“HIDROPLAST.S.A.”
AUMENTO DEL CAPITAL
Por estar asì dispuesto en los auto caratulados: “HIDROPLAST S.A. s/Aumento de Capital -Mod. Art 4º, 10º y 12º. Texto ordenado” - Expte. Nº 19 - F° 112 - Año 2015, de trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber:
En Asamblea General unánime de fecha 25 de noviembre de 2014, de HIDROPLAST S.A., inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe, bajo el Nº 742 al Folio 196 del Libro 4 de S.A. en fecha 11/02/1986, resuelven las siguientes modificaciones al estatuto:
Modificar artículo 4º: Se capitaliza la suma de $ 1.499.999,- de acuerdo con el saldo expuesto en los Estados Contables al 30.06.2014 (de las cuentas Aportes No Capitalizados, Ajustes al Capital y Resultados No Asignados. El capital se determina en la suma de $ 1.500.000, el que se suscribe e integra de la siguiente forma: el Sr. Roberto Domingo ARZAMENDIA, la suma de $ 750.000,- (Pesos Setecientos Cincuenta Mil) equivalente a 50 (cincuenta) acciones ordinarias y la Sra. María Cristina IETRI, la suma de $ 750.000,- (Pesos Setecientos Cincuenta Mil) equivalente a 50 (cincuenta) acciones ordinarias, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4º: El capital social es de pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000) representado por Cien (100) acciones de pesos Quince Mil ($ 15.000) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuple de su monto, conforme el artículo 188 de la ley 19.550.
Modificar el artículo 10º: Se aumenta la Garantía de los Directores a la suma de $ 20.000,- , quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 10º: Cada director debe prestar la siguiente garantía: depositar en la caja de la sociedad dinero en efectivo por un monto de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,-).
Modificar el artículo 12º: Se resuelve prescindir de la Sindicatura, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 12º: Los accionistas, conforme lo dispuesto por el artículo 284, último párrafo de la Ley 19.550, prescinden de la designación de la sindicatura, reservándose el derecho de contralor que les confiere el artículo 55º de la citada ley.-Santa Fe, 3 de Mayo de 2015.
$ 72 255014 Mar. 12
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SADESA S.A.
REFORMA INTEGRAL Y
TEXTO ORDENADO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “SADESA S.A. s/ REFORMA INTEGRAL Y TEXTO ORDENADO” – Expediente Nº 73 Fº 113 año 2015, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que SADESA S.A., con domicilio en calle Moreno Nº 2843 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, por Asamblea General Extraordinaria de fecha 01 de diciembre de 2014, ha resuelto: 1) solicitar ante la Comisión Nacional de Valores autorización para ingresar al Régimen de Oferta Pública de Valores Negociables; 2) solicitar a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o demás mercados bursátiles o accionarios locales y del exterior, la autorización para la cotización y/o negociación de los valores negociables de deuda, incluyendo obligaciones negociables; 3) reformar el estatuto, adecuándolo a las disposiciones de las leyes 19.550 y 26.831, de la siguiente manera: a) incorporar en el Artículo 5 el siguiente texto: “En caso que la Sociedad ingrese al régimen de oferta pública y pase a estar bajo fiscalización de la Comisión Nacional de Valores, la evolución del capital social podrá figurar en los balances de la Sociedad conforme resulte de los aumentos inscriptos en el Registro Público de Comercio en la forma en que lo establezcan las disposiciones legales y reglamentarias, debiéndose indicar en tales balances el monto de capital autorizado, clase y categoría de acciones, valor nominal y cantidad de votos por acción”; b) modificar el texto del Artículo 11 por el siguiente: “La Sociedad podrá emitir debentures u obligaciones negociables, valores de corto plazo, warrants u opciones, con garantías o sin ellas, convertibles o no convertibles en acciones, o cualquier otro valor negociable, dentro o fuera del país, en moneda nacional o extranjera, con oferta pública o privada, todo ello con sujeción a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 de Mercado de Capitales o al régimen legal vigente que sea aplicable a la fecha de su emisión. La emisión correspondiente podrá ser efectuada en series y/o clases. La asamblea de accionistas deberá autorizarla previamente y determinar las condiciones de precio, interés, amortización y las restantes que hagan a la emisión, así como la clase de garantía de los valores negociables. Ello sin perjuicio de la facultad de la asamblea de delegar en el Directorio dicha determinación de términos y condiciones de la emisión, conforme lo dispuesto por la normativa aplicable; c) incorporar en el Artículo 12, la facultad de sesionar el Directorio con sus miembros presentes o comunicados entre sí o por otros medios de transmisión de sonidos, imágenes y palabras, debiendo expedirse la Comisión Fiscalizadora, respecto de la regularidad de las decisiones adoptadas y la facultad de constituir un Comité Ejecutivo integrado por directores conforme lo dispuesto por el artículo 269 de la Ley 19.550; y d) modificar la fiscalización de la sociedad quedando a cargo de una Comisión Fiscalizadora compuesta de tres (3) síndicos titulares y tres (3) síndicos suplentes, quienes durarán en sus funciones tres (3) años, debiendo designar su presidente y su reemplazante. La misma funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. Su remuneración debe ser fijada por la Asamblea General Ordinaria en oportunidad de resolverse el destino de las ganancias líquidas y realizadas. Bajo su vigilancia, la liquidación de la Sociedad será efectuada por el Directorio; y 4) designar, para integrar la Comisión Fiscalizadora, como síndicos titulares a los Dres. Héctor Eugenio Chauque, argentino, casado, fecha de nacimiento 8 de marzo de 1947, contador público nacional, DNI 6.069.542, CUIT Nº 20-06069542-4, domiciliado en Maciel 641, Rosario, Provincia de Santa Fe; Daniel Amadeo Corbacho, argentino, casado, fecha de nacimiento 22 de agosto de 1946, contador público nacional, DNI 6.066.268, CUIT N° 20-06066268-2, domiciliado en Perdriel 441- Rosario - Provincia de Santa Fe; y Alberto Tarsitano, argentino, casado, fecha de nacimiento 27 de julio de 1955, abogado, DNI 11.773.406, CUIT Nº 20-11773406-5, domiciliado en Arcos 1642 piso 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como síndicos suplentes a los Dres. Débora Cristina Susana Zerpa, argentina, casada, fecha de nacimiento 6 de enero de 1962, contadora pública y licenciada en administración, DNI 14.803.038, CUIT Nº 27-14803038-9, domiciliada en Washington 639, Rosario, Provincia de Santa Fe; María Inés Giménez, argentina, divorciada, fecha de nacimiento 5 de noviembre de 1971, abogada, DNI 22.493.053, CUIT Nº 23-22493053-4, domiciliada en Villa Juncal 2480 Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y Alberto Omar Lifrieri, argentino, casado, fecha de nacimiento 2 de mayo de 1962, contador público nacional, DNI 14.995.156, CUIT Nº 20-14995156-4, domiciliado en Scalabrini Ortiz 2145 PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La reforma no afecta al resto de los puntos enumerados en los incisos 3. a 10. del apartado a) del artículo 10º de la Ley 19.550.
Santa Fe,
$ 217,80 255110 Mar. 12
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PECAN S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados “PECAN S.R.L. s/CESION DE CUOTAS y CBIO. DOMICILIO, MODIF. ART. 3° y V”, Expediente Nº 1296 Año 2.014, de trámite por ante el Registro Público de Comercio; los integrantes de la Entidad: Héctor José Gastaldello, D.N.I. N° 6.262.148, argentino, nacido el 19 de abril de 1.946, domiciliado en calle San Martín Nº 5717 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. N° 20-06262148-7 y Carina Guadalupe Gastaldello, D.N.I. N° 23.258.667, argentina, nacida el 15 de febrero de 1.973, domiciliada calle San Martín N° 5755 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. Nº 27-23258667-8; en contrato de fecha 6 (seis) de octubre del año 2.014 han resuelto lo siguiente:
“PECAN S.R.L.”
Cesión de Cuotas y Cbio. Domicilio, Mod. Art. 3° y 1º
Fecha del Contrato: 6 de octubre 2.014.-
Cedente: Héctor Nahuel Gastaldello, D.N.I. N° 25.205.664, argentino, nacido el 12 de marzo de 1.976, soltero, comerciante, domiciliado en calle San Martín N° 5673 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. N° 20-25205664-3.-
Cesionario: Héctor José Gastaldello, D.N.I. N° 6.262.148, argentino, nacido el 19 de abril de 1.946, divorciado, comerciante, domiciliado en calle San Martín N° 5717 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. Nº 20-06262148-7.-
Capital Social: $ 230.000.- (Pesos Doscientos Treinta Mil), dividido en 460 (Cuatrocientos Sesenta) cuotas de $ 500.- (Pesos Quinientos) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios e integradas en efectivo de acuerdo con el siguiente detalle: Carina Guadalupe Gastaldello suscribe e integra 230 (Doscientas Treinta) cuotas de $ 500.- (Pesos Quinientos) de valor nominal cada una, o sea $ 115.000.- (Pesos Ciento Quince Mil) y Héctor José Gastaldello suscribe e integra 230 (Doscientas Treinta) cuotas de $ 500.- (Pesos Quinientos) de valor nominal cada una, o sea $ 115.000.- (Pesos Ciento Quince Mil).-
Domicilio: San Martín ?5755 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe.
Los socios ratifican las restantes cláusulas del contrato original, las que mantienen sin cambios.-
Santa Fe, 19 de febrero 2.015.- Jorge E. Freyre, secretario.
$ 105,60 253883 Mar. 12
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AGROCOMERCIAL NORTE S.C.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de la Primera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), a cargo del Registro Público de Comercio, Dr. José M. Zarza, Juez, hace saber que en los autos caratulados: “AGROCOMERCIAL NORTE S.C. s/CESION DE CUOTAS SOCIALES - PARTES DE INTERES (Modificación Contrato Social Cláusula Cuarta Capital)“ (Expte. Nº 12 Año 2015) se ha ordenado la siguiente publicación:
1) Cesión de partes de interés - cuotas sociales Agrocomercial Norte Sociedad Colectiva de fecha 14/01/2015:
I) Cedente: Dante Javier Contarde, argentino, soltero. Documento Nacional de Identidad Número 25.303.719, C.U.I.T. Nº 23-25303719-9, de apellido materno Gómez, nacido el 06 de Mayo de 1976, de profesión Licenciado en Administración, domiciliado realmente en calle Pueyrredón N° 1985, de Reconquista (Sta. Fe); II) Cesionario: Néstor Marcelo Faccioli, argentino, Documento Nacional de Identidad Número 17.202.143, C.U.I.T. N° 20-17202143-4, de Apellido Materno Muchut, nacido el 09 de Septiembre de 1965; casado en primeras nupcias con la Sra. Viviana Alejandra Davies, de ocupación Productor Agropecuario, domiciliado realmente en calle Hipólito Irigoyen Nº 1097, de Reconquista (Sta. Fe).- A) “El Cedente” en su carácter de socio de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de “Agrocomercial Norte Sociedad Colectiva” con domicilio social en la ciudad de Reconquista, Santa Fe, constituida el día 27 de Agosto de 2007, e inscripta en el Registro Público de Comercio el día 17 de Septiembre de 2007, bajo el Número 22 al Folio N° 322, del Libro N° 1 de Sociedades Colectivas, Legajo N° 13 del Registro Público de Comercio de Reconquista; vende; cede y transfiere al señor Néstor Marcelo Faccioli, la cantidad de 20 (veinte) partes de interés, que tiene y le pertenece de la sociedad “Agrocomercial Norte Sociedad Colectiva”.
El Cesionario acepta la cesión realizada.- En relación a la referida cesión las partes pactan que realizan esta cesión por el precio total de Pesos Ochenta Mil ($ 80.000) que el Cedente manifiestan haber percibido antes de este acto, en dinero efectivo, de manos del Cesionario.-
2) Modificación Contrato Social (Cláusula Cuarta): El capital social está conformado por Doscientas (200) Cuotas Sociales - Partes de Intereses de Cien Pesos ($ 100) de valor nominal cada una de ellas, haciendo un total de Pesos Veinte Mil ($ 20.000), y estará distribuido de la siguiente manera: a) Osear Raúl Faccioli: Ciento Ochenta (180) Cuotas Partes de Interés, cuyo valor nominal es de $ 100 cada una de ellas, lo que equivale a un total de Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000).- b) Néstor Marcelo Faccioli: Veinte (20) Cuotas Sociales - Partes de Interés, cuyo valor nominal es de $ 100 cada una de ellas, lo que equivale a un total de Pesos Dos Mil ($ 2.000).-
Reconquista, 23 de Febrero de 2015. Mirian Graciela David, secretaria.
$ 627 253871 Mar. 12
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SEAL INNOVATION S.A.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Seal Innovation S.A. sobre Estatuto y Designación de Autoridades, Expte. 21, Folio 112, Año 2015, en trámite mediante el Registro Publico de Comercio de Santa Fe, se hace saber que se ordena la publicación del siguiente Acta Constitutiva, Estatutos y Designación de Autoridades de fecha 27/10/2014:
1) Accionistas: Llaudet, Rogelio José, de apellido materno Agullo, DNI 8.508.404, empresario, argentino, CUIT 20-05508404-7, estado civil divorciado, nacido el 2 de setiembre de 1951 con domicilio en Pedro de Vega 954 de la ciudad de Santa Fe; Llaudet, Exequiel Esteban, de apellido materno Olivencia, DNI 30.075.650, empresario, argentino, CUIT 20-30075650-7, soltero, nacido el 26 de febrero de 1983 con domicilio en Bv. Pellegrini 2636 P.B. Dpto. B de la ciudad de Santa Fe; y Becchio, Gabriel Ezequiel de apellido materno Román, DNI 32.185.280, empresario, argentino, CUIT 20-32185280-8, soltero, nacido el 28 de marzo de 1986, con domicilio en Barrio Sargento Cabral Piso 1 Dpto. B de la ciudad de Santo Torre
2) Domicilio: Santa Fe, provincia de Santa Fe. Sede Social: Estanislao Zeballos 3867.
3) Duración: 90 años desde su inscripción R.P.C.
4) Objeto: realización por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o el exterior, a las siguientes actividades: a) Fabricación y comercialización de piezas y partes de sellos hidráulicos y productos similares de uso industrial; b) Taller metalúrgico y servicios conexos; c) Importación y exportación.
