picture_as_pdf 2014-11-11

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

A.P.I.


RECAUDACION TOTAL POR IMPUESTO


JULIO 2014

(en millones de pesos corrientes)


IMPUESTOS IMPORTE

Ingresos Brutos 1.077.953.330,00

Inmobiliario 113.895.437,00

Actos Jurídicos 139.871.604,00

Patente Vehículos 70.673.699,00

Aportes Sociales 208.314,00

Otros Rubros 3.139.309,00

Total 1.405.741.693,00


AGOSTO 2014

(en millones de pesos corrientes)


IMPUESTOS IMPORTES

Ingresos Brutos 1.134.553.827,00

Inmobiliario 128.043.700,00

Actos Jurídicos 143.546.760,00

Patente Vehículos 54.954.780,00

Aportes Sociales 157.121,00

Otros Rubros 3.639.797,00

Total 1.464.895.985,00

S/C 12185 Nov. 11

__________________________________________


MINISTERIO DE SEGURIDAD


RESOLUCION N° 2054


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 28 Octubre de 2014

VISTO:

El expediente N° 00201-0163789-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes (MINISTERIO DE SEGURIDAD), cuyas actuaciones están relacionadas con la convocatoria de postulantes para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, del Instituto de Seguridad Pública, requisito para la incorporación como Suboficial de Policía del Escalafón General- Subescalafón Seguridad, en la Policía de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que anualmente ingresan al Instituto de Seguridad Pública (ISeP) sucesivas promociones para cursar la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, siendo responsabilidad exclusiva y excluyente del ISeP el cumplimiento de todas las etapas del Proceso de Selección y del posterior cursado, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 12.333;

Que la convocatoria y posterior incorporación encuentra su marco de sustento normativo en las disposiciones de la Ley N° 12.521 del Personal Policial, y la Ley N° 12.333 de creación y funcionamiento del Instituto de Seguridad Pública;

Que la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13297 prorrogada mediante Decreto N° 1861/2014 disponen la ampliación de la planta de personal policial en 4000 efectivos, durante la vigencia de dicha norma;

Que para ello, de acuerdo a los requisitos previstos en la Ley N° 12.333, resulta necesario ordenar al ISeP la convocatoria para cubrir doscientos treinta y cinco (235) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos) para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, alumnos que al aprobar el Primer Año puedan ser incorporados a la Policía de la Provincia de Santa Fe, con el grado de Suboficial de Policía - Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local de las localidades donde se inscribieron;

Que con motivo de la firma de convenios con las localidades mencionadas, se cuenta con la colaboración de las mismas para ejecutar y poner el práctica la convocatoria realizada por el I.Se.P., facilitando la difusión y publicidad del llamado a inscripción, con el objetivo que los egresados se desempeñen como personal de seguridad pública dentro del ejido urbano de dichas localidades;

Que para la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública implementará un Proceso de Selección que se dividirá en diversas etapas, las que finalizarán con la obtención de un orden de mérito, por sexo, para cubrir las vacantes otorgadas;

Que los postulantes convocados percibirán una beca mientras dure el cursado, según la reglamentación vigente, de la cual deberán ser debidamente notificados al momento de la incorporación;

Que atento a lo expuesto y contándose con el crédito presupuestario necesario para el pago de las becas, atento lo indicado por la Dirección General de Administración, y no existiendo observaciones legales que formular, conforme la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ELLO,

El MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1: Encomendar al Instituto de Seguridad Pública la convocatoria de postulantes para cubrir doscientos treinta y cinco (235) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos para cada una de las localidades detalladas) de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, quienes aprobado el Primer Año podrán ser nombrados como “alta en comisión”, hasta tanto se culmine con la currícula de la carrera, con el grado de Suboficial de Policía - Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local del municipio o comuna donde se inscribieran, de acuerdo a las siguientes cantidades:


LOCALIDAD VACANTES

Gálvez 20

Esperanza 25

Maciel 10

San Justo 15

Frontera 25

San Carlos Centro 15

Sunchales 25

San Cristóbal 20

Coronda 20

San Jorge 15

Villa Minetti 10

Tostado 15

Ceres 20


ARTICULO 2: Se autoriza al Instituto de Seguridad Pública -I.Se.P. a incorporar los contenidos y modificaciones necesarias al Plan de Estudios de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, a fin de cumplir con los objetivos de la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13297 prorrogado por Decreto N° 1861/14, manteniendo la calidad educativa y conservado las exigencias establecidas por la Resolución Conjunta de los Ministerios de Seguridad Pública N° 1427/13 y de Educación N° 1638/13.

ARTICULO 3: Los requisitos de ingreso exigidos a los postulantes serán los dispuestos en la Ley Nº 12.333 y normativa vigente, cuyas especificaciones obran en el ANEXO I “Requisitos de Inscripción e Incorporación” para el ingreso a la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, que se acompaña al presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 4: Los municipios y/o comunas referidas en el Artículo 1) colaborarán con el Instituto de Seguridad Pública ejecutando la convocatoria de aspirantes facilitando la publicidad y difusión de la misma, conforme lo acordado en los Convenios de Colaboración suscriptos con cada una.

