picture_as_pdf 2009-06-11

C.C.E. S.R.L.


CESION DE CUOTAS

MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario a cargo del Registro Público de Comercio se hace, saber por el término y en cumplimiento de lo previsto en el Art. 10 Inc. b) de la Ley 19.550, que los Sres. Víctor Calia, argentino, nacido el 24 de Agosto de 1943, casado con Graciela Alicia Masia, comerciante, DNI Nº 6.052,155, domiciliado en Av. Pellegrini 1615 - Piso 3º - de Rosario; Manuel Hugo Carboni, argentino, nacido el 9 de Febrero de 1947, casado con María Bressa, comerciante, DNI Nº 6.069,180, domiciliado en calle Pte. Roca 1876 de Rosario; y Juan Carlos Echevarria, argentino, nacido el 11 de Agosto de 1947, casado con Norma Susana Bernal, comerciante, DNI Nº 6.073.400, domiciliado en calle H. de la Quintana 68 bis, de Rosario, únicos socios de la Sociedad C.C.E. S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 157 Folio 13563 Nº 1047 - Sección Contratos en fecha 05/07/06, han cedido la totalidad de las cuotas sociales de las que resultaban titulares en favor de los Sres. Resalía Ester Ansaldi, argentina, nacida el 29 de Enero de 1931, casada con Manuel Raúl López, comerciante, DNI Nº 2.821.694, domiciliada en calle Callao 168 - Piso 1º de Rosario; Ana Paula Varela, argentina, nacida el de Mayo de 1969, divorciada, diseñadora equipacional, DNI Nº 20.812.341, domiciliada en calle Ocampo 313 de Rosario; y Gustavo Aldo Roberto Giampani, argentino, nacido el 30 de Octubre de 1959, divorciado, ingeniero civil, DNI Nº 13.509.142, domiciliado en calle Callao 168 - Piso 6º de Rosario, La cesión se efectuó en la siguiente proporción: los Sres. Calia y Carboni cedieron a la Sra. Ansaldi 16.667 cuotas de capital de $ 1 valor nominal, cada uno de los cedentes, totalizando 33.331 cuotas, y el Sr. Echevarria cedió a la Sra. Ansaldi 6.636 cuotas de capital de $ 1 valor nominal, a la Sra. Varela 5.000 cuotas de capital de $ 1 valor nominal, y al Sr. Giampani 5.000 cuotas de capital de $ 1 valor nominal. Asimismo los Sres. Ansaldi, Varela y Giampani en su calidad de únicos socios, han resuelto modificar los Artículos Quinto y Sexto del contrato constitutivo, quedando el capital social suscripto e integrado del siguiente modo: Rosalía Ester Ansaldi 40.000 cuotas sociales de $ 1 valor nominal cada una: Ana Paula Varela 5.000 cuotas sociales de $ 1, valor nominal cada una y Gustavo Aldo Roberto Giampani 5.000 cuotas sociales de $ 1 valor nominal cada una. La administración, dirección y representación estará a cargo de los Sres. Ansaldi, Varela y Giampani indistintamente, designándose Gerente al Sr. Gustavo Aldo Roberto Giampani, DNI Nº 13.509.142, modificándose de tal modo la cláusula Sexta. El resto de las cláusulas del contrato constitutivo quedan redactadas del modo en que fueran aprobadas e inscriptas en el Registro Público de Comercio.

$ 44 70728 Jun. 11

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AGUAS SANTAFESINAS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, de esta ciudad de Santa Fe, en autos “AGUAS SANTAFESINAS S.A. s/Designación de Autoridades” (Expte. 1311/2008), se hace saber que por Reunión de Directorio de fecha 13.12.07 se ha procedido a distribuir los cargos de Presidente y Vicepresidente de la sociedad, quedando los mismos integrados de la siguiente manera: Presidente: Ing. Juan Alberto Daniele, D.N.I. 6.066.499; Vicepresidente: Dra. Nora Beatriz Ramírez, D.N.I. 11.447.387.

Santa Fe, 6 de Mayo de 2009. - Mercedes Kolev, secretaria.

