REGISTRADA BAJO EL Nº 13773
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Dónase a la Comuna de Chovet, departamento General López, un inmueble ubicado en la zona urbana de esa localidad en la esquina formada por calles España y Sarmiento, designado como Lote 1 de la Manzana 23 del Plano de Mensura Nº 194155/16, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: 29,12 metros frente al Noreste sobre calle España; 60,80 metros de fondo al Noreste lindando con TELECOM ARG. STET-FRANCE y Gobierno Provincial, formando con el lado anterior un ángulo de 90º 11' 36"; 50,46 metros de fondo al Sudoeste lindando con Gobierno Provir.cial, formando con el lado anterior un ángulo de 89° 48' 22"; 38,87 metros de frente al Sudeste sobre calle Sarmiento, formando con el lado anterior un ángulo de 90º 11' 39”; 30,55 metros al Este sobre calle sin nombre que forma una rotonda, formando con el lado anterior un ángulo de 135º 041' 04" y con el vértice del primer lado descripto un ángulo de 134° 07' 19", encerrando una superficie de 2.834,13 metros cuadrados. Empadronado bajo la Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-04-00 365836/0000, nomenclatura catastral Provincial: Dpto. 17, Dto. 04, Subdto. 01, manzana 0036, parcela 00003. Inscripto al Tomo 31, Folio 182, Número 7533 del año 1923, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia.
ARTÍCULO 2 - La donación dispuesta en el artículo anterior se efectúa para serdestinada al funcionamiento del Edificio Comunal.
ARTÍCULO 3 - La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la Comuna de Chovet, departamento General López.
ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTISÉIS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional - 3 SEP 2018
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-
Dr. Pablo G. Farías
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
22909
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