MINISTERIO DE ECONOMIA
COMUNICADO
Por la presente, se
comunica a la Srta. Rocío Belén Larocca, domiciliada en Gobernador Freyre N°
6539 de la ciudad de Santa Fe, la respuesta a su solicitud de incorporarse como
empleada a la Administración Pública Provincial con la cual se formalizó
expediente Nº 00301-0059659-2 del registro del Sistema de Información de
Expedientes (S.I.E.). Al respecto se le comunica que se encuentra en vigencia
el Decreto Nº 0291/09 y Disposición Nº 01/09 de la Subsecretaría de Recursos
Humanos y de la Función Pública. Fdo. Dr. Ernesto Gaspar Francisco Luna,
Director General de Despacho y Servicio Interministerial del Ministerio de
Economía.
S/C 4959 Ag. 10
__________________________________________
Por la presente, se
comunica al Sr. Mario Facundo Romero, domiciliado en calle Mendoza Nº 3913 3°
Piso Dpto. “D” de la ciudad de Santa Fe, la respuesta a su solicitud de
incorporarse como empleado a la Administración Pública Provincial con la cual
se formalizó expediente Nº 00301-0059376-8 del registro del Sistema de
Información de Expedientes (S.I.E.). Al respecto se le comunica que se
encuentra en vigencia el Decreto N° 0291/09 y Disposición N° 01/09 de la
Subsecretaría de Recursos Humanos y de la Función Pública. Fdo. Dr. Ernesto
Gaspar Francisco Luna, Director General de Despacho y Servicio Interministerial
del Ministerio de Economía.
S/C 4958 Ag. 10
__________________________________________
RESOLUCION Nº 453
SANTA FE, 03 Agosto 2010
VISTO:
El Expediente Nº
00302-0080660-3 del Sistema de Información de Expedientes de la Caja de
Asistencia Social, Lotería de Santa Fe, mediante el cual se promueve el llamado
a concurso para cubrir cargos vacantes en el ámbito de esta Jurisdicción; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el
dictado del Decreto Nº 1729/09 homologatorio del Acta Acuerdo Nº 005/2009, se
dispuso, entre otras cosas, el reemplazo del Capítulo XIV “Régimen de
Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública;
Que en el artículo
27° del citado Decreto, se dispuso la derogación del Decreto Nº 3924/87,
modificado por Decreto Nº 88/87, mediante el cual se imponían restricciones en
la materia, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar los llamados
a concursos;
Que asimismo mediante
el Decreto Nº 2480/09 se modificó la Estructura Orgánico - Funcional de la Caja
de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, tendiente a organizar las distintas
áreas y actualizar las misiones y funciones de las mismas;
Que en virtud de lo
expuesto en el Decreto N° 2480/09, se encuentran vacantes cargos cuyas
funciones son esenciales para el normal funcionamiento del Organismo, por lo
que resulta procedente realizar de manera paulatina y en función a las
necesidades del Organismo los respectivos llamados a concurso;
Que los cargos que
resultan necesario cubrir en el presente llamado son los siguientes:
Coordinador General de Comercialización Categoría 7 Agrupamiento
Administrativo, Jefe de División Registros y Habilitación Categoría 4
Agrupamiento Administrativo y Jefe Sección Inspección Categoría 3 Agrupamiento
Administrativo;
Que a tal fin, se
procedió a elaborar la descripción de los perfiles de puestos con la
participación de las entidades sindicales, conforme a lo acordado en el punto 4
inc e) del Acta Acuerdo Nº 005/09, de la Comisión Paritaria Central, con el
objetivo de garantizar la capacidad e idoneidad de los agentes que cubrirán los
cargos vacantes;
Que en la presente
gestión han intervenido las áreas competentes de la Institución, a efectos de
cumplir con los requisitos técnicos administrativos previos;
Que asimismo, ha
tomado la intervención de su competencia la Subsecretaría de Recursos Humanos y
la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente
control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que la composición
del Jurado para los cargos que se concursan se ha dispuesto conforme a lo
establecido en el Artículo 94° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 modificado por el
Decreto N° 1729/09, integrándose parcialmente los mismos con personas que
poseen en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades
afines a las concursadas, por no haber resultado posible cumplimentar con las
condiciones especificadas en el 1° párrafo del citado artículo;
Que a tal efecto, las
entidades sindicales propusieron a los miembros del Jurado que actuarán en su
representación;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1): Llamar a
concurso interno, en los términos del Capítulo XIV del Escalafón Decreto
Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decreto Nº 1.729/09, para la cobertura de
los cargos: Coordinador General de Comercialización Categoría 7 Agrupamiento
Administrativo, Jefe de División Registro y Habilitación Categoría 4
Agrupamiento Administrativo y Jefe Sección Inspección Categoría 3 Agrupamiento
Administrativo.
