picture_as_pdf 2013-07-12

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION 1288


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 3 Julio de 2013.

V I S T O :

El expediente Nº 00501-0123567-8 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Supervisor de Enfermería en la Región de Salud Nodo Venado Tuerto, correspondiente a la categoría 7 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1729/2009, en su artículo 2º, el Poder Ejecutivo Provincial reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, por el establecido en el Anexo A del citado acto administrativo, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así a los titulares de las Jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal el referido cargo se encuentra vacante, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización del concurso;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para el puesto ofrecido;

Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente –Ley N° 10052 y modificatorias– en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (fs. 42 vlto.);

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

R e s u e l v e :

ARTÍCULO 1º.- Llámase a concurso interno para cubrir el cargo de Supervisor de Enfermería en la Región de Salud Nodo Venado Tuerto, correspondiente a la categoría 7 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.-

ARTÍCULO 2°.- El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón (artículo 88º).-

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse la descripción y el perfil del puesto solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.-

ARTÍCULO 4°.- Establécese que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante Acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.-

CONCURSO INTERNO – MINISTERIO DE SALUD

Dcto. Nº 1729/09 (Régimen de Concurso)


CARGO

Supervisor de Enfermería en la Región de Salud Nodo Venado Tuerto

(Categoría 07 – agrupamiento Hospitalario-Asistencial)

DIRECCION

Roca Nº 521 – Venado Tuerto (Pcia. de Santa Fe)

REQUISITOS

Título de Enfermero/a Profesional (Excluyente)

Matrícula Profesional expedida por el respectivo Colegio de Profesionales (Excluyente)

PERFIL DEL PUESTO

Promover la participación activa de la Enfermería en un modelo de salud que priorice el contexto, la accesibilidad, la equidad, la participación y el enfoque epidemiológico, tanto en el análisis de problemas como en el diseño de estrategias, centrándose en el sujeto en todas sus dimensiones, a fin de fortalecer vínculos y lograr abordajes intersectoriales e interdisciplinarios desde la lógica de redes y cuidados progresivos.

Participar en la elaboración y ejecución de las políticas provinciales de enfermería.

Asesorar a los Departamentos de Enfermería y/o servicios del área de influencia en lo que respecta al funcionamiento de los mismos, en el marco de las políticas del nivel Central.

Participar como jurado en la confección de escalafones para el personal ingresante y/o designado por concurso.

Incorporar las normativas vigentes a las lógicas del cuidado, en sus distintas áreas (gestión, educación, asistencia e investigación), integrando los programas referidos al área de la Salud Pública.

Mantener actualizada la información cuali y cuantitativa del recurso humano en enfermería.

Realizar el cálculo de planteles básicos por servicio según criterios acordados con el Nivel Central.

Realizar el seguimiento del Plan de Trabajo Anual de los departamentos de enfermería que funcionan en el área de su competencia.

Fomentar la ejecución del Programa de Educación en Servicio.

Mantener la ejecución sistemática de evaluaciones de desempeño para todo el personal de enfermería que se desempeñe en el área de su competencia.

Participar de las reuniones de coordinación, junto a las Jefaturas de Departamentos Enfermería y/o representantes de los servicios, a fin de lograr una atención en enfermería de alta calidad técnico-profesional.

Interpretar y transmitir al personal los objetivos, la reglamentación y las normas de funcionamiento del establecimiento, como así también las directivas, novedades y proyectos emanados del Nivel Central.

Elaborar memoria y balance relativas a sus funciones.

FORMACION PARTICULAR

1) Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Administración Pública Provincial, al Ministerio de Salud y a las funciones propuestas:

Del Personal:

Ley Nº 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial

Decreto Nº 2695/83 - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial

Decreto Nº 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes de la Administración Pública Provincial

Decreto Nº 1729/09 y modif.- Régimen de Concursos de la Administración Pública Provincial

Del Trámite y Gestión:

Decreto Nº 10.204/58 - Reglamento para el trámite de actuaciones administrativas.

De la Organización del Estado:

Ley Nacional Nº 15465 - Enfermedades de Notificación Obligatoria.

Ley Nacional Nº 17132 - Ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades Auxiliares

Ley Nº 12817 - de Ministerios.

Ley Nº 12501 y su Decreto Reglamentario Nº 2810/12 - Regulación del Ejercicio de la Enfermería.

