IFJ S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en autos caratulados: “IFJ SRL. s/Modificación al Contrato Social” Expte. N° 461, folio, año 2015, legajo 7352, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber la Cesión de Cuotas modificando el art. 4 y art. 5 del contrato social de IFJ S.R.L. por cesión de cuotas y designación de gerente según acta del 27 de Abril de 2015 en la cual el Sr. Cattena Martín Angel y el Sr. Larivey José Francisco ceden al Sr. Zalesky Germán Luis la cantidad de 1666 y 1667 cuotas partes de capital respectivamente quedando redactada la cláusula cuarta y quinta del contrato social de la sgte. manera: Cuarta: Capital: el capital social se fija en la suma de Pesos cien mil ($ 100.000.), dividido en diez mil (10.000) cuotas partes de capital de pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El señor Cattena Martín Angel, suscribe tres mil trescientas treinta y cuatro (3334) cuotas partes de capital, las que hacen un total de treinta y tres mil trescientos cuarenta pesos ($ 33.340). El señor Larivey José Francisco, suscribe tres mil trescientas treinta y tres (3333) cuotas partes de capital, las que hacen un total de treinta y tres mil trescientos treinta pesos ($ 33.330). El señor Zalesky Germán Luis, suscribe tres mil trescientas treinta y tres (3333) cuotas partes de capital, las que hacen un total de treinta y tres mil trescientos treinta pesos. La integración se efectúa de la siguiente manera: 25% en dinero en efectivo y el saldo dentro de dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.
Quinta: Administración, dirección y representación: La administración, uso de la firma social y representación de la sociedad será ejercida por una persona, socios o no que revestirá el carácter de gerente, durando en sus funciones hasta ser removido por reunión de socios. El uso de la firma social tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en el Art. 1881 del Código. En virtud de la modificación de la cláusula quinta del contrato social, los señores socios Cattena Martín Angel y Larivey José Francisco renuncian al cargo de Gerente. La misma es aceptada y se propone como nuevo gerente al Señor Schuber Federico Guillermo. El mismo manifiesta su conformidad para ejercer dicho cargo. Por todo lo expuesto, se deja constancia que se: Se Designa como Gerente al Señor Schuber Federico Guillermo, argentino, DNI. 28.524.532, nro. de CUIL 20-28524532-0, soltero, domiciliado en calle Lavalle 4761 de la ciudad de Santa Fe y nacido el 11 de noviembre de 1980 en la misma ciudad. Santa Fe, 3 de agosto de 2015. Jorge E. Freyre, secretaria.
$ 175 268102 Ag. 12
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ROSARIO DERIVADOS S.A.
REFORMA DE ESTATUTO
En cumplimiento del artículo 10° de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 se hace saber por un día que, con fecha 15 de diciembre de 2014, la Asamblea de Accionistas General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de ROSARIO DERIVADOS S.A. resolvió el aumento del capital social en la suma de $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil pesos), con prima de emisión por la suma de $ 1.914 (pesos un mil novecientos catorce). Asimismo aprobó la reforma parcial del estatuto social según el siguiente detalle:
1) Denominación de la Sociedad: ROSARIO DERIVADOS S.A.
2) Objeto social: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros con los límites de los arts. 30 y 31 de la Ley de Sociedades Comerciales, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: 1) Desarrollo y comercialización de software: a) Desarrollo y puesta a punto de productos de software originales registrables como obra inédita o editada elaborados en el país, o primera registración, en los términos de Ley N° 11.723. b) Implementación y puesta a punto de productos de software propios o creados por terceros, de productos registrados en las condiciones descriptas en a), c) Desarrollo de partes de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos, documentación y otros que estén destinados para sí o para ser provistos a terceros, siempre que se trate de desarrollos integrables o complementarios a productos de software registrables en las condiciones descriptas en a), d) Desarrollo de software a medida, cuando esta actividad permita distinguir la creación de valor agregado, aun cuando en los contratos respectivos se ceda la propiedad intelectual a terceros, e) Servicios informáticos de valor agregado orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos y la administración de la información y el conocimiento en la organización, entre otros, f) Desarrollo de productos y servicios de software, existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen efectivamente a actividades tales como e-learning, marketing interactivo, e-commerce. Servicio de Provisión de Aplicaciones (ASP), edición y publicación electrónica de información y otros, siempre que se encuentren formando parte integrante de una oferta integrada, y agreguen valor a la misma, g) Servicios de diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias, conversión y/o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, entre otros, todos ellos a ser prestados a productos de software y con destino a mercados externos, h) Desarrollo y puesta a punto de software que se elabore para ser incorporado en procesadores (software embebido o insertado) utilizados en bienes y sistemas de diversa índole, tales como consolas para multimedios, equipamiento satelital y espacial en general, equipos y sistemas de telefonía fija, móvil y transmisión y recepción de datos, sistemas de telesupervisión y telegestión, máquinas y dispositivos de instrumentación y control, i) Compraventa, locación, importación, exportación, consignación y distribución de equipos y/o accesorios relacionados con la producción de los elementos antes enumerados, j) El análisis de sistemas, la programación de computadoras y la implementación y desenvolvimiento de los bancos de datos y antecedentes, k) El asesoramiento por sí o por terceros relacionado con la prestación de los servicios enumerados.
