picture_as_pdf 2010-06-10

ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

 

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

 

FE DE ERRATAS: en Boletín Oficial de la Provincia publicado los días 19, 20 y 21 de abril de 2010 - citación por diez (10) días a parientes del fallecido Daniel Enrique Lobos, D.N.I. N° 14.397.403 corresponde consignar: “alcanzados por el beneficio establecido por el artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo - primera parte- Acta Acuerdo N° 2/08.”

S/C             102482             Jun. 10

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REMATE POR

FEDERICO GARMENDIA MOLAS

 

Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos, conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 25.239 a la Agente Fiscal, Dra. Genoveva M.E. Trosch, y con intervención del Juzgado Federal N° 2 de Santa Fe, Secretaría de Ejecuciones Fiscales, se hace saber que en los autos: “FISCO NACIONAL (AFIP-DGI) c/Otro s/Ejecución Fiscal”. Expte. Nº 1427/06; CUIT: 27-02407349-7), se ha dispuesto que el martillero público Federico Garmendia Molas, (matrícula 835; CUIT: 20-25694224-1), venda en pública subasta el día 16 de junio de 2010, a las 10 hs en el Juzgado Comunal de Saguier, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel resultare feriado: 1°: dos fracciones de campo ubicadas en Villa San José designadas como lotes 1 y 2 según plano N° 130652. El lote Uno está compuesto por 224,16 m en su lado norte (línea A-B), 268,64 m en su hipotenusa en el lado sur (línea B-C), 138,77 m en su costado oeste (línea C-A). Tiene una superficie total de 1 hectárea, 55 áreas, 53 centiáreas, 34 decímetros, cuadrados. No cuenta con mejora alguna. Lote Dos: su costado está norte compuesto por una línea quebrada; cuenta con 335,17 m (línea D-E) y 422,35 m (línea E-F); 1044,67 m en su lado este (línea F-G), 702,80 m en su lado sur (línea G-H); 866,86 m en su lado oeste (línea H-D). Tiene una superficie total de 71 hectáreas, 9 áreas, 32 centiáreas, 76 decímetros cuadrados. Cuenta con una vivienda en aparente estado de abandono, cinco ambientes, un baño, una galería semicubierta, un galpón con techo de  chapa y un sector destinado a tambo con seis bajadas, corral con piso de cemento; dos galpones con techo de chapa, sin aberturas. Cuenta con servicio de electrificación rural. Ambos lotes se encontrarían arrendados, sin contar con documentación alguna que acredite tal situación. Se ubican con frente al oeste sobre la ruta provincial Nº 13 un kilómetro al norte de la ruta provincial N° 67 S pavimentada. Descripción según título: a) La concesión entera n° setenta y ocho, una fracción el oeste de la n° setenta y cinco, otra fracción igual en el Oeste de la n° setenta y siete, y otra fracción en el este de la setenta y seis, lo que constituye una mayor de forma irregular que mide: cuatrocientos treinta y cinco metros con cuarenta centímetros en el costado norte; por donde linda con parte de las concesiones setenta y tres y setenta y cuatro; setecientos veinte y cinco metros con cuarenta centímetros en el costado sud,  lindado con la concesión ochenta y parte de la setenta y nueve; quinientos diez y nueve metros noventa y nueve centímetros en el costado oeste, divisiones de la propiedad de Domingo Pons, línea que corre de norte a sud; doscientos ochenta y ocho metros con noventa y nueve centímetros desde el extremo sud del límite anterior y en dirección al oeste; y quinientos diez y nueve metros noventa y nueve centímetros que forma el limite oeste de la concesión n° setenta y ocho; y finalmente un mil treinta y nueve metros con noventa centímetros de norte a sud, que forma el limite este, por donde linda con terreno que fue de Antonio Pons, caminos públicos al norte, sur y oeste, en parte. b) Una fracción de terreno compuesta de doscientos  ochenta y ocho metros noventa y nueve centímetros de frente al norte, por quinientos diez y nueve metros de fondo, con inclusión del terreno ocupado por la vía del ferrocarril Córdoba y Rosario, hoy Ferrocarril Nacional General Manuel Belgrano, la cual linda: al norte, con la concesión setenta y cuatro al este, con la n° setenta y seis, al sud, con la n° setenta y ocho, y al oeste, camino por medio y parte que fue de don Juan Manassero. Inscripción en el Registro General: T° 174 I F° 413, Nº 5074; Dpto. Castellanos. El bien registra embargos e hipoteca en 1° grado a favor de Mutual entre Asociados de la Escuela Comercial Centenario de Humboldt, deudas en la API (partidas 08-28-00 566463/0000-6; 08-28-00 566464/0001-4) y Comuna de Villa San José. Saldrán a la venta en forma individual. Lote Uno: $ 996,42; lote Dos: $ 45.547,05. En caso de no haber oferentes, con la retasa del 25% ($ 747,32 y $ 34.160,28 respectivamente; art. 578 CPCCN) y de persistir la falta de oferentes sin base y al mejor postor. 2°: El 50% indiviso de una fracción de campo ubicada en Colonia Saguier, designada como lote uno concesión doscientos sesenta y cuatro según plano N° 60683. Se ubica a unos 520 m al sur de la ruta provincial N° 67 S (a la altura del cementerio local) y unos 650 m al oeste de la ruta provincial N° 13. Dicha fracción es utilizada para siembra. No puede determinarse su estado de ocupación habitual, atento a que no se advierte la presencia de persona alguna en el inmueble al momento de realizar la constatación. Descripción según título: “una fracción de terreno, con todo lo clavado, plantado y edificado, parte de mayor superficie que según plano de mensura y subdivisión confeccionado ex profeso para esta venta por el Ingeniero Civil de la Ciudad de Rafaela, don Eros J. A. Faraudello, inscripto en el depto Topográfico de la Provincia bajo el Nº 60.683, se ubica en Colonia Saguier, depto Castellanos de la Pcia. de Santa Fe, y se designa como lote n° “Uno”, concesión doscientos sesenta y cuatro, el que tiene las siguientes medidas, linderos y superficies a saber: Quinientos veinte y cuatro metros setenta y tres centímetros en su frente Oeste (puntos A-D), desde aquí y en dirección al Este, formando su costado Norte, seiscientos cuarenta y nueve metros sesenta y dos centímetros (Puntos D-F) desde este punto y con rumbo al Sud, formando el costado Este, quinientos veinte y tres metros noventa y ocho centímetros (Puntos E-F) y desde este último punto y en dirección nuevamente al Oeste, formando el costado Sud y cerrando la figura seiscientos cuarenta y ocho metros cuarenta centímetros (Puntos E-A) lindando: al Oeste, que es su frente con concesión trescientos diez y siete de Mana Z. De Imohff; al Norte con concesión doscientos sesenta y seis comprador Señor Américo Beltramone; al Este, con concesión  doscientos sesenta y tres, que posteriormente se transferirá al Señor Rosendo Jorge Bossana y al Sud, camino público por medio que lo separa de la concesión doscientos sesenta y dos, del Señor Rosendo Bossana, con una superficie total de treinta y cuatro hectáreas, tres áreas, diez centiáreas y setenta y cinco decímetros cuadrados, todo de acuerdo al plano referido anteriormente. Inscripción en el Registro General: T° 207 I F° 772 N° 7334; Dpto. Castellanos. El bien registra hipoteca en 1° y 2° grado a favor de Banco de Galicia y Buenos Aires SA, embargos, deudas en la API (partida 08-29-00 066840/0001-0) y Comuna de Saguier. Las deudas registradas hasta aprobada la subasta serán afrontadas con el producido del remate en su parte proporcional, siendo a cargo del adquirente las tasas, impuestos y servicios posteriores. Base: $ 9.925,71 (art. 578 CPCCN proporcional). En caso de no registrarse oferentes, con la retasa del 25% ($ 7.444,28) y de persistir la falta de postores, sin base y al mejor postor. El adquirente abonará en el acto de la subasta y al contado, el 10% a cuenta de precio, más honorarios del martillero del 3% (arts. 63.1 y 64 ley 7547), todo en dinero en efectivo y en pesos. El saldo, dentro del quinto día de aprobada la subasta. Edictos: BOLETIN OFICIAL y diario La Opinión por dos días. Visitas: libre. Más informes al martillero, tel. (0342) 156-108200, o a la Agente Fiscal, (0342) 154-212777, 4583516 y 154-496561. Santa Fe, 13 de mayo de 2010. Fdo: Dra. Genoveva M E Trosch, Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C             102796 Jun. 10 Jun. 11

