picture_as_pdf 2010-08-10

MINISTERIO DE ECONOMIA

 

COMUNICADO

 

Por la presente, se comunica a la Srta. Rocío Belén Larocca, domiciliada en Gobernador Freyre N° 6539 de la ciudad de Santa Fe, la respuesta a su solicitud de incorporarse como empleada a la Administración Pública Provincial con la cual se formalizó expediente Nº 00301-0059659-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.). Al respecto se le comunica que se encuentra en vigencia el Decreto Nº 0291/09 y Disposición Nº 01/09 de la Subsecretaría de Recursos Humanos y de la Función Pública. Fdo. Dr. Ernesto Gaspar Francisco Luna, Director General de Despacho y Servicio Interministerial del Ministerio de Economía.

S/C             4959                 Ag. 10

__________________________________________

 

Por la presente, se comunica al Sr. Mario Facundo Romero, domiciliado en calle Mendoza Nº 3913 3° Piso Dpto. “D” de la ciudad de Santa Fe, la respuesta a su solicitud de incorporarse como empleado a la Administración Pública Provincial con la cual se formalizó expediente Nº 00301-0059376-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.). Al respecto se le comunica que se encuentra en vigencia el Decreto N° 0291/09 y Disposición N° 01/09 de la Subsecretaría de Recursos Humanos y de la Función Pública. Fdo. Dr. Ernesto Gaspar Francisco Luna, Director General de Despacho y Servicio Interministerial del Ministerio de Economía.

S/C             4958                 Ag. 10

__________________________________________

 

RESOLUCION Nº 453

 

SANTA FE, 03 Agosto 2010

VISTO:

El Expediente Nº 00302-0080660-3 del Sistema de Información de Expedientes de la Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe, mediante el cual se promueve el llamado a concurso para cubrir cargos vacantes en el ámbito de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1729/09 homologatorio del Acta Acuerdo Nº 005/2009, se dispuso, entre otras cosas, el reemplazo del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública;

Que en el artículo 27° del citado Decreto, se dispuso la derogación del Decreto Nº 3924/87, modificado por Decreto Nº 88/87, mediante el cual se imponían restricciones en la materia, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar los llamados a concursos;

Que asimismo mediante el Decreto Nº 2480/09 se modificó la Estructura Orgánico - Funcional de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, tendiente a organizar las distintas áreas y actualizar las misiones y funciones de las mismas;

Que en virtud de lo expuesto en el Decreto N° 2480/09, se encuentran vacantes cargos cuyas funciones son esenciales para el normal funcionamiento del Organismo, por lo que resulta procedente realizar de manera paulatina y en función a las necesidades del Organismo los respectivos llamados a concurso;

Que los cargos que resultan necesario cubrir en el presente llamado son los siguientes: Coordinador General de Comercialización Categoría 7 Agrupamiento Administrativo, Jefe de División Registros y Habilitación Categoría 4 Agrupamiento Administrativo y Jefe Sección Inspección Categoría 3 Agrupamiento Administrativo;

Que a tal fin, se procedió a elaborar la descripción de los perfiles de puestos con la participación de las entidades sindicales, conforme a lo acordado en el punto 4 inc e) del Acta Acuerdo Nº 005/09, de la Comisión Paritaria Central, con el objetivo de garantizar la capacidad e idoneidad de los agentes que cubrirán los cargos vacantes;

Que en la presente gestión han intervenido las áreas competentes de la Institución, a efectos de cumplir con los requisitos técnicos administrativos previos;

Que asimismo, ha tomado la intervención de su competencia la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que la composición del Jurado para los cargos que se concursan se ha dispuesto conforme a lo establecido en el Artículo 94° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 modificado por el Decreto N° 1729/09, integrándose parcialmente los mismos con personas que poseen en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades afines a las concursadas, por no haber resultado posible cumplimentar con las condiciones especificadas en el 1° párrafo del citado artículo;

Que a tal efecto, las entidades sindicales propusieron a los miembros del Jurado que actuarán en su representación;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1): Llamar a concurso interno, en los términos del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decreto Nº 1.729/09, para la cobertura de los cargos: Coordinador General de Comercialización Categoría 7 Agrupamiento Administrativo, Jefe de División Registro y Habilitación Categoría 4 Agrupamiento Administrativo y Jefe Sección Inspección Categoría 3 Agrupamiento Administrativo.