2) Operaciones de mercado: Negociar y celebrar, todo tipo de actos jurídicos sea a nombre y cuenta propia, a nombre propio y por orden o cuenta ajena o a nombre y por cuenta ajena, todo tipo de operaciones en Mercados de Valores y futuros, contratos a término, forwards, pases, swaps, contratos de futuros y opciones y cualquier otro contrato de derivados sobre cualquier tipo de activo subyacente, que se concierten en Mercados Nacionales, autorizados por la Comisión Nacional de Valores, y en Mercados extranjeros institucionalizados o no. 3) De Servicios: Brindar información sobre mercados, capacitación, publicidad, servicios de consultoría económico financiera en forma personal o a distancia por cualquier medio de comunicación. Realizar transacciones de comercio electrónico. El desarrollo y venta de tecnología y software para realizar transacciones por medios electrónicos y trading. 4) Mandataria: La administración de negocios financieros por cuenta de terceros y en especial los relacionados con valores negociables públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones, o asesoramiento, con exclusión de aquellos que en virtud de la materia hayan sido reservados con título habilitante; administración de cartera de valores, agente colocador de títulos de deuda o riesgo, de cuotas partes de fondos comunes de inversión, o de títulos representativos de deuda garantizados por bienes fideicomitidos o certificados de participación en el dominio fiduciario conforme las normas de la Comisión Nacional de Valores y de los Mercados autorregulados de Rosario, del país o del extranjero. 5) Inversora: inversiones de capitales en empresas y sociedades nacionales o extranjeras constituidas o a constituirse, en la concertación de operaciones realizadas y a realizarse, en la negociación de títulos, acciones, bonos, créditos y demás valores negociables y en la adquisición de bienes para su posterior locación. La financiación de toda clase de operaciones a empresas o sociedades comerciales, industriales, agropecuarias e inmobiliarias y el otorgamiento de créditos con capital propio en general, con o sin garantía prendaria, hipotecaria o cualquier otra de las permitidas por la legislación vigente con la exclusión expresa de aquellas regidas por la ley de entidades financieras. 6) Consultoría: Consultoría sobre estrategias de cobertura e inversión con contratos derivados, futuros y opciones y cualquier otro activo financiero. Cuando alguna de las actividades propuestas en el objeto social deban ser desarrolladas por profesional, lo serán con intervención de inscriptos en la matrícula correspondiente. La sociedad no realizará ninguna de las actividades previstas en el art. 299 inc. 4 de la Ley de Sociedades Comerciales, como así tampoco las previstas en la Leyes Provincial N° 13.154, Colegio de Corredores Inmobiliarios, y Nacional Nº 21.526, de Entidades financieras. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por las leyes o por estos Estatutos.
3) Capital: El capital social se fija a la suma de quinientos cincuenta mil pesos ($ 550.000.-) representado por cincuenta y cinco mil acciones ordinarias nominativas no endosables de Diez pesos ($ 10.-) de valor nominal cada una de ellas, con derecho a un voto por acción.
4) Composición del órgano de administración y duración en los cargos: a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de cinco directores titulares y suplentes en igual o menor número que los Directores titulares, esta última designación sólo es obligatoria en caso que se prescinda de la sindicatura. La duración en sus funciones es de tres ejercicios.
5) Composición del órgano de fiscalización, duración en los cargos y nombres de sus miembros: a cargo de una Comisión Fiscalizadora compuesta por tres síndicos titulares y tres síndicos suplentes, con una duración en sus funciones de tres ejercicios. Síndicos titulares: Humberto D. Santoni, Carina Mariel Foglia y María Del Pilar Lujan, y Síndicos suplentes: Daniel E. J. Vigna, Gustavo D. Tommasi y Fernando J. Luciani.
EL DIRECTORIO
$ 210 268103 Ag. 12
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AFG INGENIERIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se modifica la siguiente cláusula:
Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000), dividido en Veinticinco Mil cuotas (25.000) de Pesos Diez ($ 10) cada una. Los socios suscriben de la siguiente manera: Gabriel Alejandro Jesús Fernandez, la cantidad de 23.750 cuotas de Pesos Diez cada una o sea la suma de Pesos Doscientos Treinta y Siete Mil Quinientos ($ 237.500) y María Julia Arrondo, la cantidad de 1.250 cuotas de Pesos Diez cada una o sea la suma de Pesos Doce Mil Quinientos ($12.500.-) e integran con Pesos Cien Mil ($ 100.000.-) del capital y, en efectivo, en este acto el 25% de este aumento de capital, o sea la suma de Pesos Treinta y Siete Mil Quinientos ($37.500.-) que acreditan con boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe, comprometiéndose los socios a integrar la parte proporcional de los Pesos Ciento Doce Mil Quinientos ($112.500.-) restantes dentro del plazo de dos años a contar de la fecha del presente contrato.
Registro Público de Comercio, Rosario Agosto 2015.
$ 48 268132 Ag. 12
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“GRUPO DELCO S.R.L.”
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo décimo inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550, se hace saber de la modificación de la cláusula primera y la organización de la representación legal de DELCO S.R.L. quedando redactadas de la siguiente manera:
Primera: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de “GRUPO DELCO S.R.L”.
