JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
MARCELO F. J. ROLDAN
Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe, hace saber que en los autos caratulados: “BIANCUCCHI DOMINGO y Ot. c/ Otros s/ Ejec. Hipotecaria” (Expte. 1246/04), se ha dispuesto que el Martillero Marcelo F.J. Roldán - C.U.I.T. 20-14438802-0, remate en pública subasta el próximo día 13 de Mayo de 2015, a partir de las 16:30 hs. en la Asociación de Martillero de Rosario, el que saldrá a la venta al contado con una base inicial de $ 389.700.-, seguidamente si no hubiese interesados por la base fijada, salga a remate como última base de $ 292.275.-, lo siguiente: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en el Barrio Las Delicias de esta ciudad, Departamento del mismo nombre de esta Provincia designado con el Nº 13 A de la manzana Nº 3 en el plano archivado bajo el Nº 26012/60, ubicado en el la esquina formada por las calles Centenario y Alvear, compuesto de 11,00 m de frente al Norte, por 17,59 m, de fondo y frente al Este, lo que forma una superficie total de 193,49 m2. Lindando: Al Norte, con la calle Centenario; por el Este, con la calle Alvear; al Sud, con el lote 13 B del mismo piano; y por el Oeste, con Gregorio Lalisky. Su Dominio consta inscripto al Tomo; 726, Folio: 197, Nº 301770. Departamento Rosario.- Embargo: I) T: 122 E, F: 2047, Nº 344959 en los presentes autos y Juzgado por $ 24.002,53.- de fecha 10/06/13. Hipoteca: T: 554 B, F: 429, Nº 374011 por $ 15.000.- de fecha 06/08/98, Escritura Nº 280 de fecha 29/06/98, Escribano: Sánchez Viviana E. No registra Inhibiciones. El inmueble saldrá o la venta en carácter de desocupable.- Los impuestos, tasas, contribuciones especiales (nacionales, provinciales, municipales o comunales) y gastos referidos en el art. 8 de la ley 13512, y que se adeuden por causa del inmueble, o se generen con motivo de este venta (IVA ley 23905, etc) además de gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del Inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador, incluidos los gastos por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con mas el 3% de comisión, del precio en concepto de seña, debiendo cumplimentarse con las comunicaciones dei B.C.R.A, “A” 5147 y “A” 5212, según circular Nº 79/11 C.S.J.P. En función de ello, se hará saber a los interesados tanto en la publicación de edictos como en el acto de remate que para el caso de que el precio de la compra, el saldo de venía o la comisión del martillero superen la suma de Treinta Mil Pesos (30.000) no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado. Podrán también depositar, en una cuenta para los autos y a la orden del tribunal, el monto que consideren necesario como adelanto de la seña o de la comisión del martillero, el día anterior a la realización del remate. El saldo del precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. También se hará saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procederá conforme lo previsto por el art. 505, 3er, párr, CPCC mediante protocolización de actuaciones a cargo dei escribano que se designe. El comprador deberá indicar, dentro del sexto día de realizada la subasta, el nombre de su comitente mediante escrito firmado por ambos; patrocinado por abogado o presentado ante la Actuaria de la causa. Vencido este plazo se tendrá a aquél por adjudicatario definitivo. El comitente deberá constituir domicilio legal en esa presentación, hallándose los títulos en Secretaría a disposición de los interesados, no se aceptarán reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta. Secretaría, 30 de abril de 2015. Paula Valeria Bazano, secretaria subrogante.
$ 653,40 260135 May. 11 May. 13
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