picture_as_pdf 2006-12-11

REGISTRADA BAJO EL Nº 12670

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Abrógase la Ley 9955.

ARTÍCULO 2°.- Aféctase al Ministerio de Educación la fracción de terreno de 1250 m2. que motivara el dictado de la ley citada en el artículo precedente, identificada como Parcela 2 de la Manzana 26 de la Zona Urbana de la localidad de Monje, Departamento San Jerónimo, con dominio subsistente a favor de la Provincia inscripto al 51 - 256 - 12791 y Partida de Impuesto Inmobiliario 11 - 16 - 00 - 154011/0000, en el que se encuentra funcionando el Taller de Educación Manual 48.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

 

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

José Luis Gramajo

Prosecretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 3157

 

SANTA FE, 30 NOV 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.670 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Adriana E. Cantero de Llanes

__________________________________________