Ley Nº 10608 - Descentralización Hospitalaria, y su Decreto Reglamentario Nº 1427/91.

Ley Nº 4973 y sus modificatorias - Incompatibilidades.

Ley Nº 6312 de SAMCos y su Decreto Reglamentario Nº 4321/67.

Ley Nº 10772 - Salud Mental.

Ley Nº 12913 - Creación de Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo.

Decreto Nº 2542/72 - Reglamento Básico de Hospitales.

Decreto Nº 3202/05 - Régimen de Suplencias del Ministerio de Salud.

Decreto Nº 1664/05 - Dependencia funcional de las Escuelas de Enfermería.

Decreto Nº 267/10 - Sistema de Administración de Recursos Humanos.

2) Conocimientos específicos de la Organización, Gestión y Procedimiento Administrativos:

Conocimientos en desarrollos internos y/o circuitos administrativos.

Conocimientos sobre normas y procedimientos de Bioseguridad.

Conocimientos de procesos de atención de enfermería (teoría y aplicación).

Conocimiento en gestión de personal e insumos.

Dominio de técnicas de planificación, organización y gestión de personal.

Conocimientos en Atención Primaria de la Salud (APS) en enfermería.

3) Competencias Personales y de Actitud

Condición de liderazgo para la toma de decisiones.

Capacidad de planificación y organización.

Modalidad de pensamiento analítico.

Capacidad resolutiva.

Relación con la autoridad y respeto a las normas y pautas de trabajo.

Iniciativa, creatividad e innovación.

Capacidad de liderazgo.

Capacidad para entablar vínculos interpersonales.

Capacidad para el trabajo y la coordinación de equipos.

Capacidad de comunicación.

Asertividad.

COMPOSICION DEL JURADO

El jurado estará integrado de la siguiente manera:

(Cargo: Supervisor de Enfermería en la Región de Salud Nodo Venado Tuerto)

Presidente: Dr. Javier Deud – Subsecretario Legal y Técnico

Titulares:

Lic. Jorge Luis Cuaglini – Director de la Escuela Superior de Enfermería de Santa Fe

Sra. Mabel Laura Rodríguez – Asistente Técnico (Nivel II) en la Región de Salud Nodo Venado Tuerto

Lic. Gabriela Ciccioli – Supervisora de Enfermería (Cañada de Gómez)

Dra. Edit Alicia Zamora – Directora General de Personal

Sr. Alejandro Romero - En representación de U.P.C.N.

Sr. Fernando Weibel - En representación de U.P.C.N.

Sr. Mercedes Landaida - En representación de U.P.C.N.

Sr. Raúl Paz - En representación de A.T.E.

Suplentes:

Dr. José María Escalante – Coordinador de la Región de Salud Nodo Venado Tuerto

Dr. Rolando Vergara – Sub Director General de Asuntos Jurídicos

Lic. Susana Acuña – Supervisora de Enfermería (Región de Salud Nodo Rafaela)

Sra. Mónica Nieres – Coordinadora Técnica Administrativa (Dirección Provincial de Recursos Humanos)

Sra. Adriana Martínez - En representación de U.P.C.N.

Sr. Germán Matos - En representación de U.P.C.N.

Sra. Silvia Gallo - En representación de U.P.C.N.

Sra. Graciela Vázquez - En representación de A.T.E.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Fecha: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el 1 al 22 de agosto de 2013, en el horario de 08:00 a 12:00 hs.

Lugar de presentación de la documentación: Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, sito en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja – ciudad de Santa Fe.

Lugares de celebración de las etapas: Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Salud citada anteriormente (1ra. y 3ra.) y Región de Salud Nodo Venado Tuerto (2da. y 4ta.).

El Formulario de Inscripción (cuya copia se adjunta) se deberá bajar desde la portada principal de la página web oficial de la Provincia o podrá ser retirado en la Dirección Provincial de Recursos Humanos, en el horario de 8,00 hs. a 12,00 hs..

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de la difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado, una fotocopia autenticada por el organismo del último recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Salud en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: martes 17 de septiembre de 2013.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: viernes 20 de septiembre de 2013.

Hora: a partir de las 11:00 hs.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: miércoles 25 de septiembre de 2013.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: viernes 4 de octubre de 2013.