$ 15 70712 Jun. 11

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AGUAS SANTAFESINAS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, de esta ciudad de Santa Fe, en autos “AGUAS SANTAFESINAS S.A. s/Designación de Autoridades”, (Expte. 1311/2008), se hace saber que por Asamblea Especial de Clases A y B de fecha 06.12.07 se ha procedido a designar como Directores, Síndicos Titulares y Síndicos Suplentes: Clase A: Directores: Ing. Juan Alberto Daniele, D.N.I. 6.066.499, y Dra. Nora Beatriz Ramírez, D.N.I. 11.447.387; Síndicos Titulares: C.P.N. Valeria Mónica Spessot, D.N.I. 25.008.727, y Dr. Julio César Genesini, D.N.I. 12.139.377, Síndicos Suplentes: Dra. Ana María Brunet, D.N.I. 13.795.254, y Dr. Pablo Esteban Scandizzi, D.N.I. 25.007.657. Clase B: Director: Ing. Carlos Alberto Maina, D.N.I. 16.445.174; Síndico Titular: Dr. Fabián Alejandro Speca, D.N.I. 16.935.177, Síndico Suplente: Dr. Guillermo Vitali, D.N.I. 24.322.789.

Santa Fe, 6 de Mayo de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

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BENZI HOGAR S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO

DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª. Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “Benzi Hogar S.R.L. según Modificación de Contrato y Designación de Socio Gerente”, se dispone la modificación de los siguientes Artículos:

Artículo Sexto: Administración y Representación: La representación y administración de la sociedad estará a cargo un gerente designado por Reunión de Socios, quien ejercerá dicho cargo con las facultades y prohibiciones de ley.

Artículo Séptimo: El gerente tiene el uso de la firma social y representa a la misma pudiendo realizar cualquier acto de administración en cumplimiento del objeto social. No podrá sin la conformidad expresa de todos los socios realizar compraventas de bienes inmuebles, y/o bienes muebles registrables, como así tampoco constituir hipotecas y/o cancelar hipotecas, y/o prendas sobre los bienes que pertenezcan a la sociedad. Le queda totalmente prohibido comprometer a la firma social en prestaciones gratuitas, o garantías favor de terceros como así también en negociaciones ajenas a la actividad de la sociedad.

En la reunión de socios se fijará la remuneración del gerente.

Artículo Octavo: En garantía de su gestión el gerente debe depositar la suma de dos mil pesos ($ 2.000) en la caja de la sociedad.

Artículo Decimosegundo: Ejercicio social. El ejercicio social cierra el día 30 de abril de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables, conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) Cinco por Ciento (5%) hasta alcanzar el Veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b) A remuneraciones del gerente; c) El saldo en todo o en parte, a los socios en proporción al capital integrado o a fondos de reserva facultativa o de previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la reunión de socios.

Por Acta de Reunión de Socios de Fecha 01 de Marzo de 2009, se designa socio gerente a Benzi Martín Rodrigo, DNI 24.035.235.

Santa Fe, 3 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

$ 15 70668 Jun. 11

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ESTANCIA MARIA CRISTINA S.A.


ESTATUTO


En la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de febrero de 2009, los señores Adriana Beatriz Bertolaccini López, comerciante, nacida el 20 de mayo de mil novecientos sesenta nueve, apellido materno López, casado en primeras nupcias con Diego Leandro Schaberger, DNI 20.667.258, domiciliada en calle Mariano Quiroz número setecientos setenta y Mario Luis Bertolaccini López, comerciante, nacido el 06 de julio de mil novecientos setenta y tres, apellido materno López, soltero, DNI 23.429.651, domiciliado en calle Sargento Cabral número veintitrés 3º Piso Dpto. B, ambos de la localidad de Rafaela, de nacionalidad argentina hábiles para contratar, de común acuerdo, resuelven dejar constituida una Sociedad Anónima denominada ESTANCIA MARIA CRISTINA S.A., la cual tendrá una duración de 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Su domicilio legal será en la localidad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, siendo este en calle Lavalle Nº 201. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: a) Agropecuarias: Mediante la explotación en todas sus formas, por sí o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales de propiedad de la sociedad o de propiedad de terceros, tomados - estos últimos - bajo cualquier modalidad contractual. b) Compraventa, importación y exportación, de hacienda de todas las especies y categorías, en pié o faenada, a nombre y por cuenta propia. c) Consignaciones de hacienda, en pié o faenada, de todas las especies y categorías. d) Compra, venta, consignación, acopio de cereales, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, y cualquier otro producto derivado de explotaciones agrícolas, ganaderas y/o tamberas, sin limitaciones ni exclusiones de ninguna índole, de propia producción, o de terceros, a nombre y por cuanta propia o de terceros. Capital social: doscientos mil pesos ($ 200.000,00), representado por 20000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de diez ($ 10) pesos cada una y con derecho a un voto por acción. La administración y representación de la sociedad está a cargo de un directorio que dura dos ejercicios en sus funciones. Primer Directorio: Presidente: Mario Luis Bertolaccini López (DNI 23.429.651). Director Suplente: Adriana Beatriz Bertolaccini López (DNI 20.667.258). El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).