ARTICULO 2): Aprobar los Perfiles de Puestos que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3): Aprobar la Composición del Jurado, las Etapas de Evaluación, el Cuadro de Ponderación relativa de las mismas y el Cronograma de Actividades previstas para el Procedimiento, conforme al detalle que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución;

ARTICULO 4): Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal el jurado del concurso podrá cambiar las mismas, mediante el acta pertinente y con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 5): Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía

 

ANEXO I

CONCURSO INTERNO MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL -LOTERIA DE SANTA FE

 

Cargo: Coordinador General de Comercialización Nivel 7 Agrupamiento Administrativo.

Dirección: 1° Junta 2724, Santa Fe.

PERFIL

A. Misión

Entender en la organización de todo lo concerniente a las políticas de ventas, de productos y precios, de distribución y de Permisionarios.

B. Funciones

1) Supervisar el cumplimiento de la política emanada de la Dirección Provincial de Juegos y Explotación en todo lo concerniente a la comercialización de los juegos.

2) Supervisar el contralor general de las actividades de los Permisionarios e intervenir en las designaciones, cambios de categoría, de domicilios, etc.

3) Conducir todo lo atinente a la capacitación de los Permisionarios.

4) Coordinar las inspecciones a los Permisionarios a efectos del contralor de sus actividades.

5) Participar en la confección de instructivos relacionados al funcionamiento de la Red Comercial.

6) Elaborar los proyectos de resoluciones relacionadas con el otorgamiento de un permiso, caducidad de los mismos, cesión, cambio de dependencia de Agente Oficial, cambio de categoría, y cualquier otro trámite que no sea cambio de domicilio.

7) Reemplazar al Director General de Comercialización, en caso de ausencia.

Realizar las funciones que le sean encomendadas por el Superior Jerárquico, relativas al Area.

C) Formación Particular:

1 Conocimiento de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:

* Ley Provincial N° 8525 Estatuto del Personal de la Administración Pública.

* Nociones acerca del Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

* Decreto Acuerdo N° 10204/58 Reglamento para el trámite de Actuaciones Administrativas.

2 Conocimiento general de la normativa específica inherente a la jurisdicción:

* Conocimiento Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico - Funcional Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe.

* Decreto Acuerdo N° 1919/92, Reglamento de Permisionarios.

* Reglamentos de los Juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.

* Decreto N° 3925/86, Reglamentación de Rifas y Bingos y sus modificatorios.

* Ley N° 11998, Aprobación de la explotación de Casinos y Bingos en la Pcia. de Santa Fe, y reglamentación, Decreto N° 3897/02.

3 Conocimientos técnicos no específicos:

* Manejo de herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.

* Excelente nivel de expresión oral y escrita.

* Conocimiento y aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.

D) Requisitos

* Título Secundario (excluyente).

* Preferentemente con estudios universitarios y cursos de especialización vinculados a comercialización y marketing.

E) Competencias actitudinales y personales:

* Capacidad de liderazgo y manejo de grupo.

* Capacidad de análisis y resolución de problemas.

* Capacidad para la organización y coordinación de trabajo.

* Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajo multidiciplinarios.

* Iniciativa y pro actividad.

* Habilidad para aplicar planes de contingencia ante un imprevisto.

* Discreción en el manejo de la información.

Cargo: Jefe División Registros y Habilitación, Nivel 4 Agrupamiento Administrativo.

Dirección: 1° Junta 2724 - Santa Fe.

PERFIL

A. Misión

Entender en todo lo atinente a otorgamiento de permisos precarios para la comercialización de los juegos que la Caja de Asistencia Social administra, como así también todas las modificaciones que se pudieran presentar desde la solicitud del permiso precario hasta su baja, cualquiera sea la causa.

