picture_as_pdf 2013-04-11

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MIGUEL ANGEL MERCERAT


Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Decimosegunda Nominación Rosario, en autos: CONSORCIO GRAN GARAJE APOLO c/Otros s/Apremio, Expte. 110/2011 (demandado L.E. 6.034.165), el Martillo Miguel Angel Mercerat (C.U.I.T. 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 25 de Abril de 2013 a las 15,30 horas, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, con la base $ 90.000 de no haber postores seguidamente saldrá con retasa del 25%, y de persistir la falta de postores saldrá con la última base del 50% de la primera base, el siguiente inmueble: “la parte proindivisa y proporcional del terreno y demás bienes comunes y la totalidad de la unidad que forma parte del “Edificio Garaje Apolo”, situado en esta ciudad en calle Sarmiento N° 555, designada como unidad “12-15”, destinada a cochera, está ubicada en el 12º piso, se compone de un espacio para guarda de vehículos con acceso por la entrada general del edificio calle Sarmiento 555, con una superficie exclusiva de 13,57 m2, además de los espacios de superficie de propiedad común que consigna dicho plano. Se le fija un valor proporcional del 0,43668% del conjunto del inmueble”. Dominio inscripto al T° 851, V 294, Nº 234.235, Departamento Rosario P.H.- Embargo: Tº 119E, F° 5101, Nº 390.426 por $ 3.330,99 del 01/11/2010 (consta ampliación por $ 1.599,74 al T° 18 M.E., F° 192, N° 383.397 del 04/10/2011, provisorio por 180 días; y ampliación por $ 1.599,74 al T° 19 M.E., F° 222, N° 370.577 del 23/08/2012), por orden del Juez de estos autos. Inhibición: T° 10 IC, F° 421, N° 339.233 general sin monto del 17/05/2000, orden este Juzgado, autos: “Mangusi, Rodolfo s/Concurso Preventivo”, Expte. N° 329/2000. El comprador abonará en el acto de remate el 10% a cuenta de precio más el 3% de comisión al martillero, en efectivo, cheque certificado o cancelatorio. El comprador en comisión deberá indicar los datos de identificación del comitente. En caso que la suma mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por el cheque certificado o cancelatorio, y/o en su defecto se debela depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/1010 y Circular N° 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Estos mismos medios de pago serán utilizados para abonar el saldo de precio, dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta y si intimado el adquirente no efectuara el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 CPCC. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Las deudas por impuestos, tasas, contribuciones y expensas comunes, así como los gastos de escrituración o protocolización de actuaciones judiciales con escribano público, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F C. Fiscal), serán a cargo del adquirente. Las copias de títulos se hallan agregadas a autos y a disposición de los interesados haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por la falta o insuficiencia de los mismos posteriores al remate. Se subasta en el estado de ocupación en el que se encuentra (ocupado) según constancias de autos. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 5 de abril de 2013. Agustina Filippini, secretaria.