Rafaela, 3 de Junio de 2009. Adriana P. Constantín de Abele, secretaria.

$ 26,80 70735 Jun. 11

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GAVIGLIO COMERCIAL S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En la localidad de Zenón Pereyra a los 27 días del mes de Enero de 2009, mediante Asamblea General Ordinaria Nº 25, la sociedad GAVIGLIO COMERCIAL S.A., procedió a fijar el número de integrantes de su directorio y a elegir a los mismos por el período estatutario de tres (3) ejercicios designando a las siguientes personas: Presidente: Hilario José Gaviglio, LE 6.266,527; Vicepresidente: Analía Adelina Gaviglio, DNI 11.761.601; Director Titular: Horacio Javier Gaviglio, DNI 16.882.297 y Director Suplente: José Marcelo Sasia DNI 16.031.332.

Santa Fe, 01 de Junio de 2009. - Mercedes Kolev, secretaria.

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TRANSOLEOS S.R.L.


CESION DE CUOTAS

DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor juez de 1ra instancia de Distrito en lo Civil y comercial 1ª. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de Santa Fe se ha ordenado la publicación del siguiente edicto de cesión de cuotas sociales y designación de gerente: En la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los 10 días del mes de agosto del año 2007, se reúnen el Señor Eduardo Rubén Faisal, de profesión comerciante, argentino, casado en primeras nupcias con Haydee Elvira Gillard, D.N.I. Nro 14.558.221, Clave única de Identificación Tributaria Nro. 20-14558221-1, nacido el 6 de Febrero de 1962, con domicilio legal constituido en calle San Juan Nro. 2299 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; el señor Federico Hernán Ríos, de profesión Contador Público Nacional, argentino, casado en primeras nupcias con Julieta María Passeggi, D.N.I. Nro. 25.459.419, Clave Unica de Identificación Tributaría Nro. 23-45459419-9, nacido el 8 de octubre de 1976, con domicilio legal constituido en calle 9 de Julio 4937 de la ciudad de Santa Fe, Departamento la capital, Provincia de Santa Fe por una parte como vendedores; y la otra como compradores el señor Raúl Horacio Faisal, de profesión comerciante, argentino, DNI Nro. 20.180.455, casado con Marisa Daniela Lanzo, C.U.I.T. Nro. 20-20180455-9, nacido el 12 de diciembre de 1968, con domicilio legal constituido en calle Ignacio Crespo 831, de la ciudad de Recreo, departamento La Capital, Provincia de Santa Fe y la señora Marisa Daniela Lanzo, docente, argentina, casada en primeras nupcias con Raúl Horacio Faisal, D.N.I 18.011.862, Clave única de Identificación Tributaría Nro. 23-18011862-4, nacida el 19 de febrero de 1967, con domicilio legal constituido en calle Ignacio Crespo 831, de la ciudad de Recreo, departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar, convienen de mutuo y común acuerdo celebrar el presente contrato de cesión de cuotas y modificación de el artículos 5º del contrato social. Esta cesión se rige bajo las siguientes cláusulas: Primera: El señor Eduardo Rubén Faisal, vende, cede y transfiere sin reserva y limitación alguna, a favor del Señor Raúl Horacio Faisal la cantidad de 1629 cuotas sociales de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una en la suma de pesos dos cientos cincuenta y tres mil veintidós ($ 253.022,00.-) y a favor de la Señora Marisa Daniela Lanzo la cantidad de 171 cuotas sociales de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una en la suma de pesos veintiséis mil quinientos cincuenta ($ 26.550,00.); el señor Federico Hernán Ríos vende, cede y transfiere sin reserva y limitación alguna, a favor de la Señora Marisa Daniela Lanzo la cantidad de 10 cuotas sociales de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una en la suma de pesos un mil quinientos cincuenta y tres ($ 1.553,00.-). El precio de esta cesión se recibe en dinero en efectivo de manos del comprador, otorgándole por medio del presente instrumento recibo y carta de pago, y transfiriéndole todos los derechos, acciones y obligaciones que había y tenían en la sociedad TRANSOLEOS SRL. Segunda: El Señor Raúl Horacio Faisal y la Señora Marisa Daniela Lanzo aceptan la cesión de cuotas de capital realizada a sus nombres, agregando que declara conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económico-financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato. Tercera: Los cedente declaran que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes y las cuotas de capital están libres de embargos. Cuarta: A partir de la fecha de inscripción de la presente en el Registro Público de Comercio; Eduardo Rubén Faisal y Federico Hernán Ríos quedan desvinculados totalmente de la sociedad y de toda responsabilidad presente o futura emergente de los negocios u obligaciones que puedan surgir de las relaciones comerciales de TRANSOLEOS SRL. Quinta: Presente en este acto los cónyuges Haydee Elvira Gilliard, DNI 14.683.792 y Julieta María Passeggi, DNI 25.910.089 lo hace al solo efecto de firmar dando su consentimiento conyugal a esta operación. Por la cesión detallada precedentemente se modifica el artículos 5º de el contrato social, quedando redactados de la siguiente manera: ARTICULO 5º: El capital social se fija en la suma de pesos ciento ochenta y un mil ($ 181.000) representado por mil ochocientas diez cuotas de cien pesos ($ 100,00) valor nominal cada una, totalmente suscripto e integrado por los socios de acuerdo al siguiente detalle: El Señor Raúl Horacio Faisal suscribe mil seiscientas veintinueve (1629) cuotas de capital representativas de pesos ciento sesenta y dos mil novecientos ($ 162.900,00.-) en bienes no dinerarios según balance que se firma separadamente y que forma parte integrante de este contrato y la Señora Marisa Daniela Lanzo suscribe ciento ochenta y una (181) cuotas de capital representativas de pesos dieciocho mil cien ($ 18.100,00.) de la siguiente manera: pesos diecisiete mil cien ($ 17.100,00.-) en bienes no dinerarios según balance que se firma separadamente y que forma parte integrante de este contrato y pesos un mil ($ 1.000,00.) en efectivo. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios. Resuelta cada ampliación, la suscripción de las nuevas cuotas será realizada por los socios de acuerdo a la proporción de capital que en ese momento posea cada uno, debiendo prorratear entre ellos las cuotas asignadas a aquellos socios no interesados en acrecer su participación. En este acto los socios acuerdan designar como gerente al señor Raúl Horacio Faisal. Todas las cláusulas del contrato de constitución de la sociedad que no se hubieren modificado por la presente, quedan vigentes con todo su valor legal. Santa Fe, 4 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

