picture_as_pdf 2006-10-12

REGISTRADA BAJO EL Nº 12623

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio de Ejecución - Plan Nacional de Seguridad Alimentaria "el Hambre Más Urgente" - Refuerzo de Comedores Escolares celebrado el 30 de mayo de 2005 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representando por su Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Lic. Daniel Fernando Arroyo y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Prof. Carola Nin, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - Decreto 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa en fecha 1 de julio de 2005, bajo 2563, al Folio 183 - Tomo V, y aprobado por Decreto 1955/05, cuya copia en cinco (5) fojas forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2623

 

SANTA FE, 09 10 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.623 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Adriana E. Cantero de Llanes

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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