DECRETO N°
2127
Santa Fe, 29 de Julio de 2003.-
V I S T O:
El expediente n° 00501-0051.356-2 del S.I.E. mediante el cual se gestiona la creación de la Zona
de Salud IX dependiente del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, que abarcará
a todos los efectores de salud del Departamento 9 de Julio, con cabecera en la
ciudad de Tostado; y
CONSIDERANDO:
Que tal necesidad se plantea con el objeto de obtener un funcionamiento más
ágil del Hospital Base Referencial de Tostado y su zona de cobertura, con
independencia de la Zona de Salud I, permitiendo una mejor satisfacción de las
demandas asistenciales de la población teniendo en cuenta la dimensión
territorial de dicha Zona de Salud;
Que a los fines señalados se prevé la constitución de la Zona de Salud IX,
comprensiva del ámbito territorial del Departamento 9 de Julio, el que
actualmente se encuentra integrado a la Zona de Salud I;
Que atento a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas a este
Poder Ejecutivo por el artículo 72° de la Constitución Provincial, se considera
procedente lo gestionado;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Constitúyese, bajo la dependencia
del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, la Zona de Salud IX, con cabecera en
la ciudad de Tostado que abarcará todos los efectores de salud del Departamento
9 de Julio, quedando éstos, consecuentemente, desafectados de la Zona de Salud
I.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Ing. Fernando Bondesio
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