ARTICULO 5: A los fines de la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública planificará y ejecutará un Proceso de Selección que se dividirá en las siguientes etapas: 1) Inscripción, 2) Examen Psicológico, 3) Examen Médico, 4) Examen de Aptitud Física y 5) Examen Intelectual, siendo cada una de las mismas eliminatoria, conforme cronograma y condiciones que se detallan en el ANEXO II “Proceso de Selección “, que se acompaña a la presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 6: Con los postulantes que hallan superado todas las etapas del proceso de selección se confeccionará un orden mérito en forma decreciente ordenado por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año.

ARTICULO 7: Regístrese, hágase saber, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, en el Portal Web de la Provincia de Santa Fe, en el Portal Web del Instituto de Seguridad Pública, y archívese.

Dr. RAUL LAMBERTO

Ministro de Seguridad


ANEXO I

REQUISITOS DE INSCRIPCION

E INCORPORACION


1. Para la Inscripción:

a. Ser argentino, nativo o por opción.

b. Tener entre 18 y 29 años de edad a la fecha de incorporación.

c. Tener título secundario o polimodal completo (excluyente, sin adeudar materias a la fecha de incorporación).

d. Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón General - Subescalafón Seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológicos y médicos de ingreso.

e. No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.

f. No encontrarse procesado por la Justicia Nacional o Provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecta su buen nombre y honor.

g. No ser empleado de la administración pública de la Nación, Provincia o municipalidades y comunas.

h. No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de empleo público nacional, provincial o municipal.

i. Presentar la documentación necesaria en forma y plazo que se establezca.

2. Para la incorporación:

a. Haber cumplido con el proceso de selección.

b. Haber obtenido un orden de mérito que permita ser considerado dentro de las vacantes existentes.

c. Haber obtenido y presentado su título secundario definitivo (sin adeudar materias).

d. Haber obtenido el apto médico definitivo en caso de haber resultado “condicionar” en la Junta Médica.

e. Firmar un contrato del cobro de la beca y aceptación voluntaria del Reglamento de Alumnado del Instituto.

f. Presentarse en el Instituto en la fecha y con los elementos requeridos para su incorporación.


ANEXO II

PROCESO DE SELECCION


DIFUSION Y PUBLICIDAD

Los municipios y comunas que suscribieron los convenios de colaboración promoverán la difusión de la convocatoria al proceso de selección en cada una de sus área de influencia, como asimismo el Ministerio de Seguridad a través de medios radiales y televisivos, en la página web del Gobierno Provincial y en la página web del Instituto (www.isep.santafe.edu.ar), estableciéndose que todos los trámites son gratuitos, desde el 29 de octubre hasta el 18 de noviembre del año 2014.

En la página web del ISeP se publicarán las exigencias de aptitud física, el temario de las materias a rendir, incluyendo fechas, tumos, condiciones y requisitos para la realización de cada examen.

Será exigencia excluyente presentarse a cada examen con su DNI. Los resultados de cada examen se publicarán en la web del ISeP, identificándose a cada postulante por medio del número de legajo de inscripción (NLI).

Todos los exámenes serán eliminatorios y se desarrollarán en el ISeP Zona Sur (Alem 2050 - Rosario).

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

1. Inscripción:

Se realizará condicionalmente vía on-line en página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe (Ministerio de Seguridad) y en la página web del ISeP, donde se publicará la presente resolución para conocimiento de los interesados pudiendo las municipalidades y comunas asesorar a interesados.

Los postulantes deberán completar un FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN con carácter de “Declaración Jurada”, debiendo presentarlo personalmente junto a la documentación que la avale, en el ISeP Zona Sur, el día que rinda su Examen Psicológico, confirmando de esta forma la inscripción y la aceptación voluntaria de las condiciones publicadas.

La documentación a presentar junto al formulario será:

a. Formulario de Inscripción (bajado de la página web del ISeP o entregado por su municipalidad o comuna, completo y firmado).

b. Original y fotocopia legalizada del DNI, 1ra y 2da página y último cambio de domicilio, o anverso y reverso del DNI tarjeta.

c. Fotocopia legalizada de la Partida de Nacimiento.

d. Fotocopia legalizada del Certificado Final de estudios secundarios o constancia de certificado en trámite.

e. Certificado de domicilio, original.

f. Foto color, 4x4, 3/4 perfil derecho, fondo celeste.

g. Constancia de CUIL.

Al presentar el total de la documentación definitiva, se confirmará la inscripción recibiendo el postulante una constancia firmada y sellada por el ISeP, en la que se registrará la fecha de recepción y el Número de Legajo de Inscripción (NLI) única documentación que confirmará la validez de la inscripción.

Teniendo el FORMULARIO DE INSCRIPCION y la documentación presentada el carácter de “Declaración Jurada”, cualquier falsedad incurrida en los mismos será causal inmediata de eliminación del Proceso de Selección.

La firma y presentación del formulario de inscripción por parte del postulante, se presentará en pleno conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el Proceso de Selección y de la modalidad de designación que resulte.

2. Examen Psicológico

Para los postulantes inscriptos, en fecha a publicar en la página web del ISeP, debiendo presentarse con el total de la documentación enumerada en el punto 1.

Inscripción”.

3. Examen Médico

Para los postulantes que aprobaren el Examen Psicológico, en fecha a publicar en la página web del ISeP, debiendo presentarse con el total de los estudios médicos que sean requeridos.

4. Examen de Aptitud Física

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del ISeP, debiendo presentarse con ropa de gimnasia requerida.

5. Examen Intelectual

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del ISeP, debiendo presentarse con bolígrafo azul.

