picture_as_pdf 2010-11-12

REGISTRADA BAJO EL Nº 13134

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio de Uso y Préstamo celebrado con fecha 10 de enero 2008, entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la señora Ministra de Educación, Lic. Elida Rasino, la Municipalidad de la ciudad de Laguna Paiva, representada por su Intendente Municipal, señor Norberto Ismael Trossero y la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Física Nº 30 de dicha ciudad, representada por la Presidenta de su Comisión Directiva, señora Patricia Liliana D'Ambra, para el desarrollo de actividades de recreación y educación extracurricular no oficial por parte de la comunidad de Laguna Paiva en el natatorio del Centro de Educación Física Nº 30, en los períodos comprendidos entre el 2 de enero y el 29 de febrero de 2008.

El mencionado convenio fué inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa bajo el Nº 3259, Tomo VI, Folio 231, en fecha 29 enero de 2008, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1963/09 y como Anexo I forma parte de ésta Ley.

ARTICULO 2.- Apruébase el Convenio de Uso y Préstamo celebrado con fecha 10 de diciembre de 2008, entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la señora Ministra de Educación, Lic. Elida Rasino, la Municipalidad de la ciudad de Laguna Paiva, representada por su Intendente Municipal, señor Rodrigo Fernández y la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Física Nº 30 de dicha ciudad, representada por la Presidenta de su Comisión Directiva, señora Silvia Rodríguez, para el desarrollo de actividades de recreación y educación extracurricular no oficial por parte de la comunidad de Laguna Paiva en el natatorio del Centro de Educación Física Nº 30, en el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2008 y el 28 de febrero de 2009.

El mencionado convenio fué inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa bajo el Nº 3496, Tomo VII, Folio 50, en fecha 17 de diciembre de 2008, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1963/09, y como Anexo II forma parte de ésta Ley.

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente Cámara de Diputados

NORBERTO BETIQUE

Presidente Provisional Cámara de Senadores

EDUARDO RUBEN NINI

Subsecretario Cámara de Diputados

RICARDO PAULICHENCO

Secretario Legislativo Cámara de Senadores  

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

04 NOV 2010

 

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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