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TRIBUNAL DE CUENTAS

 

NOTIFICACION

 

Por disposición de la Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Angelo Stuchi, LE 8.507.009, que en los autos caratulados “Expedientes Nros. 00901-0022251-4 TCP s/cargos pendientes de rendición del Ministerio de la Producción, se ha resuelto emplazarlo para que proceda a la rendición de cuentas del cargo Nº 1462-0 de fecha 03/08/05 en concepto de Aporte No Reintegrable Productores inund. Zonas Aledañas, habiéndose dictado al efecto la Resolución N° S.I. 277 de fecha 22 de Diciembre de 2009, la cual en su parte pertinente expresa: Visto: ... Considerando: ... Resuelve: Artículo 1°: Dejar sin efecto el Emplazamiento y Formulación de Cargo que se efectuó a través de las Resoluciones S.I. Nº 106/06 Anexo VII y Nº 278/08 Anexo II; en la parte correspondiente al Responsable con la Administración Angela Stuchi, Artículo 2°: Emplazar al responsable ante la Administración: Sr. Angelo J. Stuchi, L.E N° 8.507.009, para que dentro del término de 15 (quince) días habites a contar desde la fecha de comunicación de la presente proceda a la rendición de cuentas del cargo que consta en Anexos VII de esta Resolución SI N° 106/06 y que a continuación se detallan, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando cargo y oportunamente ejecutarlo. Cargo N° 1462-0 de fecha 03/08/05 Aportes no reintegrables Productores Inundados Zonas Aledañas- Artículo 3°: ... Artículo 4°: ...  Artículo 5°: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. Fdo. Dr. Mario Esquivel, Presidente, C.P.N. Nora Rita Vallejos, Vocal, C.P.N. Horacio Alesandria Vocal, C.P.N. Norma B. Antuña, Secretaria Sala I.

