SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESOLUCION N° 0062
Santa Fe, 1° de Julio de 2008.
VISTO:
El Expediente Nº 00101-0174080-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario..." atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III Autoridad de Aplicación Artículo 3º;
Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada por la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, está relacionada a la adquisición de 1 (una) licencia de Microsoft Office Profesional que se tramita en este mismo expediente;
Que el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4º inciso -f- "Razones de fuerza mayor debidamente justificadas", que es el caso en el que se encuentra este pedido de excepción;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESUELVE:
1.- Autorizar a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado la compra e instalación del software propietario de conformidad al siguiente detalle,
MS Office Profesional, una (1) Licencia
2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/c 1577 Jul. 10
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RESOLUCION N° 0063
Santa Fe, 1° de Julio de 2008.
VISTO:
El Expediente Nº 00101-0173918-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario .... ", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación Artículo 3º;
Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular,
Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada por la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, está relacionada a la adquisición de 1 (una) licencia de Microsoft Office Básico que se tramita en este mismo expediente, para instalarse en la computadora personal del funcionario Ricardo Attala, pc n/s 66070004q;
Que el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4º inciso -f- "Razones de fuerza mayor debidamente justificadas", que es el caso en el que se encuentra este pedido de excepción;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado la compra e instalación en el equipo -Notebook- a utilizar por el funcionario Sr. Ricardo Attala, pc s/n 66070004q, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESUELVE:
1.- Autorizar a la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado la compra e instalación en el equipo -Notebook- a utilizar por el funcionario Sr. Ricardo Attala, pc s/n 66070004q, del software propietario de conformidad al siguiente detalle,
MS Office Básico, una (1) Licencia
2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/c 1578 Jul. 10
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RESOLUCION N° 0064
Santa Fe, 1° de Julio de 2008.
VISTO:
Por el expediente N° 00901-0032320-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, se gestiona para la Tribunal de Cuentas de la Provincia, la autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones-, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario... ", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que el Decreto N° 1.820/05 en su Artículo 4° "EXCEPCIONES", detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;
Que la ley N° 12.817, en su artículo 17° incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICs) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que el Decreto 1.820/05 que reglamenta a la Ley 12.360, contempla en el Art. 4° Excepciones, inciso b), los sistemas heredados, que es la situación en la que se encuentra comprendida la presente solicitud de excepción;
Que la autorización solicitada para el Tribunal de Cuentas de la Provincia en este expediente, está relacionada al expediente N° 00901-0032319-0, en el que se gestiona la adquisición de 11 (once) computadoras personales con sus correspondientes sistemas operativos MS WINDOWS XP PRO;
Que dicho equipamiento (computadoras personales) y software será destinado a brindar apoyo en el desarrollo de las tareas que se llevan a cabo en las oficinas de las Delegaciones, Fiscalías y Salas del TCP. Serán utilizadas para desempeñar las tareas normales propias de estas áreas internas del organismo, como puestos de trabajo de las redes intranet y MAN. El conjunto de hardware y software a adquirir, se utilizará, para acceder a los sistemas institucionales (Registro de Asistencias, Base Documental, ACL, etc.), sistemas de alcance general a la administración pública provincial (SIE, Portal de la Provincia), Sistema de Administración Financiera (SIPAF), servicios de correo vía las redes Intranet e Internet) y productos ofimáticos (Open Office), entre otros.
Que el SIPAF, Sistema de Administración Financiera de la Provincia y el Sistema ACL, Herramienta de Auditoría de Datos, exigen y requieren para su utilización, la plataforma de trabajo, sustentada por el sistema operativo propietario Windows. Se trata de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, fundamentalmente, el SIPAF, demanda un enorme esfuerzo desde el punto de vista técnico y económico. La utilización del SIPAF, por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia, se fundamenta en que este organismo participa en el esquema implantado, cumpliendo las funciones de órgano Rector.
Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar al Tribunal de Cuentas de la Provincia, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado, referido al sistema operativo Windows;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESUELVE:
1.- Autorizar la gestión al Tribunal de Cuentas de la Provincia para utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, con destino al equipamiento informático a adquirir a través del expediente N° 00901-0032319-0;
MS WINDOWS XP Profesional, 11 (once) Licencias.
2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/c 1579 Jul. 10
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RESOLUCION N° 0065
Santa Fe, 1° de Julio de 2008.