5) Capital: $ 600.000 representado por 60.000 acciones de $ 10,00 valor nominal cada una.
6) Administración y Representación: a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de nueve quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La representación legal corresponde al Presidente o Vicepresidente del Directorio en caso de estar designado, en forma indistinta.
Presidente: Llaudet, Rogelio José Director Suplente: Llaudet, Exequiel Esteban.
7) Fiscalización: se prescinde de la sindicatura (art. 284 ley 19.550).
8) Fecha Cierre Ejercicio: 31 de agosto de cada año.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley. Santa Fe, febrero 11 de 2015. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 85 253875 Mar. 12
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SERVICE ESPRESS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial a cargo del secretario del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe en Expediente caratulado “Service Express S.R.L. s/cesión de cuotas N° 802/2014” y modificaciones del Artículo Quinto, se ha ordenado la siguiente publicación:
En la ciudad de Sta. Fe, a los 11 días del mes de Agosto de 2014, por una parte Riera Juan Andrés, argentino, DNI 8322312, nacido el 29/06/1950, de est. civil casado en primeras nupcias con la Sra. Fanto, María Griselda, domiciliado en calle Alberti 451 de la ciudad de Sta. Fe; y el Sr. Knuttzen Adolfo José, argentino, LE. 6.255.916, nacido el 27/08/1944, de est. civil casado en primeras nupcias con Dupraz, Mabel Guadalupe, domiciliado en calle Maipú 1952 de la ciudad de Sta. Fe; en adelante los Cedentes; y Martínez María Florencia, argentina, DNI 35021102, nacida el 03/01/1990, de est. Civil soltera, domiciliada en calle Belgrano 95 de Arroyo Aguiar, y Medina Claudio Federico, argentino, DNI 28088673, nacido el 08/07/1980, de est. civil soltero, domiciliado en calle Platini 1074 de la ciudad de Rosario; por la otra parte y en adelante los cesionarios; dicen: Que de común acuerdo deciden realizar el presente contrato de cesión de cuotas partes societarias el que se regirá por las siguientes cláusulas:1) Riera Juan Andrés, vende, cede y transfiere a Martínez Ma. Florencia quinientas cuotas partes por valor de $ 50.000(pesos cincuenta mil) correspondientes a la firma Service Express SRL inscripta al T.17, F.294, Nº 1518, el 14/12/2012 en el Reg. Púb. de Comercio de la ciudad de Sta Fe. La cesión se realiza por el precio suma de $ 50.000, suma que en este mismo acto es recibida por Riera Juan Andrés, en efectivo de parte de Martínez María Florencia. 2) Riera Juan Andrés, manifiesta tener libre disponibilidad de las cuotas que por el presente ceden y que las mismas se encuentran libre de todo gravamen. 3) Knuttzen Adolfo José, vende, cede y transfiere al Sr. Medina Claudio Federico la cantidad de quinientas cuotas partes por valor de $ 50.000 correspondientes a la firma SERVICE EXPRESS SRL inscripta en al T.17, F. 294, Nº 1518,el 14/12/2012 en el Reg. Públ. de Comercio de la ciudad de Sta. Fe. La presente cesión se realiza por el precio/suma de $ 50.000, suma que en este mismo acto es recibida por el Sr. Knuttzen Adolfo José, en efectivo de parte del Sr. Medina Claudio Federico. 4) Knuttzen Adolfo José manifiesta tener libre disponibilidad de las cuotas que por el presente cede y que las mismas se encuentran libre de todo gravamen. 5) Compareciendo Riera Juan Andrés, en su carácter de socio de la firma, manifiesta su conformidad con las cesiones efectuadas por el presente contrato. Presente Fanto María Griselda, argentina, DNI 11903469, nacida el 16/09/1955, casada en primeras nupcias con Riera Juan Andrés, manifiesta dar su asentimiento a la cesión que por el presente realiza su esposo. 6) Compareciendo Knuttzen Adolfo José, en su carácter de socio de la firma, manifiesta su conformidad con las cesiones efectuadas por el presente contrato. Presente Dupraz Mabel Guadalupe, argentina DNI 4827951, nacida el 21/08/1946, casada en primeras nupcias con el Knuttzen Adolfo José, manifiesta dar su asentimiento a la cesión que por el presente realiza su esposo. 7) Las partes manifiestan de común acuerdo autorizar a Anskohl Marcelo Oscar, DNI 20822647 y a Cavalieri Antonela, DNI 32176113; para que en su nombre y representación realicen todas las gestiones necesarias tendientes a lograr la inscripción del presente contrato por ante el Reg. Públ. de Comercio de la ciudad de Sta. Fe, pudiendo a tales efectos efectuar todo tipo de modificaciones al presente. Queda redactado en concurrencia así el …
Artículo Quinto: El capital se fija por la suma de pesos cien mil ($ 100.000) dividido en 1.000 cuotas partes de pesos cien ($ 100.000) de valor nominal cada una.
El capital social será Integrado en la siguiente proporción: el socio Sr. Claudio Federico Medina el cincuenta por ciento (50%), es decir pesos cincuenta mil ($50.000) y el socio Srta. María Florencia Martínez el cincuenta por ciento (50%), es decir pesos cincuenta mil ($ 50.000), lo que hace un total de pesos cien mil ($ 100.000). Se deja constancia que no existen bienes registrables aportados que requieran dar cumplimiento al Art. 38 de la ley 19.550 y sus modificatorias.
Santa Fe, 24 de Febrero de 2015. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 145,20 253900 Mar. 12
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AGROALIMENTOS COLONIA ROSA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que los socios de la entidad “AGROALIMENTOS COLONIA ROSA S.R.L.”, resuelven lo siguiente: 1°) Mediante contrato de cesión de fecha: 05/10/14, el socio Carlos Emilio Strina, D.N.I. Nº 22.964.672, vende, cede y transfiere las setenta (70) cuotas de capital que posee en la sociedad, en la siguiente proporción: al Sr. Pedro Juan Morini, D.N.I. Nº 12.038.335, la cantidad de treinta y cinco (35) cuotas de capital y al Sr. Juan Carlos Ruffinatto, D.N.I. Nº 11.791.781, la cantidad de treinta y cinco (35) cuotas de capital. Como consecuencia es necesario modificar la cláusula cuarta, la que queda redactada como sigue: Cláusula Cuarta: “El capital social se fija en la suma de pesos Veintiún Mil ($ 21.000,00), que se divide en Doscientas diez (210) cuotas iguales de cien pesos ($ 100,00) cada una, que los socios suscriben de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Pedro Juan Morini, la cantidad de Ciento cinco (105,00) cuotas por valor de Pesos Diez. mil quinientos ($ 10.500,00) y el Sr. Juan Carlos Ruffinatto, la cantidad de Ciento cinco (105) cuotas por valor de Pesos Diez mil quinientos (10.500,00)“.- La administración y representación de la sociedad estará a cargo de los dos socios en el carácter de Gerentes y actuarán en forma conjunta. Lo que se publica a los efectos de Ley.-
Rafaela, 23 de Febrero de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 72 253892 Mar. 12
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FUMIGACIONES NANDO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que los socios de la entidad “FUMIGACIONES NANDO S.R.L. S.R.L.”, resuelven lo siguiente: 1°) Mediante contrato de cesión de fecha: 19/12/14, los socios Sres. Carlos Dante Oscar Dutto, D.N.I. Nº 13.868.508. vende, cede y transfiere las cuatrocientas tres (403) cuotas de capital que posee en la sociedad, al Sr. Norberto Femando Weder, D.N.I. Nº 11.883.970; el Sr. Andrés Eduardo Dutto, D.N.I. Nº 29.288.249, vende, cede y transfiere las trescientas setenta y nueve (379) cuotas de capital que posee en la sociedad al Sr. Norberto Femando Weder, D.N.I. Nº 11.883.970; el Sr. Dante Amoldo Weder, D.N.I. Nº 30.101.125, vende, cede y transfiere, las cuatrocientas tres (403) cuotas de capital que posee en la sociedad al Sr. Norberto Femando Weder, D.N.I. Nº 11.883.970, y al Sr. Maximiliano Andrés Chiapero, D.N.I. Nº 34.526.930, las doscientas treinta y siete (237) cuotas de capital que posee en la sociedad. Como consecuencia es necesario modificar la cláusula cuarta, la que queda redactada como sigue: Cláusula Cuarta: “El capital social se fija en la suma de pesos Doscientos Treinta y Siete Mil ($ 237.000,00), dividido en dos mil trescientos setenta (2370) cuotas sociales de pesos cien ($100) cada una, que los socios suscriben en la siguiente proporción: El socio Weder Dante Amoldo, la cantidad de novecientas cuarenta y ocho cuotas de capital, de valor nominal $ 100 (pesos cien) cada una, lo que hace un total de $ 94.800 (pesos: noventa y cuatro mil ochocientos), que representa el 40% del capital social; el socio Weder Norberto Femando, la cantidad de mil ciento ochenta y cinco cuotas sociales, de valor nominal $ 100 (pesos cien) cada una, lo que hace un total de $ 118.500 (pesos: ciento dieciocho mil quinientos) que representa el 50% del capital social y el socio Chiapero, Maximiliano Andrés, la cantidad de doscientas treinta y siete cuotas sociales. De valor nominal $ 100 (pesos cien) lo que hace un total de $ 23.700 (pesos: veintitrés mil setecientos), que representa el 10% del capital social”. Se confirma en el cargo al actual Gerente Sr. Dante Arnoldo Weder, por el término de tres años.- Lo que se publica a los efectos de ley. Rafaela, 23 de Febrero de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 112 253896 Mar. 12
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MAGROPORCINOS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que los socios de la entidad “MAGROPORCINOS S.R.L.”, resuelven lo siguiente: 1°) Mediante contrato de cesión de fecha: 15/09/14, los socios Ramón Rosa Rodríguez, D.N.I. Nº 12.471.243 y Pedro Juan Morini, D.N.I. Nº 12.038.335 venden, ceden, y transfieren las ciento cuarenta (140) cuotas de capital que poseen cada uno de ellos en la sociedad, al Sr. Carlos Emilio Strina, D.N.I. Nº 22.964.672.-. Como consecuencia es necesario modificar la cláusula cuarta, la que queda redactada como sigue: Cláusula Cuarta: “El capital social se fija en la suma de Pesos: Ciento Cuarenta Mil ($ 140.000,00), que se divide en Un Mil Cuatrocientas (1400) cuotas de capital iguales de pesos Cien ($ 100,00) cada una, que los socios suscriben de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Bertolotti, Mariano, la cantidad de Novescientas Ochenta (980,00) cuotas por valor de Pesos: Noventa y Ocho Mil ($ 98.000,00) y Strina, Carlos Emilio, la cantidad de Cuatrocientas Veinte (420,00) cuotas por valor de Pesos: Cuarenta y Dos Mil (42.000,00) Se resuelve además nombrar como único gerente de la sociedad al Sr. Carlos Emilio Strina, D.N.I. Nº 22.964.672, modificándose como consecuencia la cláusula Décima Segunda del Contrato Social Se mantienen subsistentes las demás cláusulas del Contrato Social. Lo que se publica a los efectos de ley.-
Rafaela, 23 de Febrero de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 75 253898 Mar. 12
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EL CUTU S.A.
REGULARIZACION
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:
1. Fecha del Instrumento: 2 de Enero de 2013.
2. Socios: Pedro Alberto Waingart, apellido materno Claret, nacido el 28 de mayo de 1956, titular del D.N.I. Nº 12.233.034, CUIT Nº 20-12233034-7, argentino, agropecuario, casado en primeras nupcias con Silvia Pilar Viotti, domiciliado en calle Av. Belgrano N° 180 de la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe; y Silvia Pilar Viotti, apellido materno Mondino, nacida el 03 de diciembre de 1958, titular del D.N.I. nº 12.836.629, CUIT N° 27-12836629-1, argentina, agropecuaria, casada en primeras nupcias con Pedro Alberto Waingart, domiciliada en calle Av. Belgrano No 180 de la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe.-
3. Denominación: “EL CUTU S.A.” continuadora de “Waingart Pedro y Viotti Silvia S.H.”, por regularización de la Sociedad de Hecho.-
4. Domicilio: Belgrano Nº 180 de la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe.
5. Plazo de Duración: Noventa y Nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.—
6. Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: 1) Agropecuarias y Servicios Derivados: Explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, explotación de tambos, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganando, hacienda de todo tipo, cultivos de cereales y oleaginosas, así como la compra y venta de materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Compra, venta, consignación, acopio de cereales, oleaginosas, pasturas, forrajes y servicios agrícolas a terceros. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.-
7. Capital: El capital se fija en la suma de pesos setecientos cincuenta y siete mil trescientos setenta y seis ($ 757.376,00), representado por setecientos cincuenta y siete mil trescientas setenta y seis (757.376) Acciones de pesos uno ($ 1.-) valor nominal cada una.-
8. Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios.
Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: Director Titular Presidente: Pedro Alberto Waingart, D.N.I. N° 12.233.034; y como Director Suplente: Silvia Pilar Viotti, D.N.I. N° 12.836.629.—
9. Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550.
10. Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.—
Rafaela, 18 de Febrero de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 99 253834 Mar. 12
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KELO´S S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Señor Elidio G. Ercole, Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la Ciudad de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Socios: Germán Angel Nari, D.N.I. N° 20.727.816, C.U.I.T. N° 20-20727816-6, argentino, casado en primeras nupcias, nacido el veintiocho de julio de mil novecientos sesenta y nueve, Productor Agropecuario con domicilio real en Bv. San Martín Nº 640, de la Localidad de Suardi, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe; Marcelo Carlos José Nari DNI N° 22.119.905, C.U.I.T. N° 20-22119905-8, argentino, casado en primeras nupcias nacido el dieciséis de abril de mil novecientos setenta y uno, Ingeniero Agrónomo, con domicilio real en Bv. San Martín N° 537, de la Localidad de Suardi, Departamento San Cristóbal Provincia de Santa Fe; Daniel Martín Nari, D.N.I. Nº 25.403.676, C.U.I.T. Nº 20-25403676-6, argentino, soltero, nacido el doce de marzo de mil novecientos setenta y siete, Productor Agropecuario, con domicilio real en calle Gariliano N° 143, de la Localidad de Suardi, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe Angel Juan Nari D.N.I. N° 06.297.050, C.U.I.T. N° 20-06297050-3, argentino, casado en segundas nupcias nacido el diecisiete de Mayo de mil novecientos cuarenta y tres, Productor Agropecuario con domicilio real calle José Bargellini Nº 391, de la Localidad de Suardi, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe; y La Carmen Sociedad de Responsabilidad Limitada, C.U.I.T. N° 30-65903128-7, constituida: con fecha quince de septiembre de dos mil once, con domicilio en calle Juan Bargellini Nº 391 de la Localidad de Suardi, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, representada en este acto por los socios gerentes, Señores Germán Angel Nari, D.N.I. Nº 20.727.816 y Marcelo Carlos José Nari, D.N.I. N° 22.119.905 (según lo establecido en la cláusula Quinta de su acta constitutiva).
