picture_as_pdf 2013-07-12

REGISTRADA BAJO EL Nº 13347


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el Ministerio de la Producción de la provincia de Santa Fe y la Fundación para la Promoción y Desarrollo Tecnológico del Litoral -Fundación VINTEC-, celebrado el 30 de diciembre de 2009 en el marco del Programa de integración entre ambas entidades, con el objeto de complementarse entre las mismas, acordar la prestación de servicios, recíproca y/o conjunta a terceros, elaborar proyectos, innovaciones tecnológicas, capacitación o cualquier otra actividad que implique el desarrollo tecnológico.

Dicho Convenio fue aprobado por Decreto N° 2326/10 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 26/03/2010, bajo el N° 3924, Folio 264, Tomo VII, que se agrega y forma parte de esta ley.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE.

LUIS DANIEL RUBEO

Presidente Cámara de Diputados

JORGE HENN

Presidente Cámara de Senadores

JORGE RAÚL HURANI

Secretario Cámara de Diputados

RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 02 JUL 2013

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

RUBÉN D. GALASSI

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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