VISTO:
Por el Expediente N° 00501-0086109-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, se gestiona para las Direcciones Provinciales de Gabinete de Asistencia Técnica y de Relaciones Interinstitucionales respectivamente, del Ministerio de Salud la autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario ...." ... atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que el Decreto N° 1820/05 en su Artículo 4° "EXCEPCIONES", detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;
Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada para las Direcciones Provinciales de Gabinete de Asistencia Técnica y de Relaciones Interinstitucionales en este expediente, es para el uso del sistema operativo WINDOWS XP Profesional y para el software de Propósito General que es el paquete de Microsoft Office Standard. Estas licencias serán utilizadas en dos (2) computadoras personales, cuya gestión de compra se realizó por Expediente N° 00501-0084626-4 6, las cuales han sido reasignadas por la Secretaría Privada del Ministerio de Salud a estas Direcciones Provinciales, situación que se indica en el presente expediente;
Que el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4° inciso -f- "Razones de fuerza mayor debidamente justificadas", que es el caso en el que se encuentra este pedido de excepción;
Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar a las Direcciones Provinciales de Gabinete de Asistencia Técnica y de Relaciones Interinstitucionales, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESUELVE:
1.- Autorizar la gestión a las Direcciones Provinciales de Gabinete de Asistencia Técnica y de Relaciones Interinstitucionales del Ministerio de Salud para utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, con destino al equipamiento informático adquirido a través del Expediente N° 00501-0084626-4 ;
MS WINDOWS XP Profesional, dos (2) Licencias
MS Office Standard, dos (2) Licencias
2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/c 1580 Jul. 10
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RESOLUCION N° 0066
Santa Fe, 1° de Julio de 2008.
VISTO:
El Expediente N° 00108-0000431-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes; donde se solicita una modificación parcial a lo reglamentado en el Decreto N° 1247/08; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1247/08, se aprueba el Manual de Procedimiento para la Gestión de Contrataciones Directas;
Que el referido Manual en su punto 6°, en referencia a la Tarea 1, hace alusión a los casos de compras de elementos informáticos, estableciendo la necesidad de elaboración de especificaciones técnica por parte de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión;
Que en referencia a la Tarea 2 del Manual, se establece que los Servicios Administrativo Financieros deberán verificar, en caso de compras de elementos informáticos, que se haya acompañado la ficha técnica elaborada por la Secretaría de Tecnología para la Gestión;
Que a los fines de agilizar la gestión de la referida documentación, el Manual prevé la obtención de la misma mediante su acceso a fichas publicadas por la Secretaría, previéndose, en su defecto, la gestión de las mismas ante las Sectoriales de Informática pertenecientes a la Jurisdicción contratante;
Que por Decreto N° 205/07, se establece que las Sectoriales Informáticas, deberán sujetarse a las directivas técnicas emanadas por la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado;
Que en ese sentido resulta necesario establecer un circuito de tareas que asegure la adecuación de las fichas técnicas a proveer por las Sectoriales Informáticas de las Jurisdicciones, a las definiciones técnicas emanadas de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión;
Que en este sentido resulta conveniente explicitar la necesaria intervención de las áreas técnicas pertenecientes a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, en las tareas de elaboración de fichas técnicas para la compra de elementos informáticos, requeridas a distintas Sectoriales de Informática, en el marco de procedimientos de contrataciones por gestión directa, como así también en las excepciones a la Ley N° 12.360; todo ello de conformidad a las competencias que le asigna a dicha Dirección el Decreto N° 38/07;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESUELVE:
Artículo 1°. - Establecer que las fichas técnicas requeridas a las Sectoriales de Informáticas por las diferentes Jurisdicciones, en el marco de todo procedimiento de contrataciones directas tendiente a la adquisición de elementos informáticos, deberán ajustarse a las directivas técnicas emanadas de esta Secretaría de Tecnologías para la Gestión.
Artículo 2°.- Establecer la intervención obligatoria de las áreas técnicas dependiente de la Secretaría de Tecnología para la Gestión, en las gestiones tendientes a la elaboración de fichas técnicas de elementos informáticos, que sean requeridas a las Sectoriales de Informática por las distintas Jurisdicciones.
Conjuntamente con la remisión de la información necesaria para la confección de las referencias técnicas, la Dirección Provincial de Infraestructura proveerá de información referida a índices de fallas en equipos adquiridos en gestiones precedentes.
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/c 1581 Jul. 10
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 003/08
Objeto: Reparación de Chapa y Pintura Móvil Nº 1171.
Presupuesto Oficial: Pesos: Trece mil quinientos (IVA Incluido)
Apertura de Propuestas: 22/07/08. Hora:10.
