A.F.I.P.
REMATE POR
MIRTHA N.
CARDINALETTI
Por disposición de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal
N° 1-S de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria de la Dra.
M.C. del Barco de Sagues, se hace saber que en los autos caratulados FISCO
NACIONAL (A.F.I.P.) c/GIGLI MARINO RUBEN Y GUSTAVO s/EJECUCION FISCAL”, Exp. N°
25.265-S, Boleta de Deuda 40.043/97, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha
Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 19 de Diciembre de 2002, a
las 10 hs., la que se llevará a cabo en el establecimiento cedido de la firma
TO-NUC, sito en Zona Industrial de Las Parejas, Pcia. de Santa Fe, y donde se
encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Un automóvil usado
marca Fiat, modelo Duna CSDAA, año 1996, tipo sedan 4 puertas, Dominio BBF 541,
motor marca Fiat N° 146B20005023509, chasis marca Fiat RPA 322896.- Saldrá a la
venta con la Base de $ 2.000 y de no haber postores por la Base, la subasta se
declarará desierta.- Informe del Reg. Nac. de la Propiedad Automotor de Las
Rosas: Consta inscripto el dominio a nombre de uno de los ejecutados, no
registrándose prendas, pero si lo siguiente: Embargo del 13.09.02 por $
9.606,67 o/ los presentes autos e Inhibiciones: Del 6.09.00 por $ 6.677,93
autos Fisco Nac. (A.F.I.P.) c/Gigli Marino Rubén y Gustavo s/Ejec. Fiscal, Exp.
26.647/98 o/Juz. Federal N° 1-S de Rosario y Del 06.09.02 por $ 3.113,80 autos
Fisco Nac. (A.F.I.P.) c/Gigli Marino Rubén y Gustavo s/Ejec. Fiscal, Exp, N°
27.955/98 o/Juz. Federal N° 1-S de Rosario. La venta será al Contado y Al Mejor
Postor, a la vista, en el estado en que se encuentra, sin reclamos posteriores,
con entrega inmediata responsabilidad civil, penal, administrativa y de
cualquier otra índole a cargo del adquirente en subasta a partir del momento de
la entrega.- El que resulte comprador deberá abonar sin excepción en el acto de
subasta el total del precio de compra e I.V.A. si correspondiere, con más el 10
% de comisión a la Martillera actuante, todo en efectivo o cheque certificado
de plaza, en pesos. Son a cargo del comprador, todas las patentes y/o multas
que se adeudaren como así también los gastos de transferencia y de traslado del
vehículo, y cualquier otro impuesto provincial o nacional creados o crearse.-
Se encuentran agregados a disposición de los interesados en el legajo
administrativo fotocopia del acta de verificación del rodado y verificación del
número de motor y chasis y del informe del Registro Nacional de la Propiedad
Automotor de Las Rosas, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran
reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Ver y
Revisar: Informes a la Martillera T.E. 0341-4402392.- De resultar inhábil el
día de la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora
y en el mismo lugar.- En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que
el N° de C.U.I.T. de los ejecutados es 30-62874360-2 y de la Martillera
C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos
que por derecho hubiere lugar. Rosario, 2 de diciembre de 2002, Fdo.: Dra.
Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley
Nac. 25.239.
S/C 22660
Dic. 10 Dic. 11
_________________________________________
Por disposición del Señor Gobernador de
la Provincia Santa Fe, se notifica a la firma FIORITO EDUARDO F. Y MORENO
JACINTO S.H., Cuenta Nº 021-239670-2 con domicilio fiscal en calle Colombres Nº
1610 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe, por edicto en el Boletín
Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal (T.O. 1997), el Decreto Nº 0273
dictado en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0060630-6 “FIORITO EDUARDO Y
OTRO Santa Fe, 1 de Marzo de 2002.
VISTO;... CONSIDERANDO:... DECRETA:
Art. 1º Desestímase el recurso de
apelación directa ante el Poder Ejecutivo (art. 66° del Código Fiscal),
interpuesto por los señores EDUARDO FRANCISCO FIORITO (D.N.I. Nº 12.725.631) y
JAPINTO JOSE MORENO (D.N.I. Nº 14.981.732), titulares de la firma “FIORITO
EDUARDO F. Y MORENO JACINTO S.H.” con domicilio fiscal en calle Colombres Nº
1610 de la ciudad de Rosario, contra la Resolución Nº 29/01 - Ind. de la
Administración Provincial de Impuestos, por las razones expuestas en los
considerandos precedentes.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese y
archívese.
CARLOS A. REUTEMAN
C.P.N. JUAN CARLOS MERCIER
S/C 22494 Dic. 10
Dic. 16
_________________________________________
Por disposición del Señor Administrador
Provincial de Impuestos, se notifica a la firma R.M. S.R.L., cuenta Nro.
021-204873-3 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley
5110, con domicilio fiscal en Avda. Pcias. Unidas 605 de la ciudad de Rosario,
Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus
efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código
Fiscal t. o. 1997, la Resolución Nro. 309/02 IND, dictada en autos caratulados:
“Expediente Nro. 13302-0023644-0, R M S.R.L.”:
Santa Fe. 23 de Setiembre de 2002. VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:
ARTICULO 1º - Dejar sin efecto la
Resolución Nº 4356/96 de Administración Regional Rosario, por la que se le
establecen de oficio, sobre base presunta, reajustes impositivos en concepto de
impuestos, intereses y multa por omisión por el anticipo 02/96 del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos y multa por infracción a los deberes
formales a la firma R.M. S.R.L., con
domicilio fiscal en Avda. Pcias. Unidas 605 de la ciudad de Rosario, Prov. de
Santa Fe, cuenta Nº 021-204873-3 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y
Aportes Sociales Ley 5110, por encontrarse la deuda determinada por dicho
anticipo, reclamada mediante apremio y calculada sobre base cierta.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y
pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento y notificación.
