REGISTRADA BAJO EL Nº 12992
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dispónese a partir del primero de enero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, el uso de la expresión “2010 año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”, en toda la papelería oficial a utilizar en los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo y en toda difusión de forma gráfica y oral que realicen. De igual forma lo harán las empresas del Estado y Entes descentralizados, autónomos o autárquicos.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Fabián Bastía
Subsecretario
Cámara de Senadores
SANTA FE, 7 de setiembre de 2009
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado
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