S/C             4632     Jun. 10 Jun. 11

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Por disposición de la Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. Alarcón María Del Carmen, que en los autos caratulados “Expediente N° 00901-0038481-4 TCP s/Resolución S.I N° 181/09, mediante la cual se la emplaza para que presente la rendición de cuentas de Gastos en Bienes de Consumo y Servicios No Personales por $ 725,75, correspondiente al Balance 1er. Trimestre de 2008 del Ministerio de la Producción, la cual en su parte pertinente expresa: “Visto: ... Considerando: ... Resuelve: Artículo 1°: Emplazar al responsables para que dentro del término de 15 (quince) días habites a contar desde la fecha de notificación de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar Resolución definitiva formulando el cargo y  oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese, resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado. Fdo. Dr. Mario C. Esquivel, Presidente, CPN  Nora Rita Vallejos, CPN Horacio R. Alesandria, Vocal, CPN Stella M. Widder, Secretaria de Sala I.

S/C             4633     Jun. 10 Jun. 11

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SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

 

RESOLUCIÓN Nº 045

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 03/06/2010.-

VISTO:

El expediente Nº 02101-0002141-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que en el ámbito del Ente Coordinador Interjurisdiccional para la Fauna, (E.C.I.F.), funciona una comisión bajo la denominación “LIEBRE ECIF” integradas por las Provincias con distribución de este recurso, la cual estableció normas que fueron recomendadas para su aplicación;

Que el artículo 4º inc. b) del Decreto Ley Nº 4.218 ratificado por Ley Nº 4.830, exceptúa de la prohibición de la caza ordenada por el artículo 3º a la caza comercial, la que quedará limitada a las especies que se determinen y sujeta a los regímenes especiales;

Que en virtud de ello, la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología de la Secretaría  Medio Ambiente, propicia la habilitación de la temporada de caza comercial, fijando de acuerdo a lo facultado por el artículo 11º del Decreto Nº 3.334/84 modificatorio del Decreto Reglamentario Nº 4.148/83, la especie susceptible de explotación;

Que conforme a lo expuesto en el considerando precedente, la ex Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable se encontraba suficientemente autorizada a fijar y, en su caso, a rebajar los aranceles de los servicios que preste. Ello en virtud de las autorizaciones que los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 3061/75 oportunamente otorgara al entonces Ministerio de Agricultura y Ganadería, actual Ministerio de la Producción, cuya competencia en cuanto a su actuación como autoridad de aplicación de los regímenes de caza y pesca, fuera oportunamente asignado a la mencionada ex Secretaría de Estado por el artículo 6º inciso 2) del texto reglamentario de la Ley 11.717, aprobado por el Decreto 1.292/04, hoy facultades otorgadas mediante Ley Nº 12.817, Orgánica de Ministerios a la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente y Resolución Nº 083/08 del citado Ministerio;

Que es necesario establecer medidas que permitan un aprovechamiento sustentable del recurso liebre, cuya comercialización aporta un significativo ingreso de divisas al país;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido en las leyes Nº 11.717 y Nº 12.817, su Decreto Reglamentario Nº 0025/07 y Artículo 1º, inciso 02 de la Resolución Nº 083/08 y su ampliatoria Nº 498/09, ambas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Habilitar la Caza Comercial de la liebre europea, Lepus europaeus en los departamentos General López, Iriondo y Belgrano de la Provincia de Santa Fe, en el período comprendido entre el 1º de junio y el 10 de julio del corriente año, reservándose la Secretaría Medio Ambiente, la facultad de clausurar la temporada o variar el número de Departamentos donde se permitirá la caza de esta especie, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente, si las circunstancias y/o condiciones así lo aconsejan.

ARTÍCULO 2°.- Fijar un cupo de extracción de CIENTO CUARENTA MIL (140.000) ejemplares en total para las empresas locales y de SETENTA MIL (70.000) en total para las empresas que elaboren el producto de la caza comercial fuera del territorio provincial.

ARTÍCULO 3°.- Las empresas que elaboren el producto de la caza comercial fuera de la Provincia de Santa Fe, deberán contar con al menos una cámara de frío dentro del territorio de la provincia de Santa Fe, donde acopiará los ejemplares cazados.

ARTICULO 4º.- Autorizar a los cazadores comerciales de liebre europea, Lepus europaeus, inscriptos y con licencia habilitante a practicar la actividad en horas de la noche y con luz artificial.

ARTÍCULO 5º.- Las unidades automotrices afectadas a la caza de la liebre europea llevarán en todo momento en el parabrisas, en forma visible, una autorización que proveerá la Secretaría de Medio Ambiente que figura en el Anexo I de la presente Resolución, con el objeto de facilitar el contralor de la actividad.

ARTÍCULO 6º. - Los cazadores comerciales que practiquen esta actividad deberán cumplimentar la planilla que figura en el Anexo II, la cual deberá ser presentada por el acopiador al momento de la certificación y fiscalización de los ejemplares cazados, condición indispensable para dicho trámite.

ARTÍCULO 7°. - Fijar el arancel de fiscalización y certificación de la liebre, por unidad y en el período correspondiente a la temporada 2009 en VEINTE CENTAVOS DE PESO ($ 0,20) cuando los ejemplares de esta especie sean procesados en establecimientos industriales ubicados fuera del territorio provincial.

Para el caso de que la liebre sea procesada en establecimientos ubicados dentro del territorio provincial, el arancel correspondiente a la temporada 2009 se fija en CINCO CENTAVOS DE PESO ($ 0,05).