Fecha de Instrumento: Seis de Agosto de Dos mil Catorce.
Denominación: KELO’S S.A.-
Domicilio: Bargellini N° 391, de la Localidad de Suardi. Departamento San Cristóbal Provincia de Santa Fe, República Argentina.
Objeto Social: Explotación directa por si o por terceros de todas las actividades agrícolas-ganaderas en general, tanto en establecimientos rurales de propiedad de la sociedad como de terceros, realizando todas las labores del ciclo agrícola.-o solamente alguna de ellas; producción de especies cerealeras, oleaginosas, uraníferas, forrajeras; apícolas y granjeras; cría y engorde de ganado bovino, ovino, porcino, caprino, equino, cabañero; explotación de tambos para la producción lechera como así también cualquier otra clase de negocios agropecuarios sean de capitalización de hacienda para cría y/o invernada, pastajes, pastoreos o cualquier otra figura asociativa de contratación. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto
Plazo de Duración: Veinte (20) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($ 350.000.00.-). El capital social se representa por tres mil quinientas (3.500) acciones ordinarias de pesos cien ($ 100,00.-) valor nominal cada una; Administración y Representación: La administración de la sociedad esta a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios; La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente -en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La representación legal de la sociedad y uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio y en su caso de quien legalmente lo sustituya. Se designa para integrar el Directorio: Titular -Presidente a: Germán Angel Nari D.N.I. 20.727.816; Titular Vice-Presidente a- Marcelo Carlos José Nari - D.N.I. 22.119.905; Director Suplente a: Daniel Martín Nari D.N.I. 25.403.676; Director Suplente a: Angel Juan Nari D.N.I. 06.297.050
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550.
Fecha de Cierre de Ejercicio: Treinta de Septiembre de cada año.
Rafaela, 21 de Febrero de 2015. Marcela H. Zanutigh, secretaria.
$ 181,50 253865 Mar. 12
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ARIES INGENIERIA S.A.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en autos caratulados “Arires Ingeniería S.A. SI Aumento de Capital. Modificación art. 4, 5, 10” (Expte. 1177/2014) en trámite ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe se efectúa la siguiente publicación: Por asamblea general extraordinaria del día 9 de junio de 2014, se resolvió: 1) aumentar el capital social en $ 50.000,00 y dar nueva redacción a la cláusula cuarta del estatuto que quedó redactada de la siguiente manera: “Artículo 4 - Capital El capital social es de pesos cien mil ($ 100.000,00), representado por diez mil acciones de diez pesos ($ 1000) valor nominal cada una de ellas. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19.550. - 2) dar nueva redacción a la cláusula quinta del estatuto que quedo redactado de la siguiente manera: “Artículo 5 - Acciones - Régimen de Transferencia - Fallecimiento de un socio: 5.1) Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas ultimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias. 5.2) El socio que quiera ceder sus acciones a título oneroso, en todo o en parte, deberá comunicar por carta documento al directorio tal intención, indicando el nombre y domicilio del interesado, e precio de venta; el plazo de pago y demás condiciones de la operación. El directorio -dentro del tercer día corrido de recibida la comunicación- por cualquier medio fehaciente hará conocer a los restantes accionistas la intención de ceder que fuera comunicada a la sociedad, transcribiendo el contenido de la carta documento recibida Los accionistas tendrán un plazo de 10 días corridos -a partir del día siguiente al de recibida la comunicación que les fuera cursada- para notificar al directorio que hacen ejercicio de su derecho de preferencia para adquirir dichas acciones, siempre que ofrezcan iguales o mejores condiciones (precio y plazo de pago) para su compra. En caso de concurrencia de varios socios interesados, estos podrán adquirir las acciones en venta en proporción a la que ya posean. Ello sin perjuicio de su derecho de acrecer el que deberá ser ejercido -en su caso- dentro de los 5 días corridos de vencido el plazo de 10 días precedente. Transcurrido los 15 días, el socio interesado solo podrá transferir al tercero, las acciones que no hayan sido objeto del ejercicio del derecho de preferencia y de acrecentamiento por parte de los otros socios Será por cuenta del directorio comunicar al interesado en transferir, que socios han hecho ejercicio de su derecho de preferencia y acrecentamiento; 5.3) En caso de fallecimiento de un socio los herederos forzosos que acrediten su calidad con la respectiva acta de nacimiento o los que fueran declarados judicialmente herederos, podrán ingresar a. la sociedad, con la misma participación del causante, pero debiendo unificar personería a tales fines. Sin perjuicio de ello, la sociedad y/o los accionistas, podrán oponerse a dicha incorporación, debiendo en tal caso adquirir las acciones correspondientes al causante. El valor de las acciones resultara de dividir e patrimonio neto del último balance aprobado, por la totalidad de las acciones que conforman el capital social No se pagará valor llave. Para hacer efectiva la oposición a la incorporación, e accionista que ejerza ese derecho deberá notificar a los herederos “la notificación de oposición) que- (1) ha hecho ejercicio de su derecho de oposición; (2) informar el valor de las acciones de acuerdo al procedimiento de valuación establecido precedentemente; (3) poner a disposición de los herederos o depositar en una cuenta bancaria, la suma resultante.- La “notificación de oposición” implicará el ejercicio del derecho a oponerse a la incorporación de los herederos y la obligación de estos de abstenerse de ejercer derechos que hubieran correspondido al causante en su calidad de accionista y la obligación de transferirle a quien ejerció el derecho de oposición, las acciones que correspondían al prefallecido (o los derechos hereditarios sobre ellas, según corresponda) En el período comprendido entre la “notificación de la oposición y la transferencia de las acciones, los derechos que correspondan a las mismas quedarán suspendidos. 3) aumenta el monto de la garantía que deben otorgar los directores y dar nueva redacción a la cláusula 10 del estatuto- “Artículo 10 - Garantía: Cada uno de los directores debe presentar la siguiente garantía- depositar en la caja social la suma de pesos quince mil ($ 15.000,00).- Santa Fe, 25 de Febrero de 2015. Dr. Jorge Freyre, Secretario a cargo del Registro Público de Comercio.
$ 150 253987 Mar. 12
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JMG S.A.I.C.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados JMG SAICA s/Designación de Autoridades, Expte. Nº 003 año 2015, se hace saber que por acta de Asamblea Ordinaria, unánime de fecha 11 de Diciembre de 2014 se resuelve la elección de Directorio y Síndico art. 11 y 14 Contrato Social. En razón de vencer el mandato de 2 años, se decide por unanimidad nombrar el nuevo Directorio, designándose por dos años a Directorio y Sindicatura, según el siguiente detalle: Directorio: Presidente: José María Gauchat (h) D.N.I. 23.390.400, domiciliado en calle M. Donnet N° 231 Esperanza Directores: Esteban Alfredo Gauchat, D.N.I. 24.719.516, domiciliado en calle N. Schneider N° 754 Esperanza y Julián Alfredo Gauchat, D.N.I. 26.386.936, domiciliado en calle Sarmiento N° 1895 Esperanza, Sindicatura: Síndico Titular: Dr. Hugo Carlos Wilde, D.N.I. 11.759.845 domiciliado en calle Alberdi 2041 Esperanza, Sindico Suplente: C.P.N. Osmar Norberto Donnet, D.N.I. 6.237.419, domiciliado en calle San Martín 1388 Esperanza. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL. - Santa Fe, 20 de junio de 2015 – Jorge E. Freyre, Secretario.
$ 45 254036 Mar. 12
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DON CELSO S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primera Nominación Dr. José M. Zarza, a cargo del Reg. Público de Comercio en autos caratulados: DON CELSO S.A., CUIT N° 30-70930456-5 s/Designación de autoridades - Expte. N° 16, Folio 126, Año 2015, se ha ordenado la siguiente publicación: Mediante Asamblea General Ordinaria Nº 13 unánime de fecha 19 de Noviembre del 2014, procedió a designar un nuevo Directorio y a distribuir los cargos en el mismo por un nuevo período, designándose la siguiente conformación:
Presidente: Marina Licia Masat, D.N.I. 22.118.617,CUIT27.22118617-1, Argentina, nacida el 29/03/1971, divorciada, comerciante, domiciliada en calle Freyre 703, Reconquista (SF).
Director Suplente: Masat Lilian Maricel D.N.I. 23.356.875, CUIT 27-23356875-4, argentina, nacida el 25/07/1973, casada, docente, domiciliada en calle 24 N° 781, Avellaneda (SF). - Reconquita, (Sta. Fe), 25 de febrero de 2015. - Dra. Mirlan Graciela David, Secretaria.
$ 47,52 253982 Mar. 12
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SISMARK S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de Primara Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, en los autos caratulados “SISMARK S.R.L. s/Contrato y Designación de Autoridades, Expte. 222/2014, P. 124, se dispone la publicación de los siguientes puntos:
Socios: Bernardis Ariel Sebastián, Argentino, fecha de nacimiento 27/10/1985, soltero, comerciante, domiciliado en calle Presidente Roca Nº 2911, Piso 3, Unidad A de la ciudad de Santa Fe, D.N.I. N° 31.804.740, C.U.I.T. N° 20-31804740-6; Bemardis Juan Carlos, Argentino, fecha de nacimiento 21/01/1963, casado, comerciante, domiciliado en calle 9 de julio N° 1317 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provinda de Santa Fe, D.N.I. N° 16.272.550, C.U.I.T. Nº 20-16272550-6.
Fecha del Instrumento de Constitución: 7 de Noviembre de 2014.
Razón Social o Denominación de la Sociedad: “SISMARK S.R.L.”.
Domicilio de la Sociedad: Calle 9 de julio N° 1317 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.
Objeto Social: Tiene por objeto Realizar por cuenta propia o de terceros las siguientes actividades: 1) La intermediación en la comercialización y venta de productos bancarios, financieros y de tarjetas de crédito para empresas, a través de representaciones y mandatos; a tal fin podrá dar y aceptar comisiones, distribuciones, consignaciones y presentaciones a licitaciones públicas y privadas. 2) La comercialización, venta, instalación y prestación del servicio técnico de terminales de captura electrónica de tarjetas de créditos y dentro de esa actividad la de comisionistas y representantes de toda operación afín. 3) Venta al por menor o mayor de hardware, software e insumes informáticos en general.
Plazo de Duración: Noventa y nueve años a contar desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: Fijado en $ 100.000,00 (pesos ciento mil), representado por 1.000 (un mil) cuotas de $ 100,00 (pesos cien) cada una y se suscriben e integran de la siguiente manera: Bernardis, Ariel Sebastián: Monto suscripto $ 70.000,00 (pesos setenta mil); cuotas suscriptas 700 (setecientas) integrando en efectivo el 25% y el saldo en el plazo de 2 años a partir del presente acto. Bernardis, Juan Carlos: Monto suscripto $ 30.000,00 (pesos treinta mil); cuotas suscriptas 300 (trescientas), integrado en efectivo el 25% y el saldo en el plazo de 2 años a partir del presente acto.
Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo Bernardis, Ariel Sebastián, D.N.I. N° 31.804.740, quien representará a la sociedad con su firma con el aditamento “socio gerente”.
Fecha de Cierre de Ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio económico el día 31 de Diciembre de cada año.
Reconquista, 24 de febrero de 2015 – Mirian Graciela David, Secretaria.
$ 133,98 253995 Mar. 12
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CENTRO DE DIA JOAQUIN PAZ
S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL E INCORPORACION DE SOCIO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial Primera Nominación a cargo del Registró Público de Comercio de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, conforme lo ordenado en autos caratulados: CENTRO DE DIA JOAQUIN PAZ - S.R.L. s/Aumento de capital e Incorporación de socio, Expte. N° 15, Folio Nº 126, año 2015, en trámite por ante dicho registro se hace saber que la firma CENTRO DE DIA JOAQUIN PAZ S.R.L., con domicilio en Pbro. Houriet 1605, ciudad de Vera, Departamento Vera, de la Provincia de Santa Fe por unanimidad ha aceptado a Helena Adriana Roncatti Humoller, argentina, D.N.I. 25.047.468, nacida el 11/02/1976, divorciada, mayor de edad, de profesión psicóloga, domiciliada en calle Alejandro Centeno Nº 457 de la ciudad de Córdoba, CUIT 20-25047468-8 como nueva integrante de la sociedad, cuyo ingreso se acuerda por aporte de dinero en efectivo. Se acuerda además un aumento de capital social a suscribirse e integrarse en efectivo, conforme al cual la cláusula cuarta del contrato social quedará redactada de la siguiente manera:
Artículo Cuarto: El capital social se fija en la suma de pesos setenta mil ($ 70.000,00) que se divide en setecientas (700) cuotas iguales de pesos cien ($ 100,00) cada una. Las cuotas son suscriptas e integradas en efectivo en la siguiente proporción: el señor socio Osvaldo César Roncatti doscientos diez (210) cuotas, por la suma de pesos veintiún mil ($ 21.000,00); el señor socio María Laura Roncatti doscientos diez (210) cuotas, por la suma de pesos veintiún mil ($ 21.000,00); el señor socio Jorge Rolando Paz Humoller doscientos diez (210) cuotas, por la suma de pesos veintiún mil ($ 21.000,00) y el señor socio Helena Adriana Roncatti Humoller setenta (70) cuotas por la suma de pesos siete mil ($ 7.000,00). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. - Reconquista, 23 de febrero de 2015. Mirian G. David, secretaria.
