REGISTRADA BAJO EL Nº 12670
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Abrógase
la Ley N° 9955.
ARTÍCULO 2°.- Aféctase
al Ministerio de Educación la fracción de terreno de 1250 m2. que motivara el dictado de la ley citada en el artículo
precedente, identificada como Parcela N° 2 de la
Manzana N° 26 de la Zona Urbana de la localidad de
Monje, Departamento San Jerónimo, con dominio subsistente a favor de la
Provincia inscripto al T° 51 - Fº
256 - N° 12791 y Partida de Impuesto Inmobiliario N° 11 - 16 - 00 - 154011/0000, en el que se encuentra
funcionando el Taller de Educación Manual N° 48.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
José Luis Gramajo
Prosecretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 3157
SANTA FE, 30 NOV 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.670 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
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