ORDEN DE MERITO

Cumplida la última etapa se confeccionará un orden mérito en forma decreciente, por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año. Los resultados serán publicados en la página web del ISeP.

NOTIFICACIONES Y RECURSOS

A lo largo de todo el Proceso de Selección se considerará notificación fehaciente y suficiente, la publicación en la página web del ISeP de listados, tumos de exámenes y calificaciones, de acuerdo al Número de Legajo de Inscripción (NLI), y en tablero y/o transparente ubicado en la División Alumnado del ISeP.

Los reclamos presentados deberán ser por escrito ante el Regente del ISeP Zona Sur, los que serán diligenciados al concluir el Proceso de Selección.


CURSADO

Se desarrollará en la Sede ISeP Zona Sur, Alem 2050 - Rosario, comenzando las clases a fines del año 2014, teniendo el cursado de 1er Año una duración de 1.600 horas cátedra.

S/C 12188 Nov. 11

__________________________________________


RESOLUCION N° 2015


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 22 de Octubre de 2014.

VISTO:

El expediente Nº 00201-0163034-6, del Registro del Sistema de Información de Expedientes (MINISTERIO DE SEGURIDAD), cuyas actuaciones están relacionadas con la convocatoria de postulantes para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, del Instituto de Seguridad Pública, requisito para la incorporación como Suboficial de Policía del Escalafón General- Subescalafón Seguridad, en la Policía de la Provincia; y


CONSIDERANDO:

Que anualmente ingresan al Instituto de Seguridad Pública (LSe.P.) sucesivas promociones para cursar la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, siendo responsabilidad exclusiva y excluyente del LSe.P. el cumplimiento de todas las etapas del Proceso de Selección y del posterior cursado, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 12.333;

Que la convocatoria y posterior incorporación encuentra su marco de sustento normativo en las disposiciones de la Ley N° 12.521 del Personal Policial, y la Ley N° 12.333 de creación y funcionamiento del Instituto de Seguridad Pública;

Que la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13.297 prorrogada mediante Decreto Nº 1861/2014 disponen la ampliación de la planta de personal policial en 4000 efectivos, durante la vigencia de dicha norma;

Que para ello, de acuerdo a los requisitos previstos en la Ley N° 12.333, resulta necesario ordenar al I.Se.P. la convocatoria para cubrir ciento noventa y cinco (195) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos) para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, alumnos que al aprobar el Primer Año puedan ser incorporados a la Policía de la Provincia de Santa Fe, con el grado de Suboficial de Policía - Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local de las localidades donde se inscribieron;

Que con motivo de la firma de convenios con las localidades mencionadas, se cuenta con la colaboración de las mismas para ejecutar y poner el practica la convocatoria realizada por el I.Se.P., facilitando la difusión y publicidad del llamado a inscripción, con el objetivo que los egresados se desempeñen como personal de seguridad pública dentro del ejido urbano de dichas localidades;

Que para la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública implementará un Proceso de Selección que se dividirá en diversas etapas, las que finalizarán con la obtención de un orden de mérito, por sexo, para cubrir las vacantes otorgadas;

Que los postulantes convocados percibirán una beca mientras dure el cursado, según la reglamentación vigente, de la cual deberán ser debidamente notificados al momento de la incorporación;

Que atento a lo expuesto y contándose con el crédito presupuestario necesario para el pago de las becas, atento lo indicado por la Dirección General de Administración, y no. existiendo observaciones legales que formular, conforme la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Encomendar al Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) la convocatoria de postulantes para cubrir ciento noventa y cinco (195) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos para cada una de las localidades detalladas) de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, quienes aprobado el 1er Año puedan ser nombrados, con el grado de Suboficial de Policía – Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local del municipio y/o comuna donde se inscribieran, de acuerdo a las siguientes cantidades:


LOCALIDAD VACANTES

Armstrong 15

Arroyo Seco 25

Carcarañá 10

Chabás 10

El Trébol 10

Funes 30

Las Parejas 15

Las Rosas 15

Roldán 30

San Genaro 15

Totoras 10


ARTICULO 2°: Se autoriza al Instituto de Seguridad Pública a incorporar los contenidos y modificaciones necesarias al Plan de Estudios de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, a fin de cumplir con los objetivos de la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13297 prorrogado por Decreto Nº 1861/14, manteniendo la calidad educativa y conservado las exigencias establecidas por la Resolución Conjunta de los Ministerios de Seguridad Pública N° 1427/13 y de Educación N° 1638/13.

ARTICULO 3°: Los requisitos de ingreso exigidos a los postulantes serán los dispuestos en la Ley Nº 12.333 y normativa vigente, cuyas especificaciones obran en el ANEXO I “Requisitos de Inscripción e Incorporación” para el ingreso a la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, que se acompaña al presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 4°: Los municipios y/o comunas referidas en el Artículo 1° colaborarán con el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) ejecutando la convocatoria de aspirantes facilitando la publicidad y difusión de la misma, conforme lo acordado en los Convenios de Colaboración suscriptos con cada una.

ARTICULO 5°: A los fines de la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) planificará y ejecutará un Proceso de Selección que se dividirá en las siguientes etapas: 1) Inscripción, 2) Examen Psicológico, 3) Examen Médico, 4) Examen de Aptitud Física y 5) Examen Intelectual, siendo cada una de las mismas eliminatoria, conforme cronograma y condiciones que se detallan en el ANEXO II “Proceso de Selección “, que se acompaña a la presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 6°: Con los postulantes que hallan superado todas las etapas del proceso de selección se confeccionará un orden mérito en forma decreciente ordenado por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año.