ARTÍCULO 8°.- Los pagos correspondientes a los aranceles podrán efectuarse      hasta diez (10) días posteriores al cierre de la temporada, en cualquier sucursal del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en la cuenta detallada en el artículo siguiente de la presente resolución, en cuyo caso deberá remitir el ticket pertinente sellado por caja.

ARTÍCULO 9°. - Las sumas recaudadas en concepto de aranceles por fiscalización y certificación de liebres se depositarán en la Cuenta Nº 9681/00 Nuevo Banco de Santa Fe del Ministerio de la Producción.

ARTICULO 10°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. César E. Mackler

Secretario de Medio Ambiente

ANEXO I

Vehículo habilitado por Resolución Nº

Para la caza comercial de liebre, Lepus europaeus.

Patente Nº

Conductor

Cantidad de Personas

 

ANEXO II

NOMBRE : .............. DNI /LE/Nº ...................

DOMICILIO: .............................

LICENCIA Nº ...........................

VEHÍCULO : ............................

Fecha   L. de Caza     Dept.    Cant.Liebres  Observ

                                       Cazadas

Firma                             Aclaración 

DNI/LE Nº

S/C             4639                Jun. 10

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MINISTERIO DE EDUCACION

 

RESOLUCIÓN Nº 0641

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 31 MAY 2010

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0197642-8 del  registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Sub-Director General Técnica Presupuestaria – Categoría 08 del Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Administración de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se encuentra comprendido en los lineamientos consensuados en el Acta Acuerdo Nº 005/09 de la Comisión Paritaria Central, y se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo Nº 2695/83;

Que la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción del puesto a cubrir, determinando su categoría y agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de tales actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos – contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente –Ley Nº 10.052 y modificatorias– en la materia les corresponde, a los representantes de la Unión del Personal Civil de la Nación - U.P.C.N. y de la Asociación de Trabajadores del Estado – A.T.E;

Que la composición del Jurado para el cargo obedece a lo ordenado por el Artículo 94º del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – modificado por el Decreto Nº 1729/09, tratándose de un cargo correspondiente a las máximas categorías de la citada Unidad de Organización;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 87º in fine del Régimen de Concursos citado;

Que corresponde encuadrar la gestión en las previsiones del Artículo 5º del Decreto Nº 1729/09;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

1º) - Convocar a concurso interno, para la cobertura del cargo de Sub-Director General Técnica Presupuestaria – Categoría 08 – Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Administración de esta Jurisdicción.

2º) - El Concurso Interno se realizará de acuerdo con lo normado por el Capítulo XIV – Decreto Acuerdo Nº 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Artículo 4º  Ley Nº 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II – Artículo 102º - Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por su similar Nº 1729/09.

3º) - Aprobar la descripción del puesto de trabajo y el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo I, forma parte de la presente resolución.

4º) - Aprobar la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de evaluación, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito del puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II de este decisorio.

5º) - Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92º del texto actualizado del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y archívese.

LIC. ELIDA RASINO

MINISTRA DE EDUCACION

 

ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 0641

 

Jurisdicción: MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Cargo a cubrir: SUB-DIRECTOR GENERAL TECNICA-PRESUPUESTARIA  –CATEGORÍA 08–  AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

I. MISIONES DEL PUESTO:

Ejercer las atribuciones y cumplir con las funciones que le competen en materia de programación de la ejecución presupuestaria y de la evaluación presupuestaria tanto en unidades físicas como financieras, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado en su Título II – Sistemas de Administración Financiera, Capítulo I, Secciones VII y VIII.

II. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES:

01. Asistir a la Dirección General de Administración en la materia de su competencia.

02. Entender en el proceso de formulación del presupuesto en unidades físicas y financieras.

03. Entender en la elaboración de las políticas a presupuestar.

04. Entender en la programación física y financiera del presupuesto.

05. Entender en la medición y evolución física y financiera del presupuesto

06. Entender en el análisis crítico de las variaciones observadas entre lo presupuestado y lo  ejecutado.

07. Entender en la interpretación de las variaciones operadas con respecto al presupuesto programado.

08. Entender en la determinación de las causas de los desvíos y elaborar informes con recomendaciones.

09. Ejercer las demás funciones que le asigne la Dirección General.

III. PERFIL PRETENDIDO:

1) Formación Académica y/o experiencia:

· Título Universitario en Ciencias Económicas.

2) Formación particular:

a) Específicos inherentes a la Jurisdicción y al Cargo:

· De la Constitución de la Provincia de Santa Fe.

· De la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, sus normas reglamentarias y complementarias.

· De la Ley de Presupuesto y su formulación.

· De los Clasificadores Presupuestarios con inclusión del Esquema Ahorro Inversión Financiamiento y los resultados que expone.

· Del Régimen de Responsabilidad Fiscal (Ley Nacional Nº 25.917 y normas reglamentarias y modificatorias).

· Del Régimen de Formulación del Presupuesto anual, plurianual.

· Del Régimen de Modificaciones Presupuestarias.

· Del Régimen de Programación de la Ejecución Presupuestaria.

· De la confección de Indicadores de Gestión.

· Conocimientos de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial.

b) De la Organización del Estado:

· De la Ley Nº 12817 de Ministerios.

· Del Personal:

· Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública.

· Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

· Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias – Decreto Nº 1919/89.

