picture_as_pdf 2014-10-10

MINISTERIO DE ECONOMIA


AVISO


Decreto N° 2373 - Santa Fe, 01 de Agosto de 2014 - VISTO: … y; CONSIDERANDO: … ; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Declárase desierto el recurso de apelación interpuesto por el señor Hermán Juan Beck (C.U.I.T. N° 20-06175093-3), por derecho propio, con domicilio legal en calle Santiago Nº 495 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 107/10 -Ind.- de la Administración Provincial de Impuestos, por no expresar agravios de acuerdo a lo previsto por el artículo 49° del Decreto N° 10.204/58. ARTICULO 2°: Desestímese el recurso de apelación directa por ante el Poder Ejecutivo interpuesto por el señor Hermán Juan Beck, por derecho propio, contra las Resoluciones Individuales Nros. 197/10 y 198/10 de la Administración Provincial de Impuestos por incumplimiento del pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. Antonio Juan Bonfatti - C.P.N. Angel José Sciara”. Nota: Hágase saber que mediante el acto administrativo notificado se ha agotado la vía administrativa, asistiéndole el derecho de interponer el recurso contencioso administrativo previsto en la Ley Nº 11.330 ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1, con sede en la ciudad de Santa Fe, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales desde la presente notificación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° de la citada Ley N° 11.330.

S/C 11999 Oct. 10

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Decreto N° 2569 - Santa Fe, 15 de Agosto de 2014 - VISTO: … y; CONSIDERANDO: … ; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Recházase por improcedente el recurso de apelación interpuesto, mediante apoderado, por los agentes María Alejandra Caputo (D.N.I. Nº 21.174.180), con domicilio real en calle Posadas N° 1377, Piso 4°, Dpto “B”, María Teresa Macagno (D.N.I. N° 17.222.384), con domicilio real en calle Concordia N° 3059, Planta Baja, Dpto. 3° y Mario Horacio Casali (D.N.I. N° 04.422.108), con domicilio real en calle Emilio Mitre N° 772, Piso 9°, Dpto “A”, todos de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio legal en calle Entre Ríos N° 3432, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Interna N° 063/00 dictada por el Administrador Provincial de Impuestos, por las razones vertidas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.

Nota: Hágase saber que mediante el acto administrativo notificado se ha agotado la vía administrativa, asistiéndole el derecho de interponer el recurso contencioso administrativo previsto en la Ley N° 11.330 ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1, con sede en la Ciudad de Santa Fe, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales desde la presente notificación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° de la citada Ley N° 11.330.

S/C 11998 Oct. 10

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EL CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA INFORMA


ELEVACION DE PROPUESTAS


Atento a lo establecido en el Art. 25 del Dcto. N° 3904/12 y la Resolución Nº 059/2014 de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta ordenada alfabéticamente y sin expresión de orden de mérito en el concurso para 01 cargo de Defensor Público para la sede San Lorenzo integrada por - Dr. Alejandro Agustín Cardinale D.N.I. Nº 26.275.721. - Dra. María Trinidad Chiabrera D.N.I. Nº 25.492.102 y - Dra. Mirna Isabel Segré D.N.I. Nº 16.336.686.

Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 10 de octubre de 2014.

S/C 11993 Oct. 10

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DIRECCION GENERAL DE

AUDITORIA MEDICA


ORDEN Nº 93


Santa Fe, 22 de Septiembre de 2014

VISTO:

El expediente n° 00501-0076642-9 relacionado con el legajo nº 042-00212-7-27-05-07129 de renovación de la habilitación para funcionar conforme Ley N° 9.847, modificatoria N° 10.169 y su reglamentación, del establecimiento de salud con internación “Clínica María Teresa” de la localidad de María Teresa Departamento General López, de la provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado renovó su Habilitación para funcionar por Orden Nº 115 del 27 de Diciembre de 2.006, bajo denominación e identificación de “Clínica María Teresa” - foja 156 y 157;

Que la Sra. Gómez Ma. Cristina administradora del establecimiento, acompaño nota donde manifiesta haber dejado de funcionar como establecimiento con internación - fojas 163

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja de la “Clínica María Teresa”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoria Médica por Resolución Ministerial N° 848/96;

El Director General de Auditoria Médica

ORDENA:

1° - Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “CLINICA MARIA TERESA” ubicado en calle Urquiza n° 271 de la localidad de María Teresa, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, en razón de haber dejado de funcionar como establecimiento con internación, todo conforme manifestado a fojas 163.

2° - Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º - Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 11994 Oct. 10 Oct. 14

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AGENCIA PROVINCIAL DE

SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0089


SANTA FE, Cuna de la Constitución

Nacional, 25 SEP 2014

VISTO:

el Expediente Nº 00201-0155264-6 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Alvear suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL;

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de convenio de coordinación y complementación para el control del tránsito y seguridad vial efectuado por funcionarios autorizados al efecto;

Que en este marco, la Agencia Provincial de Seguridad Vial en uso de sus facultades, suscribió en fecha 11 de abril de 2014 con la Comuna de Alvear el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 5281, al Folio Nº 44, Tomo X;

Que en dicho convenio la Agencia Provincial de Seguridad Vial autorizó a la Comuna de Alvear a fiscalizar y juzgar conductas, y ejecutar sanciones por la comisión infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan su jurisdicción municipal, y que fueran comprobadas por efectivos de Gendarmería Nacional, y/o por agentes provinciales y/o municipales;