ARTICULO 7°: Regístrese, hágase saber, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, en el Portal Web de la Provincia de la Provincia de Santa Fe, en el Portal Web del Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.), y archívese.

Dr. RAUL LAMBERTO

Ministro de Seguridad


ANEXO I

REQUISITOS DE INSCRIPCION

E INCORPORACION


1. Para la Inscripción:

a. Ser argentino, nativo o por opción.

b. Tener entre 18 y 29 años de edad a la fecha de incorporación.

c. Tener título secundario o polimodal completo (excluyente, sin adeudar materias a la fecha de incorporación).

d. Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón General - Subescalafón Seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológicos y médicos de ingreso.

e. No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.

f. No encontrarse procesado por la Justicia Nacional o Provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecta su buen nombre y honor.

g. No ser empleado de la administración pública de la Nación, Provincia o municipalidades y comunas.

h. No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de empleo público nacional, provincial o municipal.

i. Presentar la documentación necesaria en forma y plazo que se establezca.

2. Para la incorporación:

a. Haber cumplido con el proceso de selección.

b. Haber obtenido un orden de mérito que permita ser considerado dentro de las vacantes existentes.

c. Haber obtenido y presentado su titulo secundario definitivo (sin adeudar materias).

d. Haber obtenido el apto médico definitivo en caso de haber resultado “condicionar” en la Junta Médica.

e. Firmar un contrato del cobro de la beca y aceptación voluntaria del Reglamento de Alumnado del Instituto.

f. Presentarse en el Instituto en la fecha y con los elementos requeridos para su incorporación.


ANEXO II

PROCESO DE SELECCION


DIFUSION Y PUBLICIDAD

Los municipios y comunas que suscribieron los convenios de colaboración promoverán la difusión de la convocatoria al proceso de selección en cada una de sus área de influencia, como asimismo el Ministerio de Seguridad a través de medios radiales y televisivos, en la página web del Gobierno Provincial y en la página web del Instituto (www.isep.santafe.edu.ar), estableciéndose que todos los trámites son gratuitos, desde el 27 de octubre hasta el 14 de noviembre del año 2014.

En la página web del I.Se.P. se publicarán las exigencias de aptitud física, el temario de las materias a rendir, incluyendo fechas, turnos, condiciones y requisitos para la realización de cada examen.

Será exigencia excluyente presentarse a cada examen con su D.N.I. Los resultados de cada examen se publicarán en la web del ISeP, identificándose a cada postulante por medio del número de legajo de inscripción (NLI).

Todos los exámenes serán eliminatorios y se desarrollarán en el LSe.P. Zona Sur (Alem 2050 -Rosario).

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

1. Inscripción:

Se realizará condicionalmente vía on-Iine en página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe (Ministerio de Seguridad) y en la página web del I.Se.P., donde se publicará la presente resolución para conocimiento de los interesados, pudiendo las municipalidades y comunas asesorar a interesados.

Los postulantes deberán completar un FORMULARIO DE INSCRIPCION, con carácter de “Declaración Jurada”, debiendo presentarlo personalmente junto a la documentación que la avale, en el I.Se.P. Zona Sur, el día que rinda su Examen Psicológico, confirmando de esta forma la inscripción y la aceptación voluntaria de las condiciones publicadas.

La documentación a presentar junto al formulario será:

a. Formulario de Inscripción (bajado de la página web del I.Se.P. o entregado por su municipalidad o comuna, completo y firmado).

b. Original y fotocopia legalizada del D.N.I., 1ra y 2da página y último cambio de domicilio, o anverso y reverso del D.N.I. tarjeta.

c. Fotocopia legalizada de la Partida de Nacimiento.

d. Fotocopia legalizada del Certificado Final de estudios secundarios o constancia de certificado en trámite.

e. Certificado de domicilio, original.

f. Foto color, 4x4, 3/4 perfil derecho, fondo celeste.

g. Constancia de C.U.I.L.

Al presentar el total de la documentación definitiva, se confirmara la inscripción recibiendo el postulante una constancia firmada y sellada por el I.Se.P., en la que se registrará la fecha de recepción y el Número de Legajo de Inscripción (NLI), única documentación que confirmará la validez de la inscripción.

Teniendo el FORMULARIO DE INSCRIPCION y la documentación presentada el carácter de “Declaración Jurada”, cualquier falsedad incurrida en los mismos será causal inmediata de eliminación del Proceso de Selección.

La firma y presentación del formulario de inscripción por parte del postulante, se presentará en pleno conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el Proceso de Selección y de la modalidad de designación que resulte.

2. Examen Psicológico

Para los postulantes inscriptos, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con el total de la documentación enumerada en el punto 1. “Inscripción”.

3. Examen Médico

Para los postulantes que aprobaren el Examen Psicológico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con el total de los estudios médicos que sean requeridos.

4. Examen de Aptitud Física

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con ropa de gimnasia requerida.

5. Examen Intelectual

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con bolígrafo azul.

ORDEN DE MERITO

Cumplida la última etapa se confeccionará un orden mérito en forma decreciente, por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año. Los resultados serán publicados en la página web del I.Se.P.