· Decreto Nº 0291/09 y 1.729/09 (y normas concordantes) Régimen de Selección para Ingreso y Promoción de la Administración Pública.

· Ley de ingreso y ascenso en la docencia N° 8927.

· Ley N° 10290 –Régimen de Disciplina para el Personal Docente.

· Decreto N° 4597/83  -Reglamento de Licencias, Justificaciones, Franquicias y Examen de Aptitud Psicofísica para el Personal Docente y Auxiliar Docente.

c) Conocimientos Técnicos no específicos:

· Conocimiento del Sistema Informático Provincial de Administración Financiera.

· Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet, correo electrónico y firma digital.

· Excelente nivel de expresión oral y escrita.

3) Características personales:

· Capacidad de Organización y Coordinación del Trabajo.

· Actitudes en la conducción y formación de personal.

· Pensamiento estratégico aplicado a las tareas de su área.

· Capacidad de análisis y resolución de problemas.

· Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajos multidisciplinarios.

· Orientación al trabajo por resultados

· Integridad, honestidad y ética

· Iniciativa, creatividad e innovación.

 

ANEXO II DE LA RESOLUCION Nº 0641

I.COMPOSICIÓN DEL JURADO:

El Jurado para la cobertura del cargo estará integrado de la siguiente manera:

- Presidente: Sra. Ministra de Educación: Prof. Elida RASINO, o quien oportunamente esta autoridad designe.

Titulares:

Miembros por el Ministerio:

- Sra. Secretaria de Educación, Prof. María Cristina VENTURINI

- Sra. Subsecretaria de Coordinación Técnica y Administrativa, C.P.N. Griselda FUENTES

- Sr. Director Provincial de Recursos y Servicios, Sr. Guillermo SUFFRITI

- Sra. Directora General de Administración, C.P.N. Gabriela AIRALDI

Miembros por Entidades Sindicales:

-Sra. Mónica PAYA (U.P.C.N.)

-Sr. Pedro AIZEMBERG (U.P.C.N.)

- Sr. Alejandro ROMERO (U.P.C.N.)

-Sr. Marcelo DELFOR (A.T.E.)

Suplentes:

Miembros por el Ministerio:

- Sr. Secretario de Administración Financiera Institucional, C.P.N. Pablo OLIVARES

- Sr. Administrador Regional Santa Fe API, Gabriel ROSTI

- Sra. Directora General de Presupuesto del Ministerio de Economía, C.P.N. Stella RODRÍGUEZ

- Sr. Secretario Privado Ministra de Educación: Roberto BARBIERI

Miembros por Entidades Sindicales:

- Sr. Roberto FRANCUCCI (U.P.C.N.)

- Sra. Patricia GUTIERREZ (U.P.C.N.)

- Sr. Hugo RODRÍGUEZ (U.P.C.N.)

- Sra. Patricia RUDEL (A.T.E.)

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

II.PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Los interesados deberán formalizar la postulación al cargo mediante la presentación  -por ante la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sita en calle Pte. Illia Nº 1153, 4º Piso, de la ciudad de Santa Fe-, del Formulario de Inscripción que se anexa a la presente, adjuntando el currículum vitae, una copia de las dos primeras hojas del D.N.I. o su equivalente, y último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido curriculum (ej.: certificados de estudios, diplomas, certificados de cargos o trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).

Asimismo se deberá presentar copia de decreto o resolución donde conste la actual categoría de revista del postulante y las últimas funciones asignadas.

Toda copia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por tribunales provinciales o federales, juzgados de circuito o escribanos públicos, y toda certificación deberá estar extendida por autoridad competente, bajo apercibimientos de considerar inválida la presentación, acorde lo normado por el Artículo 100º, Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concursos).

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre, número de D.N.I. del postulante y cantidad de hojas acompañadas en el interior del sobre.

Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Se emitirá una constancia de inscripción en la que se consignará fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

III. ETAPAS DE EVALUACIÓN:

a) Evaluación de Antecedentes

b) Evaluación Técnica

c) Evaluación de Personalidad

d) Entrevista Personal.

IV. PONDERACIÓN DE CADA ETAPA:

Evaluación de Antecedentes     30%

Evaluación Técnica                  40%

Evaluación de Personalidad      20%

Entrevista Personal                  10%

Total                                     100%

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

V. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:

Se deja establecido, respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinados por el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período determinado por el Artículo 87º in fine, del Régimen de Concursos aprobado por Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83, no computándose a ningún efecto los meses de enero y febrero.

1.Difusión: diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación fehaciente de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, desde el 7 de junio al 18 de junio de 2010.

2.Período de inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión, y hasta cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el día 7 de junio hasta el día 28 de junio de 2010, en el horario de 08:00 a 12:00 en la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sita en calle Pte. Illia Nº 1153, 4º Piso, de la ciudad de Santa Fe.

3.Evaluación de Antecedentes: desde el 5 hasta el 16 de julio de 2010. Los resultados de la ponderación de los antecedentes, serán publicados en el sitio Web del Ministerio de Educación y en la cartelería de la Repartición, durante 3 (tres) días hábiles.

