DECRETO Nº 4125
SANTAFE; 28 de Noviembre de 2003
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0120243-7 del registro del Ministerio de Educación,
mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada gestiona la
caducidad del aporte estatal otorgado al Instituto Superior Particular
Incorporado Nº 4024 de la ciudad de Rosario, propiedad de la Sociedad Civil “N.A.C.E.”; y
CONSIDERANDO:
Que el establecimiento precitado viene percibiendo un aporte estatal del
100% conforme lo dispuesto por Decreto Nº 2987/87, en carácter de incorporado,
Que en autos se advierte la inobservancia de las obligaciones establecidas
en la Ley Nº 6427, en lo que hace a falta de solvencia económica, de
cumplimiento de las obligaciones previsionales y de
rendiciones de cuentas documentadas de los fondos recibidos;
Que estas omisiones hacen pasible a los responsables de la institución
educativa de las previsiones del Artículo 38º y conllevan la sanción prevista
por el Artículo 39º inciso 2) del mismo cuerpo legal;
Que por Disposición Nº 209 de fecha 1 de octubre de 2003 la Dirección
General de Administración del Ministerio recurrente, suspendió el porcentaje de
aporte estatal en los términos de los Artículos 203º y 206º del Decreto - Ley
Nº 1757 de Contabilidad de la Provincia, medida que subsiste a la fecha;
Que corresponde a este Poder Ejecutivo dar de baja el aporte estatal
otorgado, por haber cesado las razones que lo justificaran,
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º. - Déjase sin efecto la incorporación
con aporte estatal del 100% otorgada por Decreto Nº 2987/87, al Instituto
Superior Particular Incorporado Nº 4024 de la ciudad de Rosario.
ARTICULO 2º. - El Ministerio de Educación, a través de su Servicio
Provincial de Enseñanza Privada, exigirá el cumplimiento de las restantes
obligaciones emergentes de la normativa vigente (Ley Nº 6427 y Decreto
Reglamentario Nº 2880/69).
ARTICULO 3º. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Julio César Zapata
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