Sexta: Administración. Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, que será designado por acta acuerdo como gerente de la sociedad. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “gerente” o “socio gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos.
El gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nro. 782 y 18 fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.-81 del Código Civil y decreto 5965/63, Art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Para la realización de sus fines la sociedad podrá comprar, vender, ceder y gravar cualquier tipo de bien mueble o inmueble, podrá celebrar contrato con las Autoridades estatales o con personas físicas o jurídicas ya sean estas últimas sociedades civiles, comerciales o mixtas, tenga o no participación en ellas, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento, constituir sobres bienes muebles y/o inmuebles toda clase de derechos reales, efectuar las operaciones que considere necesarias con bancos públicos, privados y mixtos, compañías financieras, mutuales y de crédito, mencionándose demostrativamente al Banco Central de la República Argentina, Banco de la Nación Argentina y Nuevo Banco de Santa Fe S.A, y efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización del objeto social. Para el cumplimiento del objeto podrán actuar por cuenta propia u orden de terceros y en cualquier forma en que puedan ser implementados, pudiendo además constituirse en proveedores de particulares, sociedades civiles y comerciales, del Estado Nacional, Provincial, Municipal, Comunal, Entes Autárquicos, Descentralizados, sociedades donde estos Estados sean parte y/u otra persona jurídica de derecho público, a través de los procesos que estos establezcan, como los de licitación, concurso o convocatoria que estos efectúen.-
$ 100 268135 Ag. 12
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LAPACHO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Modificación del Domicilio Social: Los socios deciden por unanimidad trasladar el domicilio social, a la calle Jujuy N° 2099, de Rosario, Santa Fe. Consecuentemente la cláusula segunda del Contrato Social, queda redactada de la siguiente manera:
Segunda - Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Jujuy N° 2099, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo trasladarlo, así como establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del exterior.-
2) Cesiones de Cuotas: Se aceptan las Cesiones de Cuotas, al 30 de Junio de 2015, según se indican:
a) La socia María Belén Biasizzo, vende, cede y transfiere totalmente, a su valor nominal, la cantidad de Una (1) cuota, o sea un capital de Pesos cien ($ 100.-), a su consocio Leandro Mario Rolón y b) El socio Miguel Angel Taborda, vende, cede y transfiere totalmente, a su valor nominal, la cantidad de Trescientas setenta y cuatro (374) cuotas, o sea un capital de Pesos Treinta y siete mil cuatrocientos ($ 37.400.-), a su consocio Leandro Mario Rolón.
Consecuentemente, como resultado de las cesiones enunciadas en a) y b), la cláusula quinta del Contrato Social, queda redactada de la siguiente manera:
Quinta - Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Ciento cincuenta mil ($ 150.000.-), dividido en Mil quinientas (1500) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, suscriptas e integradas de la siguiente manera: Leandro Mario Rolón, la cantidad de Mil ciento veinticinco (1125) cuotas, o sea un capital de Pesos Ciento doce mil quinientos ($ 112.500.-) y Daniel Antonio Di Vito, la cantidad de Trescientas setenta y cinco (375) cuotas, o sea un capital de Pesos Treinta y siete mil quinientos ($ 37.500.-). El capital suscripto se encuentra integrado totalmente, en forma proporcional, antes de este acto.-
3) Ratificación de Gerente: Los socios deciden por unanimidad ratificar en el cargo de Gerente al Socio Daniel Antonio Di Vito, quien actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula Sexta del Contrato Social.
Representación firma individual).-
4) Ratificación de las demás Cláusulas del Contrato Social: Se ratifican todas las demás cláusulas del Contrato Social, en cuanto no fueren modificadas por el presente.-
Fecha del Instrumento: 1° de Julio de 2015.-
$ 75 268120 Ag. 12
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OCICOS S.R.L.
CONTRATO
1. Socios: don Suárez Leandro, argentino, comerciante, nacido el 18 de Abril de 1983, D.N.I. Nº 30.112.422, CUIL 20-30112422-9, soltero, domiciliado en Ing. Acevedo 43 de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, y doña María Lucia Corres, argentina, comerciante, nacida el 9 de Septiembre de 1958, D.N.I. Nº 12.397.996, CUIL 27-12397996-6, casada en primeras nupcias con Ramón Suárez, domiciliado en Ing. Acevedo 43 de Villa Constitución, provincia de Santa Fe.
2. Fecha de Constitución: 31/07/2015.-
3. Razón Social: OCICOS S.R.L.
4. Domicilio: Ing. Acevedo 43 de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe o donde los socios lo constituyan en el futuro, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.
5. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la construcción, compra, venta, permuta, explotación, arrendamiento, administración de inmuebles urbanos y rurales propios, lotes y fraccionamientos, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre propiedad horizontal. Se exceptúan las operaciones exclusivas de los corredores inmobiliarios, comprendidas en la ley provincial N° 13154. Como actividad secundaria la sociedad tendrá por objeto dedicarse a emprendimientos relacionados con la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier obra de ingeniería y arquitectura. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
6. Duración: 10 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7. Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos trescientos mil ($ 300.000), dividido en 3000 (tres mil) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una siendo suscriptas por los socios en la siguiente proporción: doña María Lucia Corres 2850 (dos mil ochocientos cincuenta) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, que importan la suma de Pesos doscientos ochenta y cinco mil ($ 285.000.-); y don Suárez Leandro 150 (ciento cincuenta) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, que importan la suma de Pesos quince mil ($ 15.000.-). Los socios integran el veinticinco por ciento del dinero en efectivo en este acto y se comprometen a integrar el saldo en dinero efectivo dentro del término de dos años a contar de la fecha de este contrato.
8. Fiscalización: A cargo de los socios.-
9. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de doña María Lucia Corres, argentina, comerciante, nacida el 9 de Septiembre de 1958, D.N.I. N° 12.397.996, CUIL 27-12397996-6, casada en primeras nupcias con Ramón Suárez, domiciliado en Ing. Acevedo 43 de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, quien es designada Gerente por el plazo de duración de la Sociedad. En este acto acepta el cargo y firman de conformidad.- La renovación y nombramiento de gerente o gerentes, se efectuará por unanimidad de capital social en Asamblea de Socios, quedando esta reforma contractual excluida de las mayorías planteadas al cierre de la cláusula
7°.- En tal calidad tienen todas las facultades necesarias para realizar los actos y negocios jurídicos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos por el artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9 del Decreto Ley 5965/63.- El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la Sociedad, la tendrá el Gerente, en forma individual. En todos los casos, la firma deberá ser precedida por la denominación OCICOS S.R.L., ya sea en sello o en forma manuscrita y seguido de la expresión Gerente impuesta de la misma manera.- La firma sólo podrá ser utilizada en operaciones que se relacionen con el giro social estando absolutamente prohibido al gerente o a los gerentes comprometerla en prestaciones a título gratuito o en operaciones o actos ajenos al giro social o en garantía o fianzas de terceros.- Los socios podrán asimismo, abrir cuentas bancarias de cualquier tipo en el país o en el extranjero y en general podrán realizar cuantos más actos, operaciones y contratos sean permitidos por las leyes y tengan por objeto promover el desarrollo de la Sociedad.- Para el supuesto de renuncia, remoción, muerte y/o cualquier otro supuesto de ausencia permanente o temporal del Gerente, producida la vacancia deberá ser designado un nuevo Gerente en reunión de socios, especialmente convocada por cualquiera de ellos, debiendo efectuar la respectiva inscripción del nuevo Gerente designado en el Registro Público de Comercio.
10. Cierre de Ejercicio: 30 de Junio de cada año.
$ 125 268117 Ag. 12
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INDUSTRIAS
ESPERANZA S.R.L.
CONTRATO
1) Fecha del Instrumento de Constitución: 10 de abril de 2015
2) Socios: Pablo Andrés Befalco, nacido el 11 de mayo de 1983, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. María Teresa Speranza, con domicilio en calle L. Kanner 7764 B de la ciudad de Rosario, con Documento de Identidad DNI 30.157.885 CUIT 20-30157885-2, y la Sra. María Teresa Speranza, nacida el 04 de mayo de 1981, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Pablo Andrés Befalco, con domicilio en calle L. Kanner 7764 B de la ciudad de Rosario, con Documento de Identidad DNI 28.771.502 CUIT 27-28771502-7.-
3) Denominación de la Sociedad: INDUSTRIAS ESPERANZA S.R.L.
4) Domicilio: En calle Ruta provincial Nº 14 km. 65 Lote 45 de la ciudad de Bigand, provincia de Santa Fe.
5) Duración: 10 años
6) Objeto Social: tendrá por objeto la fabricación y reparación de freezer, heladeras, cocinas, lavarropas y secarropas industriales, su distribución y comercialización al por mayor y menor. Equipamiento de lavaderos industriales, servicios de lavandería, venta de productos para lavaderos industriales, venta y provisión de ropa blanca para hospitales, hoteles y gastronómicos. Representación y venta de motores industriales.
7) Capital Social: El capital social queda fijado en la suma de Cuatrocientos Mil. ($ 400.000.-) dividido en 4000 Cuotas de Cien pesos ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Pablo Andrés Befalco, suscribe Dos Mil (2.000) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-) que integra: la suma de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) integrado también en este acto en bienes detallado según inventario adjunto al presente debidamente certificado por Contador Público y autentificada la firma del profesional por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
María Teresa Speranza, suscribe Dos Mil (2.000) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Doscientos Mil. ($ 200.000.-) que Integra la suma de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) integrado también en este acto en bienes detallado según inventario adjunto al presente debidamente certificado por Contador Público y autentificada la firma del profesional por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
8) Administración: Estará a cargo del socio gerente María Teresa Speranza.
9) Fiscalización: estará a cargo de todos los socios.
10) Fecha de Cierre del Ejercicio Económico: 31 de Diciembre de cada año.
