picture_as_pdf 2004-11-11

REGISTRADA BAJO EL Nº 12342

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º - Apruébase el Convenio suscripto en fecha 13 de Junio de 2003, "Convenio de Asistencia Alimentaria para la Población afectada por las Inundaciones", aprobado por Resolución Nacional 37, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria de la Provincia de Santa Fe, para ser destinado a la asistencia alimentaria de la población afectada por las inundaciones, registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales con el 1765 en fecha 18 de Junio de 2003 al Folio 084 del Tomo IV, el que se adjunta y forma parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2038 de fecha 21 de Julio de 2003.

ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 08 de noviembre de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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