DECRETO Nº 4068
SANTA FE, 28 de Noviembre de 2003
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0124042-6 del registro del Ministerio de Educación,
en cuyas actuaciones su Subsecretaría de Cultura solicita la aprobación del
Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente Inicial para la
Carrera de Profesorado de Artes en Música y la correspondiente competencia de
su título para el ejercicio de la docencia en la citada Jurisdicción; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional Nº 1276/96 estableció la necesidad de ajustar los
diseños curriculares a las nuevas estructuras del sistema educativo, fijando
los plazos correspondientes, los que fueron modificados por su similar Nº
003/00;
Que asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional por Decreto Nº 353 de fecha 20 de
febrero de 2002, flexibilizó el término establecido por las normas citadas,
extendiéndolo al 1º de enero del año 2004;
Que, teniendo en cuenta la simultánea aprobación de disposiciones referidas
a la formación docente inicial por parte del Consejo Federal de Cultura y
Educación durante el período 1998-2001, resulta necesaria, la elaboración de
nuevos Planes de Estudios que respondan a una estricta adecuación a las mismas,
para garantizar la validez nacional de los títulos que se otorguen, previendo
al respecto la proporcionalidad de Espacios Curriculares en los tres Campos de
la Formación Docente: Formación General Pedagógica, Formación Especializada y
Formación Orientada; en un todo de acuerdo con lo estipulado por el Acuerdo
Marco Serie A Nº 20 para la Educación Artística aprobado por Resolución Nº
88/98 del referido Consejo;
Que en ese marco, la Cartera Educativa propone se apruebe el Diseño
Curricular Jurisdiccional correspondiente a la Carrera de Profesorado de Artes
en Música en pos de la revalorización de la profesión docente por cuanto
incluye la Práctica Docente de los alumnos desde el primer año de la Carrera, y
jerarquiza la tarea actual de los profesores en ejercicio en las instituciones
educativas con regímenes especiales;
Que cabe destacar que el Ministerio recurrente prevé realizar una
permanente evaluación de la aplicación de tal Diseño, atendiendo, además de su
adecuación a las normativas nacionales, a las realidades institucionales,
regionales y provinciales, para propender a la calidad y equidad y a su
articulación con los otros Niveles Educativos del Sistema Provincial;
Que atento a ello, el presente sustituirá progresivamente la aplicación del
plan de estudios correspondiente a la Carrera de Profesorado Nacional de
Música, creado por Resolución del Ministerio de Educación y Justicia de la
Nación Nº 281/86 que se desarrolla en el Instituto Provincial del Profesorado
de Música Nº 5932 de Rosario;
Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente - creada por
Decreto Nº 5799/91 - aconsejando mediante Dictamen Nº 25/03 la competencia para
el ejercicio de la docencia que corresponde asignarle al título en cuestión;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
obrantes en autos, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las
atribuciones conferidas por el Artículo 72º inciso 5º de la Constitución
Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO lº: Apruébanse,
para su aplicación a partir del Ciclo Lectivo 2003 en los Institutos Superiores
de la Provincia, el Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente
Inicial para la Carrera de Profesorado de Artes en Música y las competencias
para el ejercicio de la docencia del título correspondiente que, como Anexo en
noventa y dos (92) fojas, forma parte del presente decreto.
ARTICULO 2º: Establécese que el Diseño Curricular
Jurisdiccional que se aprueba por el artículo precedente, sustituirá
progresivamente la aplicación del Plan de Estudios correspondiente a la Carrera
de Profesorado Nacional de Música, creado por Resolución del Ministerio de
Educación y Justicia de la Nación Nº 281/86 que se desarrolla en el Instituto
Provincial del Profesorado de Música Nº 5932 de Rosario.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Julio César Zapata
NOTA: Los Anexos correspondientes se encuentran a disposición de los
interesados en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
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