MINISTERIO DE SALUD
NOTIFICACION
Se notifica por este
medio, que en los autos Caratulados: “MINISTERIO DE SALUD Ref.: Nota 14095/09.
s/Creación del Registro de Objetores de Conciencia Dependiente de la Dción.
Pcial. de Mat. e Infancia s/Práctica y Acciones de la Salud Sexual y Reproductiva”
Expte. N° 00501-0103636-5, se ha dictado la Resolución 843 de fecha 28 de abril
de 2010, que en lo pertinente expresa:
ARTICULO 1°: Créase
el Registro de Objetores de Conciencia en todo el sistema sanitario de la
Provincia de Santa Fe, el que funcionara en el ámbito de la Secretaría de
Salud.
ARTICULO 2º:
Establécese como requisito imprescindible para ser incluido en el Registro
creado por el artículo precedente, que el objetor suscriba una declaración
acorde a un formato tipo que le será provisto por la Secretaría de Salud a
través de la Dirección del servicio de salud en el que se desempeñe. En dicha
manifestación los profesionales deberán comprometerse a ejercer la objeción en
ámbitos asistenciales tanto públicos como privados.
ARTICULO 3°:
Dispónese que la Sectorial Informática de este Ministerio tendrá a su cargo el
desarrollo de un sistema web que concentre los datos del registro en una base
central que tomara carácter de información pública tal como establece la
legislación vigente.
ARTICULO 4°:
Establécese en noventa (90) días el plazo limite para registrar la objeción
respectiva, para permitir disponer el reemplazo del objetor, de modo de
garantizar el acceso efectivo y oportuno a las prestaciones requeridas por la
población. Vencido dicho plazo no existirá objeción alguna y por tanto el deber
de actuar de los profesionales. En los casos de nuevos ingresos a la Administración
Pública Provincial, se implementará un formulario de adhesión a través de la
Dirección Provincial de Recursos Humanos.
ARTICULO 5°:
Dispónese que los responsables, responsables de gestión, directores y jefes de
servicios de los establecimientos sanitarios deberán realizar los arreglos
organizacionales que fueran menester para que el objetor sea relevado del
cumplimiento de la práctica objetada. Asimismo organizarán las funciones
ordinarias o programadas y las guardias, garantizando la asistencia de personal
no objeto a fin de asegurar el derecho de las personas que requieran la
realización de prácticas o métodos objetados.
ARTICULO 6°:
Establécese que ante situaciones atípicas o que merezcan un análisis
particular, se dará intervención a los Comités de Docencia e Investigación y/o
de Bioética para que efectúen su respectiva recomendación. Fdo. Miguel Angel
Cappiello, Ministerio de Salud, Dirección General de Despacho, 4 de agosto de
2010.
S/C 4967 Ag. 11
__________________________________________
I.A.P.O.S.
NOTIFICACION
Por Resolución
Ministerial N° 1381 de fecha 23/06/10 cuyas actuaciones se encuentran en el
Expediente N° 15301-0287842-v, se ha procedido a declarar desierto el Recurso
de Apelación interpuesto en Subsidio por el agente Emilio Grosso contra la
Disposición I Nº 298 de fecha 14 de junio de 2005 dictada por el Sr. Director
Provincial del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social. En consecuencia,
se procederá a la notificación de la citada Resolución, de acuerdo o lo
establecido en el Art. 20 Inc. e) de la Ley Nº 10204. Fdo. Hermes Binner
Gobernador de la Provincia de Santa Fe.
S/C 4970 Ag. 11
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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL N° 190
Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE
SANTA FE
MES DE SETIEMBRE DE 2010
Emisiones: 3371, 3372, 3373 y 3374
VISTO:
Las actuaciones que
obran en el Expediente Nº 00302-0082348-2 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la
Sub Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el
Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería
Tradicional de Santa Fe para el mes de Setiembre de 2009;
Que para estos
sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Quinientos Mil Pesos ($ 500.000) al
precio de Treinta y Seis Pesos ($ 36) cada billete entero, más el impuesto que
fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;
Que el total de
premios programados asciende a la cantidad de un Millón Trescientos Dos Mil
Setecientos Noventa y Un Pesos con veinte centavos ($ 1.302.791,20), lo que
representa el Sesenta con Treinta y Uno por Ciento (60,31%) sobre el total a
emitirse de Sesenta Millares;
Que la Resolución de
Dirección General N° 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería
Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;
Que dicho programa ha
sido conformado numéricamente por el Departamento, Contable de la Caja y que la
partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer
frente a los premios establecidos en esta programación;
Por todo ello, y de
conformidad a la facultad emergente del inciso 4° del artículo 2° del Decreto
N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
Art. 1º) Aprobar el
programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones Nros. 3371, 3372,
3373 y 3374 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 04, 11,
18 y 25 de Setiembre de 2009 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa
Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º) El gasto que
demande la gestión de referencia deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos
Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 -
Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3º Ley
25.917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros
Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas
- Premios.
Art. 3º) Regístrese,
comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a
que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de
Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.
Santa Fe, 10 de Agosto
de 2009.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
ANEXO I
EMISION
Partes por entero Millares Total emitido Premios
2 60 $ 2.160.000,00 $ 1.302.791,20
%
s/emisión: 60,31%
PRECIO
ENTERO UNA PARTE
VALOR NOMINAL $ 36,00 $ 18,00
PROV.STA.FE C/IMP. $ 39,60 $
19,80
OTRAS JURISDIC.
