ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N° 01/08
SANTA FE, 4 FEB. 2008
VISTO:
El expediente N° 13301-0168491-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución General N° 27/07 - API -, se dispuso para los Escribanos Públicos la obligación de efectuar los pagos de sus Correspondes y boletas de Depósitos, resultantes de los actos de escrituración, mediante la utilización de cheques o con autorización de débito en cuenta de caja de ahorro conforme a las formas y condiciones establecidas por esta Administración;
Que en reciente reunión mantenida con los representantes del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, los mismos expusieron las dificultades que origina para los colegiados la implementación y adecuación a la nueva modalidad de pago en lo inmediato;
Que esta Administración, con acuerdo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, sostiene la necesidad de imponer medios de pagos seguros para la transferencia de información y pago;
Que por lo expuesto resulta conveniente, en forma excepcional, considerar otros medios de pago;
Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica emitiendo el Informe N° 71/2008 no encontrando observaciones al proyecto propuesto;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°- Considerar, en forma excepcional, correctamente ingresados los pagos que, por medios diferentes a los previstos en la Resolución General N° 27/07, efectúen los Escribanos Públicos hasta el día 30 de abril de 2.008.
ARTICULO 2°- Regístrese, comuníquese, por Subdirección de Secretaría General procédase a notificar al Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe 1ª. y 2ª. circunscripción los términos de la presente, publíquese y oportunamente archívese.
C.P. NICOLAS RUESJAS
Administrador Provincial
S/C 929 Feb. 11