NOTIFICACIONES Y RECURSOS

A lo largo de todo el Proceso de Selección se considerará notificación fehaciente y suficiente, la publicación en la página web del I.Se.P. de listados, tumos de exámenes y calificaciones, de acuerdo al Número de Legajo de Inscripción (NLI), y en tablero y/o transparente ubicado en la División Alumnado del I.Se.P.

Los reclamos presentados deberán ser por escrito ante el Regente del I.Se.P. Zona Sur, los que serán diligenciados al concluir el Proceso de Selección.


CURSADO

Se desarrollará en la Sede I.Se.P. Zona Sur, Alem 2050 - Rosario, comenzando las clases a fines del año 2014, teniendo el cursado de 1er Año una duración de 1.600 horas cátedra.

S/C 12187 Nov. 11

__________________________________________


RESOLUCION Nº 2014


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 22 0CT. 2014

VISTO:

El expediente Nº 00201-0163182-8, del Registro del Sistema de Información de Expedientes (MINISTERIO DE SEGURIDAD), cuyas actuaciones están relacionadas con la convocatoria de postulantes para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, del Instituto de Seguridad Pública, requisito para la incorporación como Suboficial de Policía del Escalafón General- Subescalafón Seguridad, en la Policía de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que anualmente ingresan al Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) sucesivas promociones para cursar la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, siendo responsabilidad exclusiva y excluyente del I.Se.P. el cumplimiento de todas las etapas del Proceso de Selección y del posterior cursado, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 12.333;

Que la convocatoria y posterior incorporación encuentra su marco de sustento normativo en las disposiciones de la Ley N° 12.521 del Personal Policial, y la Ley N° 12.333 de creación y funcionamiento del Instituto de Seguridad Pública;

Que la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13.297 prorrogada mediante Decreto Nº 1861/2014 disponen la ampliación de la planta de personal policial en 4000 efectivos, durante la vigencia de dicha norma;

Que para ello, de acuerdo a los requisitos previstos en la Ley N° 12.333, resulta necesario ordenar al I.Se.P. la convocatoria para cubrir ciento noventa y cinco (195) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos) para la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, alumnos que al aprobar el Primer Año puedan ser incorporados a la Policía de la Provincia de Santa Fe, con el grado de Suboficial de Policía - Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local de las localidades donde se inscribieron;

Que con motivo de la firma de convenios con las localidades mencionadas, se cuenta con la colaboración de las mismas para ejecutar y poner el práctica la convocatoria realizada por el I.Se.P., facilitando la difusión y publicidad del llamado a inscripción, con el objetivo que los egresados se desempeñen como personal de seguridad pública dentro del ejido urbano de dichas localidades;

Que para la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública implementará un Proceso de Selección que se dividirá en diversas etapas, las que finalizarán con la obtención de un orden de mérito, por sexo, para cubrir las vacantes otorgadas;

Que los postulantes convocados percibirán una beca mientras dure el cursado, según la reglamentación vigente, de la cual deberán ser debidamente notificados al momento de la incorporación;

Que atento a lo expuesto y contándose con el crédito presupuestario necesario para el pago de las becas, atento lo indicado por la Dirección General de Administración, y no existiendo observaciones legales que formular, conforme la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Encomendar al Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) la convocatoria de postulantes para cubrir noventa y cinco (95) vacantes 70% masculinos y 30% femeninos para cada una de las localidades detalladas) de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, quienes aprobado el 1er. Año puedan ser nombrados, con el grado de Suboficial de Policía - Escalafón General - Subescalafón Seguridad, teniendo como primer destino la Policía Local del municipio y/o comuna donde se inscribieran, de acuerdo a las siguientes cantidades:


LOCALIDAD VACANTES

Rufino 20

Alcorta 10

Firmat 20

Villa Cañás 15

Cañada de Gómez 30


ARTICULO 2°: Se autoriza al Instituto de Seguridad Pública a incorporar los contenidos y modificaciones necesarias al Plan de Estudios de la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, a fin de cumplir con los objetivos de la Ley de Emergencia en Seguridad Pública N° 13297 prorrogado por Decreto Nº 1861/14, manteniendo la calidad educativa y conservado las exigencias establecidas por la Resolución Conjunta de los Ministerios de Seguridad Pública N° 1427/13 y de Educación N° 1638/13.

ARTICULO 3°: Los requisitos de ingreso exigidos a los postulantes serán los dispuestos en la Ley N° 12.333 y normativa vigente, cuyas especificaciones obran en el ANEXO I “Requisitos de Inscripción e Incorporación” para el ingreso a la carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública y Ciudadana con Orientación Policial, que se acompaña al presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 4°: Los municipios y/o comunas referidas en el Artículo 1° colaborarán con el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) ejecutando la convocatoria de aspirantes facilitando la publicidad y difusión de la misma, conforme lo acordado en los Convenios de Colaboración suscriptos con cada una.

ARTICULO 5°: A los fines de la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) planificará y ejecutará un Proceso de Selección que se dividirá en las siguientes etapas: 1) Inscripción, 2) Examen Psicológico, 3) Examen Médico, 4) Examen de Aptitud Física y 5) Examen Intelectual, siendo cada una de las mismas eliminatoria, conforme cronograma y condiciones que se detallan en el ANEXO II “Proceso de Selección”, que se acompaña a la presente y forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 6°: Con los postulantes que hallan superado todas las etapas del proceso de selección se confeccionará un orden mérito en forma decreciente ordenado por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año.