$ 20 70731 Jun. 11

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TODO HOGAR S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO

DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª. Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “Todo Hogar S.R.L. según Modificación de Contrato y Designación de Socio Gerente”, se dispone la modificación de los siguientes Artículos:

Artículo Sexto: Administración y Representación: La representación y administración de la sociedad estará a cargo un gerente designado por Reunión de Socios, quien ejercerá dicho cargo con las facultades y prohibiciones de ley.

Artículo Séptimo: El gerente tiene el uso de la firma social y representa a la misma pudiendo realizar cualquier acto de administración en cumplimiento del objeto social. No podrá sin la conformidad expresa de el otro socio realizar compraventas de bienes inmuebles, y/o bienes muebles registrables, como así tampoco constituir hipotecas y/o cancelar hipotecas, y/o prendas sobre los bienes que pertenezcan a la sociedad. Le queda totalmente prohibido comprometer a la firma social en prestaciones gratuitas, o garantías favor de terceros como así también en negociaciones ajenas a la actividad de la sociedad.

En la reunión de socios se fijará la remuneración del gerente.

Artículo Octavo: En garantía de su gestión el gerente debe depositar la suma de dos mil pesos ($ 2.000) en la caja de la sociedad.

Artículo Decimosegundo: Ejercicio Social El ejercicio social cierra el día 30 de Abril de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables, conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.

Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) Cinco por Ciento (5%) hasta alcanzar el Veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b) A remuneraciones del gerente c) El saldo en todo o en parte, a los socios en proporción al capital integrado o a fondos de reserva facultativa o de previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la reunión de socios.

Artículo Decimocuarto: Disolución y Liquidación disuelta la sociedad por cualquiera de las causales del artículo 94 de la ley 19550, la liquidación puede ser efectuada por el gerente o por quien designen los socios.

