DECRETO Nº 1342
SANTA FE, "Cuna de la Constitución
Nacional", 02 AGO 2010
VISTO:
El Expediente N°
00320-0004290-4, registro del Sistema de Información de Expedientes, por el que
la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública solicita el incremento
del cupo para becas para la Carrera de Postgrado "Magister en
Administración Pública"; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto
Nº 1840/97 y modificatorios, se estableció un Sistema de Becas para la
Administración Pública Provincial que realicen la citada carrera de postgrado;
Que la citada
propuesta académica se considera una vía de capacitación del más alto nivel de
profesionales de la Administración Pública Provincial y la misma resulta
coincidente con las exigencias que plantea la realidad actual del Estado
Provincial;
Que el número de
Becas instituido por el citado decreto para cada una de las promociones es de
hasta 20 (veinte), por un monto equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del
costo total de la matrícula, a cada uno de los agentes seleccionados;
Que por Decreto Nº
0697/2006 se modificó ese número, elevándolo a 22 (veintidós);
Que dado el
comportamiento de la demanda originada en el sector estatal corroborado por la
Facultad de Ciencias Económicas dependiente de la Universidad Nacional del
Litoral, se solicitó extender la cantidad prevista en las promociones
anteriores, elevándolo a un total de 40 (cuarenta) becas;
Que la Subsecretaría
de Recursos Humanos y Función Pública ha prestado su conformidad a la gestión;
Que asimismo
corresponde modificar la integración del Comité de Selección oportunamente
creado por Decreto Nº 1840/97, quien tiene a su cargo el otorgamiento de las
becas a los postulantes que reúnan los requisitos que, a juicio del mismo, sean
indispensables para acceder a las mismas;
Que se cuenta con
crédito suficiente en la Partida Presupuestaria correspondiente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1º -
Modifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 1840/97, estableciendo que el número
de Becas instituido por el Gobierno Provincial por cada una de las Promociones
de la Carrera de Postgrado "Magister en Administración Pública" que
dicta la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral
se extiende a 40 (cuarenta) aspirantes.
ARTÍCULO 2º -
Modifícase el Artículo 4º del Decreto Nº 1840/97, estableciendo que el Comité
de Selección de aspirantes estará integrado por el Señor Secretario de Gobierno
del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y los Señores Secretario de
Hacienda y Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio
de Economía.
ARTÍCULO 3º - El
gasto, se imputará en el Carácter 1, Jurisdicción 36, Programa 21, Actividad
01, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida
Parcial 3, del Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º -
Regístrese, comuníquese y archívese.
BINNER
CPN Angel José Sciara
4974
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