C/IMP. $ 43,20 $ 21,60
SORTEOS
NUMERO FECHA PRESCRIPCION
3371 04-Sep-10 04-Oct-10
3372 11-Sep-10 11-Oct-10
3373 18-Sep-10 18-Oct-10
3374 25-Sep-10 25-Oct-10
PREMIOS
CANTIDAD UNA
PARTE ENTERO TOTAL
1 premio de $ 250.000,00 $ 500.000,00 $
500.000,00
1 premio de $ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 50.000,00
1 premio de $ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 30.000,00
1 premio de $ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 20.000,00
1 premio de $ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 15.000,00
5 premios de $ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 50.000,00
10 premios de $ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 50.000,00
600 premios 10
extrac. de 3 cifras $ 30,00 $ 60,00 $ 36.000,00
59 premios term.3 c.
del primer premio $ 30,00 $ 60,00 $ 3.540,00
540 premios term.2 c.
del primer premio $ 25,00 $ 50,00 $
27.000,00
5400 premios term. 1
c, del primer premio $ 21,60 $ 43,20 $
233.280,00
6666 premios
progresión 9 en 9 $ 21,60 $ 43,20 $ 287.971,20
13285 premios por un
total de $
1.302.791,20
APROXIMACIONES
5% DEL PRIMER PREMIO
2 aprox. números
anterior y posterior $
2.000,00 $ 4.000,00
2 aprox. Nros. ant. y
post. subsiguientes $
1.500,00 $ 3.000,00
2 aprox. Nros. ant. y
post. subsiguientes $
1.000,00 $ 2.000,00
2 aprox. Nros. ant. y
post. subsiguientes $
500,00 $ 1.000,00
Reserva para premios
especiales $
15.000,00
5% DEL SEGUNDO PREMIO
2 aprox. números
anterior y posterior $
750,00 $ 1.500,00
2 aprox. Nros. ant. y
post. subsiguientes $
500,00 $ 1.000,00
5% DEL TERCER PREMIO
2 aprox. números
anterior y posterior $
450,00 $ 900,00
2 aprox. Nros. ant. y
post. subsiguientes $
300,00 $ 600,00
Progresión: Si al
billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8 el
importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de
aquél (50% a la anterior y 50% a la posterior).
S/C 4968 Ag. 14
_________________________________________________
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL N° 191
Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA CHICA DE SANTA FE
Emisiones: 662, 663, 664 y 665
Mes: Setiembre 2010
VISTO:
Las actuaciones que
obran en el Expediente Nº 00302-0082349-3 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la
Sub Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el
Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería
Chica de Santa Fe proyectados para el mes de Setiembre de 2010.
Que para estos
sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Quince Mil Pesos ($ 15.000), al
precio de Cuatro Pesos con Cincuenta y Cinco centavos ($ 4,55) cada billete,
sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos;
Que el total de
premios programados asciende a la cantidad de Veintisiete Mil Quinientos
Sesenta Pesos ($ 27.560) por emisión, lo que representa el sesenta con
cincuenta y siete por ciento (60,57%) sobre el total a emitirse de diez (10)
millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte;
Que dicho programa ha
sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja;
Que la partida
presupuestaría correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los sorteos establecidos en esta programación;
Por todo ello, y de
conformidad a la facultad emergente del inciso 4° del artículo 2° del Decreto
Nº 2688/78 y Decreto Nº 1651/82;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
Art. 1º) Aprobar el
programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 662, 663, 664 y
665 de Lotería Chica de Santa Fe, a realizarse los días 04, 11, 18 y 25 de
Setiembre de 2010 por medio de las extracciones de la Lotería Tradicional de
Santa Fe en la fecha respectiva y que como Anexo I forma parte integrante de la
presente Resolución.
Art. 2º) El gasto que
demande la gestión de referencia deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos
Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 -
Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3º Ley
25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros
Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas
Operativas - Premios.
Art. 3º) Regístrese,
comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a
que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de
Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.
Santa Fe, 10 de
Agosto de 2009.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
ANEXO I
PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE: SETIEMBRE DE 2010
VALOR ENTERO
VALOR NOMINAL $ 4,55
PROV. STA. FE C/IMP. $ 5,00
OTRAS JURISDIC.
C/IMP. $ 5,50
SORTEOS
NUMERO FECHA PRESCRIPCION
662 04-Sep-10 04-Oct-10
663 11-Sep-10 11-Oct-10
664 18-Sep-10 18-Oct-10
665 25-Sep-10 25-Oct-10
PREMIOS ENTERO TOTAL
A LAS 4 CIFRAS
1 premio de $
15.000,00 $ 15.000,00
1 premio de $
1.250,00 $ 1.250,00
1 premio de $
750,00 $ 750,00
1 premio de $
500,00 $ 500,00
1 premio de $
250,00 $ 250,00
A LAS 3 ULTIMAS
CIFRAS
9 del primer premio $
50,00 $ 450,00
9 del segundo premio $
30,00 $ 270,00
9 del tercer premio $
25,00 $ 225,00
9 del cuarto premio $
20,00 $ 180,00
9 del quinto premio $
15,00 $ 135,00
A LAS 2 ULTIMAS
CIFRAS
90 del primer premio $
10,00 $ 900,00
90 del segundo premio $
9,00 $ 810,00
90 del tercer premio $
8,00 $ 720,00
90 del cuarto premio $
7,00 $ 630,00
90 del quinto premio $
6,00 $ 540,00
A LA ULTIMA CIFRA
900 del primer premio $
5,50 $ 4.950,00
1400 premios por un
total de: $
27.560,00
EMISION
Fraccionamiento Millares Total emitido Premios
1 parte 10 $ 45.500 $
27.560,00
%
s/emisión: 60,57%
S/C 4969 Ag. 11
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