Cancelando el Pasivo y reembolsando el capital, el remanente se repartirá entre los socios en proporción al capital integrado.

Por unanimidad, se autoriza al Contador Público Nacional Schaufler Guillermo, D.N.I. 22.418.855, domiciliado en Mendoza Nº 541 de Colonia Belgrano, Provincia de Santa Fe, y al Contador Público Nacional Gurí Matías, D.N.I. 29.167.760, con domicilio en calle San Martín Nº 722, de Colonia Belgrano, Provincia de Santa Fe, para que realicen todas las gestiones necesarias para obtener la inscripción de esta modificación en el Registro Público de Comercio, con facultades de aceptar, proponer modificaciones, acompañar y desglosar documentación.

Presente la Señora Verónica Vincenti, D.N.I. 21.641.969, manifiesta su conformidad.

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación se firma el presente, en el lugar y fecha indicadas precedentemente.

Por Acta de Reunión de Socios de fecha 01 de Marzo de 2009 se designa socio gerente a Benzi, Martín Rodrigo, D.N.I. 24.035.235.

Santa Fe, 3 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

$ 30 70669 Jun. 11

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GEMINELLI S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Actualización domicilio especial directores

Conforme al acta de directorio Nº 79, de fecha 20 de mayo de 2009, y a los efectos de inscripción en el RPC, se publica por el término de la ley que los domicilios especiales y legales de los directores de GEMINELLI SA quedan fijados de la siguiente manera: El Sr. Edgardo Máximo Geminelli, DNI: 13.240.753, fija domicilio especial y legal en calle Castellanos 1125 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, el Sr. Simeon Flecha Villamayor, DNI: 93.494.912, fija domicilio especial y legal en calle Alvear 3820, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe: y el Sr. Juan Carlos Lamónaco, DNI: 12.523.832, fija domicilio especial y legal en calle Friulli 622. de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

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SERVICIOS TERRITORIALES S.R.L.


CESION DE CUOTAS


El Sr. Eduardo Ramón Dunat, DNI 12.885.639, con domicilio en calle 12 de Octubre Nº 979 de Concepción del Uruguay, vende, cede y transfiere las 188 de las cuotas que tiene y le corresponden en la sociedad, a los Sres. Mauricio Antonio Rigato, DNI 14.016.343, con domicilio real en calle Rivadavia 2239 Piso 4º; Gerardo Humberto Ramaccioni, DNI 13.255.866, con domicilio real en calle 3 de Febrero 3606 Piso 2º “B”; Juan José de Jesús, DNI 11.750.481 con domicilio real en la calle Gálvez 2747; todos de la ciudad de Rosario. de la siguiente manera: de las 188 cuotas que tiene y le pertenecen, 1) Al Sr. Mauricio Antonio Rigato, vende, cede y transfiere, cincuenta y nueve cuotas (59) que posee en la sociedad SERVICIOS TERRITORIALES SRL. 2) Al Sr. Gerardo Humberto Ramaccioni, vende, cede y transfiere, cincuenta y nueve cuotas (59) que posee en la sociedad SERVICIOS TERRITORIALES SRL. 3) Al Sr. Juan José de Jesús, vende, cede y transfiere, cincuenta y nueve cuotas (59) que posee en la sociedad SERVICIOS TERRITORIALES SRL. 4) Su participación en ocho (8) cuotas que posee en condominio como consecuencia de cesión anterior, las cede, vende y transfiere a los Sres. Gerardo Humberto Ramaccioni, Mauricio Antonio Rigato y Juan José de Jesús, en condominio. 5) Su participación en las tres (3) cuotas que posee en condominio como consecuencia de cesión anterior, las cede, vende y transfiere a los Sres. Gerardo Humberto Ramaccioni, Mauricio Antonio Rigato y Juan José de Jesús, en condominio. En consecuencia, la cláusula octava del Instrumento de cesión, queda redactada del siguiente modo: Se hace saber que como consecuencia de lo expuesto en la cesión de cuotas de fecha 27 de marzo de 2002, el capital social de “Servicios Territoriales SRL”, es de pesos nueve mil novecientos ($ 9.900) representado por 990 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que corresponden a los socios de la siguiente forma: a) la cantidad de 236 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una al Sr. Mauricio Antonio Rigato; la cantidad de 236 cuotas de pesos diez ($ 10) al Sr. Gerardo Humberto Ramaccioni; la cantidad de 236 cuotas de pesos diez ($ 10) al Sr. Juan José de Jesús; la cantidad de 177 cuotas de pesos diez ($ 10) al Sr. Reinaldo Tomás Castello; la cantidad de 47 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una al Sr. Héctor Rubén Mignini; la cantidad de 47 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una al Sr. Antonio Fernando Galasso; b) la cantidad de 8 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, en condominio a los Sres. Mauricio Antonio Rigatto, Gerardo Humberto Ramaccioni, Juan José de Jesús, Reinaldo Tomas Castello; c) la cantidad de 3 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, en condominio a los Sres. Mauricio Antonio Rigato, Reinaldo Tomas Castello, Gerardo Humberto Ramaccioni, Juan José de Jesús, Antonio Fernando Galasso, Héctor Rubén Mignini. En Rosario, a los 27 días del mes de Marzo 2009.

