picture_as_pdf 2012-04-11

MINISTERIO DE ECONOMIA

AVISOS

"Decreto N° 0085 de Fecha: Santa Fe, 16 de Enero de 2012; VISTO:... y CONSIDERANDO:...; POR ELLO: "EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, DECRETA: Artículo 1°: Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo Interpuesto por la señora MARIA CRISTINA MAINOU (D.N.I. Nº 13.676.847), en carácter de cónyuge supérstite del señor ALEJANDRO GUILLERMO CHEMES (C.U.I.T. Nº 20-12891577-0), con domicilio fiscal en calle 25 de Mayo Nº 3301 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 453/08 - Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento al pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, y demás razones vertidas en los considerandos precedentes. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA."

S/C 7947 Abr. 11

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"Decreto N° 0032 de Fecha: Santa Fe, 10 de Enero de 2012; VISTO:... y CONSIDERANDO:...; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1°: Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo interpuesto por el señor ANIBAL MAZIERO (D.N.I. N° 12.111.885), en su carácter de socio gerente de la firma "ROS-GAS S.R.L." (C.U.I.T. Nº 30-69543007-4), con domicilio fiscal en calle Larrea Nº 2615, y especial en calle Entre Ríos Nº 2262, ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 170/07 - Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento al pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, y demás razones vertidas en los considerandos precedentes. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA".

S/C 7049 Abr. 11

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"Decreto N° 0050 de Fecha: Santa Fe, 16 de Enero de 2012; VISTO:... y CONSIDERANDO:... POR ELLO: "EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, DECRETA: Artículo 1°: Desestímese el recurso de apelación directa por ante el Poder Ejecutivo deducido por la firma "BAUDRACCO S.A." (CUIT. N° 30-58182503-6), con domicilio fiscal constituido en calle Marcos Paz N° 665 de la ciudad de Carlos Pellegrini, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 501/07 - Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento al pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, por las razones vertidas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Gobernador Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI y el Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA."

S/C 7948 Abr. 11

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SERVICIO PÚBLICO DE

LA DEFENSA PENAL

RESOLUCIÓN Nº 0008

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

29/03/2012

VISTO:

El Expediente Nº 02001-0014016-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual se tramita la creación de una Página Web para el Servicio Público Provincial de Defensa Penal; y,

CONSIDERANDO:

Que el Servicio Público Provincial de Defensa Penal es un "órgano con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera, dentro del Poder Judicial" (art. 9, ley 13.014);

Que el art. 13 inciso 5 de la ley 13.014 dispone que "Las personas miembros del Servicio Público Provincial de Defensa Penal ejercerán sus funciones con arreglo a los siguientes principios:... Transparencia. El Servicio Público Provincial de Defensa Penal garantizará la transparencia de su actividad, informando los criterios que orientan su actuación y los resultados de su gestión. Toda la información de interés público producida por el Servicio Público Provincial de Defensa Penal deberá ser accesible a través de una página web oficial u otro medio tecnológico equivalente";

Que debido a las demoras del expediente n° 02001-0013046-5 que tramita ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la obtención de dicha página web, los integrantes del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, Dres. Gabriel Ganón -Defensor Provincial- y los Dres. Sebastián Amadeo, Gustavo Franceschetti, Ariana Quiroga y Estrella Moreno -Defensores Regionales-, atento a la urgente necesidad de contar con el servicio mencionado, abonaron con sus propios recursos los gastos para que la página web comience a funcionar;

POR ELLO:

EL DEFENSOR PROVINCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°: Autorícese la creación de una PÁGINA WEB para el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.-

Artículo 2°: Requiérase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como órgano de aplicación de la implementación del nuevo sistema de Justicia Penal, que arbitre los mecanismos para la puesta en funcionamiento y mantenimiento del mismo.-

Artículo 3°: Regístrese, publíquese y notifíquese a los Defensores Regionales, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Seguridad, Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, Colegios de Abogados de las cinco Circunscripciones Judiciales, Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Santa Fe. Hágase y medios de prensa. Cumplido, archívese.-

S/C 7950 Abr. 11

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CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

RESOLUCIÓN DE CONSEJO

SUPERIOR Nº 02/2012

CONFIRMACIÓN RESOLUCIÓN Nº 420/11 – FACPCE

Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y síndico societario relacionadas con la prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo

VISTO:

Las resoluciones 420/2011 y su modificatoria 668/2012 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y,

CONSIDERANDO que:

1. Los acuerdos federativos tienen el propósito de ordenar, mediante reglas de procedimiento técnico profesionales, las acciones que la resolución 65/2011 de la Unidad de Información Financiera, derogatoria de la 25/2011, prescribe a los contadores públicos que desempeñan actividades de auditores externos y síndicos societarios.