B. Funciones

1) Dirigir las tareas de compilación de la documentación de los Permisionarios, a fin de la confección de los legajos y registros respectivos.

2) Supervisar la carga de información relacionada a trámites de Permisionarios en los sistemas computarizados.

3) Intervenir en las informaciones y notificaciones a los Permisionarios y/o aspirantes sobre gestiones que promuevan.

4) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones para el otorgamiento de permisos, cesiones, cambios de categoría o de dependencia de Agentes Oficiales, y cualquier otro trámite relacionado a Permisionarios, elevando informes pormenorizados de cada uno para su pertinente análisis por parte del superior.

5) Asesorar sobre sanciones que corresponda aplicar a los Permisionarios por transgresiones de las reglamentaciones vigentes.

6) Entender en las tramitaciones relacionadas con actas de clausuras o suspensiones y elevar las actuaciones administrativas pertinentes.

7) Elaborar informes referidos a antecedentes de Permisionarios en oportunidad de gestiones que puedan promover ante el Organismo.

8) Mantener una comunicación fluida con la empresa encargada del procesamiento de datos, a efectos de transmitirles las necesidades de los Permisionarios en lo que respecta al normal funcionamiento del sistema de captación de apuestas.

9) Controlar el canon que envía la empresa encargada del procesamiento de datos mensualmente y elevarlo para su firma a la Dirección General de Comercialización.

10) Solicitar inspecciones reglamentarias de los locales propuestos por los aspirantes a ser titular de un permiso precario para comercializar juegos.

11) Realizar cualquier otra tarea que le sea encomendada por su Superior, relativa a su Area.

C. Formación Particular:

1) Conocimiento de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:

* Ley Provincial N° 8525, Estatuto del Personal de la Administración Pública.

* Nociones acerca del Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

* Decreto Acuerdo N° 10204/58, Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas.

2 Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:

* Conocimiento Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico Funcional Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe.

* Decreto Acuerdo N° 1919/92, Reglamento de Permisionarios.

* Reglamentos de los juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.

3 Conocimientos técnicos no específicos:

* Manejo de Herramientas informáticas: Procesador de textos, Planillas de cálculo y Bases de Datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.

* Excelente nivel de expresión oral y escrita.

D Requisitos

* Título secundario (excluyente)

E Competencias actitudinales y personales:

* Capacidad de análisis y resolución de problemas.

* Capacidad para la organización y coordinación de trabajo.

* Iniciativa y proactividad.

* Habilidad para aplicar planes de contingencia ante un imprevisto.

* Discreción en el manejo de la información.

* Capacidad para el trabajo en equipo.

Cargo: Jefe Sección Inspección, Nivel 3 Agrupamiento Administrativo

Dirección; 1° Junta 2724, Santa Fe.

PERFIL

A. Misión

Verificar el cumplimiento de las pautas de comercialización por parte de los Permisionarios que conforman la Red Comercial de la C.A.S.

B. Funciones

1) Realizar inspecciones a los Permisionarios y locales propuestos y/o habilitados en el ámbito de la Provincia.

2) Verificar la exhibición en el local de los juegos comercializados por la C.A.S.

3) Supervisar las condiciones del local de ventas.

4) Verificar todo tipo de documentación, como habilitación municipal.

5) Controlar que los Permisionarios comercialicen todos los juegos que administra la C.A.S.

6) Controlar toda documentación que sea de interés para Lotería y que tenga relación con la actividad comercial de la misma.

7) Elevar informes de las actuaciones realizadas.

8) Realizar demás funciones encomendadas por el superior jerárquico.

C. Formación Particular:

1. Conocimiento de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:

• Ley Provincial N° 8525, Estatuto del Personal de la Administración Pública.

• Nociones acerca del Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

• Decreto-Acuerdo N° 10204/58, Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas.

2. Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:

• Conocimiento Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico - Funcional Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe.

Decreto-Acuerdo N° 1919/92, Reglamento de Permisionarios.

