picture_as_pdf 2006-10-12

REGISTRADA BAJO EL Nº 12617

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio Marco celebrado el 2 de julio de 2004 entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por el Secretario de Educación, Prof. Alberto E. Sileoni y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su Titular, Prof. Carola Nin, e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos interjurisdiccionales -Decreto 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, el 2 de diciembre de 2004, bajo el 2253, al Tomo V, Folio 28, y que fuera aprobado por Decreto 1583/05 del Poder Ejecutivo Provincial, cuya copia en treinta y cinco (35) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2615

 

SANTA FE, 05 10 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.617 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Adriana E. Cantero de Llanes

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnet. com.ar

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