ARTICULO 7°: Regístrese, hágase saber, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, en el Portal Web de la Provincia de Santa Fe, en el Portal Web del Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.), y archívese.

Dr. RAUL LAMBERTO

Ministro de Seguridad


ANEXO I


REQUISITOS DE INSCRIPCION E INCORPORACION

1. Para la Inscripción:

a. Ser argentino, nativo o por opción.

b. Tener entre 18 y 29 años de edad a la fecha de incorporación.

c. Tener título secundario o polimodal completo (excluyente, sin adeudar materias a la fecha de incorporación).

d. Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón General - Subescalafón Seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológicos y médicos de ingreso.

e. No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.

f. No encontrarse procesado por la Justicia Nacional o Provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecta su buen nombre y honor.

g. No ser empleado de la administración pública de la Nación, Provincia o municipalidades y comunas.

h. No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de empleo público nacional, provincial o municipal.

i. Presentar la documentación necesaria en forma y plazo que se establezca.

2. Para la incorporación:

a. Haber cumplido con el proceso de selección.

b. Haber obtenido un orden de mérito que permita ser considerado dentro de las vacantes existentes.

c. Haber obtenido y presentado su título secundario definitivo (sin adeudar materias).

d. Haber obtenido el apto médico definitivo en caso de haber resultado “condicionar” en la Junta Médica.

e. Firmar un contrato del cobro de la beca y aceptación voluntaria del Reglamento de Alumnado del Instituto.

f. Presentarse en el Instituto en la fecha y con los elementos requeridos para su incorporación.


ANEXO II

PROCESO DE SELECCION


DIFUSION Y PUBLICIDAD

Los municipios y comunas que suscribieron los convenios de colaboración promoverán la difusión de la convocatoria al proceso de selección en cada una de sus áreas de influencia, como asimismo el Ministerio de Seguridad a través de medios radiales y televisivos, en la página web del Gobierno Provincial y en la página web del Instituto (www.isep.santafe.edu.ar), estableciéndose que todos los trámites son gratuitos, desde el 27 de octubre hasta el 14 de noviembre del año 2014.

En la página web del I.Se.P. se publicarán las exigencias de aptitud física, el temario de las materias a rendir, incluyendo fechas, turnos, condiciones y requisitos para la realización de cada examen.

Será exigencia excluyente presentarse a cada examen con su D.N.I. Los resultados de cada examen se publicarán en la web del ISeP, identificándose a cada postulante por medio del número de legajo de inscripción (NLI).

Todos los exámenes serán eliminatorios y se desarrollarán en el I.Se.P. Zona Sur (Alem 2050 - Rosario).

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

1. Inscripción:

Se realizará condicionalmente vía on-Iine en página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe (Ministerio de Seguridad) y en la página web del I.Se.P., donde se publicará la presente resolución para conocimiento de los interesados, pudiendo las municipalidades y comunas asesorar a interesados.

Los postulantes deberán completar un FORMULARIO DE INSCRIPCION, con carácter de “Declaración Jurada”, debiendo presentarlo personalmente junto a la documentación que la avale, en el I.Se.P. Zona Sur, el día que rinda su Examen Psicológico, confirmando de esta forma la inscripción y la aceptación voluntaria de las condiciones publicadas.

La documentación a presentar junto al formulario será:

a. Formulario de Inscripción (bajado de la página web del I.Se.P. o entregado por su municipalidad o comuna, completo y firmado).

b. Original y fotocopia legalizada del D.N.I., Ira. y 2da. página y último cambio de domicilio, o anverso y reverso del D.N.I. tarjeta.

c. Fotocopia legalizada de la Partida de Nacimiento.

d. Fotocopia legalizada del Certificado Final de estudios secundarios o constancia de certificado en trámite.

e. Certificado de domicilio, original.

f. Foto color, 4x4, 3/4 perfil derecho, fondo celeste.

g. Constancia de C.U.I.L.

Al presentar el total de la documentación definitiva, se confirmará la inscripción recibiendo el postulante una constancia firmada y sellada por el I.Se.P., en la que se registrará la fecha de recepción y el Número de Legajo de Inscripción (NLI), única documentación que confirmará la validez de la inscripción.

Teniendo el FORMULARIO DE INSCRIPCION y la documentación presentada el carácter de “Declaración Jurada”, cualquier falsedad incurrida en los mismos será causal inmediata de eliminación del Proceso de Selección.

La firma y presentación del formulario de inscripción por parte del postulante, se presentará en pleno conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el Proceso de Selección y de la modalidad de designación que resulte.

2. Examen Psicológico

Para los postulantes inscriptos, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con el total de la documentación enumerada en el punto 1. “Inscripción”.

3. Examen Médico

Para los postulantes que aprobaren el Examen Psicológico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con el total de los estudios médicos que sean requeridos.

4. Examen de Aptitud Física

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con ropa de gimnasia requerida.

5. Examen Intelectual

Para los postulantes que aprobaren el Examen Médico, en fecha a publicar en la página web del I.Se.P., debiendo presentarse con bolígrafo azul.

ORDEN DE MERITO

Cumplida la última etapa se confeccionará un orden mérito en forma decreciente, por sexo y localidad donde se inscribió a fin de cubrir las vacantes, cuya vigencia será de un (1) año. Los resultados serán publicados en la página web del I.Se.P.