$ 38 70654 Jun. 11

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BAHER S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Con fecha 19 de enero de 2009, mediante acta de reuniones Nº 19 de Baher SRL, se aprueba por unanimidad la modificación de las cláusulas cuarta y quinta del contrato social. A los efectos de su inscripción en el RPC, se publica por el término de la ley la redacción definitiva de las mismas:

Cuarta: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades:

A) Constructora: Construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado.

B) Inmobiliaria: Operaciones inmobiliarias, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros, con excepción de la intermediación inmobiliaria.

C) Financiera: 1) Conceder créditos, leasing y otros instrumentos legales para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término, préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios mediante recursos propios, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para operaciones realizadas, en curso de realización o a realizarse; préstamos a intereses y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas; 2) Comprar, vender y todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones negociables, debentures y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros.

Quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público.

D) Transporte terrestre: a) Transporte de carga, mercaderías generales, fletes, acarreo, mudanzas, caudales, correspondencia, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo, transporte de pasajeros y combustibles, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques. Realizar operación de contenedores y despachos de aduanas por intermedio de funcionarios autorizados. b) Entrenar y contratar personal para ello. c) Emitir y negociar guías, cartas de porte, “warrants” y certificados de fletamento.”

Quinta: Capital: El Capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Noventa y Seis Mil ($ 396.000), dividido en Trescientas Noventa y Seis (396) cuotas de Pesos Mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscribieron e integraron de la siguiente forma: el Sr. Ricardo Alberto Baravalle, Noventa y Nueve (99) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa y Nueve Mil ($ 99.000), representando el veinticinco por ciento (25%) del Capital Social; el Sr. Eduardo Andrés Baravalle, Noventa y Nueve (99) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa y Nueve Mil ($ 99.000), representando el veinticinco por ciento (25%) del Capital Social; y el Sr. Alejandro Luis Baravalle, Ciento Noventa y Ocho (198) cuotas de capital, o sea Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil ($ 198.000), representando el Cincuenta por ciento (50%) del Capital Social.

El Capital Social suscripto se encuentra totalmente integrado.

$ 53 70744 Jun. 11

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FERRAMETAL S.R.L.


CESION DE CUOTAS


En la ciudad de Rosario, a los 15 días del mes de Setiembre del 2008 comparecieron Nora Liliana Pinna, argentina, nacida el 7/3/1955 DNI 11.673.059, con domicilio en Pueyrredón 134 y Hugo Osvaldo Crumenauers, argentino, nacido el 14/4/1945 con domicilio en Mitre 348 - Piso 19 Dpto. A, ambos divorciados y de Rosario, y dicen que en virtud del estado de indivisión postcomunitaria creado por el dictado de sentencia de divorcio vincular mediante Resolución Nº 300 de fecha 24/5/2001, autos caratulados “Hugo Osvaldo Crumenauers y Nora Liliana Pinna s/divorcio vincular que se tramito ante el Tribunal Colegiado de Familia de la 5ª. Nominación de Rosario han resuelto de común acuerdo que la parte ganancial que le corresponde a Nora Liliana Pinna sobre las 300 cuotas sociales de pesos diez ($ 10) de valor nominal cada una de ellas, correspondientes a la sociedad FERRAMETAL SRL, inscripta en Contratos al Tomo 144, Folio 15175 Nº 1466 de fecha 8/10/1993 y sus posteriores modificaciones de fecha 1/3/1999 al Tomo 150 Folio 3217 Nº 332 de Contratos; en fecha 20/3/2000 al Tomo 151 Folio 3624 Nº 383 de Contratos; en fecha 23/8/2000 al Tomo 151 Folio 10742 Nº 1221 de Contratos; en fecha 7/6/2004 al Tomo 155 Folio 10981 Nº 829 de Contratos en fecha 14/6/2004 al Tomo 155 Folio 11611 Nº 873 de Contratos, documentación debidamente certificada agregada a la presente titularidad de su cónyuge Hugo Osvaldo Crumenauers se le adjudiquen al mismo. En consecuencia por la presente se declara extinguida la indivisión postcomunitaria y que no restan créditos exigibles y de ninguna naturaleza y no tiene mas nada que reclamarse por ningún concepto.