* Reglamentos de los juegos explotados por la  Caja de Asistencia Social.

3. Conocimientos técnicos no específicos:

• Manejo de Herramientas informáticas; Procesador de textos. Planillas de cálculo y Bases de Datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.

• Correcta expresión oral y escrita.

• Conocimiento de la geografía de la Provincia.

D- Requisitos

* Título secundario (excluyente).

E Competencias actitudinales y personales:

• Capacidad de interacción humana en el trabajo.

* Capacidad para el trabajo en equipo.

* Habilidad para escuchar y entender a las personas.

* Discreción en el manejo de la información.

* Interés en el trabajo, espíritu de superación.

ANEXO II

PROCESO DE SELECCION DE PERSONAL

a) INTEGRACION DEL JURADO

Para los cargos:

* Coordinador General Comercialización.

* Jefe División Registro y Habilitación.

* Jefe Sección Inspección.

Presidente: Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Asistencia Social. Sr. Luis Alfredo Cecchi y/o quien éste designe.

Miembros por la Caja de Asistencia Social:

Titulares:

* Directora General de Comercialización Dra. Mónica Calderón.

* Directora General de Asesoría Letrada Dra. Estela Del Favero.

- Directora general Económica Financiera Dra. CP. Mónica Governo.

* Director Provincial de Administración y Relaciones Institucionales Sr. Hugo Rodríguez Suplentes:

* Directora Provincial de Auditoría y Control de Gestión Dra. Claudia Lassaga.

* Director General de Casinos Sr. Gustavo Rivera.

* Director Provincial de Juegos y Explotación Sr. Héctor Belletti.

* Director General de Juegos de Azar Jorge Bossio.

Miembros por las Entidades Sindicales

UPCN

Titulares:

* CPN Juan José Maspons.

* Sr. Hugo Rodríguez.

* Sr. Néstor Audero.

Suplentes:

* Dr. Roberto Francucci

* Sr. Marcelo Piccardi.

* CPN. Daniel Berenguer.

 

ATE

 

* Sr. Darío Galarza

 

Suplente:

* Sr. Rubén Pereyra.

Para los cargos:

* Coordinador General de Comercialización.

* Jefe de División Registro y Habilitación

* Jefe Sección Inspección

b) ETAPAS DE EVALUACION

Evaluación de Antecedentes

Evaluación Técnica

Evaluación Psicotécnica

Entrevista Personal

 

c) PONDERACION DE CADA ETAPA

 

Cargo         Evaluación de Evaluación Evaluación   Entrevista               

                    Antecedentes      Técnica Psicotécnica   Personal        Total

Coordinador                                                                                              

General                        30%            40%            20%            10%        100%

Comercialización                                                                                      

Jefe                                                                                                         

División                        30%            50%                              20%        100%

Registro y                                                                                                

Habilitación                                                                                              

Jefe Sección                                                                                             

Inspección                   30%            50%                              20%        100%

 

d) CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Se deja establecido, respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinadas por el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período determinado por el art. 87, in fine, del Régimen de Concursos aprobado por Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto - Acuerdo Nº 2695/83.

1. Difusión: 10 (diez) días hábiles contados a partir de la publicación fehaciente de la Resolución de la Convocatoria, en el sitio Web de la Provincia y en la cartelería de la Repartición.

2. Inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización. Desde el 09-08-2010 hasta el 30-08-2010, en horario de 7.30 a 12.30 hs., en Mesa de Movimientos de la Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe, sito en calle 1° Junta 2724, Planta Baja, Santa Fe. Los interesados deberán formalizar la postulación al cargo, mediante la presentación del Formulario de Inscripción a Concursos Internos FC-01, el que se encuentra en la página WEB de Lotería de Santa Fe, adjuntando el Curriculum Vitae, una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente o último cambio de domicilio y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido Curriculum (Ej. certificados de estudios, diplomas, constancia de títulos en trámites, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Toda fotocopia presentada en la documentación deberá estar debidamente certificada por la Institución emisora, por Tribunales Provinciales o Federales, juzgados de Paz o Escribanos Públicos, y toda certificación deberá estar extendida por autoridad competente, bajo apercibimiento de considerar inválida la presentación acorde a lo normado por el artículo 100°, Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concurso). La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda Concurso seguido del cargo a cubrir, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción. No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