Precio del Legajo:
Venta de Pliego e Informes: Empresa Provincial de la Energía, Avda. Santa Fe 1671 - 2300 - Rafaela - Santa Fe - TE (03492) 438505/508/509.
S/C 1592 Jul. 10 Jul. 11
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
JUANA M. B. ANGELONI
Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos "Fisco Nacional (AFIP DGI) c/Otro (cuit 20-14066284-5) s/Ejec. Fiscal" Expte. 1109/03, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M. B. Angeloni (cuit 27-17815312-4), venda en pública subasta el día viernes 01 de agosto de 2008 a las 11 hs. en la delegación del Colegio de Martilleros calle San Martín 158 local 6 (galería San Martín) de la ciudad de Rafaela o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, la Mitad Indivisa del inmueble inscripto al dominio Matrícula 2032737 PH Dpto. Castellanos, sito en: Zona rural de la localidad de Lehmann, con frente la Ruta Nac. 34 (Gral. Güemes) altura Km. 233 (linda con Arroyo Las Calaveras, se identifica como lote 3C del plano 131025, partida API 08-14-00 062346/0007-7, sup. terr. 10. ha. 00 a. 01 ca. De la constatación efectuada surge que se trata de una fracción de terreno en zona rural de Lehmann con construcciones no declaradas. Desocupado. Base: $ 1.936,68.- (art. 578 del CPCCN. Condiciones: Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% a cuenta del precio con mas la comisión de ley del martillero 3% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.1.1. ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta. Es indispensable concurrir con el documento de identidad el día indicado. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y servicios devengados a partir de la aprobación de la subasta serán a cargo del comprador así también los gastos de transferencia del dominio. El adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos. Visitas: Libre. Edictos, por el término de ley, en el Boletín Oficial y diario La Opinión de Rafaela. Consultas y mayores informes en Secretaría del Juzgado y/o a la Martillera al 0342-154060858. Santa Fe, Julio de 2008. Fdo. Laura V. Cattena, Agente Fiscal - AFIP-DGI.
S/C.- 39095 Jul. 10 Jul. 11
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HONORABLE TRIBUNAL
DE CUENTAS
NOTIFICACIONES
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los finos de hacer saber al Sra. MARGARITA MERCEDES ACOSTA D.N.I. Nº 11.453.885, de la ciudad de Santa Fe, que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0021872-8 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 1424/05 por el importe de $ 14.000,00 que establece como destino "... llevar a cabo un Emprendimiento Productivo "Panificadora Stella Maris...", se ha dictado, al efecto la Resolución Nº 633 del 7 de Noviembre de 2006, la cual en su parte pertinente establece: VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a la responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º - Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado". - Fdo.: C.P.N. Nora R.Vallejos (Presidente) - C.P.N. Angel J. Espósito (Vocal) - C.P.N. Horacio R. Alesandria (Vocal). C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C 1590 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACION CIVIL RAYITO DE SOL (Pers. Jca. Res. 0403/02 del registro de la I.G.P.J.), que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0019081-3 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. S/Subsidio otorgado por Decreto Nº 3150/04 por el importe de $ 5.000.00 que establece como destino para gastos de funcionamiento, se ha dictado al efecto la Resolución Nº 602 del 7 de Noviembre de 2006, la cual en su parte pertinente establece "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º - Emplazar a la responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles. a contar desde la fecha de recepción de la presente conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos, y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º - Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado". Fdo.: C.P.N. Nora R. Vallejos - Presidente. C.P.N. Angel J. Espósito - Vocal. C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal- C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C 1588 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. ARGENTINO GOMEZ, D.N.I. 5.822.941. que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0013538-8 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, Subsidio otorgado por Decreto Nº 2401/03 por el Importe de $ 13.000,00 destinado a" ...solventar los gastos de adquisición de una prótesis de cadera, se ha dictado la Resolución Nº 483/07 de la Sala II del T.C.P (de fecha 26/06/07) la cual se transcribe en su parte pertinente: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º - Formular cargo al Sr. Argentino Gómez, por la suma de $ 13.353,60 (pesos trece mil trescientos cincuenta y tres con sesenta centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. La tasa de interés utilizada corresponde a valores de la serie de Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común" - Comunicación "A" 1828 - B.C.R.A. - punto 1. Artículo 2º: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado... Artículo 3º - Contra el fallo concretado por el artículo 1º de la presente resolución, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas reunido en Plenario..." Artículo 4º - Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado." - Fdo.: C.P.N. Angel J. Espósito - Presidente - C.P.N. Nora R. Vallejos - Vocal - C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal - C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C 1589 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. DANIEL HUGO BELASCUAIN, D.N.I. Nº 17.573.237. de la ciudad de Santa Fe. que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0021877-3 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 1434/05 