2. La resolución 420/2011 brevemente modificada por la evocada 668/201 tiene un declarado alcance de utilidad operativa para que los profesionales afectados por las cargas que le imputan la ley 25.246 y su reglamentación "puedan desarrollar sus tareas y definir sus responsabilidades" en el marco de este ordenamiento (res. 420/2011, 2ª parte, apartado 1.2.) excluyendo, por ajenos a su contenido y finalidad, cuestiones sobre la legitimidad de la nueva norma reglamentaria que pudieren haber opuesto dogmática y judicialmente algunos miembros de la Federación.

3. En el sentido expresado, este Consejo Superior ha considerado de valor ofrecer a los profesionales que prestan servicios de auditoría y sindicatura societaria aquella herramienta estimada útil para adecuar su desempeño a los normado por la ley 25.246 y la resolución 65/2011 (UIF).

4. Las resoluciones de la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales tienen eficacia en el ámbito territorial de competencia del Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe si mediare el acuerdo de éste declarando su vigencia en el orden local. Se estima, al respecto, que el dispositivo de la resolución 420/2011, con las reformas de la 668/12, agrega reconocidas ventajas prácticas para las tareas profesionales sujetas a inspección de la Unidad de Información Financiera.

Por todo ello

EL CONSEJO SUPERIOR DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONOMICAS DE

LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1º: Declarar aplicables en el ámbito de competencia territorial del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe a la resolución 420/2011 y su modificatoria 668/2012, sus partes complementarias y anexos emanadas de la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias.

Artículo 2º: Registrar la presente, publicarla por un día en el diario de publicaciones legales de la Provincia, hacerla conocer y archivarla.

Santa Fe, 23 de marzo de 2012

Dra Dora B. Benito

Contadora Pública

Presidente

Dr. José M. Telesco

Contador Público

Secretario

$ 40 163679 Abr. 11

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MUNICIPALIDAD DE TOTORAS

LLAMADO POR

DEMOLICION DE NICHOS

La Municipalidad de Totoras formula un segundo y último llamado a familiares de los difuntos cuyos restos están depositados en la galería "F" del Cementerio Municipal de Totoras, a fin de que procedan a su traslado previo a la demolición de la misma por evidente peligro de derrumbe. Vencido el plazo de diez (10) días hábiles desde esta publicación, la tarea será llevada a cabo por la Municipalidad.

Galería "F": (según denominación hallada en el lugar) Monge Angel Basilio; Monge Mercedes Sanabria de; Pons Rosa de; Sparbet Alba José; familia Reynoso; Teves Nemesia de; Verón Carolina de; Bosque Rita Sánchez de; Román Ubaldo; Camino; Venecia Luisa; Escudé Anita; Ojeda Genara Contrera de; Viermello Magdalena de; Bazzi Vicente; Negri Luis; Peralta Pascual; Cequeira Prudencio; Echeverría José; Martín Dolores de; Boetto Norma; Sotelo Mauricio; Lorenzotti Bartolomé; Favali Severino; Villalba Marta de; Pascual Peralta; Abadín Antonio; Mañosa Galo; Puissa Marcos; Grioni Octavio; Rosa Rosario de, Albil Juan; Córdoba Anastasio; Moyano Arturo; Buso Domingo; Gaffoglio Dominga; Luzzi Joaquin, Orlando Angela; Lorenzatti Antonio; Vallo Elena de; Gómez Alzugaray Sara; Bartolo Mets; Colavini Luisa; Riva Juan.

$ 150 163390 Abr. 11 Abr. 24