ARTICULO 2): Aprobar
los Perfiles de Puestos que como Anexo I forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 3): Aprobar
la Composición del Jurado, las Etapas de Evaluación, el Cuadro de Ponderación
relativa de las mismas y el Cronograma de Actividades previstas para el
Procedimiento, conforme al detalle que como Anexo II forma parte integrante de
la presente Resolución;
ARTICULO 4):
Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas
para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal
el jurado del concurso podrá cambiar las mismas, mediante el acta pertinente y
con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 5):
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
ANEXO I
CONCURSO INTERNO MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE
ASISTENCIA SOCIAL -LOTERIA DE SANTA FE
Cargo: Coordinador
General de Comercialización Nivel 7 Agrupamiento Administrativo.
Dirección: 1° Junta
2724, Santa Fe.
PERFIL
A. Misión
Entender en la
organización de todo lo concerniente a las políticas de ventas, de productos y
precios, de distribución y de Permisionarios.
B. Funciones
1) Supervisar el
cumplimiento de la política emanada de la Dirección Provincial de Juegos y
Explotación en todo lo concerniente a la comercialización de los juegos.
2) Supervisar el
contralor general de las actividades de los Permisionarios e intervenir en las
designaciones, cambios de categoría, de domicilios, etc.
3) Conducir todo lo
atinente a la capacitación de los Permisionarios.
4) Coordinar las
inspecciones a los Permisionarios a efectos del contralor de sus actividades.
5) Participar en la
confección de instructivos relacionados al funcionamiento de la Red Comercial.
6) Elaborar los
proyectos de resoluciones relacionadas con el otorgamiento de un permiso,
caducidad de los mismos, cesión, cambio de dependencia de Agente Oficial,
cambio de categoría, y cualquier otro trámite que no sea cambio de domicilio.
7) Reemplazar al
Director General de Comercialización, en caso de ausencia.
Realizar las
funciones que le sean encomendadas por el Superior Jerárquico, relativas al
Area.
C) Formación
Particular:
1 Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
* Ley Provincial N°
8525 Estatuto del Personal de la Administración Pública.
* Nociones acerca del
Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración
Pública Provincial.
* Decreto Acuerdo N°
10204/58 Reglamento para el trámite de Actuaciones Administrativas.
2 Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la jurisdicción:
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico - Funcional Caja de
Asistencia Social, Lotería de Santa Fe.
* Decreto Acuerdo N°
1919/92, Reglamento de Permisionarios.
* Reglamentos de los
Juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.
* Decreto N° 3925/86,
Reglamentación de Rifas y Bingos y sus modificatorios.
* Ley N° 11998,
Aprobación de la explotación de Casinos y Bingos en la Pcia. de Santa Fe, y
reglamentación, Decreto N° 3897/02.
3 Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
* Conocimiento y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D) Requisitos
* Título Secundario
(excluyente).
* Preferentemente con
estudios universitarios y cursos de especialización vinculados a
comercialización y marketing.
E) Competencias
actitudinales y personales:
* Capacidad de
liderazgo y manejo de grupo.
* Capacidad de análisis
y resolución de problemas.
* Capacidad para la
organización y coordinación de trabajo.
* Capacidad para la
integración y conformación de equipos de trabajo multidiciplinarios.
* Iniciativa y pro
actividad.
* Habilidad para
aplicar planes de contingencia ante un imprevisto.
* Discreción en el
manejo de la información.
Cargo: Jefe División
Registros y Habilitación, Nivel 4 Agrupamiento Administrativo.
Dirección: 1° Junta
2724 - Santa Fe.
PERFIL
A. Misión
Entender en todo lo
atinente a otorgamiento de permisos precarios para la comercialización de los
juegos que la Caja de Asistencia Social administra, como así también todas las
modificaciones que se pudieran presentar desde la solicitud del permiso
precario hasta su baja, cualquiera sea la causa.
B. Funciones
1) Dirigir las tareas
de compilación de la documentación de los Permisionarios, a fin de la
confección de los legajos y registros respectivos.
2) Supervisar la
carga de información relacionada a trámites de Permisionarios en los sistemas
computarizados.
3) Intervenir en las
informaciones y notificaciones a los Permisionarios y/o aspirantes sobre
gestiones que promuevan.