$ 87 268025 Ag. 12
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DOLBI S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
y SINDICOS
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. José María Zarza, conforme lo ordenado en autos caratulados “DOLBI S.A. s/Designación de Autoridades”, Expte Nº 164, año 2015, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma DOLBI S.A. que gira con domicilio legal en Ruta Nacional Nº 11 Km. 793 de Avellaneda, Provincia de Santa Fe, procedió a renovar sus autoridades y Síndicos, según Asamblea No 44 de fecha 11 de mayo de dos mil Quince y conforme la Distribución de cargos, las autoridades de la sociedad han quedado así: Presidente: Mario Andrés Bianchi, apellido materno Planisich, argentino, nacido el 5 de enero de 1943, D.N.I. N° 6.252.234, casado con Marta Leonor Nadalich, Domiciliado en calle 7 N° 220, Avellaneda, Santa Fe, Industrial, CUIT N° 20- 06252234-9. Vice-Presidente: Elbio Eloy Humberto Dolzani, apellido materno Bianchi, argentino, nacido el 16 de diciembre de 1959, D.N.I. N° 13.715.469, casado con María Margarita Duarte, domiciliado en calle 7 N° 327, Avellaneda, Santa Fe, Industrial, CUIT N° 20-13715469-3. Directores Titulares: Mauro Gabriel Bianchi, apellido materno Braidot, argentino, nacido el 18 de setiembre de 1973, D.N.I. Nº 23.370.753, casado con Laura Rosana Altamirano, domiciliado en calle 7 N° 234, Avellaneda, Santa Fe, Industrial. CUIT N° 20-23370753-9. Enzo Darío Bianchi, apellido materno Fantín argentino, nacido el 19 de Diciembre 1979, D.N.I. N° 27.734.081, casado con Luisina María De La Rosa D.N.I. N° 28.535.549, domiciliado en calle 6 N° 333, Avellaneda, Santa Fe, Ingeniero Agrónomo, CUIT N° 20-27734081-0. Diego Rufino Bianchi, apellido materno, Planisich, argentino, nacido el 09 de setiembre 1941, D.N.I. N° 6.351.304, casado con Eulalia Bernardita Serafini, domiciliado en Zona Rural La Vertiente, Avellaneda, Santa Fe, Agropecuario, CUIT N° 20-06351304-1. Organo de Fiscalización: Síndico Titular: Mario Aníbal Sandrigo, apellido materno Goi, argentino, nacido el 13 de Abril de 1950, D.N.I. N° 7.709.780, casado con Mabel Dolzani, domiciliado en calle 20 N° 343, Avellaneda, Provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público Nacional, CUIT N° 20-07709780-6. Sindico Suplente: Walter Horacio Nardelli, de apellido materno Nardelli, argentino, nacido el 15/02/62, casado con Claudia Lorenzini, D.N.I. N° 14.574.355, domiciliado en calle Almirante Brown Nº 827, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público Nacional, CUIT Nº 23-14574355-9; quienes duraran en sus funciones por un nuevo período estatutario. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Mirian Graciela David, Secretaria.- Reconquista, 5 de Agosto de 2015.
$ 132 268065 Ag. 12
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INDUSUR S.A.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “INDUSUR S.A. s/ESTATUTO Y DESIGNACION DE AUTORIDADES”, Expediente Nº 522/2015, de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber:
1.- Denominación: INDUSUR S.A.
2.- Fecha del Instrumento Constitutivo: 4 de Mayo de 2015.
3.- Accionistas: Adrián Pedro Beker, argentino, de apellido materno Mirocznik, nacido el 17 de abril de 1982, soltero, de profesión empresario, DNI N° 29.401.498, CUIT Nº 20-29401498-6, con domicilio en calle Lisandro De La Torre Nº 2788 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y Diana Graciela Mirocznik, argentina, de apellido materno Germán, nacida el 16 de noviembre de 1950, viuda, de profesión empresaria, LC Nº 6.368.438, CUIT Nº 23-06368438-4, con domicilio en calle San Martín Nº 2515 piso 11 depto “E” de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
4.- Domicilio Legal: Amenábar N° 2813, ciudad de Santa Fe Provincia de Santa Fe.
5.- Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, para personas físicas y/o jurídicas con o sin fines de lucro y/o entes públicos, a las siguientes actividades: compra, venta, permutas, depósito, logística, agentes, distribución, promoción, representación, comisión, mandatos, consignaciones, fabricación e industrialización, diseño, fraccionamiento, reformas, importación y exportación de artículos de joyería, alhajas, relojes, platería, orfebrería, “bijouterie”, antigüedades, fantasías, regalería, metales, aleaciones, cristales, cerámicas, esmaltes, cueros, porcelanas, piedras artificiales, preciosas y semi-preciosas, artículos enchapados, y otros conexos, sus partes componentes, repuestos, sean nuevos y/o usados, al por mayor y/o al por menor, que se utilicen para el desarrollo de las actividades mencionadas precedentemente y las reparaciones de los mismos; la instalación, explotación y administración de locales de venta; el asesoramiento, capacitación y dictado de cursos; el otorgamiento de franquicias; la organización y/o explotación de exhibiciones, congresos, ferias y eventos relativos a las actividades del presente objeto.
6.- Duración: Cincuenta años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
7.- Capital Social: Pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000.-), representado por ciento cincuenta acciones ordinarias nominativas no endosables, de pesos mil ($ 1.000.-) de valor nominal cada una con derecho a un voto por acción.
