REGISTRADA BAJO EL Nº 12342
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º - Apruébase el Convenio suscripto en
fecha 13 de Junio de 2003, "Convenio de Asistencia Alimentaria
para la Población afectada por las Inundaciones", aprobado por Resolución
Nacional N° 37, celebrado entre el Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación y la Secretaría de Estado de Promoción
Comunitaria de la Provincia de Santa Fe, para ser destinado a la asistencia alimentaria de la población afectada por las inundaciones,
registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales con el N°
1765 en fecha 18 de Junio de 2003 al Folio 084 del Tomo IV, el que se adjunta y
forma parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por
el Decreto N° 2038 de fecha 21 de Julio de 2003.
ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 08 de noviembre de 2.004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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