4) Supervisar el
cumplimiento de las disposiciones para el otorgamiento de permisos, cesiones,
cambios de categoría o de dependencia de Agentes Oficiales, y cualquier otro
trámite relacionado a Permisionarios, elevando informes pormenorizados de cada
uno para su pertinente análisis por parte del superior.
5) Asesorar sobre
sanciones que corresponda aplicar a los Permisionarios por transgresiones de
las reglamentaciones vigentes.
6) Entender en las
tramitaciones relacionadas con actas de clausuras o suspensiones y elevar las
actuaciones administrativas pertinentes.
7) Elaborar informes
referidos a antecedentes de Permisionarios en oportunidad de gestiones que
puedan promover ante el Organismo.
8) Mantener una
comunicación fluida con la empresa encargada del procesamiento de datos, a
efectos de transmitirles las necesidades de los Permisionarios en lo que
respecta al normal funcionamiento del sistema de captación de apuestas.
9) Controlar el canon
que envía la empresa encargada del procesamiento de datos mensualmente y
elevarlo para su firma a la Dirección General de Comercialización.
10) Solicitar
inspecciones reglamentarias de los locales propuestos por los aspirantes a ser
titular de un permiso precario para comercializar juegos.
11) Realizar
cualquier otra tarea que le sea encomendada por su Superior, relativa a su
Area.
C. Formación
Particular:
1) Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
* Ley Provincial N°
8525, Estatuto del Personal de la Administración Pública.
* Nociones acerca del
Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración
Pública Provincial.
* Decreto Acuerdo N°
10204/58, Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas.
2 Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico Funcional Caja de Asistencia
Social, Lotería de Santa Fe.
* Decreto Acuerdo N°
1919/92, Reglamento de Permisionarios.
* Reglamentos de los
juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.
3 Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
Herramientas informáticas: Procesador de textos, Planillas de cálculo y Bases
de Datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
D Requisitos
* Título secundario
(excluyente)
E Competencias
actitudinales y personales:
* Capacidad de
análisis y resolución de problemas.
* Capacidad para la
organización y coordinación de trabajo.
* Iniciativa y
proactividad.
* Habilidad para
aplicar planes de contingencia ante un imprevisto.
* Discreción en el
manejo de la información.
* Capacidad para el
trabajo en equipo.
Cargo: Jefe Sección
Inspección, Nivel 3 Agrupamiento Administrativo
Dirección; 1° Junta
2724, Santa Fe.
PERFIL
A. Misión
Verificar el
cumplimiento de las pautas de comercialización por parte de los Permisionarios
que conforman la Red Comercial de la C.A.S.
B. Funciones
1) Realizar
inspecciones a los Permisionarios y locales propuestos y/o habilitados en el
ámbito de la Provincia.
2) Verificar la
exhibición en el local de los juegos comercializados por la C.A.S.
3) Supervisar las
condiciones del local de ventas.
4) Verificar todo
tipo de documentación, como habilitación municipal.
5) Controlar que los
Permisionarios comercialicen todos los juegos que administra la C.A.S.
6) Controlar toda
documentación que sea de interés para Lotería y que tenga relación con la
actividad comercial de la misma.
7) Elevar informes de
las actuaciones realizadas.
8) Realizar demás
funciones encomendadas por el superior jerárquico.
C. Formación
Particular:
1. Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
• Ley Provincial N°
8525, Estatuto del Personal de la Administración Pública.
• Nociones acerca del
Decreto Acuerdo N° 2695/83, Escalafón del Personal Civil de la Administración
Pública Provincial.
• Decreto-Acuerdo N°
10204/58, Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas.
2. Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
• Conocimiento
Decreto N° 2480/09, Modificación Estructura Orgánico - Funcional Caja de
Asistencia Social, Lotería de Santa Fe.
Decreto-Acuerdo N°
1919/92, Reglamento de Permisionarios.
* Reglamentos de los
juegos explotados por la Caja de
Asistencia Social.
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
• Manejo de
Herramientas informáticas; Procesador de textos. Planillas de cálculo y Bases
de Datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
• Correcta expresión
oral y escrita.
• Conocimiento de la
geografía de la Provincia.
D- Requisitos
* Título secundario
(excluyente).
E Competencias
actitudinales y personales:
• Capacidad de
interacción humana en el trabajo.
* Capacidad para el
trabajo en equipo.
* Habilidad para
escuchar y entender a las personas.
* Discreción en el
manejo de la información.
* Interés en el
trabajo, espíritu de superación.