$ 111,54 253901 Mar. 12
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AGROMAC S.R.L.
MODIFICACION DEL ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de la Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - 1ª Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, se hace saber que en los autos caratulados AGROMAC S.R.L. s/Cesión de Cuotas y Modificación del Contrato (cláusula cuarta capital), Expte. N° 26 – Folio Nº 127 - Año 2015; lo siguiente;
En fecha 13/02/2015, según Acta ? 32, los señores socios de AGROMAC S.R.L. CUIT. N° 30-71103548-2, resuelven modificar el Contrato Social, en virtud de la cesión de cuotas sociales realizada en fecha 13-02-15, por el Sr. Carlos Alberto Carnero, D.N.I. Nº 11.705.895 - CUIT. N° 20-11705895-7, a favor del Sr. Matías Emanuel Scarpin, D.N.I. ? 28.535.543, CUIT. N° 20-28535543-1, cede la totalidad de su participación. Los socios resuelven modificar el artículo 4^ del Contrato Social, el que queda redactado de la siguiente manera: “Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos Trescientos Mil ($ 300.000), dividido en 3.000 cuotas de capital de pesos Cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben en su totalidad de la siguiente manera: el socio Sr. Ernesto Martín Hamud suscribe e integra 600 cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una, lo que representa un total de Pesos Sesenta Mil ($ 50.000) y el socio Sr. Matías Emanuel Scarpin suscribe e integra 2.400 cuotas sociales de pesos Cien ($ 100) cada una, lo que representa un total de Pesos Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000).
Reconquista – Mirian Graciela David, Secretaria.
$ 66 254015 Mar. 12
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TRANSPORTE LOVATO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, o cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en autos caratulados : Expte. Nº 1170, Folio Nº 105, Año 2014: “Transporte Lovato S.R.L. s/Cesión de Cuotas; Designación de Gerente; Modificación Cláusulas 5ta. y 7ma.” han solicitado la inscripción del documento privado de fecha 5 de noviembre de 2014 por el que los socios Leonardo Pedro Lovato, Liliana Alejandra GorosBo, Luciana Elisa Lovato, Vanesa Alejandra Lovato y Ezequiel Celso Lovato propietarios de la totalidad de las cuotas de capital (1172) de $ 100,00 valor nominal cada uno de la sociedad denominada “TRANSPORTE LOVATO S.R.L.”, con domicilio legal en calle Entre Ríos 1294 de la ciudad de El Trébol (SF) en la proporción de (411) cuotas; (411) cuotas: (117) cuotas; (117) cuotas; y (116) cuotas cada uno de ellos en el orden enunciado, conformando el capital social de $ 117,200,00 las ceden, venden y transfieren a favor de Mario Oscar Bocchetto, D.N.I. 24,650,867 y Alejandra Andrea Vaquero, D.N.I. 25,806,035, ambos domiciliados en Bv. Yrigoyen 460 de Rafaela (Sta.Fe), quienes las adquieren en lo proporción de (117) cuotas el primero nombrado y (1055) cuotas la segunda nombrada, con todos los derechos y obligaciones emergentes. En el mismo acto los socios resuelven en forma unánime la designación de la Sra. Alejandra Andrea Vaquero, D.N.I. 25.806.035 en carácter de gerente,- Modifican al efecto las cláusulas “quinta” y “Séptima”del contrato social, las que para lo sucesivo quedan redactadas de lo siguiente forma: “Quinta: El capital social se establece en la suma de Pesos ciento diceisiete mil doscientos (S 117.200,00), dividido en un mil ciento setenta y dos (1172) cuotas de capital de $ 100,00 (Pesos cien) cada una; suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: Alejandra Andrea Vaquero: un mil cincuenta y cinco cuotas (1055) o sea la suma de $ 105.500,00 (Pesos ciento cinco mil quinientos); y Mario Osear Bocchetto: ciento diecisiete (117) cuotas o sea la suma de $ 11.700,00 (Pesos once mil setecientos)“ y “Séptima: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo del socio Sra. Alejandra Andrea Vaquero, a quien se designa Gerente, con facultad para suscribir toda la documentación de la sociedad con su firma personal, con un sello que identifique la denominación de la sociedad y el carácter de gerente del firmante. Podrá en consecuencia suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Art. 1881 del Código Civil y art. 9) del Decreto-Ley 5965/63, con la única excepción de prestar fiamas o garantías a favor de terceros por operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Lo que se publico o sus efectos y por el término de ley. - Santa Fe, 23 de febrero de 2015. - Jorge E. Freyre, Secretario.
$ 87 253977 Mar. 12
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MERCOFOODS S.A.
DISOLUCION Y LIQUIDACION DEFINITIVA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos “MERCOFOODS S.A. s/Disolucion y Liquidación Definitiva”, Expte. N° 524/2014, se dispuso por Resolución de fecha 24 de Febrero de 2015 se ordena la siguiente publicación de edictos: que según Acta de Asamblea N° 13, del 5 de noviembre de 2014 se ha resuelto disolver, inscribir al liquidador señor Gerardo Peman, D.N.I. Nº 16.480.503, cancelar la inscripción en el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto de la sociedad MERCOFOOD S.A. y designar al tenedor de los libros y demás documentos sociales que quedarán en poder del señor Gerardo Peman, D.N.I. Nº 16.480.503, habiéndose aprobado en la misma fecha balance final de partición correspondiéndole $ 82 al socio Gerardo Peman y $ 5,39 al socio Luis Claudio Diez.
$ 53 253937 Mar. 12
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CEREALERA SAN GREGORIO
S.R.L.
PRORROGA
Por disposición del Juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de distrito de la primera nominación de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, según resolución del 24 de febrero de 2015 se ha ordenado la publicación de los siguientes edictos en función de lo resuelto en forma unánime por los socios de CEREALERA SAN GREGORIO S.R.L., CUITNQ 30-55610911-3, José Luis Losada CUITNQ 20-07644694-7 y María Elena Losada CUIT Nº 23-11000595-4:
Primero: Prorrogar por un período de diez años la duración de la sociedad, según lo estipulado en el cláusula Tercera del contrato social o sea hasta el 11 de marzo de 2025.
Segundo: Aumentar el capital social en la suma de $ 200.000,00 mediante la capitalización de la cuenta ajustes al capital por la suma de $ 175.831,40 y la capitalización de la cuenta resultados no asignados por la suma de $ 24.168,60 por lo que la cláusula capital queda redactada de la siguiente forma: El capital social se fija en la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000,00) dividido en veinticinco mil cuotas de diez pesos cada una, totalmente suscripto e integrado en la siguiente forma y proporción: José Luis Losada, 12.500 cuotas o sea$ 125.000,00 y María Elena Losada, 12.500 cuotas o sea $ 125.000,00.
Tercero: Confirmar las demás cláusulas del contrato social no modificadas por el presente.
$ 240 254034 Mar. 12 Mar 16
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DK S.R.L.
CONTRATO SOCIAL
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Juez Dra. María Celeste Rosso, Secretaría del autorizante, Dra. María Julia Petracco en autos “DK S.R.L. s/Constitución”, Expte. Nº 40/15, mediante Resolución de fecha 23 de Febrero de 2015, se resolvió aprobar el Contrato Social, que a continuación se resume: Socios: Angel Mario Amadio. D.N.I. Nº 21.010.923, N° de Cuit: 20-21.010.923-5, argentino, Bioingeniero, nacido el 22 de Septiembre de 1969, hijo de Luis Alberto Amadio y Margarita Rosa Martina, casado en primeras nupcias con la Sra. Daniela Alejandra Massaro, domiciliado en calle Mariano Moreno N° 397, de la localidad de Sancti Spiritu y la señora Daniela Alejandra Massaro, D.N.I. N° 23.257.304, N° de Cuit: 27-23.257.304-5, argentina, Bioingeniera, nacida el 21 de Marzo de 1973, hija de Néstor Dario Massaro y Olivia Elsa Fantin, casada en primeras nupcias con el Sr. Angel Mario Amadio, domiciliada en calle Mariano Moreno N° 397 de la localidad de Sancti Spíritu.
Denominación: DK S.R.L.
Fecha de Constitución: 20 de Febrero de 2015.
Domicilio: Mariano Moreno N° 397, de la localidad de Sancti Spíritu, provincia de Santa Fe.
Duración: 99 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Obieto: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes actividades:
Agropecuarias: Mediante la explotación en todas sus formas de establecimientos agropecuarios, incluyendo los frutícolas, los vitivinícolas, forestales y/o explotaciones granjeras; la cria, reproducción, compra y venta de todo tipo de hacienda y animales de granja; la agricultura en todas sus etapas, desde la siembra y/o plantación de las, especies vegetales hasta la cosecha, acopio, envase y/o fraccionamiento de sus productos, así como también la industrialización y comercialización de los productos derivados de estas actividades.
Comerciales: Mediante la compra, venta, consignación, representación, permuta, comisiones, franchising, leasing, depósito, distribución, control y embarque y toda otra forma de intermediación comercial de bienes muebles nacionales o extranjeros.
Inmobiliarias: mediante adquisición, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, la compra - venta de terrenos y su sub-división; fraccionamiento de tierras, urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal. Quedan excluidas las actividades previstas en el artículo 299 inciso 4 de la Ley 19.550 y además las actividades
reguladas por la Ley 13.154.
Servicios: Mediante la prestación de todo tipo de servicios vinculados a las actividades anteriores así como por consultaría y tercerización de personal para otras actividades. En su caso y según la materia de que se trate se contratará profesionales de la matrícula con incumbencia en el tema. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos setecientos mil ($ 700.000), dividido en siete mil (7.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente forma: el socio Angel Mario Amadio. suscribe tres mil quinientas setenta (3.570) cuotas de capital, o sea Pesos trescientos cincuenta y siete mil ($ 357.000), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de Pesos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta ($ 89.250) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea Pesos doscientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta ($ 267.750), dentro del plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha del presente; y la socia Daniela Alejandra Massaro, suscribe tres mil cuatrocientas treinta (3430) cuotas de capital, o sea Pesos trescientos cuarenta y tres mil ($ 343.000), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de Pesos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta ($ 85.750) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea Pesos doscientos cincuenta y siete mil doscientos cincuenta ($ 257.250), dentro del plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha del presente. Administración y Representación: Estará a cargo del socio Angel Mario Amadio, D.N.I. Nº 21.010.923
Fiscalización: Es ejercida portados los socios conforme al Art. 55 de la Ley 19.550.
Representación Legal: Estará a cargo de uno o más personas; socios o no; quienes revisten el carácter de socio-gerente y tienen uso de la firma en forma individual o conjunta de forma indistinta. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de socio-gerente, precedida de la denominación social.
El socio-gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63, art. 9°, con las únicas excepciones de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Para la compra y/o enajenación de bienes inmuebles, al igual que para solicitar créditos bancarios o constituir garantías reales, el socio-gerente deberá solicitar la aprobación de la totalidad de los socios.
Fecha de Cierre del ejercicio social: 30 de Junio de cada año.
Venado Tuerto, 25 de Febrero de 2015.
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EL CHU S.A.
ESTATUTO
Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se procede a realizar la siguiente publicación, conforme al art. 10 de la Ley N° 19.550 y de acuerdo a Resolución de fecha 13 de Febrero de 2015.
1) Integrantes de la Sociedad: Edith Isabel Bianqui, D.N.I. Nº 2.939.238, CUIT No 27-12939238-5, apellido materno Caprioli, nacida el 27 de Noviembre de 1.957, argentina, productora agropecuaria, casada en primeras nupcias con Néstor Aurelio Franquet, domiciliada en Laprida N° 302 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento - General López, Provincia de Santa Fe y el señor Néstor Aurelio Franquet, D.N.I. N° 4.697.173, CUIT N° 20-04697173-7, apellido materno Dall’Asta, nacido el 25 de Julio de 1.948, argentino, jubilado, casado en Primeras nupcias con Edith Isabel Bianqui, domiciliado en calle Laprida N° 302, de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
2) Fecha del instrumento de constitución: 28 de Noviembre de 2014.
3) Denominación de la sociedad: “EL CHU S.A.”
4) Domicilio de la sociedad: Laprida N° 302 de la ciudad de Venado Tuerto. Departamento General Lócez, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto ceder inmuebles rurales, propios (ajenos (subarrendar) a terceros, ara explotación agropecuaria. Se dedicará por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en campos propios y/o arrendados, a las siguientes actividades: 1) Explotación agrícola, para producción de cereales y/u oleaginosas; 2) Explotación ganadera, mediante cría, engorde y/o invernada de hacienda vacuna. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos y gestiones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.
6) Plazo de Duración: Cincuenta (50) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: Trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000) representado por Trescientos cincuenta mil (350.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de clase “A”, de Un peso ($ 1) valor nominal cada una, y derecho a cinco (5) votos por acción. Suscriptas en su totalidad e integradas en un Veinticinco por ciento (25%) por cada uno de los accionistas.
8) Organo de administración y fiscalización: Un Directorio compuesto, según fije la Asamblea, por un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) Directores Titulares, con mandato por tres (3) ejercicios. Deben designarse Directores Suplentes. Se prescinde de la Sindicatura. Primer Directorio:
Presidente: Edith Isabel Bianqui. Director Suplente: Néstor Aurelio
Franquet.
9) Representación Legal: Estará a cargo de la Presidente del Directorio.
10) Fecha de cierre del ejercicio: El 31 de Agosto de cada año.
Venado Tuerto, 25 de Febrero de 2015.
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GESTIONAR EN SALUD S.A.
ESTATUTO
Componentes de la sociedad: Ezequiel Juan Prats, argentino, DNI. 24.558.420, CUIT 20-24558420-3, nacido el 24 de junio de 1975, casado en primeras nupcias con Mariana Tubio, de profesión médico, con domicilio en Martín Rodríguez 1.065, 4° Piso, Departamento 2 de esta ciudad, y Leandro Alfonso Novad, argentino, DNI. 25.925.585, CUIT 20-25925585-7, nacido el 2 de junio de 1977, casado en primeras nupcias con Geraldine Verónica Miraglio, de profesión médico, con domicilio en Urquiza 2.369, 1° Piso, departamento “A” de esta ciudad.
Fecha del instrumento de constitución: 27 de Octubre de 2014.
Denominación: “GESTIONAR EN SALUD S.A.”
