picture_as_pdf 2011-08-11

DECRETO N° 1496


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

01 AGO 2011

VISTO:

El Expediente Nº 00304-0007165-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con el servicio de la deuda de los municipios integrantes del Programa de Desarrollo Integral de Grandes Aglomeraciones Urbanas del Interior – Préstamo BID 1068 OC/AR; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 11.625 autorizó a determinadas Municipalidades y Comunas a contraer empréstitos con el Gobierno Nacional en el marco del programa citado a efectos de financiar proyectos de inversión y de reformas;

Que dicha autorización se materializó mediante la suscripción de Convenios Subsidiarios de Préstamos entre la Nación y los gobiernos locales participantes, obligándose estos últimos a la cancelación de los servicios de la deuda mediante depósitos anticipados a cada vencimiento en cuentas corrientes abiertas a tal efecto en el Banco de la Nación Argentina;

Que la Provincia según lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley citada, garantizó la atención de los compromisos financieros de las Municipalidades y Comunas afectando los recursos de coparticipación federal de impuestos, hasta la cancelación total de los empréstitos, para lo cual se autorizó al Estado Nacional a efectuar el débito automático;

Que asimismo, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 9º de la Ley, los Entes Municipales y Comunales mediante el dictado de las ordenanzas pertinentes afectaron los fondos que le corresponden por el régimen de coparticipación provincial de impuestos, para lo cual se autorizó al Gobierno Provincial a debitar automáticamente de dichos fondos los importes que el Estado Nacional pudiera descontar a la Provincia por sus incumplimientos;

Que el 16 de Marzo de 2011 operó el vencimiento del servicio de la deuda por Intereses y Amortización de Capital correspondiente a la primer cuota del año 2011;

Que la Unidad Ejecutora Central del Ministerio del Interior estableció como fecha límite para la cancelación en forma directa mediante depósito municipal el día 30 de Mayo de 2011;

Que al haberse producido la falta de cumplimiento de la obligación indicada anteriormente por parte de los municipios y comunas integrantes del Programa, la Nación dispuso la retención de un total de $16.916.032,97 (PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL TREINTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS) de la Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponde a la Provincia el día 09 de junio de 2011 a través del Banco de la Nación Argentina, en concepto de Intereses y Amortización de Capital;

Que si bien en el marco de la normativa vigente el descuento hubiera correspondido efectuarse con la modalidad y en el orden establecido en el Decreto Nº 0057/96, actualmente se están descontando las cuotas dispuestas por Decreto Nº 3001/10 cuya última retención se efectuará en el mes de agosto de 2011;

Que a efectos de no resentir las finanzas de los gobiernos locales involucrados, se considera oportuno realizar el descuento en 6 (seis) cuotas mensuales y consecutivas a partir de la segunda quincena del mes de setiembre de 2011;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º: Establécese que los importes correspondientes al servicio de la deuda por Intereses y Amortización de Capital del Préstamo Grandes Aglomeraciones Urbanas del Interior, retenido de la Coparticipación Federal de Impuestos el día 09 de junio de 2011, serán descontados a los municipios integrantes del programa en 6 (seis) cuotas mensuales y consecutivas, a partir de la segunda quincena del mes de setiembre de 2011, conforme al Anexo Único y respetándose el régimen de privilegios establecido en el Artículo 28º del Decreto Nº 0057/96 sustituido en los incisos 3, 4 y 5 por el Decreto Nº 224/02.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

CPN Angel José Sciara


NOMINA DETALLADA EN EL ANEXO UNICO

MUNICIPIO - COMUNA

PUERTO GRAL. SAN MARTIN

GRANADERO BAIGORRIA

PEREZ

RICARDONE

ROSARIO

SAN LORENZO

VILLA GOB. GALVEZ

6878

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