REGISTRADA BAJO EL Nº 12617
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco celebrado el 2 de julio de 2004 entre el Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por el Secretario de
Educación, Prof. Alberto E. Sileoni y el Ministerio
de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su Titular, Prof.
Carola Nin, e inscripto en el Registro de Tratados,
Convenios y Contratos interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, el 2 de
diciembre de 2004, bajo el N° 2253, al Tomo V, Folio
28, y que fuera aprobado por Decreto N° 1583/05 del
Poder Ejecutivo Provincial, cuya copia en treinta y cinco (35) fojas forma
parte de la presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2615
SANTA FE, 05 10 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.617 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607
- e-mail: ditecleg@arnet. com.ar
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