4.Evaluación Técnica: El día 28 de julio de 2010 en la Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos –calle San Jerónimo esquina Amenábar a las 10:00 Hs.-. La publicación en el sitio web de la Provincia y en la cartelería de la Repartición, se tendrá por comunicación suficiente. Los resultados de la evaluación serán publicados a través de los mismos medios, durante 10 (diez) días hábiles. Los postulantes deberán obtener un mínimo de 60 puntos en esta etapa evaluatoria, para poder acceder a las etapas siguientes (Artículo 103º - Decreto Nº 1729/09).

5.Evaluación de Personalidad: El día 19 de agosto de 2010 en la Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos –calle San Jerónimo esquina Amenábar a las 09:00 Hs. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

6.Entrevista Personal: A partir del día 9 de setiembre de 2010 en el Ministerio de Educación, sito en calle Pte. Illia Nº 1153, 5to. Piso, de la ciudad de Santa Fe.

7.Orden de Mérito: El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la última Entrevista Personal para elaborar el Orden de Mérito, el que será publicado a través de los mismos medios.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).

S/C             4658     Jun. 10 Jun. 11

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RESOLUCION Nº 0664

 

 “Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional” 31 MAY 2010

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0197249-9 del registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Sub-Director General de Información y Evaluación Educativa – Categoría 08 del Agrupamiento Administrativo de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se encuentra comprendido en los lineamientos consensuados en el Acta Acuerdo Nº 005/2009, de la Comisión Paritaria Central, y se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo Nº 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Planeamiento y Estadística Educativa dependiente de la Secretaría de Educación de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción del puesto a cubrir, determinando su categoría y agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de tales actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos – contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente – Ley Nº 10.052 y modificatorias – en la materia les corresponde, a los representantes de la Unión Personal Civil de la Nación y de la Asociación Trabajadores del Estado;

Que la composición del Jurado para dicho cargo obedece a lo ordenado por el Artículo 94º del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – modificado por el Decreto Nº 1729/09, tratándose de un cargo correspondiente a las máximas categorías de la citada  Unidad de Organización;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 87º in fine del Régimen de Concursos citado;

Que corresponde encuadrar la gestión en las previsiones del Artículo 5º Decreto Nº 1729/09;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

  - Convocar a concurso interno, para la cobertura del cargo de Sub-Director General de Información y Evalución Educativa –Categoría 08– Agrupamiento Administrativo de esta Jurisdicción.

2º) - El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV – Decreto Acuerdo Nº 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Artívulo 4º  Ley Nº 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II  -Artículo 102º- Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por su similar Nº 1729/09.

3º) - Aprobar la descripción del puesto de trabajo y el perfil pretendido para el  cargo, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

4º) - Aprobar: la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de evaluación, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito del puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II de este decisorio.

5º) - Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92º, del texto actualizado del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y archívese.

LIC. ELIDA RASINO

MINISTRA DE EDUCACION

 

ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN Nº 0664

Jurisdicción: MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Cargo a cubrir: SUB-DIRECTOR GENERAL DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA –  CATEGORÍA 08    AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO.

I. MISIONES DE PUESTO:

Entender en la preparación de toda la documentación y todos los informes que deban ser puestos a consideración y/o firma de la Dirección General de Información y Evaluación Educativa. Apoyar al Director General en la implementación de acciones de planificación o de gestión, relativas a políticas provinciales, nacionales e internacionales, propuestas por la Dirección Provincial de Planeamiento y Estadística Educativa.

II. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES:

1. Reemplazar al Director General en caso de Ausencia, con sus mismas atribuciones, deberes y prerrogativas.

2. Colaborar en la asistencia técnica de la aplicación de planes, programas y proyectos ministeriales de competencia de la Dirección General.

3. Coordinar las tareas de las áreas de su dependencia.

4. Tramitar las gestiones presentadas en la Dirección General y los Expedientes que se formen por tal motivo.

5. Asumir toda otra función que le encomiende la Dirección General y que no esté encuadrada en sus misiones específicas.

6. Colaborar con la Dirección General en la asistencia a la Secretaría de Educación, a través de la Dirección Provincial de Planeamiento y Estadística Educativa, en todos los aspectos relacionados con la formulación de programas y proyectos, de conformidad con los objetivos y políticas sectoriales de desarrollo.

III. PERFIL PRETENDIDO:

1)Formación Académica y/o Experiencia:

-Título: Universitario Estadístico (preferentemente).

2)Formación Particular:

-Estructura organizacional, funciones y tareas inherentes a la Dirección General de Información y Evaluación Educativa.

-Red Federal de Información Educativa, estructura organizativa y funcional del Sistema de Información de la Red.

-Ley de Educación Nacional Nº 26206.

-Ley Provincial Nº 10680 y Decreto Nº 1062/95 s/ Clasificación de Establecimientos         Educativos en Zonas Desfavorables.

-Resolución Ministerial Nº 852/91 y modificatoria Nº 287/02 s/ Imposición de Nombres a Establecimientos Educativos.

-Categorización de Establecimientos de Educación Primaria, Secundaria y Superior. Conocimientos generales.

-Nivel elevado en la elaboración de diagnósticos en cuanto a la redacción, gestión de Informes y documentos de producción de la Unidad de Organización. Coordinación y Control de Publicaciones del Organismo.

-Evaluación de la Calidad Educativa: Organización funcional Nación-Provincia; tareas de la Dirección General en el marco de las acciones de Evaluación de la Calidad. Conocimiento sobre los Operativos Nacionales de Evaluación de la calidad educativa (ONE) y Estudios Internacionales (PISA y SERCE): Objetivos y características generales.