$ 30 70663 Jun. 11

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PIZZAS FISHERTON S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


1- Datos del socio Omar Sergio Scuderi, D.N.I. Nº 17.793.288.

$ 15 70686 Jun. 11

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FERRAMETAL S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL


A fin de dar cumplimento al Decreto de fecha 10/11/2008 en lo referente a la suscripción del aumento de capital de la empresa FERRAMETAL SRL, que fuera decidido por ambos socios por la suma de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000) dividido en 65000 cuotas de un peso cada una ($ 1) con las ganancias reservadas según el ejercicio cerrado el 31/12/2006, quedando dicha cláusula de capital redactada de la siguiente forma:

Capital Social: El capital social asciende a la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000) dividido en ochenta mil cuotas (80000) cuotas de un peso ($ 1) cada una, las que están suscriptas e integradas por los socios de la siguiente forma: Luis Jorge Broda, suscribe 78400 cuotas de capital que representan pesos setenta y ocho mil cuatrocientos ($ 78.400) y Hugo Osvaldo Crumenauers suscribe 1600 cuotas que representan pesos mil seiscientos ($ 1600). Dicho capital se encuentra totalmente integrado.

$ 15 70662 Jun. 11

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LOS MELLIS S.R.L.


REACTIVACION


Con fecha 14 de mayo de 2.009 se ha dispuesto la reactivación societaria de la firma LOS MELLIS S.R.L. declarándose a la presente continuadora de la anterior del mismo nombre.

Duración de la sociedad: La sociedad se reactiva por el término de 10 años a contar a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capitán Bermúdez, 14 de Mayo de 2009.

$ 15 70732 Jun. 11

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MORENO RIO S.R.L.


CESION DE CUOTAS


1)Fecha del instrumento: 06/03/2009.

2) Entre Pablo Manuel Rossi, contador público, nacido el 24 de septiembre de 1958, D.N.I. 12.804.002, domiciliado en calle San Luis 760 3er piso departamento “A” de la ciudad de Rosario, y María Silvia Corral, ama de casa, nacida el 20 de noviembre de 1959, D.N.I. 13.587.497, domiciliada en calle Italia 350 de la ciudad de Rosario, ambos argentinos y divorciados vincularmente de sus primeras nupcias entre sí, según sentencia Nro 4505, de fecha 2 de marzo de 2007, tramitada por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro 5, de Rosario provincia de Santa Fe, ratifican las partes pertinentes del contenido del Convenio Privado de Disolución de Sociedad Conyugal - Liquidación, Partición y Adjudicación de Bienes de conformidad a las siguientes cláusulas: Primera: Ambas partes acuerdan en disolver, liquidar y partir la sociedad conyugal conformada por ellas, desde la fecha de su matrimonio celebrado el siete de Diciembre de mi novecientos ochenta y tres. Segunda: que ambas partes acuerdan disolver la sociedad conyugal determinando los bienes que se adjudican a cada uno de los cónyuges a partir de la fecha consignada en el presente y del siguiente modo: le corresponden al Sr. Pablo Manuel Rossi, los bienes del acervo societarios que a continuación se detallan: “c) La totalidad de las cuotas sociales (cien) de MORENO RIO S.R.L., inscripta en el R.P.C. de Rosario al Tomo 149, Folio 6503, Nº 753, de fecha 18/05/98 (V.P.N. Prop. $ 22.786,96).

$ 27 70689 Jun. 11

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SIX S.R.L.


CESION DE CUOTAS


1) Fecha del instrumento: 12/12/2008.