Domicilio: Catamarca 1.793, de Rosario provincia de Santa Fe.
Plazo de Duración: noventa y nueve (99) años, a contarse desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: 1) La prestación por cuenta propia y/o a través de terceros y/o asociadas a terceros, de servicios relacionados con la salud, traslados de pacientes en ambulancias, emergencias, urgencias y visitas médicas, medicina laboral u ocupacional y la consecuente provisión y/o suministro de productos e insumos que resulten necesarios para la prestación de los mismos.
2) Todo otro servicio sanitario y la contratación con instituciones y/o profesionales relacionados con la salud en todos sus niveles, ya sean estos de primero, segundo o tercer nivel. 3) La instalación y/o explotación y/o gerenciamiento y/o administración de establecimientos asistenciales, sanatorios, clínicas médicas quirúrgicas, de diagnóstico por imágenes y otros servicios de salud. Brindar o gerenciar los servicios de internación domiciliaria. Brindar o gerenciar servicios de salud a Administradoras de Riesgos del Trabajo (Art). 4) La actuación como gerenciador, o administrador total o parcial de obras sociales, en su nombre y representación, quedándole expresamente prohibido en este caso, ser prestador, ni concesionario, ni promotor de la oferta de servicios de la Obra Social con la que se celebre el contrato de gerenciamiento. 5) La actuación como concesionario de obra social para la explotación de un servicio propio de prestación de salud, por su cuenta y riesgo, bajo el control del concederte Agente del Seguro de Salud.
Asesoramiento, orientación y auditoria médica a obras sociales, empresa e instituciones relacionadas con la salud. 6) Compra, venta, permuta y alquiler de artículos o aparatos ortopédicos.
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos, acudiendo de requerirse a servicios profesionales de terceros habilitados y matriculados -de corresponder- en la materia. Los honorarios que devenguen los profesionales médicos por sus prestaciones no serán considerados bajo ningún concepto utilidades de la sociedad, sino que serán reservados a los médicos que los originen. La sociedad no realizará ninguna de las operaciones señaladas en el inc. 4) y 5) del artículo 299° de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550.”
Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-), representado por Dos Mil (2.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos cien ($ 100.-) de valor nominal cada una.
Administración. Representación y Fiscalización: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de nueve, con mandato por tres ejercicios. La Asamblea designará igual o menor número de suplentes a fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. El Directorio en su primera reunión designará un Presidente, y un Vicepresidente, cuando la Asamblea hubiese elegido dos o más Directores Titulares. En el caso de que la Asamblea hubiese designado uno sólo, éste será el Presidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto.
La Asamblea fija la remuneración del Directorio.
La sociedad contará con una dirección técnica médica a cargo de un profesional médico (director médico), designado por la asamblea.
Artículo 9º: Cada Director Titular depositará en la caja social y en garantía de sus funciones la suma de $ 20.000.- (pesos Veinte Mil) o su equivalente en títulos valores públicos.
Artículo 10°: El Directorio tiene las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales conforme al Artículo 1881° del Código Civil, y el Artículo 9° del Decreto 5965/63.
Puede en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con los Bancos de la Nación, Santa Fe y demás instituciones de crédito oficiales o privadas del país o del extranjero, otorgar a una o más personas Poderes Judiciales, generales o especiales - inclusive para querellar criminalmente - o extrajudiciales, con el objeto y la extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la Sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente del Directorio en forma individual o a quienes ejerzan sus funciones por reemplazo.
Fiscalización: La Sociedad prescindirá de la Sindicatura. Los socios podrán ejercer su derecho de contralor de acuerdo a lo normado en el último párrafo del Artículo 284° de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.
Fecha de cierra del ejercicio: 30 de Septiembre de cada año.
DIRECTORIO:
El Directorio queda integrado de la siguiente manera: Presidente: Ezequiel Juan Prars. Director Suplente: Leandro Alfonso Novau.
Se designa al Doctor Leandro Alfonso Novau, Matrícula 15.944; domiciliado en Urquiza 2.369, 1° Piso, departamento “A” de esta ciudad; como profesional médico que ocupe la dirección técnica médica de la empresa (Médico Director).
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ACTIVAR SERVICIOS DE SALUD S.A.
ESTATUTO
Se hace saber que con fecha 22 de octubre de 2014 los accionistas de Activar Servicios de Salud S.A, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario el 07/11/2012 el Tomo 93 Folio 21047 Nº 876 del Libro de Estatutos y modificación inscripta el 17/07/2014 el Tomo 95 Folio 120472 N° 557, por unanimidad resolvieron aumentar el capital social a la suma de $ 700.000.- (setecientos mil pesos), mediante:
1) la capitalización del monto de $ 200.000.- (doscientos mil pesos c/00/100.) del saldo acreedor que arroja la cuenta “Aportes Irrevocables de Capital” según el Balance General al 31/05/2014; y 2) la capitalización del monto de $ 300.000.- (trescientos mil pesos c/00/100) del saldo acreedor que por mayor monto arroja la cuenta “Resultados no Asignados” según el Balance General al 31/05/2014 y en un todo conforme a lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria del día 27 de septiembre de 2014. Y modificar el Art 4° el que queda redactado de la siguiente manera: Art 4°: Capital social: se fija en la suma de pesos Setecientos Mil ($ 700.000.-), representado por Siete Mil (7.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos cien ($ 100.-) de valor nominal cada una.
Por unanimidad los accionistas resolvieron ampliar el objeto social y modificar el Art 3° el que queda redactado de la siguiente manera:
Art 3º: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: 1) La prestación por cuenta propia y/o a través de terceros y/o asociadas a terceros, de servicios relacionados con la salud, traslados de pacientes en ambulancias, emergencias, urgencias y visitas médicas, medicina laboral o salud ocupacional y la consecuente provisión y/o suministro de productos e insumos que resulten necesarios para la prestación de los mismos. 2) Todo otro servicio sanitario y la contratación con instituciones y/o profesionales relacionados con la salud en todos sus niveles, ya sean estos de primero, segundo o tercer nivel. 3) La instalación y/o explotación y/o gerenciamiento y/o administración de establecimientos asistenciales, sanatorios, clínicas médicas quirúrgicas, de diagnóstico por imágenes y otros servicios de salud. Brindar o gerenciar los servicios de internación domiciliaria. Brindar o gerenciar servicios de salud a Administradoras de Riesgos del Trabajo (Art) 4) La actuación como gerenciador, o administrador total o parcial de obras sociales, en su nombre y representación, quedándole expresamente prohibido en este caso, ser prestador, ni concesionario, ni promotor de la oferta de servicios de la Obra Social con la que se celebre el contrato de gerenciamiento. 5) La actuación como concesionario de obra social para la explotación de un servicio propio de prestación de salud, por su cuenta y riesgo, bajo el control del concedente Agente del Seguro de Salud. Asesoramiento, orientación y auditoria médica a obras sociales, empresa e instituciones relacionadas con la salud. 6) Compra, venta, permuta y alquiler de artículos o aparatos ortopédicos.
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos, acudiendo de requerirse a servicios profesionales de terceros habilitados y matriculados -de corresponder- en la materia. Los honorarios que devenguen los profesionales médicos por sus prestaciones no serán considerados bajo ningún concepto utilidades de la sociedad, sino que serán reservados a los médicos que los originen. La sociedad no realizará ninguna de las operaciones señaladas en el inc. 4) y 5) del artículo 299° de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550.
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D.M.S. S.R.L.
CESION DE CUOTAS
1) Fecha de Modificación: 17/10/2014.
2) Socios: Damián Javier Vignolo, D.N.I. N° 28.568.026, de nacionalidad argentina, CUIT N 20-28568026-4, nacido el 05 de marzo de 1981, de ocupación comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Bv. 9 de Julio 1635 de la ciudad de Casilda, y Sebastián Rodrigo Luraschi, D.N.I. N° 27.442.385, de nacionalidad argentina, CUIT Nº 20-27442385-5, nacido el 06 de Julio de 1979, de ocupación comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Belgrano 1567 de la ciudad de Casilda, Luis Miguel Kessler, de nacionalidad argentina, CUIT Nº 20-31498701-3 con documento nacional de identidad N° 31,498.701, nacido el 29 de julio de 1985, de ocupación estudiante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Mendoza 3197 de la ciudad de Casilda, y Alejandro Javier Kessler, de nacionalidad argentina, CUIT N 20-27442419-3 con documento nacional de identidad N° 27.442.419, nacido el 11 de agosto de 1979, de profesión Ingeniero Industrial, de estado civil casado en primeras nupcias con Natacha Ethel Arnau, nacionalidad argentina, documento nacional de identidad N° 28.568.130, con domicilio en calle Moreno 2865 de la ciudad de Casilda siendo todos hábiles para contratar.
3)- Cesión: El Señor Luis Miguel Kessler (cedente), Vende, Cede y Transfiere a favor de Damián Javier Vignolo (cesionario), en forma absoluta, definitiva e irrevocable, todas las cuotas y derechos que tiene y le corresponde o pudiere corresponderle sobre la totalidad de sesenta y dos mil quinientas (62.500) cuotas sociales de $1.- cada una por un valor de Pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500.-) que el cedente posee y ha suscripto e integrado totalmente, en el capital de la sociedad” D.M.S. S.R.L.”, estando incluidos en la presente cesión tanto dichas cuotas de capital, cuando todos sus frutos, ganancias o créditos de cualquier naturaleza que tuviera a su favor en la nombrada sociedad, sin reservas, excepción o limitación alguna, de manera que el cedente queda total y definitivamente separado de dicha sociedad, sin que nada quede por liquidársele, perteneciendo al cesionario los derechos de propiedad y usufructo inherentes a todas las cuotas cedidas, así como los que correspondan tanto al pasado cuanto al futuro y los del ejercicio en curso. El Señor Alejandro Javier Kessler (cedente), Vende, Cede y Transfiere a favor de Sebastián Rodrigo Luraschi (cesionario), en forma absoluta, definitiva e irrevocable, todas las cuotas y derechos que tiene y le corresponde o pudiera corresponderle sobre la totalidad de sesenta y dos mil quinientas (62.500) cuotas sociales de $1.- cada una por un valor de Pesos sesenta y dos mil quinientos ($62.500.-) que el cedente posee y ha suscripto e integrado totalmente, en el capital de la sociedad D.M.S. S.R.L.”, estando incluidos en la presente cesión tanto dichas cuotas de capital, cuando todos sus frutos, ganancias o créditos de cualquier naturaleza que tuviera a su favor en la nombrada sociedad, sin reservas, excepción o limitación alguna, de manera que el cedente queda total y definitivamente separado de dicha sociedad, sin que nada quede por liquidársele, perteneciendo al cesionario los derechos de propiedad y usufructo inherentes a todas las cuotas cedidas, asi como los que correspondan tanto al pasado cuanto al futuro y los del ejercicio en curso.
La presente venta, cesión y transferencia se realiza por un precio total de Ciento Veinticinco Mil ($125000.-), o sea el 100% del valor nominal de la presente.
4)- Administración: Como consecuencia de la presente cesión, La Gerencia de “D.M.S. S.R.L.”, quedará a cargo de los dos socios gerentes; Señor Damián Javier Vignolo, D.N.I. Nº 28.568.026, de nacionalidad argentina, CUIT N 20-28568026-4, nacido el 05 de marzo de 1981, mayor de edad, de ocupación comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Bv. 9 de Julio 1635 de la ciudad de Casilda, y el Señor Sebastián Rodrigo Luraschi, D.N.I. N° 27.442.385, de nacionalidad argentina, mayor de edad, CUIT Nº 20-28568026-4, nacido el 06 de Julio de 1979, de ocupación comerciante, estado civil soltero con domicilio en Belgrano 1567 de la ciudad de Casilda, quienes tendrán uso de la firma social actuando en forma alternativa e indistinta conforme las pautas que surgen Capitulo III, Artículo Sexto del contrato social.
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PINEWOOD S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por estar así ordenado en los autos caratulados: PINEWOOD SRL. s/ Cesión de Cuotas: Expte. Nº 141/15, el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público de comercio, se hace saber la siguiente Cesión de Cuotas de PINEWOOD SRL:
El socio Juan Oscar Carni, argentino, casado en primeras nupcias con Erica Romina Virgilio, nacido en fecha 6/5/1972, con DNI/CUIT 20-22.777.615-4, comerciante, con domicilio real en Pje. Boyd Waiker 3671 de Rosario, se retira de la sociedad y vende a la Sta. Leidy Mariela Prieto, paraguaya, soltera, mayor de edad con DNI/CUIT 27-95134255-1, comerciante, nacido el 6/4/1992, con domicilio real Matheu Nº 815 de la ciudad de Rosario, la cantidad de 2100 cuotas (dos mil cien) por un valor de diez mil pesos ($210.000) habiendo integrado el 25% ($52.500) comprometiéndose a integrar el 75% restante ($157.500) dentro de los dos años. Que la Sta. Leidy Mariela Prieto, declara haber recibido de manos del comprador sirviendo el presente de recibo en forma por dicho importe, debiendo integrar el 75% restante, o sea la suma de pesos ciento cincuenta y siete mil quinientos ($157.500) en el término de dos años. En este mismo acto y en cumplimiento con lo dispuesto en el código civil art. 1277 la Sra. Erica Romina Virgilio, presta el asentimiento conyugal de la presente cesión de derechos accionarios firmando de conformidad. Por lo tanto el capital de la sociedad queda integrado de la Siguiente manera: Cláusula Quinta. Capital: El capital social se fija en la suma de $300.000 (pesos Trescientos), dividido en 3000 cuotas de $100.- (pesos cien) valor nominal cada una. Cada cuota da derecho a un voto. El socio Leidy Mariela Prieto suscribe 2100 cuotas (dos mil cien) por un valor nominal de $100 (pesos cien) cada una, o sea ($210.000) teniendo en su poder el 25% de la cuotas de capital, o sea ($52.500) y comprometiéndose a integrar el 75% restante ($157.500) dentro de los dos años; y el socio Beatriz Concepción Avalos suscribe 900 cuotas (novecientas) por un valor de noventa mil pesos ($90.000.-) teniendo el 25% de cuotas de capital o sea $22.500 (pesos veintidós mil quinientos) y comprometiéndose a integrar el 75% restante ($67.500) dentro de los dos años. Cláusula Sexta. Administración, dirección y representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio - gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. La gerencia estará a cargo del socio Leidy Mariela Prieto, por todo el tiempo de duración de la sociedad hasta tanto fuera elegido otro en asamblea general ordinaria. El mismo deberá utilizar la mención de “socio gerente”.
