picture_as_pdf 2009-03-12

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION


RESOLUCION Nº 0016


Santa Fe, 05 de Marzo de 2009.

VISTO:

Por el expediente Nº 13301-0187770-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, se gestiona para la Administración Provincial de Impuestos, la autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...” atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que el Decreto Nº 1.820/05 en su Artículo 4º “EXCEPCIONES”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICs) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada para la Administración Provincial de Impuestos en este expediente, está contenida en el mismo expediente Nº 13301-0187770-4 en el que se gestiona la renovación de los servicios de soporte técnico y actualización de software con la empresa Oracle Argentina S.A. vinculado al motor de bases de datos y a sus productos de tunning asociados;

Que el Decreto 1.820/05 que reglamenta a la Ley 12.360, contempla en el Art. 4º Excepciones, inciso b), los sistemas heredados, que es la situación en la que se encuentra comprendida la presente solicitud de excepción;

Que dicho servicio a renovar, se utilizará, para fortalecer y asegurar la continuidad en los servicios que brindan las aplicaciones informáticas de la Administración Provincial de Impuestos desarrolladas y operativas en una plataforma tecnológica ya existente. Y ante eventuales problemas que se puedan presentar, se pueda disponer del soporte técnico y las soluciones necesarias;

Que a nivel de software, dicha plataforma, está sustentada primariamente por productos Oracle, y para este caso particular de tratamiento, en el rubro de motor de bases de datos;

Que las aplicaciones a las que se hacen referencia, son sistemas heredados e implantados con anterioridad a la vigencia de la Ley 12.360, tal como, OSIRIS. Se trata de aplicaciones de misión crítica, con funcionalidades cuyo procesamiento exitoso permite, fundamentalmente, garantizar la incorporación de los pagos de los contribuyentes que forman parte de la recaudación en materia impositiva. Y que a su vez conlleva a facilitar el control y seguimiento de los grandes contribuyentes;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Administración Provincial de Impuestos, en carácter de excepción, a renovar el servicio de soporte peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1) Autorizar la gestión a la Administración Provincial de Impuestos para renovar el servicio de soporte técnico, según el siguiente detalle de los productos asociados;

-Oracle Data Base Enterprise Edition, 2 (dos) licencias.

- Tunning Pack, 2 (dos) licencias.

2) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 2796 Mar. 12

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