-Prácticas operativas de computadoras personales e Internet.

-Decreto Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios –Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

3)Características Personales:

-Visión Sistémica de la Organización.

-Capacidad para gestionar en la Complejidad.

-Capacidad para la movilización del potencial humano de la Organización, actitud de liderazgo.

-Capacidad para el trabajo en equipo, y como principio organizador para atender las actividades que demande la Superioridad, inherentes a la Administración Pública.

-Sensibilidad ética de la función pública.

-Capacidad para desarrollar funciones dentro de un marco valorativo de acuerdo con las políticas  de la Jurisdicción.

 

ANEXO II DE LA RESOLUCION Nº0664

I. COMPOSICIÓN DEL JURADO:

El Jurado para la cobertura del cargo estará integrado de la siguiente manera:

- Presidente: Sra. Ministra de Educación: Prof. Elida RASINO, o quien oportunamente esta autoridad designe.

Titulares:

Miembros por el Ministerio:

- Secretaria de Educación, Prof. María Cristina VENTURINI.

- Subsecretaria de Coordinación Técnica y Administrativa, C.P.N. Griselda FUENTES.

- Directora Provincial de Planeamiento y Estadística Educativa, Lic. Patricia COSOLITO.

- Director General de Información y Evaluación Educativa – Est. Osvaldo GARCIA.

Miembros por Entidades Sindicales:

- Sra. Mónica PAYA (U.P.C.N.)

-  Sr. Roberto Francucci (U.P.C.N.)

- Sr. Alejandro Romero (U.P.C.N.)

- Sr. Marcelo Delfor (A.T.E.)

Suplentes:

Miembros por el Ministerio:

-  Director Provincial de Gabinete de Asistencia Técnica: Dr. Sebastián VUELTA.

-  Director Provincial de Educación Física: Prof. Ricardo CARUSSO.

-  Director Provincial de Recursos y Servicios: Guillermo SUFFRITI.

-  Director Provincial de Programas Especiales: Prof. Guillermo RIOS.

Miembros por Entidades Sindicales:

-Sr. Pedro Aizemberg (U.P.C.N.)

- Sra. Patricia Gutiérrez (U.P.C.N.)

- Sr. Hugo Rodríguez (U.P.C.N.)

- Sra. Patricia Rudel (A.T.E.)

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

II. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Los interesados deberán formalizar la postulación al cargo mediante la presentación  -por ante la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sita en calle Pte. Illia Nº 1153, 4º Piso, de la ciudad de Santa Fe-, del Formulario de Inscripción que se anexa a la presente, adjuntando el currículum vitae, una copia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente, y último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido curriculum (ej.: certificados de estudios, diplomas, certificados de cargos o trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).

Asimismo se deberá presentar copia de decreto o resolución donde conste la actual categoría de revista del postulante y las últimas funciones asignadas.

Toda copia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por tribunales provinciales o federales, juzgados de circuito o escribanos públicos, y toda certificación deberá estar extendida por autoridad competente, bajo apercibimiento de considerar inválida la presentación, acorde lo normado por el Artículo 100º, Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concursos).

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguida de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre, número de D.N.I. del postulante y cantidad de hojas acompañadas en el interior del sobre.

Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Se emitirá una constancia de inscripción en la que se consignará fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

III. ETAPAS DE EVALUACIÓN:

a) Evaluación de Antecedentes.

b) Evaluación Técnica.

c) Evaluación de Personalidad.

d) Entrevista Personal.

IV. PONDERACIÓN DE CADA ETAPA:

Evaluación de Antecedentes     30%

Evaluación Técnica                  40%

Evaluación de Personalidad      20%

Entrevista Personal                  10%

Total                                     100%

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

V. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:

Se deja establecido, respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinadas por el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período determinado por el Artículo 87º, in fine, del Régimen de Concursos aprobado por Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo N° 2695/83, no computándose a ningún efecto los meses de enero y febrero.

1.Difusión: 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la publicación fehaciente de la Resolución de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, desde el 7 de junio al 18 de junio de 2010.

2.Período de inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión, y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización, desde el 7 de junio hasta el 28 de junio de 2010, en el horario de 08:00 a 12:00 en la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sita en calle Pte. Illia Nº 1153, 4º Piso, de la ciudad de Santa Fe.

3.Evaluación de Antecedentes: desde el 12 de julio hasta el 16 de julio de 2010. Los resultados de la ponderación de los antecedentes, serán publicados en el sitio Web del Ministerio y en la cartelería de la Repartición, durante 3 (tres) días hábiles.

4.Evaluación Técnica: A partir del día 10 de agosto de 2010 en la Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos – calle San Jerónimo esquina Amenábar a las 10.00 horas.  La publicación en el sitio web de la Provincia y en la cartelería de la Repartición, se tendrá por comunicación suficiente. Los resultados de la evaluación serán publicados a través de los mismos medios durante 10 (diez) días hábiles. Los postulantes deberán obtener un mínimo de 60 puntos en esta etapa evaluatoria, para poder acceder a las etapas siguientes (Artículo 103º del Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09).

5.Evaluación de Personalidad: A partir del día 6 de setiembre de 2010 en la Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos – calle San Jerónimo esquina Amenábar a las 10.00 horas. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

6.Entrevista Personal: A partir del día 27 de setiembre de 2010 en el Ministerio de Educación, sito en calle Pte. Illia Nº 1153, 5º Piso, de la ciudad de Santa Fe.

