REGISTRADA BAJO EL Nº 13630
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Créase un Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral,.en el Distrito N° 14 de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2.- Modifícase el artículo 7, inciso 4.14) N° 14 de la ley N° 10160 "Ley Orgánica del Poder Judicial" y sus modificatorias:
"ARTÍCULO 7 inciso 4.14) N° 14: dos en lo Civil y Comercial, uno de Familia, uno en lo Penal de Instrucción, uno en lo Correccional, uno de Menores y uno en lo Laboral."
ARTÍCULO 3.- Créanse los cargos de Juez de Primera Instancia, Secretario y personal administrativo para el nuevo Juzgado Laboral, que se detalla en el Anexo I de la presente ley.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispondrá las medidas necesarias para la creación y funcionamiento del nuevo Juzgado Laboral.
ANEXO I
Juez de Primera Instancia: 1
Secretario: 1
Relator: 1
Personal Administrativo: 4
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS UN DÍA DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2017.
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 4 JUL 2017
De conformidad a lo prescripto en .el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-
Dr. PABLO G. FARIAS
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
19975
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