Hora: a partir de las 11:00 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Méritos.

El Orden de Méritos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:


Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40 %

Evaluación Psicotécnica 20 %

Entrevista Personal 10 %

Total 100 %


La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.

S/C 9629 Jul. 12 Jul. 16

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DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTION DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 244


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 03 de julio de 2013

V I S T O:

El expediente Nº 00306-0004511-8 en el que obran los antecedentes relacionados con la consulta efectuada por esta Dirección Provincial a la Administración Provincial de Impuestos en ocasión de que la firma TRAUMATEC S.R.L. presentara documentación a los fines de alcanzar la actualización de su inscripción como proveedor por ante el Registro Oficial de Proveedores, y

CONSIDERANDO:

Que dicha consulta se efectúa mediante Nota N° 1948/11 a los fines de que el mencionado organismo se expida sobre la autenticidad del Certificado de Pagos (Formulario 1013) N° 3618 – Año 2011 – Expediente N° 14382-0740411-8 presentado por TRAUMATEC S.R.L., por cuanto se observa que el mismo no se encuentra debidamente publicado en la página de intranet correspondiente a la A.P.I.;

Que la citada dependencia informa que no se corresponde con ningún certificado de pagos, ni expediente que se haya tramitado ante la Administración Provincial de Impuestos;

Que obra agregada en autos nota remitida por esta Dirección Provincial a la empresa TRAUMATEC S.R.L. mediante la cual se le solicita presentar el original del certificado en cuestión, siendo que a pesar de su recepción acaecida el día 29 de diciembre de 2011, a la fecha no se cumplimentó;

Que así también la A.P.I. requiere por su parte a la firma contribuyente el original del mencionado certificado, en las actuaciones que inicia a los fines de determinar la responsabilidad que le cabe a la firma contribuyente

Que ante tal consulta la firma responde que el original fue presentado ante esta Dirección Provincial;

Que mediante Nota se le hace saber a la Administración Provincial de Impuestos que en este organismo no se presentó documentación original alguna;

Que a los fines de resguardar el principio de contradicción y derecho de defensa de la firma bajo análisis se corrió vista de lo actuado en estas actuaciones, no registrándose comparecencia ni descargo alguno ante esta dependencia;

Que en su intervención, el Área Legal entiende que la documental presentada es falaz, resultando ciertamente inexcusable el comportamiento de la firma que nos ocupa;

Que los hechos analizados tendrían encuadre en lo establecido por los artículos 292 y 296 del Código Penal, por lo que dicha Área recomienda a la A.P.I. efectuar los deslindes de responsabilidades a que hubiere lugar y efectuar las presentaciones judiciales que estime pertinentes;

Que en mérito a todo lo precedentemente expuesto, se aconseja a la Dirección Provincial el dictado del acto administrativo por medio del que se disponga una sanción a la firma TRAUMATEC S.R.L. graduándose la misma en la eliminación por el término de diez (10) años del Registro Oficial de Proveedores, haciéndose extensiva también la misma a su socio gerente Sr. Carlos Alberto Mucci, conforme las prescripciones establecidas en los artículos 19, 20 y 21 del Decreto N° 5100/55 y en el Decreto N° 3226/05, aconsejándose asimismo se corra vista al Sr. Fiscal en lo Penal de turno atento a la posible comisión de delito (falsificación de documentos públicos);

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Nº 3226/05, los artículos 19, 20 y 21 del Decreto Nº 5100/55 y por el Decreto Nº 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y GESTIÓN

DE BIENES

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Aplícase a la firma TRAUMATEC S.R.L., domiciliada en Mendoza 1555 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe - CUIT 30-69372195-0, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Tomo 154 Folio 7650 Número 721, una sanción disciplinaria graduada en la Eliminación por el término de diez (10) años del Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, conforme facultades emergentes de los artículos 19, 20 y 21 del Decreto 5.100/55 y artículo 9º del Decreto 3.226/05, haciéndose extensiva la misma a su socio gerente Sr. Carlos Alberto Mucci – D.N.I. N° 16.935.352, debiendo inscribirse y registrarse los antecedentes pertinentes en el mencionado Registro.

ARTÍCULO 2: Córrase vista del presente acto administrativo al señor Fiscal

en lo Penal de turno.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 9643 Jul. 12 Jul. 15

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