$ 444 194878 Abr. 11 Abr. 15

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

HERNAN D. MARCONI


Por disposición Señor Juez 1ª. Inst. de Distrito Civil, Comercial y Laboral 2ª. Nom. Dto. Nº 6 C. de Gómez, la Secretaria autorizante hace saber que en autos: TOURN JORGE L. c/Otro s/Ejecución Prendaria - Expte. Nº 1007/2010, se dispuso que el Martillero Hernán D. Marconi C.U.I.T. (20-24958245-0), proceda a vender en pública subasta en el Hall Central del Palacio de Justicia de Cañada de Gómez Sta. Fe sito en Balcarce 999, el día 25 de abril de 2013, a las 15:00 Hs., con la base de $ 46.000, de no haber postores por la misma sin base, adjudicándose al último y mejor postor, el rodado Marca Chevrolet, Tipo Camión Modelo CD63003/5, Dominio RDQ 580, con motor marca Mercedes Benz, número de motor RPA094548, con chasis marca Chevrolet, número de chasis T200601, insc. Reg. Nac. Prop. Aut. (21.063) Nº 2 Casilda Sta. Fe y que será exhibido durante los dos días hábiles anteriores al acto de remate en el horario de 16:00 a las 17:00 hs. en el domicilio de calle Necochea N° 1439 de Cañada de Gómez Sta. Fe.- Se encuentran glosados en autos los informes de estados de deuda que gravan el rodado. Reg. Nac. Prop. Aut., trámite N° 114702090 del 13/11/2012. Dominio: titularidad a nombre de demandado en autos. Embargo: Fecha 26/11/2010 monto $ 46.000.- autos: “TOURN JORGE L. c/Otro s/Ejecución Prendaria” Expte. N° 1007/10- Juz. 1º. Inst. de Dist. Civil, Com. y Lab. N° 6 2° Nom. Cañada de Gómez. El bien saldrá a la venta en el estado que se encuentre. Más detalles en acta glosada a autos. Se agregaron Oficio de Estado de Deuda Municipal por multas y Patentes, constatación de Verificación de números del rodado por U.R.X consta a fs. 27 de autos, por lo que el comprador deberá conformarse, sin derecho a reclamo de ninguna índole. El pago por quien resulte comprador se conformará en el acto de remate con más I.V.A. si correspondiere, con mas el 10% de comisión del Martillero, en dinero efectivo en pesos y/o cheque certificado, estableciéndose que lo obtenido en remate deberá ser depositado en El Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Cañada de Gómez, a la orden de este Juzgado y para estos autos, si participare el acreedor ejecutante en la subasta y resulte adjudicado, este deberá abonar el equivalente al 20% del precio que en definitiva se obtenga en le remate.- La entrega del rodado se acordará con el martillero interviniente y/o con la parte ejecutante, y una vez percibido efectivamente el importe ofertado por quien resulte adjudicado.- Quien en definitiva resulte adjudicado tendrá a su cargo las deudas y/u obligaciones respecto del rodado objeto de la subasta (patentes impagas, multas, impuestos provinciales, municipales y/o privados, creados o a crearse) que serán informados por el Martillero al darse inicio a la subasta, con más los gastos que demande la transferencia y la cancelación registral del gravamen prendario.- De resultar feriado, inhábil o por cualquier motivo que impida el normal desarrollo, se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora, lugar y condiciones. Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de Ley en BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe, no aceptando reclamo de ninguna naturaleza después de la subasta. Informes en Secretaría de este Juzgado y/o Martillero Hernán D. Marconi, Tel. Móvil 03471-15529597. Cañada de Gómez. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro, secretario.

