REGISTRADA BAJO EL Nº 13134
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.-
Apruébase el Convenio de Uso y Préstamo celebrado con fecha 10 de enero 2008,
entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la
señora Ministra de Educación, Lic. Elida Rasino, la Municipalidad de la ciudad
de Laguna Paiva, representada por su Intendente Municipal, señor Norberto
Ismael Trossero y la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Física Nº
30 de dicha ciudad, representada por la Presidenta de su Comisión Directiva,
señora Patricia Liliana D'Ambra, para el desarrollo de actividades de
recreación y educación extracurricular no oficial por parte de la comunidad de
Laguna Paiva en el natatorio del Centro de Educación Física Nº 30, en los
períodos comprendidos entre el 2 de enero y el 29 de febrero de 2008.
El mencionado
convenio fué inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos
Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa
bajo el Nº 3259, Tomo VI, Folio 231, en fecha 29 enero de 2008, aprobado por
Decreto del Poder Ejecutivo N° 1963/09 y como Anexo I forma parte de ésta Ley.
ARTICULO 2.-
Apruébase el Convenio de Uso y Préstamo celebrado con fecha 10 de diciembre de
2008, entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por
la señora Ministra de Educación, Lic. Elida Rasino, la Municipalidad de la
ciudad de Laguna Paiva, representada por su Intendente Municipal, señor Rodrigo
Fernández y la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Física Nº 30 de
dicha ciudad, representada por la Presidenta de su Comisión Directiva, señora
Silvia Rodríguez, para el desarrollo de actividades de recreación y educación
extracurricular no oficial por parte de la comunidad de Laguna Paiva en el
natatorio del Centro de Educación Física Nº 30, en el período comprendido entre
el 10 de diciembre de 2008 y el 28 de febrero de 2009.
El mencionado
convenio fué inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa bajo el Nº 3496, Tomo
VII, Folio 50, en fecha 17 de diciembre de 2008, aprobado por Decreto del Poder
Ejecutivo N° 1963/09, y como Anexo II forma parte de ésta Ley.
ARTICULO 3.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente Cámara de Diputados
NORBERTO BETIQUE
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
EDUARDO RUBEN NINI
Subsecretario Cámara de Diputados
RICARDO PAULICHENCO
Secretario
Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
04 NOV 2010
De conformidad a lo
prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y
publíquese en el Boletín Oficial.
ANTONIO JUAN BONFATTI
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
La presente Ley se
publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en
la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 -
e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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