Cumplido, archívese.
C.P.N. DAVID ESSAYA
Administrador Pcial. de
Impuestos
S/C 22495 Dic. 10 Dic. 16
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Por disposición del Señor
Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma DI ANGELO, GASTON,
Cuenta Nº 021-245039-2 con domicilio fiscal en calle Corrientes Nº 2245 de la
ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por edicto en el Boletín Oficial que
se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el
Art. 97 del Código Fiscal (T.O. 1997), la Resolución Nº 1570-5/02 dictada en autos
caratulados Expediente Nro. 13302-0200222-9 “DI ANGELO GASTON “ Rosario, 31 de
Julio de 2002.
VISTO;... Y CONSIDERANDO:... RESUELVE:
Art. 1º - Establecer de oficio, sobre
base presunta los ajustes determinados en concepto de Impuesto sobre los Ingresos
Brutos practicados a la firma DI ANGELO, GASTON, Cuenta Nº 021-245039-2 de
acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 37 y aplicar las penalidades
aconsejadas por la verificación de conformidad al siguiente detalle:
CONCEPTO Y
PERIODOS |
DIF. DE |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
ADEUDADOS |
IMPUESTO |
E |
|
|
|
|
INTERESES |
|
|
Ing. Brutos
1998/08 a 12 |
265,37 |
341,59 |
101,16 |
708,12 |
Ing. Brutos
1999/01 a 12 |
623,54 |
649,08 |
237,75 |
1.510,37 |
Ing. Brutos
2000/01 a 03-05 a 12 |
595,31 |
401,43 |
226,94 |
1.223,68 |
Ing. Brutos
2001/01 |
53,95 |
26,17 |
20,57 |
100,69 |
Infracción
a los Deberes Formales |
|
300,00 |
300,00 |
|
Resol.
06/93 - Art. 1° inc. d ) |
|
|
|
|
TOTAL
GENERAL |
1.538,17 |
1.418,27 |
886,42 |
3.842,86 |
Art. 2º - Requerir a la citada firma, dentro del plazo de
15 (quince) días establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal
vigente, el ingreso de la suma de $ 3.842,86 (Pesos: TRES MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y DOS CON 86/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin
perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo
establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se
trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva
resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas
a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la
realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la
diferencia resultante.
Art. 3º - De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima
para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para
cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita
las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y
CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionar sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se
irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Art. 4º - Regístrese y pase a la
SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su
conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de
Impuesto
S/C 22504 Dic. 10 Dic. 16
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Por disposición del Señor Administrador
Regional Rosario, se notifica a la firma TRANSPORTE BENITO GOMEZ Cuenta Nº
921-751724-5 con domicilio fiscal en calle Ayacucho 3750 de la ciudad de
Rosario Provincia de Santa Fe, por edicto en el Boletín Oficial que se publica
a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del
Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº
02454-5/98 dictada en Autos caratulados “Expediente Nº 13302-0076425-3
TRANSPORTE BENITO GOMEZ.” - Rosario, 30 de setiembre de 1998.- VISTO:...
CONSIDERANDO:... RESUELVE:
Art. 1º - Establecer de oficio, sobre
base presunta, los importes adeudados en concepto de impuesto cobre los
Ingresos Brutos, por la firma TRANSPORTE BENITO GOMEZ Cuenta Nº 921-751724-5,
con domicilio fiscal en calle Ayacucho 3750 de la ciudad de Rosario - Provincia
de Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes a fojas 3 a 5
de conformidad al siguiente detalle:
Período
|
Diferencia
|
Recargo E
|
Multas Por
|
Totales
|
Liquidado |
De
Impuestos |
Intereses |
Omisión |
|
|
|
|
(res. 04/98) |
|
Ingr.
Brutos 1998/01 |
1.001,46 |
191,98 |
400,58 |
1.594,02.-I |
Ing. Brutos
1998/02 |
1.001,00 |
163,86 |
400,40 |
1.565,26. |
Infrac.
Deberes Formales |
|
100.00 |
100.00. |
|
(Res.
06/93 art. 11 inc. C) |
|
|
|
|
TOTAL |
|
|
|
3.259,28 |
Art. 2º - Requerir a la citada firma,
dentro del plazo de 15 (quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de
cobro judicial por vía apremio, el ingreso de la suma de $ 3.259,28 (PESOS TRES
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 28/100 ), conforme a lo detallado en el
artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de
pago en término y de lo establecido por el Art. 150 del citado instrumento
legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la
obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo
alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la
estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de
así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.
Art. 3º - Intimar para que en el plazo
de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida
en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en DEPARTAMENTO
GRANDES CONTRIBUYENTES, sito en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario.
Art. 4º - Regístrese. Notifíquese al
responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a
DEPARTAMENTO GRANDES CONTRIBUYENTES para verificar el cumplimiento de lo
dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo
para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado,
archívese.
S/C 22503 Dic. 10 Dic. 16
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