8.- Administración y Fiscalización: Presidente: Natali Rebeca Katz, argentina, de apellido materno Mirocznik, nacida el 16 de octubre de 1986, soltera, de profesión abogada, DNI Nº 32.371.430, CUIT Nº 23-32371430-4, con domicilio en calle San Martín No 2515 piso 11 depto “E” de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Director Suplente: Diana Graciela Mirocznik; quienes duraran en sus funciones m ejercicio. La sociedad prescinde de la sindicatura, quedando en manos de los accionistas el derecho de contralor del art. 55 de la Ley 19550.
9.- Representación Legal: Le corresponde al Presidente del Directorio.
10.- Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de Abril de cada año.
Santa Fe, 04 de Agosto de 2015. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 105 268090 Ag. 12
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MB ADMINISTRADORA
S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “MB ADMINISTRADORA S.R.L. s/Contrato”. Expediente N° 550/2015, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber:
1- Denominación: MB ADMINISTRADORA S.R.L.
2- Fecha del Instrumento Constitutivo: 04/06/2015
3- Domicilio Legal: Entre Ríos N° 3142, Ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.
4- Socios: Marcelo Orbelio Beltramino, argentino, de apellido materno Issolio, nacido el 11 de agosto de 1963, de profesión contador público nacional, DNI N° 16.189.276, CUIT N° 23-16189276-9, con domicilio en calle Entre Ríos Nº 3142 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y María Silvana Talón, argentina, de apellido materno Vega, nacida el 17 de octubre de 1965, de profesión docente, DNI N° 17.452.144, CUIT N° 27-17452144-7, con domicilio en calle Entre Ríos Nº 3142 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
5- Duración: 50 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio
6- Capital Social: $ 150.000.- (Pesos ciento cincuenta mil) representado por ciento cincuenta cuotas sociales de $ 1.000.- (Pesos mil) de valor nominal cada una.
Suscripción e Integración del Capital Social: Marcelo Orbelio Beltramino suscribe 75 (setenta y cinco) cuotas sociales e integra el veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo y el saldo a integrar dentro del plazo de dos (2) años a contar desde la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio; María Silvana Talón suscribe 75 (setenta y cinco) cuotas sociales e integra el veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo y el saldo a integrar dentro del plazo de dos (2) años a contar desde la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.
7- Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a la actividad de administración de consorcios de copropietarios urbanos, suburbanos y/o rurales
8- Administración: La administración, representación legal y uso de la firma estarán a cargo de uno o más gerentes quienes actuarán en forma indistinta, socios o no, por el término de tres (3) ejercicios, siendo reelegibles. Se designa Gerente al socio Marcelo Orbelio Beltramino.
9- Fecha de Cierre del Ejercicio Comercial: 31 de Mayo de cada año.
Santa Fe, 4 de Agosto de 2015. Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 81 268089 Ag. 12
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ACUARELA PACK S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
En Rosario, a los veintiséis días del mes de mayo de 2015 se reúnen los señores Cristian Agustín Pistachia, argentino, de profesión industrial, D.N.I. Nº 25893991, C.U.I.T. Nº 20925893991-4, de apellido materno Molina López, de estado civil soltero, domiciliado en Mendoza Nº 2039, 8º B, de la ciudad de Rosario, nacido el 19 de abril de 1977, y Irene Beatriz Molina López, D.N.I. Nº 14139245, C.U.I.T. Nº 27-14139245-5, de profesión comerciante, del apellido materno Boita, argentina, domiciliada en 3 de Febrero 494, 3º A de la ciudad de Rosario, de estado civil viuda, nacida el 3 de enero de 1960, todos con capacidad jurídica a los fines de resolver la presente publicación en el Boletín oficial complementaria, de la oportunamente publicada, a fin de ratificar como fecha correcta la del instrumento constitutivo de Acuarela Pack S.R.L., la del 26 de mayo de 2015 y a los fines también de exteriorizar que los socios están facultados para fiscalizar por si o por mandatario a su exclusivo cargo, la gestión societaria y marcha de su actividad.
$ 52 268074 Ag. 12
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LORENZO CONSTRUCTORA S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Se hace saber que en la sociedad denominada Lorenzo Constructora S.R.L como consecuencia de las cesión de cuotas realizadas por el señor David Alberto Collar a la señora María Isabel Gross, y de la reunión de socios celebrada en fecha 25/03/2015, se ha resuelto modificar la cláusula Cuarta del Contrato Social, quedando como resultado de ello que el capital de la sociedad está fijado en $ 60.000.- Sesenta Mil Pesos, dividido en 6.000 cuotas de $ 10.- valor nominal cada una, que los socios han suscripto e integrado de la siguiente manera: Herederas de Lorenzo Carlos Lastra (María Isabel Gross, Agostina Isabel Lastra Carla Triana Lastra y Julia Maira Lastra) 3.000 cuotas de capital de $ 10, que representan $ 30.000.-; y María Isabel Gross, 3.000 cuotas de capital de $ 10.- que representan $ 30.000.- La totalidad de las cuotas se encuentra integradas. Se publica el presente en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 10 y 12, de la Ley 19.550.