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PANIFICACION DEL RIO S.R.L.
CONTRATO
Fecha de contrato social: 21 de enero de 2015.
Socios: Miranda Diego Ariel, argentino, comerciante, nacido el 23 de Abril de 1983, mayor de edad, con D.N.I. 30.256.014, CUIT 20-30256014-6, soltero, con domicilio en calle Agustín Donado 230 Bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Monserrat Mateo, argentino, comerciante, nacido el 26 de Julio de 1988, mayor de edad, con DNI 33.837.731, CUIT 20-33837731-3, soltero, con domicilio en calle Jacaranda 2225, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Bermúdez Emiliano Juan, argentino, comerciante, nacido el 11 de diciembre de 1984, mayor de edad, con D.N.I. 31.340.173, CUIT 20-31340173-2, soltero, con domicilio en calle Guatemala 2177, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Denominación: “PANIFICACION DEL RIO S.R.L.”
Domicilio: Guatemala 2183 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Duración: Diez (10) años, contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero, a la A) Industria: elaboración de todo tipos de productos de panadería, confitería, sandwicheria, pastas frescas, panificados. B) Comercial: venta y distribución por mayor y menor de productos elaborados por ella o de terceros. Para el mejor cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar sin restricciones todas las operaciones y actos jurídicos que considere necesarios relacionados directa indirectamente con su objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley 19.550. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000) divididos en dos mil cuatrocientas (2.400) cuotas de pesos Cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Miranda Diego Ariel, suscribe ochocientas (800) cuotas de capital que representan pesos ochenta mil ($ 80.000); Monserrat Mateo, suscribe ochocientas (800) cuotas de capital que representan pesos ochenta mil ($ 80.000); y Bermúdez Emiliano Juan, suscribe ochocientas (800) cuotas de capital que representan pesos ochenta mil ($ 80.000); que integran totalmente en este acto en bienes tasados al valor de plaza y según inventario confeccionado a la fecha de constitución.
Administración, Dirección y Representación: La Administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno a tres Gerentes, debiendo los socios en la primera reunión decidir su composición. Los miembros designados, podrán ser socios o no, y usarán su propia firma con el aditamento de “Gerente” precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Se designó socio gerente a Miranda Diego por Acta Acuerdo del veintiuno (21) de enero de 2015.
Balance: Con respecto al ejercicio económico, se extenderá desde el 1° de Enero al 31 de diciembre de cada año, fecha en la que se confeccionará el Balance General del Giro Social, siguiendo al efecto las normas usuales de la técnica contable.
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CPM ARGENTINA S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL
Se hace saber a los efectos del Art. 10 de la Ley de sociedades comerciales, con relación a “CPM ARGENTINA’ S.R.L, que conforme lo resuelto en reunión de socios de fecha 20 de Febrero de 2015, se ha resuelto aumentar el capital social en Un Millón Noventa y Cuatro Mil Quinientos Treinta Pesos ($ 1.094.530), elevando el mismo a la cifra de Cinco Millones Ciento Cuarenta Mil Doscientos Veinte Pesos ($ 5.140.220), dividido en Quinientas Catorce Mil Veintidós (514.022) cuotas de Pesos Diez ($10) valor nominal cada una, modificando en consecuencia los arts. 4 y 11 del Contrato Social.
$ 45 253963 Mar. 12
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CENTROFER S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Comparecientes: Claudio Federico Daldoss, Argentino naturalizado. Nacido el 5 de Noviembre de 1946, Casado en Primeras Nupcias con Ana Vogler, domiciliado en calle 9 de Julio Nº 1309, Piso 5, Dpto. “B” de Rosario; D.N.I. Nº 5.077.594, C.U.I.T N°. 20-05077594-2, María Cristina Von Rentzell, argentina, Nacida el 6 de Diciembre de 1955, Divorciada Según Resolución Nº 151 del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de Rosario, en fecha 16 de Febrero de 2006, domiciliada en calle 9 de Julio N° 1309, Piso 5, Dpto.”B” de Rosario; D.N.I. N°. 12.112.259, C.U.I.T. N°. 27-12112259-1.
Fecha de Instrumento de Modificación de Contrato Social: 2 de febrero de 2015.
Cláusula Tercera: capital social: $ 200.000 (Pesos Doscientos Mil) suscripto según detalle: Claudio Federico Daldoss, suscribe Diez Mil Quinientas Cuotas (10.500) de Pesos Diez ($ 10) cada una por un total de pesos ciento cinco mil ($ 105.000); María Cristina Von Rentzell, suscribe Nueve Mil Quinientas Cuotas (9.500) de Pesos Diez ($ 10) cada una por un total de pesos noventa y cinco miL ($ 95.000). El Capital se encuentra integrado con pesos ciento cincueta mil ($ 150.000) del Capital anterior y pesos doce mil quinientos ($ 12.500) en efectivo, en este acto pertenecientes al aumento de capital y el saldo del mismo o sea pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) lo deberán efectivizar los socios, de acuerdo a su participación en la suscripción, dentro de un plazo de un año a contar desde la firma del presente contrato, también en efectivo.
Cláusula Cuarta: El Contrato social que vence el 28 de noviembre de 2016 se prórroga por el término de 5 años o sea hasta el 28 de Noviembre de 2021.
Cláusula Quinta: administración: La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus firmas con el aditamento de “Socio-Gerente” o “Gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y artículo 9 del decreto 5965/63, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad.
Composición del Organo de Administración: Bañez Gustavo Mario D.N.I. 31.973.415 con domicilio en Calle Juan Manuel de Rosas N° 1559, Piso 9, Depto. “A” de la ciudad de Rosario, en su calidad de Gerente.
$ 90 253939 Mar. 12
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MANTENIMIENTO ROSARIO S.R.L.
CONTRATO
1) Datos Socios: Luciano Ignacio Sottile, argentino, D.N.I. N° 31.565.578, nacido el 9 de mayo de 1985, de estado civil soltero, de profesión comerciante, CUIT. 20-31565578-2, domiciliado en calle Maza 912, Rosario y Juan Ignacio Estela, argentino, D.N.I. 24.252.421, nacido el 29 de enero de 1975, comerciante, CUIT.: 20-24252421-8, estado civil soltero, domiciliado en calle Garibaldi 583, Rosario.
2) Fecha Contrato Social: 10 de febrero de 2015.
3) Denominación: “MANTENIMIENTO ROSARIO Sociedad de Responsabilidad Limitada”.
4) Domicilio: Maza 912, Rosario, Santa Fe.
5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de diseño y ejecución de tareas de terminación de interiores de inmuebles. Se consideran comprendidas entre éstas a las de colocación de módulos divisorias de ambientes, los revestimientos en pisos, paredes y techos así como la colocación de accesorios para iluminación y climatización de ambientes.
Las actividades detalladas podrán ser realizadas por su propia cuenta, asociada a otra empresa o por cuenta de terceros, y podrán realizarse tanto en establecimientos propios como de terceros y en el territorio nacional como en el extranjero. Para ello la Sociedad tendrá plena capacidad para realizar todos los actos relacionados con su objeto social.
6) Duración: Veinte años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Suscripto: Ciento veinte mil pesos ($ 120.000).
8) Administración: El Socio Luciano Ignacio Sottile; Fiscalización: todos los socios.
9) Representación Legal: Luciano Ignacio Sottile.
10) Cierre Ejercicio: 31 de enero de cada año.
$ 55 2538930 Mar. 12
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EDECA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Cumplimentando las disposiciones del artículo 10° Inc. b) y 60 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber que por asamblea general ordinaria del 17 de diciembre de 2014, se procede a la elección de los miembros del directorio, de acuerdo al siguiente detalle:
Directores Titulares: Presidente: Marcelo Germán Burgués, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 16.482.978, CUIT Nº 20-16482978-3, nacido el 3 de enero de 1964, soltero, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Zeballos N° 62 de la ciudad de Rosarlo; Vicepresidenta: Beatriz Susana Podadera, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 11.871.348, C.U.I.T. N° 27-11871348-1, nacida el 1 de octubre de 1955, casada en primeras nupcias con Enrique Daniel Bolla, de profesión Arquitecta, domiciliada en Pje. Cajaraville N° 172, Piso 7° Dpto. A de la ciudad de Rosario; Roberto Antonio Podadera, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 10.409.496, C.U.I.T. N° 20-10409496-2, nacido el 3 de mayo de 1952, casado en primeras nupcias con Irene M. del Carmen Madile, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en Avda. Libertad N° 146, Piso 10° de la ciudad de Rosario; y Guillermo Pablo Gross, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 6.032.478, C.U.I.T. N° 20-06032478-7, nacido el 22, de julio de 1939, casado en primeras nupcias con Gladis María Peed, de profesión Maestro Mayor de Obras, domiciliado en calle Sarmiento N° 3631 de la ciudad Rosario;
Directores Suplentes: José Mariana Sagristá, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 16.778.127, C.U.I.T. N° 20-16778127-7, nacido el 23 de febrero de 1964, casado en primeras nupcias con Verónica Bessone, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Sánchez de Loria Bis N° 779 de la ciudad Rosarlo; y Diego Antonio Ruíz, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 27.229.676, C.U.I.L. N° 20-27229676-7, nacido el 24 de marzo de 1979, casado en primeras nupcias con María Lorena Pafumi, de profesión Técnico Constructor, domiciliado en calle Mendoza N° 3032 de la dudad Rosario.
El plazo de duración es de un ejercicio, o sea hasta la asamblea general ordinaria que considere el balance general a cerrarse el 31/07/2015.
Se fija domicilio especial de los Señores Directores, de acuerdo al art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la misma sede social, sita en calle Polledo N° 2517, de la ciudad de Rosario.
$ 67 253981 Mar. 12
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EL CALDEN S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Acto: Reconducción, aumento de capital, modificación de objeto, reforma de contrato.
2) Fecha del instrumento: 30/09/2014.
3) Prórroga: se resuelve reconducir la sociedad, por el plazo de Veinte años, a contar desde la inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Comercio.
4) Modificación del objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: ferretería al por mayor y menor y carpintería de obra.
5) Aumento de capital: Se resuelve aumentar en pesos ciento sesenta y ocho mil el capital social, suscribiendo ambos socios las nuevas cuotas en proporción a la participación societaria que ya poseen. En este acto, los socios integran en efectivo el veinticinco por ciento del monto total del aumento, con la suma de pesos cuarenta y dosmil ($ 42.000), comprometiéndose a integrar el saldo en el plazo de dos años desde el otorgamiento del presente contrato, en efectivo. Nuevo monto del capital social: Se constituye en la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000), representado por dieciocho mil cuotas de pesos diez ($ 10) de valor nominal cada una.
$ 50 253972 Mar. 12
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VILLARRICA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes de Diciembre de dos mil catorce, entre los Sres. Silvio Daniel Paredes, D.N.I. Nº 23.799.907, José Maria Jiménez, D.N.I. Nº 23.789.561, y Ricardo Gabriel Formenti, D.N.I. Nº 13.919.838, quienes declaran ser únicos socios de VILLARRICA S.R.L. convienen celebrar el presente contrato de transferencia de cuotas sociales y modificación del contrato social:
1) Cesión de cuotas sociales: Ricardo Gabriel Formenti, cede, vende y transfiere 1.250 cuotas sociales de $ 100 cada una, a favor de José M. Jiménez representativas de $ 12.500 de capital social, y 1.250 cuotas sociales de $ 10 cada una, a favor Silvio Daniel Paredes; representativas de $ 12.500 de capital social . 2) Como consecuencia de la Cesión, se modifica la Cláusula Quinta del Contrato Social. Capital: El Capital se fija en la suma de pesos cien mil ($ 100.000) dividido en 10.000 cuotas de pesos $ 10 c/u, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Sr. Silvio Daniel Paredes 5.000 cuotas, o sea la suma de $ 50.000 de Capital Social; y el Sr. José María Jiménez 5.000 cuotas o sea la suma de $ 50,000 de capital social. 3) En este mismo acto el Socio Cedente Ricardo Gabriel Formenti, D.N.I. N° 21.919.838, renuncia ex-presamente a su cargo de Gerente de Villarrica S.R.L. Se acepta la misma por el resto de los socios. Se ratifica la Gerencia de los Señores: Silvio Daniel Paredes, D.N.I. N° 23.799.907, CUIT: 20-23799907-0 y José M. Jiménez D.N.I. Nº 23.789.561, CUIT 20-23789561-5.
$ 62 253968 Mar. 12
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ESE CEREALES S.R.L.
CAMBIO DE GERENCIA
1) Fecha de Instrumento de Cambio de Gerencia: Por contrato privado el día 15 de diciembre de 2014.
2) Administración. Dirección y Representación: La administración y dirección de los negocios sociales estará a cargo de la socia Verónica Mercedes Rodríguez, D.N.I. 28.520.299, Domiciliada en calle San Carlos 2477 de la ciudad de San Lorenzo, quien actuará como gerente, estando el uso de la firma social a cargo en forma individual del gerente. A tal fin usará su propia firma a tíontinuación de la denominación social con el aditamento de socio gerente.
$ 45 253964 Mar. 12
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HORFAC S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
En la ciudad de Las Parejas/Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de Diciembre de 2014, HORFAC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en Contratos en el Registro Público de Comercio de Rosario al tomo 163, Folio 24709, N° 1545, el 12 de Setiembre de 2012, deciden cambiar su domicilio Legal modificando para ello la cláusula Primera del contrato social que queda redactada de la siguiente manera:
Primera: La sociedad se denomina HORFAC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y tiene su domicilio legal en la Diagonal 2 N° 003 de la ciudad de Las Parejas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales en otros lugares dentro o fuera del país.
Quedan ratificadas las demás cláusulas del contrato social.
En Las Parejas a los 22 días del mes de diciembre de 2014.
$ 45 253956 Mar. 12
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COMERCIAL FLORENCIA S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL – PRORROGA - CESION DE CUOTAS
Duración de la sociedad: Se prorroga hasta el 31 de Enero de 2025.