Que a partir de dicho esquema de intervención territorial acotada, y habida cuenta la escasa cantidad de Juzgados Administrativos de Faltas asentados en los Municipios y Comunas de la Provincia en condiciones de ser habilitados en el marco de lo previsto en la Resolución Nº 0027/10 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, resulta lógico suponer que no podrá brindarse servicio de juzgamiento a innumerables causas contravencionales surgidas de operativos de control realizados en distintos tramos críticos de rutas nacionales y provinciales de la Provincia, ajenos al territorio del distrito autorizado;

Que previendo tal situación, la Ley Provincial Nº 13.169 dispone en su artículo 145 que: “Hasta tanto el Poder Ejecutivo pueda implementar la puesta en funcionamiento de la Justicia Administrativa de Faltas de Tránsito Provincial, la Provincia concertará convenios para facultar a los Municipios y Comunas a los fines de que los Juzgados de Faltas Municipales o Comunales entiendan en el juzgamiento de las infracciones labradas en rutas y caminos provinciales y nacionales que atraviesan el territorio. La intervención de estos juzgados locales podrá extenderse a las infracciones ocurridas fuera de la jurisdicción a la cual pertenecen”;

Que asimismo la Ley Provincial Nº 13.133, artículo 8, prescribe: “La Agencia Provincial de Seguridad Vial como autoridad de aplicación de la presente ley y de las políticas provinciales vinculadas a la seguridad vial, coordinará con las autoridades nacionales, provinciales, municipales y comunales las medidas tendientes a su efectivo cumplimiento. A tal efecto, queda facultada a suscribir convenios de complementación y coordinación con estas autoridades y con otras instituciones y organizaciones no gubernamentales”;

Que, teniendo en cuenta que en fecha 20 de febrero de 2014, la Agencia Provincial de Seguridad Vial ha dictado la Resolución Nº 0013/14 por la cual se excluye a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial sobre la Ruta Provincial Nº 21;

Atendiendo a la necesidad de realizar controles de tránsito y seguridad vial sobre los tramos de la Ruta Provincial Nº 21 resulta necesario someter a la jurisdicción de la Comuna de Alvear las tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la Seguridad Vial ocurridas en el tramo desde el km 0,00 al 3,96 de la Ruta Provincial Nº 21;

Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontraron objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, el artículo 145º de la Ley Nº 13.169 y concordantes;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Comuna de Alvear a realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y seguridad vial ocurridas en el siguiente tramo de la ruta provincial Nº 21, inclusive aquéllos que se encuentren fuera de su distrito, a saber:

RP 21: Desde el km 0,00 hasta el km 3,96.

ARTICULO 2º: La intervención de la Comuna en el juzgamiento y ejecución sobre dichos tramos será exclusiva, salvo especificación en contrario. La Agencia Provincial de Seguridad Vial se reserva la facultad de extender o reducir mediante resoluciones generales o particulares los tramos de rutas otorgados en el artículo anterior.

ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 11997 Oct. 10 Oct. 14

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COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Citación


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en T.3 Agrupada 7 planta baja Bº Pucará, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 14 DE OCTUBRE DE 2014, a las siguientes personas:

REGION I – NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO VERA – LOCALIDAD LOS AMORES

1 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 20a,b: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011241/0000-4;02-12-00-011240/0000-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069597-9/01501-0069531-5/01501-0069598-0/01501-0069591-3, Iniciador :MUÑOZ MARIA ESTHER;NEFLE PAMELA ITATI; MOYANO VERONICA ISABEL; SILVA VILMA HAYDEE.

2 Sr./a: AZUCENA GARCIA, LIBERTAD ARGENTINA GARCIA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 8: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011255/0000-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 53 Fº 225 Vto. Nº 12229/72 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023160-1, Iniciador :CABRERA ANA.

3 Sr/a .SEBASTIANA RIOS, Matrícula Individual L.C. Nº 1.635.888, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 4: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011228/0000-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 152 Par Fº 932 Nº 40030/73 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069539-3, Iniciador :NEFLE OLGA.

4 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 22: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011202/0000-5/02-12-00-011262-0000-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069551-1/01501-0069544-1/01501-0069608-2, Iniciador :RAMIREZ MARIO ATILIO; PAULA DAS NEVES SAMUEL;DURAND ISOLINA.

5 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 25: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011258/0000-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069545-2/01501-0023035-8/01501-0069514-2, Iniciador :PEREZ BENITO;ALEGRE ELSA CELIA;TORRES OLGA BEATRIZ.

6 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 11: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011242/0000-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069501-6, Iniciador :CARDOZO YOLANDA HAYDEE.

7 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 3: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011235/0000-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069552-2/01501-0032086-8, Iniciador :MARTINEZ RAMONA SALVADORA; SANCHEZ DELIA.

8 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 15: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011203/0000-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069611-8, Iniciador :GONZALEZ MARIA ZULMA.

9 Sr./a: ANTONIA MORCILLO, ANIBAL DARIO ARRONGA, BLANCA ANTONIA ARRONGA, ARNALDO ARRONGA, ALBERTO ARRONGA, RODOLFO PEDRO ARRONGA, DARDO ARRONGA, LEONILDA ARRONGA, SELVA /SILVA MIREYA ARRONGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la ciudad de: LOS AMORES, identificado como: Manzana 26: Partida Inmobiliaria Nº 02-12-00-011257/0000-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 35 Fº 149 vto. Nº 15662/65 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 1501-0069605-9/01501-0069664-6, Iniciador :CARDOZO JUANA;ZARATE BERNARDINA.

S/C. 11859 Oct. 10 Oct. 15

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