7.Orden de Mérito: El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la última Entrevista Personal para elaborar el Orden de Mérito, el que será publicado a través de los mismos medios.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo previsto en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).

S/C             4659     Jun. 10 Jun. 11

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ADMINISTARCION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION Nº 019/10 - GRAL.

 

VISTO: El Expediente N° 13301-0198509-2 del registro del Sistema de Información de

Expedientes: y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 la Bolsa de Comercio de Bahía Blanca, como Entidad Registradora de este Organismo. N° de Inscripción 303.000 480-4, solicita se le otorgue la facultad para proceder a sellar los contratos que tributan en esta jurisdicción, a la alícuota reducida prevista paro los casos contemplados en las normativas pertinentes;

Que a tales fines acompaña los formularios oficiales y demás documentación a utilizarse en el proceso de registración, peticionando que en el marco de las normas vigentes y de aplicación en lo Provincia de Santa Fe, sean aprobadas por esta Administración Provincial:

Que los documentos en cuestión son: 1) Solicitud de Registro de Actos y Contratos; 2) Carátula de Registro y 3) Libro de Instrumentos Registrados, cuyas copias se encuentran agregadas a fojas 3, 4 y 5 de estas actuaciones;

Que respecto de dicha petición se han expedido favorablemente las áreas pertinentes, dependientes de la Administración Regional Santa Fe del Organismo;

Que ha emitido Informe N° 264/2010 la Dirección General Técnica y Jurídica, obrante a foja 19;

Que la Dirección General de Coordinación General del Organismo se ha expedido favorablemente respecto de la utilización de lo documental propuesta;

Que procede en consecuencia aprobar los formularios oficiales y demás documentación o utilizar por la Bolsa de Comercio de Bahía Blanca, conforme a los modelos obrantes a fojas 3, 4 y 5 de los referidas actuaciones;

Por ello, conforme facultades conferidos por Ley 10.813, artículo 2°, Decreto N° 0094/93 y Decreto Nº 612/10:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Apruébanse la Solicitud de Registro de Actos y Contratos, Carátula de  Registro y Libro de Instrumentos Regístrales, cuyos modelos se acompañan a lo presente y la integran, autorizándose su utilización a la Bolsa de Comercio de Bahía Blanco en el proceso de registración de contratos que tributan en la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

C.P.N JOSE DANIEL RAFFIN

Administrador Provincial

NOTA: Los modelos que acompañan a esta Resolución se pueden consultar en la pag. Web de la Administración Provincial de Impuestos.

S/C             4634                Jun. 10

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MINISTERIO DE ECONOMIA

 

“RESOLUCION N° 267 de fecha 03 de Mayo de 2010; VISTO:  ... y CONSIDERANDO: ...; POR ELLO: EL MINISTRO DE ECONOMIA RESUELVE: ARTICULO 1°: Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo interpuesto por la señora MARIA PATRICIA SARANITTE (CUIT Nº 27-18559319-9), con patrocinio letrado, con domicilio en calle Mendoza Nº 902 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 025/08 Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento a la obligación del pago previo de Ia obligación fiscal prevista en los arts. 64° y 66° del Código Fiscal vigente. ARTICULO 2°: Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 12071, tiene derecho de interponer formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días hábiles de la notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto Nº 916/08 con las formalidades previstas en el art. 42° de la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto Acuerdo Nº 10204/58. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.

S/C             4638                Jun. 10

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MINISTERIO DE TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL

 

NOTIFICACION

 

Por disposición de la señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se notifica a JULIO FRANCISCO VIDELA (L.E. 6.353.436) con domicilio legal en 1° de mayo N° 2135- Oficina 3 de la dudad de Santa Fe, por este medio por cinco (5) días, de conformidad a lo dispuesto por Decreto N° 10204/58, artículo 20, inciso e), la Resolución  N° 127/10 dictada en autos caratulados “Videla Julio F Jubilación Ley 6830 - Retiro Obligatorio “ Ref. Expediente 15101-0025381-1 y agregado.

Visto : El expediente N°15101-0025381-1 y agregado del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio de los cuales el señor Julio Francisco Videla, interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra la Resolución N° 0001/07 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia; y Considerando: Que por Resolución N° 860/07 el Organismo Provisional rechazó la revocatoria y concedió la apelación subsidiariamente incoada. Posteriormente en fecha 19 de noviembre de 2009, se presentó y desistió del recurso incoado; Que en virtud de los motivos expuestos y teniendo en cuenta lo aconsejado por Dirección General de Seguridad Social en Dictamen N° 0032/2010. El Ministro De Trabajo y Seguridad Social RESUELVE: ARTICULO 1: Tener por desistido el recurso de apelación en subsidio interpuesto por el señor Julio Francisco Videla (LE. 6.353.436) contra la Resolución N° 0001/07 dictada por la Directora Provincial de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en fecha 2 de enero de 2007, con fundamento en los hechos descriptos en los considerandos de la presente.” Firmado: Dr. Carlos Aníbal Rodríguez. Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Además, se solicita, quiere tener a bien remitir a este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Dirección General de Despacho, Rivadavia 3049, P.B.) un ejemplar del Boletín donde conste la publicación.

S/C             4640                Jun. 10

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