ANEXO II
PROCESO DE SELECCION
DE PERSONAL
a) INTEGRACION DEL
JURADO
Para los cargos:
* Coordinador General
Comercialización.
* Jefe División
Registro y Habilitación.
* Jefe Sección
Inspección.
Presidente:
Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Asistencia Social. Sr. Luis Alfredo
Cecchi y/o quien éste designe.
Miembros por la Caja
de Asistencia Social:
Titulares:
* Directora General
de Comercialización Dra. Mónica Calderón.
* Directora General
de Asesoría Letrada Dra. Estela Del Favero.
- Directora general
Económica Financiera Dra. CP. Mónica Governo.
* Director Provincial
de Administración y Relaciones Institucionales Sr. Hugo Rodríguez Suplentes:
* Directora
Provincial de Auditoría y Control de Gestión Dra. Claudia Lassaga.
* Director General de
Casinos Sr. Gustavo Rivera.
* Director Provincial
de Juegos y Explotación Sr. Héctor Belletti.
* Director General de
Juegos de Azar Jorge Bossio.
Miembros por las
Entidades Sindicales
UPCN
Titulares:
* CPN Juan José
Maspons.
* Sr. Hugo Rodríguez.
* Sr. Néstor Audero.
Suplentes:
* Dr. Roberto
Francucci
* Sr. Marcelo
Piccardi.
*
CPN. Daniel Berenguer.
ATE
* Sr. Darío Galarza
Suplente:
* Sr. Rubén Pereyra.
Para los cargos:
* Coordinador General
de Comercialización.
* Jefe de División
Registro y Habilitación
* Jefe Sección
Inspección
b) ETAPAS DE
EVALUACION
Evaluación de
Antecedentes
Evaluación Técnica
Evaluación
Psicotécnica
Entrevista Personal
c) PONDERACION DE
CADA ETAPA
Cargo Evaluación
de Evaluación Evaluación Entrevista
Antecedentes Técnica Psicotécnica Personal Total
Coordinador
General 30% 40% 20% 10% 100%
Comercialización
Jefe
División 30% 50% 20% 100%
Registro y
Habilitación
Jefe Sección
Inspección 30% 50% 20% 100%
d) CRONOGRAMA DE
ACTIVIDADES
Se deja establecido,
respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinadas por
el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período
determinado por el art. 87, in fine, del Régimen de Concursos aprobado por
Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto -
Acuerdo Nº 2695/83.
1. Difusión: 10
(diez) días hábiles contados a partir de la publicación fehaciente de la
Resolución de la Convocatoria, en el sitio Web de la Provincia y en la
cartelería de la Repartición.
2. Inscripción: Las
inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco)
días hábiles después de su finalización. Desde el 09-08-2010 hasta el
30-08-2010, en horario de 7.30 a 12.30 hs., en Mesa de Movimientos de la Caja
de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe, sito en calle 1° Junta 2724, Planta
Baja, Santa Fe. Los interesados deberán formalizar la postulación al cargo,
mediante la presentación del Formulario de Inscripción a Concursos Internos
FC-01, el que se encuentra en la página WEB de Lotería de Santa Fe, adjuntando
el Curriculum Vitae, una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su
equivalente o último cambio de domicilio y de todos los antecedentes relativos
a los datos consignados en el referido Curriculum (Ej. certificados de
estudios, diplomas, constancia de títulos en trámites, certificados de trabajos
desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Toda fotocopia presentada en la
documentación deberá estar debidamente certificada por la Institución emisora,
por Tribunales Provinciales o Federales, juzgados de Paz o Escribanos Públicos,
y toda certificación deberá estar extendida por autoridad competente, bajo
apercibimiento de considerar inválida la presentación acorde a lo normado por
el artículo 100°, Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83,
modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concurso). La documentación
deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda Concurso seguido
del cargo a cubrir, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las
hojas deberán estar numeradas y firmadas indicándose la totalidad de hojas que
componen la presentación. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los
antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el
proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada
a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción. No se admitirá la
invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al
cierre del plazo de inscripción.
3. Evaluación de
Antecedentes: La evaluación de antecedentes se realizará desde el día
31/08/2010 hasta el 03/09/2010.
4. Evaluación
Técnica: Día 07/09/2010 se realizará la evaluación técnica para el cargo:
Coordinador General de Comercialización, el día 08/09/2010 para el cargo de
Jefe de División Registro y Habilitación y el día 09/09/2010 para el cargo de
Jefe Sección Inspección. El lugar de realización de las evaluaciones técnicas
será en calle 1° Junta 2724 de la ciudad de Santa Fe. El horario de las
evaluaciones técnicas será a partir de las 10 hs.