por el importe de $ 13.000,00 que establece como destino "...llevar a cabo un Emprendimiento Productivo de Albañilería..." se ha dictado al efecto la Resolución Nro. 637 del 7 de Noviembre 2006, la cual en su parte pertinente establece: VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º - Emplazar al responsable para que dentro del término del 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º - Registres, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. Fdo.: C.P.N. Nora R. Vallejos - Presidente. C.P.N. Angel J. Espósito - Vocal, C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal - C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C 1587 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. VIDAL, LEONEL ALBERTO D.N.I.: 11.619.393, que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0011033-4 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe - s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 0642/03 por el importe de $ 4.600,00 que establece corno destino "...adquisición de una prótesis de cadera", se ha dictado al efecto la Resolución Nº 354 de Julio de 2005, la cual en su parte pertinente establece. VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º - Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes. bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º - Regístrese. notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. - Fdo.: C.P.N. Silvio N. Zuchiatti - Presidente - C.P.N. Néstor A. Priotti - Vocal C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal - C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C 1586 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACION "29 DE ABRIL BARRIO ROMA" de la ciudad de Santa Fe (Pers. Jca. Res. 0290/04 del registro de la I.G.P.J.), que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0016353-2 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 1397/04 por el importe de $ 25,000.00.- que establece como destino "...solventar gastos de la puesta en marcha del proyecto de elaboración de comidas artesanales" se ha dictado al efecto la Resolución Nro. 391 del 02 de Agosto de 2006, la cual en su parte pertinente establece: VISTO:...CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a la responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º: Regístrese. notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. Fdo. C.P.N. Nora R. Vallejos - Presidente, C.P.N. Angel J. Espósito - Vocal. C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal. C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II
S/C 1585 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al FRENTE ROSARINO DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS - Presidente - Sr. Diego Martín Vodicka, que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0019075-4 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 3163/04 por el importe de $ 3.000.00.- que establece como destino "....para obras de ampliación de la sede de esa institución" se ha dictado al efecto la Resolución Nro. 600 del 07 de Noviembre de 2006 la cual en su parte pertinente establece: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º. Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º. Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. Fdo. C.P.N. Nora R. Vallejos - Presidente. C.P.N. Angel J. Espósito - Vocal. C.P.N. Horacio R. Alesandria - Vocal. C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C.- 1584 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. OLGA BEATRIZ GIULIANO, D.N.I. 12.884.810, que en los autos caratulados - Expediente Nº 00901-0011049-3 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe s/Subsidio otorgado por Decreto Nº 0950/03 por el importe de $ 800,00.- que establece como destino: "... cubrir los gastos de subsistencia de su grupo familiar", se ha dictado al efecto la Resolución Nro. 359 Julio de 2005, la cual en su parte pertinente establece: VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º) Emplazar a la responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva, formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º) Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. Fdo. C.P.N. Silvio N. Zuchiatti - Presidente. C.P.N. Néstor A. Priotti - Vocal. C.P.N. Horacio R. Alesandria Vocal. C.P.N. Marcela B. Fontana - Sec. Sala II.
S/C.- 1583 Jul. 10 Jul. 11
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. SILVIA ELIZABETH GONZALEZ, D.N.I. 25.430.819, de la ciudad de Santa Fe, que en los autos caratulados: Expediente Nº 00901-0012581-9 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, Subsidio otorgado por Decreto Nro. 1865/03 por el importe de $ 1.300,00.- "destinado a cubrir gastos de la cirujía papilotomía endoscópica que se le practicó", se ha dictado la Resolución Nº 117/08 de la Sala II del T.C.P. (de fecha 07/04/08), la cual se transcribe en su parte pertinente: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º) Formular cargo a la Sra. SILVIA ELIZABETH GONZALEZ, de la ciudad de Santa Fe por la suma de $ 1.342.13.- (Pesos un mil trescientos cuarenta y dos con trece centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. La tasa de interés utilizada corresponde a valores de la serie de "Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común" - Comunicación "A" 1828 - B.C.R.A. - punto 1. Artículo 2º) Intimar a la responsable Para que dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3º) Hacer saber, de conformidad a la Ley 12.071, que, "...contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario..."
Artículo 4º) Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado. Fdo. C.P.N. Horacio R. Alesandria - Presidente. C.P.N. Nora R. Vallejos - Vocal. Dr. Mario C. Esquivel - Vocal. C.P.N. Sonia M. Monteferrario - Sec. Sala II.
S/C 1591 Jul. 10 Jul. 11
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