2) Entre Pablo Manuel Rossi, contador público, nacido el 24 de septiembre de 1958, D.N.I. 12.804.002, domiciliado en calle San Luis 760 3er piso departamento “A” de la ciudad de Rosario, y María Silvia Corral, ama de casa, nacida el 20 de noviembre de 1959, D.N.I. 13.587.497, domiciliada en calle Italia 350 de la ciudad de Rosario, ambos argentinos y divorciados vincularmente de sus primeras nupcias entre sí, según sentencia Nro. 4505, de fecha 2 de marzo de 2007, tramitada por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro 5, de Rosario provincia de Santa Fe, ratifican las partes pertinentes del contenido del Convenio Privado de Disolución de Sociedad Conyugal - Liquidación, Partición y Adjudicación De Bienes de conformidad a las siguientes cláusulas: Primera: Ambas partes acuerdan en disolver, liquidar y partir la sociedad conyugal conformada por ellas, desde la fecha de su matrimonio celebrado el siete de diciembre de mi novecientos ochenta y tres. Segunda: que ambas partes acuerdan disolver la sociedad conyugal determinando los bienes que se adjudican a cada uno de los cónyuges a partir de la fecha consignada en el presente y del siguiente modo: le corresponden al Sr. Pablo Manuel Rossi, los bienes del acervo societario que a continuación se detallan: “g) La totalidad de las cuotas partes (ciento noventa y nueve) de la firma Six S.R.L., inscripta en el RPC de Rosario al Tomo 148, Folio 9555, Nº 1217, de fecha 08/08/97 (V.P.N. $ 86.508,99)“.

$ 27 70690 Jun. 11

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TERZANO CATERING S.R.L.


CONTRATO


1) Nombre de los socios: Mario Bartolomé Terzano, argentino, comerciante, L.E. 6.060.729, nacido el día 15 de julio de 1945, casado en primeras nupcias con doña Marta Susana Rodríguez, domiciliado en calle Sánchez de Loria Nº 216 bis, Rosario, Guido Terzano, argentino, soltero, comerciante, DNI 30.102.086, nacido el día 12 de febrero de 1983, domiciliado en calle Sánchez de Loria Nº 216 Bis, Rosario, y María Josefina Terzano, argentina, soltera, comerciante, D.N.I. Nº 27.211.883, nacida el 10 de mayo de 1979, domiciliada en calle Sánchez de Loria Nº 216 Bis, Rosario

2) Fecha de Constitución: 27-05-2009

3) Denominación: TERZANO CATERING S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada)

4) Domicilio legal: Wilde 998, Rosario, Santa Fe

5) Objeto social: La explotación del servicio de Bar y Restaurante

6) Plazo de duración: 10 (diez) años

7) Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de $ 60.000.- (Pesos sesenta mil) dividido en 600 cuotas de $ 100.- (Pesos cien) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio Mario Bartolomé Terzano, suscribe 240 cuotas de $ 100.- (Pesos cien) cada una, que representan la suma de $ 24.000 (Pesos veinticuatro mil), integrando $ 6.000.- (Pesos seis mil) en este acto en efectivo y el saldo, o sea $ 18.000.- (Pesos dieciocho mil) dentro de los dos meses de la fecha. El socio Guido Terzano, suscribe 240 cuotas de $ 100.(Pesos cien) cada una, que representan la suma de $ 24.000. (Pesos veinticuatro mil) integrando $ 6.000. (Pesos seis mil) en este acto en efectivo y el saldo, o sea $ 18.000. (Pesos dieciocho mil) dentro de los dos meses de la fecha. El socio María Josefina Terzano, suscribe 120 cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una, que representan la suma de $ 12.000 (Pesos doce mil), integrando $ 3000 (Pesos tres mil) este acto en efectivo y el saldo, o sea $ 9000 (Pesos nueve mil) dentro de los dos meses de la fecha.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo del socio gerente Mario Bartolomé Terzano. A tal efecto usará su propia firma, con el aditamento de socio gerente.

9) Fiscalización - Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios.

10) Fecha cierre del ejercicio: El día 31 de mayo de cada año.

$ 35 70711 Jun. 11

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ARENERAS SODINI S.R.L.


PRORROGA


Comunica que con fecha 02 de Junio de 2009 ha resuelto prorrogar el plazo de duración de la sociedad que vence el 09 de junio de 2009 por el termino de diez (10) años contados a partir de esa fecha. Por lo tanto, el nuevo vencimiento será el 09 de junio de 2019

$ 15 70742 Jun. 11

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