REGISTRADA BAJO EL Nº 12623
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase
el Convenio de Ejecución - Plan Nacional de Seguridad Alimentaria
"el Hambre Más Urgente" - Refuerzo de Comedores Escolares celebrado
el 30 de mayo de 2005 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación,
representando por su Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Lic.
Daniel Fernando Arroyo y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa
Fe, representado por su entonces Titular, Prof. Carola Nin,
inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
- Decreto N° 1767/84 - Dirección de Técnica
Legislativa en fecha 1 de julio de 2005, bajo N°
2563, al Folio 183 - Tomo V, y aprobado por Decreto N°
1955/05, cuya copia en cinco (5) fojas forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE
SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2623
SANTA FE, 09 10 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.623 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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