$ 408 194861 Abr. Abr. 12

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

OWSIANSKI GERARDO JAVIER


El Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil; Comercial y Laboral de la 1ª. Nominación de Villa Constitución en autos caratulados: AMOROS OSCAR s/Quiebra Expte. 363/2005, ha dispuesto que el Martillero Público Owsianski Gerardo Javier, matrícula Nº 741 del colegio de Martilleros de Santa Fe, DNI: 18.245.139, CUIT: 20-18245139-9, proceda a la venta en subasta pública del inmueble de propiedad del fallido para el día 08 de Mayo de 2013 a las 13,15 hs. la misma se llevará a cabo en el Hall de estos Tribunales de la ciudad de Villa Constitución, y de resultar inhábil, y/o razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente. El inmueble a subastar se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 190 Folio 337 y Número 193522 del Dpto. Constitución. Que corresponde a la siguiente descripción: “Una fracción de terreno, con lo edificado, clavado y plantado, situada en Villa Constitución, departamento Constitución. Está ubicado a los veinticuatro metros ochenta centímetros de la esquina formada por las calles Santa Fe y Moreno, hacia el Nord-Oeste y sobre esta última. Mide: siete metros sesenta centímetros de frente, por veintiún metros veinte centímetros de fondo, lo que hace una superficie de ciento sesenta y un metros doce decímetros cuadrados. Linda además: al Sud-Este, con Buenaventura Díaz de Moreno; luego Tomás Ireneo Moreno; al Nord-Este, con parte del lote doscientos cincuenta y uno y medio y al Nord-Oeste, con María Dominga Fernández Díaz de Villalón. El inmueble descripto, es parte del solar doscientos cincuenta y uno de la manzana setenta y cinco, según plano oficial.” Dicho Registro informa las siguientes cautelares: Hipoteca 1°) Al Tº 438 A F° 101 0 Nº 301327, Grado: 1° grado. Fecha de inscripción: 05/01/1995; Moneda: pesos; Monto: 34.748,02; Plazo legal: 20 años; Tipo de inscripción: Definitiva; Acreedor: B. de Santa Fe Sapem con domicilio en San Martín y Corrientes de Villa Constitución; Escritura: Nº 503 de fecha 25/11/1994, Escribano: Registro Nº 281, Marrone, Carlos A. con domicilio en Villa Constitución. 2°) Al T° 438 A F° 1011 N° 301327, Grado: 2° grado. Fecha de inscripción: 05/01/1995; Moneda: dólares; Monto: $ 15.435; Plazo legal: 20 años; Tipo de inscripción: Definitiva; Acreedor: B. de Santa Fe Sapem con domicilio en San Martín y Corrientes de Villa Constitución; Escritura: Nº 503 de fecha 25/11/1994, Escribano: Registro N° 281, Marrone, Carlos A. con domicilio en Villa Constitución.- Inhibición: 1°) Al T° 16 IC F° 290 N° 340428; Fecha de inscripción: 16/05/2006; Moneda: no consta; Monto: no consta; autos: “Amoros Oscar s/ Quiebra”; Expte. N° 869/2005; Juzgado: En lo Civil Comercial y Laboral 1ª. Nominación de Villa Constitución.- El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos con la base de $ 252.368,51 (Pesos Doscientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Sesenta y Ocho Con Cincuenta y Un Centavos). Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25%, es decir de $ 189.276,39 (Pesos Ciento Ochenta y Nueve Mil Doscientos Setenta y Seis Con Treinta y Nueve Centavos) y de persistir la falta de interesados con una última base de $ 150.000.- (Pesos Ciento Cincuenta Mil). En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión del martillero actuante (3%), en efectivo o cheque certificado o cancelatorio. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Para el caso que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por el cheque certificado o cancelatorio, efectivo (solo si no supera la cantidad de $ 30.000) y/o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal Villa Constitución a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010 y circular Nro. 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. El saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Villa Constitución para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de subasta y bajo apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC., perdiendo el adquirente el derecho a reclamar el importe abonado en concepto del 10% del importe total de la compra, el cuál quedará a favor de los autos, y el importe abonado en concepto de comisión del martillero actuante, todo ello en caso de incumplimiento. Se deja constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente; haciendo saber al martillero actuante que está a su cargo dicho trámite. Se hace saber que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el Remate, bajo, apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Según lo contempla el art. 3936 C.C. no procede la compra en comisión. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, sin perjuicio de los dispuesto por el art. 503 del CPCC. El expediente deberá permanecer en Secretaría del Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines del los arts. 494 y 495 del CPCC. Las deudas por impuestos, tasas, servicios, contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) y las que por cualquier concepto pesaren sobre los inmuebles a subastar adeudados desde la fecha de la declaración de Quiebra serán a cargo del adquirente en el remate, todo lo cual deberá ser informado en el acto de subasta por el martillero. Asimismo, son a cargo del comprador en subasta los tributos que gravan el acto de subasta e IVA si correspondiere. Además los gastos, sellados, tributos y honorarios producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, y en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley Provincial N° 11.287, y en el Diario “El Forense”, por el término y bajo los apercibimientos de ley, siendo responsabilidad del martillero asegurar su correcta publicación y con la debida anticipación. Autorízase al martillero a realizar la publicidad extraordinaria peticionada, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. Hágase saber a los ocupantes del inmueble que los tres días hábiles anteriores a la subasta y en el horario de 12 a 13 horas, deberán permitir al martillero actuante y/o a quien este designe a mostrar el inmueble a los interesados. Títulos, constatación, informes previos y demás constancias de ley se encuentran agregadas al expediente para ser revisados por los interesados en Secretaría no admitiéndose reclamo alguno luego de realizada la subasta por falta o insuficiencia de ellos. Los interesados deben acudir al acto de remate con documento de identidad. Mayores informes al Martillero al teléfono: 0341 - CEL-1555001560 - Fijo-4487443. Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiera lugar. Publíquense Edictos en el BOLETIN OFICIAL Sin Cargo, diario EL Forense y en el Hall del Edificio de Tribunales. Villa Constitución, 3 de abril de 2013. Fdo.: Dra. Mirta Griselda Armoa, secretaria.

S/C 194796 Abr. 11 Abr. 17

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