NOTIFICACIONES Y RECURSOS

A lo largo de todo el Proceso de Selección se considerará notificación fehaciente y suficiente, la publicación en la página web del I.Se.P. de listados, turnos de exámenes y calificaciones, de acuerdo al Número de Legajo de Inscripción (NLI), y en tablero y/o transparente ubicado en la División Alumnado del I.Se.P.

Los reclamos presentados deberán ser por escrito ante el Regente del I.Se.P. Zona Sur, los que serán diligenciados al concluir el Proceso de Selección.

CURSADO

Se desarrollará en la Sede I.Se.P. Zona Sur, Alem 2050 - Rosario, comenzando las clases a fines del año 2014, teniendo el cursado de ler. Año una duración de 1.600 horas cátedra.

S/C 12186 Nov. 11

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AGENCIA PROVINCIAL DE

SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0099


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 29 OCT 2014

VISTO:

el Expediente Nº 00201-0155691-8 del Sistema de información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Piñero solicita habilitación para la colocación y utilización de sistemas o dispositivos automáticos de control de tránsito;

CONSIDERANDO:

Que en fecha 29 de Julio de 2014 se suscribió el "Convenio para el control de Tránsito y la Seguridad Vial mediante Sistemas, Equipos y Dispositivos Automáticos y Semiautomáticas o no, de control de infracciones y Sistema inteligente de control de tránsito, entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y la Comuna de Ricardone registrado bajo el Nº 6111, al Folio Nº 159, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales

Que en dicho contexto en fecha 20 de Octubre de 2014 se dicto la Resolución Nro. 0095/14 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

Que conforme lo informado por la Comuna de Piñero existiría un error de tipeo en la individualización de los datos de uno de los equipos cinemómetros a utilizar.

Que habiendo tomado intervención las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontrándose objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133 Artículo 7, inciso 12 y 34, ss. y cc. ;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 2º de la Resolución Nro. 0095 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, de fecha 20 de Octubre de 2014 la que quedará redactada de la siguiente forma:

"ARTICULO 2º: Dicho control será efectuado exclusivamente mediante la utilización del siguiente dispositivo electrónico,

Cinemómetro de Instalación Fija ubicado para su funcionamiento sobre Ruta Nacional A012 km 9,8, sentido de circulación: carril 1 desde este a oeste y carril 2 de oeste a este, con captura fotográfica y dispositivo de registro de funcionamiento automático, Marca ANCA, Modelo NEO, Serie Nº NEO-0092. "

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 12199 Nov. 11 Nov. 12

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RESOLUCIÓN Nº 0100


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 03 NOV 2014

VISTO:

el Expediente Nº 00201-0162996-0 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Santa Rosa de Calchines suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de los Convenios de Coordinación y Complementación para el control del tránsito efectuado por funcionarios autorizados o por medio de sistemas y dispositivos electrónicos;

Que en este marco, la Agencia Provincial de Seguridad Vial en uso de sus facultades, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando en éstos facultades de ordenamiento, prevención y para fiscalizar y comprobar conductas presuntamente infractoras a la normativa de tránsito en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos, suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial;

Que la Comuna de Santa Rosa de Calchines celebró el convenio respectivo en fecha 09 de Septiembre de 2014, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 6235, al Folio Nº 221, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que asimismo, por Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, estableció que a los fines de la efectiva implementación de las tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes;

Que habiendo tomado intervención las áreas pertinentes de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y verificado el cumplimiento por parte de la Comuna de Santa Rosa de Calchines de los requerimientos para efectuar el control;

Que en el marco de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13133;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Habilitar a la Comuna de Santa Rosa de Calchines para realizar las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y la citada Comuna, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 6235, Folio Nº 221, Tomo XI, siendo el mismo la norma a las cuales las partes se someterán en cuanto a sus derechos y obligaciones.

ARTICULO 2º: Los tramos sobre los que se establece la habilitación son los siguientes:

RP1: del Km 37,45 al Km 56,8.

ARTICULO 3º: A los fines de la fiscalización y comprobación de las presuntas infracciones se deberá respetar lo prescripto en los artículos Nº 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL mediante el formulario denominado “ACTA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION” suministrado por la provincia de Santa Fe y conforme el procedimiento establecido en el INSTRUCTIVO PARA EL LABRADO DE ACTAS EN CONTROLES PERSONALES y aprobado por la Resolución Nº 0018/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y/o las que en el futuro las modifiquen o sustituyan.

ARTICULO 4º: El período de habilitación para la ejecución de dichos controles tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución y por una duración máxima de dos (2) años, todo ello en la forma y las condiciones establecidas en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL o en la que en el futuro la modifique o reemplace.

ARTICULO 5º: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorias, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna y/o Municipio, imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorias y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento establecido en la Ley Nacional Nº 24.449, conforme la adhesión formulada por la Provincia mediante la Ley Nº 13.133, o la que en el futuro se dicte.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto oportunamente con la Comuna y/o Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 12200 Nov. 11 Nov. 12

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RESOLUCIÓN Nº 0102


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 06 NOV 2014

VISTO:

el Expediente Nº 00101-00201769-3 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Coronda suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACION Y COMPLEMENTACION PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 0026/14 aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial, entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que en este marco, el citado Organismo provincial en uso de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando en éstos facultades de ordenamiento, prevención, fiscalización y comprobación de conductas presuntamente infractoras a la normativa de tránsito y la seguridad vial en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos, suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial;

Que la Municipalidad de Coronda celebró el respectivo convenio en fecha 24 de octubre de 2014, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 6356, al Folio Nº 282, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que asimismo, por Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se estableció que a los fines de la efectiva implementación de las tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes;

Que se ha verificado el cumplimiento por parte de la Municipalidad de Coronda de los requerimientos establecidos por la normativa aplicable;

Que habiendo tomado intervención las áreas pertinentes de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y no existiendo objeciones que formular al dictado de la presente, y en el marco de las facultades conferidas por la Ley provincial Nº 13.133.