5. Evaluación
Psicotécnica: Día 17/09/2010 tendrá lugar la evaluación psicotécnica del Nivel
7 Coordinación General de Comercialización en la Caja de Asistencia Social,
Lotería de Santa Fe sita en calle 1° Junta 2724, Santa Fe a las 10 hs. Los
resultados de estos exámenes tienen carácter reservado. Cada postulante, cuando
así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernen personalmente.
6. Entrevista
personal: Las entrevistas personales se realizarán desde el día 21/09/10 hasta
el día 23/09/2010, inclusive de realización de las mismas será en calle 1°
Junta 2724, Santa Fe, a partir de las 10 hs.
El Jurado tendrá un
plazo de 10 (diez) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal
para elaborar el Orden de Méritos, el que será comunicado fehacientemente a cada
interesado.
Lo establecido en el
presente Anexo se encuentra en un todo de acuerdo a lo establecido en el
Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón
Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).
S/C 4966 Ag. 10
__________________________________________
SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCION Nº 0068
Santa Fe, 2 de agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente N°
00320-0004285-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la
Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario;
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial
N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley Nº 12.817,
en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto N°
0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de
Economía de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a una (1) licencia de Ms
Windows última versión en español, está relacionada con la adquisición por
parte de este organismo de una (1) computadora personal que se asignara como
puesto de trabajo del Sistema Presupuestario de Administración Financiera
(SIPAF), la adquisición de estos recursos se gestiona por este mismo
expediente;
Que el SIPAF es un
sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de
la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado
en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS
Windows para su ejecución;
Que el Decreto
1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se
trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la
presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se
encuentra el SIPAF;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar la Dirección General de la Función
Pública del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe en carácter de
excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1° Autorizar
la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Economía de la
Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al
siguiente detalle:
* MS WINDOWS última
versión en español, una (1) Licencia
ARTICULO 2°
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
Para la Gestión
S/C 4962 Ag. 10
__________________________________________
RESOLUCION Nº 0067
Santa Fe, 2 de agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente N°
00101-0203233-7 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del
Estado de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software
propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial
N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley Nº 12.817,
en su artículo 17º, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto N°
0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección General de Administración del Ministerio de
Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a
tres (3) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada
con la existencia en este organismo de tres (3) computadoras personales que
requieren su instalación para poder ser utilizados como puestos de trabajo del
Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF), la adquisición de
estas licencias se gestiona por expediente Nº 00101-0202021-7;
Que el SIPAF es un
sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de
la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado
en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS
Windows para su ejecución;
Que el Decreto
1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se
trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la
presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se
encuentra el SIPAF;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que ésta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar la Dirección General de
Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia
de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario
peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1° Autorizar
la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del
Estado de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de
conformidad al siguiente detalle:
MS WINDOWS última
versión en español, tres (3) Licencias
ARTICULO 2°
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
Para la Gestión
S/C 4961 Ag. 10
__________________________________________
RESOLUCION Nº 0066
Santa Fe, 2 de agosto de 2010
VISTO:
El Expediente N°
00101-0203029-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección Provincial de Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar
software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial
N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley Nº 12.817,
en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto Nº
0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección Provincial de Comunicaciones del Ministerio de
Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, está relacionada con
la solicitud de adquisición de dos (2) computadoras portátiles (notebook) con
sistema operativo MS Windows última versión en español;
Que sobre la licencia
del sistema operativo Ms Windows a utilizar en computadoras portátiles, se debe
considerar que no existe certificación de los fabricantes de correcto
funcionamiento de este tipo de equipamiento bajo ambientes Linux;
Que las empresas
proveedoras de este tipo de equipamiento informan que el mismo funciona únicamente
en entornos operativos Ms Windows;
Que el Decreto
1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4° inciso a)
“...o aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos de
Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte técnico y/o
respaldo del fabricante o de un tercero equivalente, de forma de garantizar el
adecuado mantenimiento, guarda y conservación de los datos involucrados...”,
que es el caso en el que se encuentra el pedido de excepción del sistema
operativo Ms Windows para computadoras portátiles;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección Provincial de
Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia
de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario
peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1° Autorizar
a la Dirección Provincial de Opinión Pública del Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario
de conformidad al siguiente detalle:
MS WINDOWS última
versión en español, dos (2) Licencias
ARTICULO 2°
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
Para la Gestión
S/C 4960 Ag. 10
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