Aumento de Capital: “Se modifica la cláusula Quinta del contrato social aumentando el capital en la suma de doscientos sesenta mil pesos ($ 260.000,00), o sea que el capital social sea de Trecientos mil Pesos (300.000,00). Para la integración del aumento de capital se capitalizan los Resultados no Asignados que surgen del Balance General cerrado al 31/05/2014
Cesión de cuotas sociales: El señor Néstor Mario Rossi dona y sede a su hija Florencia Rossi, argentina, de profesión abogada, de estado civil soltera, nacida el 28 de Noviembre de 1985, con domicilio en Avenida 21 Nº 1205 de la ciudad de Las Parejas Provincia de santa Fe, D.N.I. Nº 31.830.868, CUIL 27-31830868-9 tres mil cuotas de capital, que ésta acepta en este acto. Comparace la señora Laura Lucía Rosso en su calidad de esposa del señor Néstor Mario Rossi a prestar su consentimiento a la donación.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de Trecientos mil Pesos ($ 300.000,00) dividido en treinta mil (30.000) cuotas de Diez Pesos ($ 10,00) cada una, que los socios suscriben e integran en las siguientes proporciones: el señor Néstor Mario Rossi doce mil cuotas de Capital que representan la suma de Ciento Veinte Mil Pesos ($ 120.000,00); la señora Laura Lucía Rosso quince mil cuotas de capital que representan la suma de Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000,00) y la señorita Florencia Rossi Tres mil cuotas de capital que representan la suma de Treinta Mil Pesos ($ 30.000,00). La integración del aumento de capital, o sea la suma de Doscientos sesenta mil Pesos se efectúa mediante la capitalización de Resultados no Asignados expuestos en el Balance General al 31 de Mayo de 2014.
Se ratifican las demás cláusulas del contrato social.
En Las Parejas a los veintidós días del mes de diciembre de 2014.
$ 70 253958 Mar. 12
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SORJA S.A.C.I.I.C.
AUMENTO DE CAPITAL
De acuerdo a lo resuelto en asamblea ordinaria del 5 de Febrero de 2015, se procedió al aumento de capital social a Un millón de pesos ($ 1.000.000) representado por Cien mil (100.000) acciones ordinarias nominativas no endosables con derecho a 5 votos por acción y cuyo valor es de diez pesos ($ 10) valor nominal cada uno. Integrándose la totalidad en ese acto a través de la capitalización de los Resultados No Asignados. Quedando suscritpo de acuerdo al siguiente detalle: Alfredo Hugo Aseff $ 950.000 y María del Carmen Balan $ 50.000.
$ 45 253926 Mar. 12
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PLANUNQ S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL
1) Galindo Mario Amilcar Raúl, argentino, casado en segundas nupcias con la Sra. Mónica Gauna, nacido el 26/03/1940, D.N.I. 6.037.114, domiciliado en calle Zelaya 1582 de esta ciudad, de profesión Ingeniero; y el Sr. Halcovich Roberto, argentino, casado en primeras nupcias con Graciela Susana Carotta, nacido el 13 de Mayo de 1940, D.N.I. Nº 6.035.907, domiciliado en calle Bordabehere 5102 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante, en su carácter de únicos socios de la sociedad PLANUNG S. R. L. inscripta en el Registro Público de Comercio, el 1° de Julio de 2009 en Contratos, Tomo 160, Folio 14503, Nº 1112, y Modificaciones de fecha 24/11/2010 inscripta en Contratos a! Tomo 161, Folio 30110, Nº 2060 y de fecha 14/04/2011 Inscripta en Contratos, al Tomo 16, Folio 7866, Número 532.
2) Por instrumento del día 02/07/2014 presentado para su inscripción en el Registro Público de Comercio el día 06/02/2015 bajo expediente 301/15.
3) Se resuelve la reconducción de la Sociedad, estableciéndose un plazo de duración de 20 años contados a partir de la inscripción registral de la presente modificación.
4) El capital social se incrementa en $ 170.000 (pesos Ciento Setenta Mil) representado por 1.700 (Un Mil Setecientas) cuotas sociales de Valor Nominal $ 100 (Pesos cien) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera:
El Sr. Mario Galindo suscribe la suma de $ 113.900 representado por 1.139 cuotas sociales de Valor Nominal $ 100 cada una, integrando en este acto en efectivo el 25%, o sea la suma de $ 28.475 (Pesos Veintiocho Mil cuatrocientos Setenta y Cinco) y el saldo, o sea la suma de $ 85.425, se compromete a integrarlo dentro del término de un año. Y el Sr. Halcovich Roberto suscribe la suma de $ 56.100 representado por 561 cuotas sociales de Valor Nominal $ 100 cada una, integrando en este acto en efectivo el 25%, o sea la suma de $ 14.025 (Pesos Catorce Mil Veinticinco) y el saldo, o sea la suma de $ 42.075, se compromete a integrarlo en efectivo dentro del término de un año.
5) Como consecuencia de la modificación precedente, la cláusula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: Quinta: Capital Social: El Capital Social lo constituye la suma de doscietos cincuenta mil ($ 250.000) representado dos mil quinientas (2.500) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una de valor nominal, y que le corresponden en las siguientes proporciones: Al Socio Halcovich Roberto, la suma de Pesos ochenta y dos mil quinientos ($ 82.500,00) representado por ochocientas veinticinco (825) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100,00) cada una; de las cuales ya se encuentran suscriptas e integradas en efectivo la suma de $ 26.400, suscribe e integra en efectivo en este acto la suma de $ 14.025 y el saldo, osea la suma de $ 42.075 se compromete a integrarlo en efectivo en el término de un año y al Socio Galindo Mario Amilcar Raúl la suma de Pesos Ciento sesenta y siete mil quinientos ($ 167.500,00.), representado por un mil seiscientas setenta y cinco (1675,00) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100,00) cada una de las cuales ya se encuentra suscriptas integradas en efectivo la suma de $ 53.600, suscribe e integra en efectivo en estracto la suma de $ 28.475 y el saldo, o sea la suma de $ 85.425 se compromete a integrarlo en efectivo en el término de un año.
$ 104 254162 Mar. 12
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PRODUCTOS JAP S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 30 días del mes de Octubre de 2014, la Sra. Sides Juana Rosa Lucarini, de apellido materno Braccani, L.C. n° 3.987.652, Cuit 27-03987652-9, Argentina, mayor de edad, nacida el 17 de Abril del año 1941, viuda, sus labores, con domicilio real en calle Moreno nº 471 de la localidad de Alvarez, provincia de Santa Fe, la Sra. Miriam Susana Cocos de apellido materno Lucarini, D.N.I. n° 18.478.585, Cuil 23-18478585-4, Argentina, mayor de edad, nacida el 23 de Marzo del año 1967, de profesión docente, casada en primeras nupcias con el Sr. Mario Cario Ravazzini, con domicilio real en calle Ituzaingo nº 360 de la localidad de Alvarez, provincia de Santa Fe y el Sr. Alejandro Luis Cocos, de apellido materno Lucarini, D.N.I. nº 21.641.715, Cuit 20-21641715-2, Argentino, mayor de edad, nacido el 15 de Octubre de 1970, contador, casado en segundas nupcias con Paula Luciana Villavicencio, con domicilio real en calle Salta 646 de la localidad de Alvarez, provincia de Santa Fe; socios de la firma Productos JAP S.R.L, venden, ceden y transfieren en propiedad a el Sr. Mariano Battistelli, de Apellido materno Soldani, D.N.I. n° 29.539.354, Cuit 20-29539354-9, Argentino, mayor de edad, nacido el 11 de Junio del año 1982, soltero, de profesión empresario, con domicilio real en Campo Battistelli, Zona Rural de la localidad de Pinero, provincia de Santa Fe y el Sr. Juan Pablo Battistelli, de apellido materno Soldani, D.N.I. nº 27.648.578, Cuit 20-27648578-5, Argentino, mayor de edad, nacido el 29 de Octubre del año 1979, soltero, contador, con domicilio real en Campo Battistelli, Zona Rural de la localidad de Pinero, provincia de Santa Fe; las cuotas partes correspondientes al 50% del capital social adquirido en el Contrato de Cesión de Cuotas de fecha 08 de febrero de 2011 a los mismos de la siguiente manera: a) El Sr. Mariano Battistelli recibe de conformidad Trece Mil (13.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal cada una, representativas de Pesos Trece Mil (13.000), lo que equivale al 25% por ciento del capital social y de los votos de la Sociedad. Trece Mil (13.000) de las cuotas recibidas se encuentran totalmente integradas, b) Juan Pablo Battistelli recibe de conformidad Trece Mil (13.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal cada una, representativas de Pesos Trece Mil (13.000), lo que equivale al 25% por ciento del capital social y de los votos de la Sociedad. Trece Mil (13.000) de las cuotas recibidas se encuentran totalmente integradas.
El Capital social se fija en la suma de Pesos Cincuenta y dos Mil ($52.000) representado por cincuenta y dos Mil (52.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal, cada una suscriptas e Integradas de la siguiente manera. 1°) El socio Rogelio Osmar Cocos tiene suscriptas y le corresponden en propiedad Veintiséis Mil (26.000) de capital social, las Veintiséis Mil (26.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal cada una, representativas de Pesos Veintiséis Mil ($26.000) de capital social; las Veintiséis Mil (26.000) cuotas sociales se encuentran completamente integradas. 2) El socio Battistelli Mariano tiene suscriptas y le corresponden en propiedad Trece Mil (13.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal cada una representativas de Trece Mil Pesos ($13.000) de capital social, las Trece Mil (13.000) cuotas sociales se encuentran totalmente integradas. 3) El socio Battistelli Juan Pablo tiene suscriptas y le corresponden en propiedad Trece Mil (13.000) cuotas sociales de Un Peso ($1) valor nominal cada una representativas de Trece Mil Pesos ($13.000) de capital social, las Trece Mil (13.000) cuotas sociales se encuentran totalmente integradas.
$ 105 254157 Mar. 12
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AAJ TECHNOLOGIES S.R.L.
CONTRATO
1) Nombre: “AAJ Technologies S.R.L.”.- 2) Constitución: 05/02/2015.- 3) Domicilio: Alvear 1.670, cuarto piso, de la cuidad de Rosario, Provincia de Santa
Fe.- 4) Duración: 30 años a partir de la inscripción registral.- 5) Socios: Amjad Shamim Jafri, estadounidense, titular del pasaporte No 505992660, CDI 20-60435996-2 nacido el 13 de mayo de 1960, con domicilio real en calle NW 72 WAY N° 6432 de la ciudad de Parkland, Estado de Florida, Estados Unidos de América, analista de sistemas, casado con Farida Nazir Jafri, nacida el 01 de marzo de 1963; y Jorge Pablo Agnese, argentino, titular del D.N.I. Nº 16.814.265, C.U.I.T. ?20-16814265-0, nacido el 10 de diciembre de 1964, con domicilio real en calle Jujuy N° 236 de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, Argentina, analista de sistemas, casado con Lynne Hamilton Agnese, nacida el 13 de agosto de 1964.- 6) Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros y/o asociadas a terceros en el país o en el exterior a las siguientes actividades: la fabricación, importación, exportación, compra, venta, alquiler, licenciamiento, comercialización bajo cualquier modalidad de sistemas, programas y equipos de informática, así como su servicio técnico.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.- 7) Capital: $ 200.000 dividido en 2000 cuotas de $100 cada una y de un voto por cuota.- 8) Administración: Por el Gerente: Daniel Alberto Agnese, titular del D.N.I. N° 18.094.324, nacido el 14 de mayo de 1967, con domicilio real en calle Jujuy N° 224 de la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, Argentina, analista de sistemas.- 9) Fiscalización: A cargo de los socios.- 10) Cierre de ejercicio: 31/12 de cada año. Sociedad no comprendida en el artículo 299 de la ley 19.550.-
Este presente Edicto se publicará en el Boletín Oficial.
$ 72 254151 Mar. 12
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Gru - A.S.A.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Se hace saber que el Directorio de Gru-A S.A. dispuso mudar la sede social a calle Cullen y Ugarte 2048 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe.
$ 45 254154 Mar. 12
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SPA ROSARIO RIO S.A.
RENOVACION DE AUTORIDADES
Se hace saber que el Directorio de “Spa Rosario Río Sociedad Anónima”, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Estatutos, Tomo 88, Folio 7229, N° 329, en fecha 22 de junio de 2007, con domicilio legal en calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por decisión unánime de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 14 de enero de 2013 y Acta de Directorio de fecha 7 de enero de 2013, ha quedado integrado, con duración de sus cargos por tres ejercicios económicos, de la siguiente manera: Presidente: Luis Adolfo Ballhorst, argentino, soltero, nacido el 16 de febrero de 1971, D.N.I. N° 21.697.852, CUIT N° 20-21697852-9, domiciliado en calle Blas Parera N° 550, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión Comerciante y como Directora Suplente: Luciana Gisela Spezzano, argentina, soltera, nacida el 30 de diciembre de 1977, DNI N° 26.380.237, CUIT N° 27- 26380237-9, domiciliada en calle Blas Parera n° 550, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante. Los designados aceptan los respectivos cargos en el mismo acto y fijan todos ellos su domicilio especial conforme a lo previsto por la Ley 19.550 y sus modificaciones, en calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.
$ 54 254132 Mar. 12
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SPA ROSARIO RIO S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO
Se hace saber que el Directorio de “Spa Rosario Río Sociedad Anónima”, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Estatutos, Tomo 88, Folio 7229, Nº 329, en fecha 22 de junio de 2007, con domicilio legal en calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por decisión unánime de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 10 de febrero de 2014 y Acta de Directorio de fecha 3 de febrero de 2014, deciden trasladar el domicilio de la sociedad de calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a calle Paisandú 231, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 254131 Mar. 12
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GRUPO MARKETING FARM S.A.
