,296109,296113,296117,296119,296121,296131,296135,296139,296170,296178,296181,296187,296190,296193,296194,296201,296204,296205,296224,296226,296227,296228,296229,296232,296241,296245,296246,296258,296260,296266,296269,296270,296277,296285,296293,296295,296300,296304,296319,296324,296338,296339,296344,296346,296350,296354,296363,296364,296380,296386,296392,296398,296399,296403,296404,296406,296407,296414,296420,296426,296436,296440,296445,296455,296470,296471,296473,296486,296493,296498,296500,296503,296510,296515,296517,296523,296524,296535,296538,296539,296544,296547,296556,296559,296561,296562,296565,296579,296590,296592,296594,296603,296616,296633,296636,296643,296656,296671,296683,296686,296706,296712,296714,296738,296744,296747,296753,296770,296774,296777,296788,296799,296800,296801,296815,296818,296833,296839,296840,296850,296854,296856,296859,296871,296875,296876,296877,296882,296896,296906,296913,296921,296939,296974,296991,296992,297003,297004,297087,297095,297122,297167,297172,297178,297186,297196,297208,297221,297290,297408 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de marzo de 2017, la (xii) Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMYS el 8 de Junio de 2017, (xiii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMCMRA el 6 de marzo de 2017 y (xiv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Los Amigos el 15 de Mayo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

$ 400 343588 Dic. 12

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