$ 48 268129 Ag. 12
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REMITAXI S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Por acta de socios de fecha 05 de Agosto 2015, se ha decidido el cambio de domicilio de la misma en calle Salva 5455, por lo que solicita se publiquen editen por tres días a tales efectos.-
$ 45 268091 Ag. 12
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GAGGIOTTI
INMOBILIARIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela se ha ordenado la Publicación del siguiente edicto por un día s/el art. 10 de la ley 19.550.
Por asamblea extraordinaria los socios de GAGGIOTTI INMOBILIARIA S.R.L. resolvieron la reconducción de la sociedad, cuyo contrato social venció el pasado 05 de marzo de 2015 quedando redactada la cláusula “Segunda” del contrato social de la siguiente manera:
Segunda: Tendrá una duración de Cincuenta años a partir de la fecha de inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse este plazo por igual período, siempre que no se resolviera su disolución con voluntad unánime de los socios. En el mismo acto se resolvió: a) Aumentar el capital social de $ 3 000 - a $ 230.000.- con fondos provenientes de reservas acreditadas en el balance general cerrado el 31 de diciembre de 2014. Como consecuencia del aumento se modificó la cláusula “Cuarta” quedando redactada como sigue: “Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos treinta mil ($ 230.000,00) dividido en veintitrés mil (23 000) cuotas de Pesos Diez ($ 10,00) que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: a) Luis Alberto Gaggiotti, la cantidad de once mil trescientos ochenta y cinco (11385) cuotas, por un valor total de pesos diez ($ 10,00) cada una, o sea, pesos ciento trece mil ochocientos cincuenta ($ 113.850.00.-); b) Germán Clemente Gaggiotti la cantidad de once mil trescientos ochenta y cinco (11.385) cuotas, por un valor total de pesos diez ($ 10,00) cada una, o sea, pesos ciento trece mil ochocientos cincuenta ($ 113 850 00 -) y c) Gabriel Gaggiotti la cantidad de doscientas treinta (230) cuotas, por un valor total de pesos diez ($ 10,00) cada una, o sea, pesos dos mil trescientos ($ 2.300 00-). Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera podrá aumentarse el capital indicado en el párrafo anterior, por el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios que determinará el plazo y el monto de integración, conforme a la suscripción y en su misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios Los socios no podrán ceder sus cuotas de capital a terceros ajenos a la sociedad, sin el voto favorable de las tres cuartas partes de capital, reglado por el artículo 152 de la Ley 19550. En igualdad de precios y pagos la sociedad o cualquier socio tendrán derecho de preferencia. El valor de las cuotas se establecerá por medio de un balance general a realizarse en la fecha de retiro y será pagado en cuotas sin interés”; b) Se aprobó por unanimidad fijar en dos la cantidad de socios gerentes quedando la cláusula “Quinta” redactada así: “Quinta: Administración y fiscalización de la sociedad: La administración y representación de la Sociedad estará a cargo de los socios Germán Clemente Gaggiotti y Luis Alberto Gaggiotti indistintamente, quienes se desempeñarán en calidad de Gerentes. La sociedad podrá fijar la remuneración de los mismos. Los nombrados tendrán a su cargo el uso de la firma social en forma indistinta, precedidas por el sello “GAGGIOTTI INMOBILIARIA SRL” Ejercerán sus funciones también en forma indistinta, con amplitud de derechos y obligaciones que resulten de lo establecido por el art. 157 de la Ley de Sociedades Comerciales y durante el plazo de duración de la sociedad con la sola limitación de no comprometerla en fianzas y obligaciones ajenas al objeto social. Son facultades propias de los gerentes las que a título enunciativo y no taxativo se establecen a continuación: comprar, vender, permutar ceder tomar en locación bienes muebles e inmuebles, nombrar agentes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocios, otorgar poderes generales y/o especiales; solicitar créditos cubrir cuentas corrientes, girar en descubierto hasta el monto autorizado por las instituciones crediticias, constituir hipotecas sobre bienes inmuebles dentro de las disposiciones legales vigentes, celebrar prendas, constituir fideicomisos, pudiendo realizar además todos aquellos actos previstos por el art. 1881 del Código Civil, y lo dispuesto por el art. 9 del decreto-ley 5965/63 que en sus partes pertinentes se tienen por reproducidos. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios, la que podrá ser ejercida en todo momento por ellos o por las personas que designaren a tal efecto.” El resto de los artículos no se modifican.
Rafaela, 28 de julio de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 165 268106 Ag. 12
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I.P.R. CONSULTORES S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
1) Jorge Sebastián Hutmacher Buslje, argentino, nacido el 28 de diciembre de 1980, casado en primeras nupcias con Verónica Simón, de profesión ingeniero, con D.N.I. Nº 28.536.025, C.U.I.T. Nº 20-28536025-1, domiciliado en calle La Paz N° 2938 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Jorge Celestián Hutmacher, argentino, nacido el 25 de junio de 1945, viudo, de profesión ingeniero, con D.N.I. Nº 6.059.637, C.U.I.T. N° 23-06059637-9 con domicilio en calle Guemes N° 2019 Piso 8 Dto. B de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
2) Fecha de instrumento de constitución: 6 de julio de 2015.
3) Denominación de la Sociedad: I.P.R. CONSULTORES S.R.L.