RENOVACION DE AUTORIDADES
Se hace saber que el Directorio de “Grupo Marketing Farm Sociedad Anónima”, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Estatutos, Tomo 83, Folio 7080, Nº 419, en fecha 22 de setiembre de 2003, con domicilio legal en calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por decisión unánime de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 8 de julio de 2014 y Acta de Directorio de fecha 2 de julio de 2014, ha quedado integrado, con duración de sus cargos por tres ejercicios económicos, de la siguiente manera: Presidente: Luis Francisco Ballhorst, argentino, viudo de la Sra. Estela Cecilia Burne, nacido el 24 de julio de 1942, DNI N° 5.943.995, CUIT Nº 20-05943995-3, domiciliado en calle Alvarez Thomas Nº 3540 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante y Director Suplente: Luis Adolfo Ballhorst, argentino, soltero, nacido el 16 de febrero de 1971, D.N.I. Nº 21.697.852, CUIT Nº 20-21697852-9, domiciliado en calle Blas Parera N° 550, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión Comerciante. Los designados aceptan los respectivos cargos en el mismo acto y fijan todos ellos su domicilio especial conforme a lo previsto por la Ley 19.550 y sus modificaciones, en calle Alvarez Thomas 3540, de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.
$ 53 254129 Mar. 12
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PANESSIDI S.R.L.
CONTRATO
Socios: Pablo Germán Panessidi, argentino, nacido el 14 de Agosto de 1974 con D.N.I. N° 23.880.666, CUIT 20-23880666-7, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Viviana Marilin Scheffer, domiciliado en calle Vila 548 de esta ciudad y María Sol Panessidi, argentina, nacida el 21 de Mayo de 1976, con D.N.I. Nº 25.307.101, CUIT 27-25307101-5, de profesión comerciante, soltera, domiciliada en calle Sorrento 525 de esta ciudad
Fecha de Instrumento: 17 de Diciembre de 2014
Razón Social: “PANESSIDI” S.R.L.
Plazo: 20 años.
Domicilio: Av. Sorrento 435-Rosario-Santa Fe
Objeto La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a la explotación de las siguientes actividades:
a) Comercialización Mayorista: de bebidas alcohólicas y analcohólicas, chocolates, golosinas y productos para la alimentación humana;
b) Mandatos: Mediante el ejercicio de representaciones y mandatos referidos a la comercialización de los bienes mencionados en el párrafo anterior y la prestación de servicios relacionados.
Capital: $ 250.000.- (pesos doscientos cincuenta mil). Los socios integran en este acto el 25% (veinticinco por ciento) en efectivo al momento de la inscripción. El saldo se obligan a integrarlo en efectivo en un plazo de 90 días, contados desde la fecha de contrato.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo por todos los socios.
Administración - Dirección y Representación: Estará a cargo de los socios Pablo Germán Panessidi y María Sol Panessidi, a quienes se designan con el cargo de gerente. A tal fin usará su propia firma con el aditamento “Socio Gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta uno de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9° del Decreto Ley 5965/63 con la única excepción de prestar fianzas y garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Cierre Ejercicio: 31 de Octubre.
$ 78 254063 Mar. 12
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SERVICIO INTEGRAL
DE TRANSPORTES S.A.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Se hace saber que en la sociedad denominada SERVICIO INTEGRAL DE TRANSPORTES S.A. por Asamblea General Extraordinaria de accionistas de fecha 14/07/2014 se ha resuelto por unanimidad la modificación del artículo Quinto, por el cuál el capital social ha quedado fijado en la suma de pesos doscientos sesenta y dos mil ($ 262.000) representado por 26.200 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una. Se publica el presente en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 10 y 235 de la Ley 19.550.
$ 45 254163 Mar. 12
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BERNA S.R.L.
CONTRATO
Por disposición de la Señora Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom. de la ciudad de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se ha dispuesto la siguiente publicación conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550 haciendo saber la constitución de la Sociedad “SERNAS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Socios: Hernán Ignacio Berros, de apellido materno Kiener, nacido el 15/07/1976, domiciliado en calle Matheu 430 de la ciudad de Rosario, titular del D.N.I. Nº 25.324.352, C.U.I.T. 20-25324352-0, de estado civil soltero, de profesión comerciante y Ignacio Nicolás Giménez, de apellido materno Casanovas nacido el 24/10/1990, domiciliado en Ruta 9 Km. 324 de la ciudad de Rosario, titular de D.N.I. Nº 35.585.747 C.U.I.T. 20-35585747-7, de estado civil soltero, de profesión comerciante.
Fecha del acto constitutivo: 25 de Febrero de 2015.
Denominación: BERNA Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Domicilio: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Rosario Departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe y se ha fijado el domicilio de la sede social en la calle Italia Nº 1550 Unidad 01-02 de la ciudad de Rosario.
Duración: Treinta (30) años a partir de la fecha de inscripción de su contrato en el Registro Público de Comercio.
Objeto: Agropecuarias: explotación directa por sí o por terceros de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, fhrticolas, forestales, y comercialización de materias primas derivadas de dicha explotación. Comerciales: Compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación, comisionista y mandataria de cereales, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacionen con esta actividad. Financieras: Desarrollo de todo tipo de operaciones financieras agropecuarias, financiaciones de toda clase de créditos operar con los bancos, Juntas Nacionales de Carnes o Granos o entidades similares. Operaciones de Mercado: negociar y celebrar todo tipo de actos jurídicos sea a nombre y cuenta propia, a nombre propio y por orden o cuenta ajena o a nombre y por cuenta ajena, sobre contratos a término, contratos derivados, forwards, pases, swaps, contratos de futuros y opciones, operaciones sobre bienes, índices, títulos valores, productos y subproductos del reino animal, vegetal o mineral y/o títulos, representativos de dichos bienes y cualquier otro contrato de derivados sobre cualquier tipo de activo subyacente, que se concierten en Mercados Nacionales, autorizados por la Comisión Nacional de Valores, y en Mercados extranjeros institucionalizados o no. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos Capital: El capital Social se fija en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000) representado por Quinientas Cuotas de Pesos Mil ($ 1.000) cada una suscriptas íntegramente por los socios a razón de 250 cuotas de Pesos Mil ($ 1.000) cada una representativas de pesos doscientos cincuenta ($ 250.000) cada uno, integrando la suma de Sesenta y Dos Mil Quinientos Pesos ($ 62.500) cada uno obligándose a integrar el remanente dentro del transcurso de los 2 años.
Dirección - Administración: La administración y representación de la Sociedad estará a cargo uno o mas Gerentes, socos o no, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente,” según su caso, precedida e la denominación social en forma indistinta. Los Gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los arts. 782 y 1881 del Código Civil y art. 9° del Decreto Ley 5965, con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones negocios, ajenos a la sociedad.
Fiscalilzacion: A cargo de todos los socios.
Fecha de cierre del ejercicio social: 31 de Octubre de cada año.
Designación de Gerentes: Ha sido designado Gerente el socio Hernán Ignacio Berros.
$ 145 254153 Mar. 12
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GAHE S.R.L.
CESION DE CUOTAS
1) Fecha del instrumento: 26 de mayo de 2014, Rosario, Provincia de Santa Fe.
2) Cedentes: Fabricio Mario Kren, titular del D.N.I. 29.677.601 y Sebastian Angel Gutiérrez, titular del D.N.I. 27.935.091, ceden y transfieren la cantidad de 7.030. cuotas de capital social que representan la totalidad del capital social equivalentes a un valor de $ 70.300 (pesos setenta mil trescientos) las cuales son adquiridas por los cesionarios en la cantidad de 3515 cuotas de capital equivalentes a un valor de $ 35.150 (pesos treinta y cinco mil quinientos cincuenta) cada uno.
3) Cesionarios: Facundo Gonzalo Luna, argentino, titular del D.N.I Nº 27.970.901, CUIT N° 20-27970901-9, nacido el 24/09/1979, soltero, comerciante, con domicilio en calle Caracas 3992 Dpto. 2 de Rosario, Provincia de Santa Fe y Francisco Javier Carrizo, argentino, titular del D.N.I. 26.884.062, CUIT Nº 23-26884062-0, nacido el 02/10/1978, con domicilio en calle Esquivel 1324 de Rosario, Provincia de Santa Fe.
4) Retiro de Socio: los Sres. Fabricio Mario Kren y Sebastián Angel Gutiérrez dejan de ser socios de GAHE S.R.L.
5) Cambio Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Entre Ríos 1465 de Rosario, Provincia de Santa Fe.
6) Dirección, Gerencia y Administración: a cargo del Sr. Facundo Gonzalo Luna, quien actuará como socio gerente. Facundo Gonzalo Luna
$ 50 254134 Mar. 12
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AIS CEREALES S.R.L.
CESION DE CUOTAS
En cumplimiento a lo dispuesto por Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la cesión de cuotas dispuesta por instrumento de fecha 05 de diciembre de 2014, de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Lucas Ezequiel Galvano, cede y transfiere a favor del Sr. Rodrigo Gonzalo Izaguirres la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad AIS CEREALES S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 162, Folio 7173 Nro. 484 con fecha 7 de abril de 2011, y que son doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada una; el Sr. Fernando Gabriel Almiron cede y transfiere a favor del Sr.
Rodrigo Gonzalo Izaguirres la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad AIS CEREALES S.R.L. y que son doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada una y el Sr. Gabriel Scaglione cede y transfiere a favor del Srita. Doris Mabel Paskvan la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad AIS CEREALES S.R.L. y que doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien (100) valor nominal cada. Como consecuencia de lo expresado la composición del Capital Social queda conformada de la siguiente manera: El socio Rodrigo Gonzalo Izaguirres 750 cuotas sociales de pesos cien ($ 100), equivalentes a un total de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000). La soda Doris Mabel Paskvan 250 cuotas sociales de pesos cien ($ 100), equivalentes a un total de pesas veinticinco mil (25.000). - Rosario, 26 de febrero de 2015
$ 63 254127 Mar. 12
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BIOTECNOLOGIAS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del registro público de Comercio, en autos: BIOTECNOLOGIAS S.R.L s/Cesión de cuotas” Expte. 128/15, se hace saber que conforme Acta de cesión de cuotas de fecha 1º de octubre de 2014, que: a) El socio Luciano Bautista García Montano, D.N.I. 14.509.957, cede vende y transfiere a Judith Benzaquen D.N.I. 22.949.473, quien acepta, trescientas cincuenta (350) cuotas de capital de su propiedad de la sociedad, de un valor nominal de diez pesos ($ 10,00) cada cuota, b) El socio Luciano Bautista García Montano, D.N.I. 14.509.957 cede vende y transfiere a Ricardo Mauricio Adrián Gorla, D.N.I. 16.073.450, quien acepta, trescientas cincuenta (350) cuotas de capital de su propiedad de la sociedad, de un valor nominal de diez pesos ($ 10,00) cada cuota, c) El socio Luciano Bautista García Montano, D.N.I. 14.509.957 cede vende y transfiere a Juan García Montano, D.N.I. 35.467.546, CUIT, 20-34467546-4, de nacionalidad argentino, estado civil soltero, nacido el 29 de abril de 1991, domiciliado en calle French 8048 de la ciudad de Rosairo quien acepta, trescientas (300) cuotas de capital de su propiedad de la sociedad, de un valor nominal de diez pesos ($ 10,00) cada cuota, quedando distribuidos entre los socios del siguiente modo: Un mil trescientas cincuenta (1.350) cuotas de capital, de un valor nominal de diez pesos ($ 10) cada una son de propiedad de la socia Judith Benzaquen; Un mil trescientas cincuenta (1.350) cuotas de capital, de un valor nominal de diez pesos ($ 10) cada una son de propiedad del socio Ricardo Mauricio Adrián Gorla; Trescientas (300) cuotas de capital, de un valor nominal de diez pesos ($ 10) cada una son de propiedad del socio Juan García Montano. Asimismo hace saber que la sociedad constituye domicilio legal en la ciudad de Pérez, Avenida Eva Perón 1452 (Ex De Las Palmeras), Parque Industrial Metropolitano, Lote N° 80, pudiendo establecer agencias o surcursales en cualquier punto del país o del extrajero.
$ 63 254111 Mar. 12
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MARISA S.A.
DESIGNACIÓN DEL DIRECTORIO
Por el presente se ordena la Publicación de Edictos en el BOLETIN OFICIAL, a fin de comunicar la Designación por unanimidad del Directorio de MARISA S.A. el cual queda conformado de la siguiente manera, según Asamblea General Ordinaria de fecha 24 de Octubre de 2014: Presidente:
Buccella Antonio Donato, D.N.I. Nº 6.106.360. Directora Suplente: Paladini Isabel, L.C. Nº 583.216.
Directores titulares: Buccella Carmen Isabel, D.N.I. N° 11.067.257, Buccella Ana Iris, D.N.I. Nº 13.301.290 y Buccella Marisa, D.N.I. Nº 17.066.615.
Todo por estar así ordenado en los autos: MARISA S.A. s/Inscripción de Directorio, Exp. N° 25/15.
Decreto de fecha 12 de Febrero de 2015. Fdo.: Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria, Juzgado 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial 3ra. Nominación de Rosario.
Publíquense Edictos por el término que estable la Ley 19.550 Art 10, inc. b. Pto 2. - Rosario, 1 de Marzo de 2015.
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BLACK PONY S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: Máximo Damián Radice, 35 años, casado, argentino, licenciado en Administración de Empresas, con domicilio en Av. Francia 759, Piso 12 “B” de Rosario, Santa Fe, D.N.I. 27.291.466, y Martín Jorge Repetto, 38 años, soltero, argentino, ingeniero en sistemas, con domicilio en Los Olmos 387 de Funes, Santa Fe, D.N.I. 25.750.039.
2) Fecha instrumento de constitución: 22 de diciembre de 2014.
3) Razón social: BTack Pony Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4) Domicilio de la sociedad: Rosario. Sede social: Los Olmos 387 de Funes, Santa Fe.
5) Objeto social: Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros o subcontratando con éstos en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero a las siguientes actividades: importación y/o exportación de software; servicios y/o programas informáticos y/o de computación, sistemas operativos, sistemas de aplicación, de gestión de datos e informadón.
6) Plazo de duración: 50 años.
7) Capital social: Ciento Veinte Mil ($ 120.000).
8) Composición de los órganos de administración y fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos: Órgano de administración:
a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no. Se designan para integrar la gerencia a los Sres. Máximo Damián Radice y Martín Jorge Repetto como socios gerentes. Fiscalización: a cargo de todos los socios. Prescinde de la sindicatura.
9) Organización de la representación legal: a cargo de uno o más gerentes en forma individual o indistinta, socios o no.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre.
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