3. Evaluación de Antecedentes: La evaluación de antecedentes se realizará desde el día 31/08/2010 hasta el 03/09/2010.

4. Evaluación Técnica: Día 07/09/2010 se realizará la evaluación técnica para el cargo: Coordinador General de Comercialización, el día 08/09/2010 para el cargo de Jefe de División Registro y Habilitación y el día 09/09/2010 para el cargo de Jefe Sección Inspección. El lugar de realización de las evaluaciones técnicas será en calle 1° Junta 2724 de la ciudad de Santa Fe. El horario de las evaluaciones técnicas será a partir de las 10 hs.

5. Evaluación Psicotécnica: Día 17/09/2010 tendrá lugar la evaluación psicotécnica del Nivel 7 Coordinación General de Comercialización en la Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe sita en calle 1° Junta 2724, Santa Fe a las 10 hs. Los resultados de estos exámenes tienen carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernen personalmente.

6. Entrevista personal: Las entrevistas personales se realizarán desde el día 21/09/10 hasta el día 23/09/2010, inclusive de realización de las mismas será en calle 1° Junta 2724, Santa Fe, a partir de las 10 hs.

El Jurado tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos, el que será comunicado fehacientemente a cada interesado.

Lo establecido en el presente Anexo se encuentra en un todo de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).

S/C             4966                 Ag. 10

__________________________________________

 

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

 

RESOLUCION Nº 0068

 

Santa Fe, 2 de agosto de 2010.

 

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004285-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a una (1) licencia de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la adquisición por parte de este organismo de una (1) computadora personal que se asignara como puesto de trabajo del Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF), la adquisición de estos recursos se gestiona por este mismo expediente;

Que el SIPAF es un sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se encuentra el SIPAF;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1° Autorizar la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

* MS WINDOWS última versión en español, una (1) Licencia

ARTICULO 2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C             4962                 Ag. 10

__________________________________________

 

RESOLUCION Nº 0067

 

Santa Fe, 2 de agosto de 2010.

VISTO:

El Expediente N° 00101-0203233-7 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a tres (3) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la existencia en este organismo de tres (3) computadoras personales que requieren su instalación para poder ser utilizados como puestos de trabajo del Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF), la adquisición de estas licencias se gestiona por expediente Nº 00101-0202021-7;

Que el SIPAF es un sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se encuentra el SIPAF;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que ésta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1° Autorizar la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS WINDOWS última versión en español, tres (3) Licencias

ARTICULO 2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C             4961                 Ag. 10

__________________________________________

 

RESOLUCION Nº 0066

 

Santa Fe, 2 de agosto de 2010

VISTO:

El Expediente N° 00101-0203029-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección Provincial de Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección Provincial de Comunicaciones del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, está relacionada con la solicitud de adquisición de dos (2) computadoras portátiles (notebook) con sistema operativo MS Windows última versión en español;

Que sobre la licencia del sistema operativo Ms Windows a utilizar en computadoras portátiles, se debe considerar que no existe certificación de los fabricantes de correcto funcionamiento de este tipo de equipamiento bajo ambientes Linux;

Que las empresas proveedoras de este tipo de equipamiento informan que el mismo funciona únicamente en entornos operativos Ms Windows;

Que el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4° inciso a) “...o aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos de Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte técnico y/o respaldo del fabricante o de un tercero equivalente, de forma de garantizar el adecuado mantenimiento, guarda y conservación de los datos involucrados...”, que es el caso en el que se encuentra el pedido de excepción del sistema operativo Ms Windows para computadoras portátiles;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección Provincial de Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1° Autorizar a la Dirección Provincial de Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS WINDOWS última versión en español, dos (2) Licencias

ARTICULO 2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C             4960                 Ag. 10

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