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Habilitar a la Municipalidad de Coronda para realizar las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y la citada Municipalidad, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 6356, Folio Nº 282, Tomo XI siendo el mismo la norma a las cuales las partes se someterán en cuanto a sus derechos y obligaciones.

ARTICULO 2: A los fines de la fiscalización y comprobación de las presuntas infracciones se deberá respetar lo prescripto en los artículos Nº 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL mediante el formulario denominado “ACTA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION” suministrado por la provincia de Santa Fe y conforme el procedimiento establecido en el INSTRUCTIVO PARA EL LABRADO DE ACTAS EN CONTROLES PERSONALES y aprobado por la Resolución Nº 0018/10 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 3: El período de habilitación para la ejecución de dichos controles tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución, conforme a lo establecido en las clausulas del convenio registrado bajo el Nº 6356, todo ello en la forma y las condiciones dispuestas en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

Los procedimientos realizados y juzgados desde la fecha de la firma del convenio registrado bajo el Nº 4107, Folio 057, Tomo VIII, suscripto el 31 de mayo de 2010, hasta la fecha de la presente, se considerarán autorizados en tanto se hubiera dado cumplimiento a lo dispuesto en sus cláusulas SEGUNDA, TERCERA y OCTAVA del convenio anteriormente citado.

ARTICULO 4: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorias, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna y/o Municipio, imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorias y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento establecido en la Ley Nacional Nº 24.449, conforme la adhesión formulada por la Provincia mediante la Ley Nº 13.133, o la que en el futuro se dicte.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto oportunamente con la Comuna y/o Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 12201 Nov. 11 Nov. 12

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LOTERIA DE SANTA FE

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 176/14


KEF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE NOVIEMBRE/2014.


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0119558-8 del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por el Departamento respectivo para el mes de NOVIEMBRE 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Sorteos de Quiniela de Lotería de Buenos Aires, Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe Quiniela y/o Lotería de Montevideo y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela y/o Lotería de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo. Tómbola (Quiniela y/o Lotería) de Entre Ríos y Lotería de Córdoba y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver los de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta sus programaciones, ya que las mismas han comunicado su aprobación definitiva;

Que el día 24/11/14 se realizaran los Sorteos programados para Quiniela el Primero, Quiniela Matutina y Quiniela Exprés normalmente, no obstante el Feriado Nacional por el día de la Soberanía Nacional;

Que el día 24/11/14 Lotería de Montevideo (código 4), sorteará excepcionalmente por la Quiniela Matutina debido al Feriado Nacional;

Que en el Sorteo Nº 9372 de Quiniela Nocturna a llevarse a cabo el día viernes 21/11/14, el Código de Lotería 4, corresponde a Sorteo de Lotería de Montevideo, a realizarse en el Departamento de Artigas;

Que en concordancia con la medida adoptada por Lotería Nacional S.E., Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Entre Ríos, a partir de Enero/14, esta Caja de Asistencia Social ha dispuesto que durante el mes de Febrero de 2014, los sorteos Propios de Quiniela Matutina y Vespertina se lleven a cabo a la hora 14:00 y 17:30 de lunes a sábados;

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Noviembre/14, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realiza la Caja de Asistencia Social- Lotería de Santa Fe;

Que se estima conveniente asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) para el primer premio, de la categoría Poceada Federal, en el caso de registrarse: ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes, correspondientes por venta de apuestas. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva, previsto en el Artículo 45° del Reglamento General del Juego de la Quiniela de Santa Fe;

Que para la categoría Quiniela Exprés, implementada a partir del 01/06/2012, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 277/12, durante el presente mes se mantendrá en vigencia el horario de 20.45 horas fijado para el cierre de transmisión de apuestas;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000) para el primer premio, Pesos Diez Mil ($ 10.000) para el segundo premio, Pesos Cinco Mil ($ 5.000) para el tercer premio, Pesos Dos Mil ($ 2.000) para los premios: cuarto y quinto respectivamente, Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de Pesos Un Mil Quinientos (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 2480/09,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA

DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULÓ 1°- Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” del mes de NOVIEMBRE, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de Pesos Quince Mil al primer premio, Pesos Diez Mil al segundo premio, Pesos Cinco Mil al tercer premio, Pesos Dos Mil al cuarto y quinto premio respectivamente y Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente, y Pesos Un Mil Quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.

ARTICULO 4°.- Asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) para el Primer Premio, de la categoría Quiniela Poceada, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario, el Pozo para premio seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas.

ARTICULO 5°.- Disponer que continúe en vigencia el horario de cierre de captura de apuestas para la Categoría Quiniela Exprés fijado en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 6°- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismo Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas- Premios.

ARTICULO 7°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

Santa Fe, 30 de Octubre de 2014.

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