picture_as_pdf 2016-02-11

CASILDA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARCELO SEBASTIAN VIGNOLO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 7 de Casilda, Fíjase fecha de subasta para el día 24 de Febrero de 2016 a las 10 horas en el Juzgado Comunitario de las pequeñas causas de la localidad de Arteaga. Los lotes a subastar III, IV y V sitios en la mencionada localidad se encuentran Inscripto al Tomo Nº 109, Folio 224, Nº 69932 del Departamento Caseros. En caso de resultar inhábil la fecha propuesta dichos lotes serán subastados en próximo día hábil siguiente a la misma hora y mismo lugar. Los lotes serán ofrecidos con la base de $ 352,28 (lote III) la base de $ 8.601,78 (lote IV) por último con la base de $ 72,62 (lote V), sino hubiere postores con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferta se subastara por el 20% de base. Debiendo el adquirente abonar en el acto el 10% del precio con más el 3% de comisión, todo en dinero en efectivo o cheque certificado y el saldo al aprobarse judicialmente la subasta. Los lotes referenciados saldrán a la venta en el estado en que se encuentra según el acta de constatación obrante en autos. Serán a cargo del adquirente los impuestos y/o tasas adeudados, así como los gastos de transferencia e IVA si correspondiere. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Asimismo se fija como condición que en caso de obtenerse los lotes mencionados a subastar en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimiento de tenerse a la denuncia posterior como una nueva cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del código Fiscal, al que estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Los lotes serán mostrados a los posibles oferentes dos días hábiles antes de la subasta en el horario de 10 a 12 horas. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro de la Propiedad de Rosario a fin de que se tome razón de la misma y acompañar el martillero el oficio debidamente diligenciado Asimismo deberá el rematador colocar un cartel en un lugar visible de los lotes a subastar en donde se publique el remate el mismo deberá ser de un material adecuado para resistir las inclemencias del tiempo. Ofíciese a la Comisaría competente a los fines que por quien corresponda se disponga los medios necesarios para proveer de la debida custodia policial en el acto del remate, para preservar el orden y seguridad del mismo. Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL y tableros del Juzgado debiendo consignarse en los mismos el documento del ejecutado, conforme lo prescribe Resolución Nº 745 del AFIP. El expediente deberá ser entregado al juzgado cinco días antes de la subasta a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del CPCCSF y permanecerá en Secretaría. Dése cumplimiento a lo prescripto por los artículos 488 y 506 del CPC librándose a sus efectos los oficios respectivos si correspondieren. Hágase saber a los posibles oferentes en la subasta que se aplicará estrictamente lo previsto por el art. 241 del código Penal el que a continuación se transcribe "...Será reprimido con prisión de quince días a 6 meses: 1) el que perturbare el orden en las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o donde quiera que una autoridad este ejerciendo sus funciones 2) el que sin estar comprometido en el art. 237, impidiere o estorbare a un funcionario a cumplir un acto propio de sus funciones..." el presente artículo deberá ser leído en forma textual previo a la realización del remate por el martillero designado en autos. Cítese y emplácese a los acreedores embargantes, inhibientes, prendarios e hipotecarios que correspondan en el plazo previsto por el artículo 488 del CPP. Notifíquese por cédula. (Autos: "COMUNA DE ARTEAGA c/COGO JOSE Y/O SUS HEREDEROS Y/O ACTUAL PROPIETARIO Y/O S/Apremio Fiscal - Expte. Nº 1072/2007") (6-448) – Fdo.: Dra. Laura S. Babaya, Juez, Dr. Santiago N. López, Secretario". Se hace saber a efectos legales. Secretaría, 2 de Diciembre de 2015 – Santiago N. López, Secretario.

S/C 282528 Feb. 11 Feb. 15

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