picture_as_pdf 2016-11-10

REGISTRADA BAJO EL Nº 13576


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio de Colaboración Académica celebrado en fecha 12 de junio de 2014, entre la Universidad Nacional Autónoma de México - UNAM representada por su Secretario General, Dr. Eduardo Bárzana García y su Coordinadora de Humanidades, Dra. Estela Morales Campos, con la asistencia, de la Mtra. Lourdes Margarita Chehaibar Náder, Directora del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación, y el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su titular, Dra. Claudia Elisabeht Balagué, y el Secretario de Innovación Educativa y Relaciones Institucionales, Dr. Oscar Alberto Di Paolo; cuyo objeto es la colaboración entre las partes en los campos de la docencia, investigación y difusión de la cultura en las disciplinas de la educación, a fin de realizar conjuntamente actividades académicas, científicas y culturales en áreas de interés común.

El mencionado convenio fue aprobado ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo N° 3246 de fecha 18 de septiembre de 2014 e inscripto bajo el N° 5931 en fecha 19 de junio de 2014, al Folio 069, Tomo X del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N° 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo forma parte integrante de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016.

ANTIONIO JUAN BONFATTI

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

CPN CARLOS A. FASCENDINI

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

Dr. MARIO GONZALES RAIS

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28 Oct. 2016


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la 7 de la Constitución Provincial, téngasela como ley de Estado, Insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa – Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto – 3 de Febrero 2649 2º Piso – Santa Fe Tel. 0342-4506607 – e-mail: ditecleg@ arnetbiz.com.ar

18369

__________________________________________