4) Domicilio de la Sociedad: La Paz N° 2938 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de actividades de consultoría y asesoramiento en el área de la ingeniería involucrando distintas especialidades. A saber: ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería en higiene y seguridad en el trabajo, estudio de factibilidad, estudios de inversión, análisis técnicos.
6) Plazo de duración: diez años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: pesos ciento veinte mil ($ 120.000,00).
8) La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Se designa a Jorge Sebastián Hutmacher Buslje, argentino, nacido el 28 de diciembre de 1980, casado en primeras nupcias con Verónica Simón, de profesión ingeniero, con D.N.I. Nº 28.536.025, C.U.I.T. Nº 20-28536025-1, domiciliado en calle La Paz Nº 2938 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en carácter de socio-gerente.
9) Fiscalización: todos los socios.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.
$ 62 268072 Ag. 12
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JIF S.A.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Se hace saber que la Director Suplente es Lara Francioni Miotti, DNI. 36.186.433, CUIT 27-36186433-1, soltera con fecha de nacimiento 02 de mayo de 1991, arquitecta, domiciliada en calle Güemes 1861 Piso 11 Dpto. 2 de la Ciudad de Rosario.
Además, la representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero; en caso de estar designado.
$ 45 268022 Ag. 12
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PLANETA S.R.L.
DISOLUCION - NOMBRAMIENTO
DE LIQUIDADOR
En la reunión de socios celebrada el 2 de setiembre de 2014 se decidió la disolución de Planeta S.R.L., sociedad con contrato vencido inscrita en el Registro Público de Comercio de Rosario el 2 de julio de 1965 en Contratos al tomo 116 folio 2.715 número 1007.
Se designó como liquidadora a Celina Silvia Carbone, argentina, D.N.I. 11.871.375, CUIT 27-11871375-9, nacida el 23 de mayo de 1955, con domicilio real en Córdoba 471 de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.
$ 45 268098 Ag. 12
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ALTA GERENCIA
INTERNACIONAL S.R.L.
CONSTRATO
Conforme al contrato constitutivo de ALTA GERENCIA INTERNACIONAL S.R.L. a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, se publica en el término de ley:
1.- Datos de los Socios:
Santiago Agustín Elia, de nacionalidad argentino, nacido el 14/12/1980, de profesión Contador Público, de estado civil soltero, con domicilio en calle Gorostiaga 2366 Piso 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con Documento de Identidad DNI N° 28.641.223, con CUIL N° 20-28641223-9.
Oscar Ricardo Malfitano Cayuela, de nacionalidad argentino, nacido el 15/11/1950, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, de estado civil casado en primeras nupcias con Elsa Beatriz Scnica, con domicilio en calle Llavallol 2535 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con Documento de Identidad DNI N° 8.479.453, con CUIL N° 20- 08479453 -9.
Jorge Alberto Aimaretti, de nacionalidad argentino, nacido el 16/12/1947, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, de estado civil casado en primeras nupcias con Ledy Margarita Josefa Verzotti, con domicilio en calle Tucumán 3426 de la ciudad de Rosario, con Documento de Identidad DNI N° 6.448.388, con CUIL N° 23-06448388-9.
2) Fecha de Constitución: 8 de Junio de 2015
3) Denominación: “ALTA GERENCIA INTERNACIONAL S.R.L.”
4) Domicilio: Tucumán 3426 - Rosario
5) Objeto Social: Realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: explotación de establecimientos educativos en todos los niveles de educación, en todas sus modalidades y opciones pedagógicas incorporadas o no a la enseñanza oficial. Diseño, publicación y comercialización de contenidos bibliográficos. Organización de actividades de capacitación y actualización técnico profesional y organización de eventos, en la modalidad de cursos, jornadas, seminarios, congresos, cumbres o similar.
6) Plazo de Duración: veinte (20) años.
7) Capital Social: Pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) divididos en cien (100) cuotas de Pesos mil ($ 1500) cada una.
8) Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
9) Organización de la Representación Legal: A cargo del Sr. Oscar Ricardo Malfitano Cayuela.
10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Diciembre.
$ 80 268029 Ag. 12
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FINPRO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En Rosario, a los 6 días del mes de marzo de 2015, el socio Alejandro Daniel Sabetta, D.N.I. 26603312; C.U.I.T. 20-26602312-6 vende, cede y transfiere al Sr. Pablo Alejandro Giangreco, de apellido materno De Baay, nacido el 9 de setiembre de 1975, argentino, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en Pje. Húsares 1670 de la ciudad de Rosario, D.N.I. 24.720.323; C.U.I.T. 20-24720323-1.- doscientas cincuenta cuotas de capital.-
Distribución del Capital Social: Alejandro Daniel Sabetta: 1500 (un mil quinientas) cuotas; Carlos Matías Sabetta: 750 (Setecientas cincuenta) cuotas y Pablo Alejandro Giangreco: 250 (doscientas cincuenta) cuotas.-
La Administración y representación de la sociedad estará a cargo del señor: Alejandro Daniel Sabetta; Carlos Matías Sabetta y Pablo Alejandro Giangreco que actuaran en forma individual e indistinta.-
$ 45 268108 Ag. 12
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