picture_as_pdf 2015-04-10

DIRECCION GENERAL DE AUDITORÍA MÉDICA


ORDEN Nº 27


Santa Fe, 01 de abril de 2015

VISTO:

El expediente nº 00501-0128267 Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación del establecimiento de salud con internación “SANATOIO TACURAL” de la localidad de Tacural; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado Habilitó para funcionar por Resolución nº 2161, bajo denominación e identificación de “Sanatorio Tacural”;

Que posteriormente inicio tramite de renovación sin haber alcanzado la misma;

Que posteriormente el Medico Auditor del Nodo Rafaela Dr. Mario M. Tarchini constato en terreno que dicha institución se encontraba sin funcionar por el cierre del mismo, dado al fallecimiento de su propietario;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Sanatorio Tacural”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección

General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

ORDENA:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “SANATORIO TACURAL” ubicado en calle 9 de Julio nº 390 de la localidad de Tacural, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, en razón de lo informado por el Medico Auditor del Nodo Rafaela Dr. Mario M. Tarchini quien constato en terreno que dicha institución se encontraba sin funcionar por el cierre del mismo, dado el fallecimiento de su propietario.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C. 12982 Ab. 13 Ab. 14

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DIRECCION GENERAL DE

DESPACHO Y SERVICIO

INTERMINISTERIAL


NOTIFICACION


DECRETO N° 5034 - 30 DE DICIEMBRE DE 2014 - VISTO: El expediente N° 13302-0672571-3 y agregados Nros. 13302-0699732-1, 13302-0734476-2 y 00115-0005435-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, donde obran las actuaciones en las que la firma “NORBERTO AYUB S.R.L.”, mediante apoderada, interpone recurso de apelación directa por ante el Poder Ejecutivo, contra la Resolución N° 430/09 -Ind.- de la Administración Provincial de Impuestos que denegara por improcedencia formal -salve et repete- el recurso de apelación previamente interpuesto; y CONSIDERANDO: ... ; POR ELLO EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Hágase lugar parcialmente al recurso de apelación directa por ante el Poder Ejecutivo, en lo atinente a la admisibilidad formal - temporaneidad - de la revocatoria, interpuesto por la firma “NORBERTO AYUB S.R.L.” (C.U.I.T. N° 30-67450943-6), mediante apoderada, con domicilio fiscal y legal en calle Génova N° 1956 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, dejando sin efecto la Resolución N° 275/09 -Ind. de la Administración Provincial de Impuestos y dése nueva intervención al mencionado organismo fiscal para que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P. ANGEL JOSE SCIARA.

Nota: Hágase saber que mediante el acto administrativo notificado se ha agotado la vía administrativa, asistiéndole el derecho de interponer el recurso contencioso administrativo previsto en la Ley N° 11.330 ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo que corresponda, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales desde la presente notificación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° de la citada Ley N° 11.330.

S/C 10976 Ab. 10

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DECRETO N° 5452 - 30 DE DICIEMBRE DE 2014 - VISTO: El expediente Nº 13302-0520192-2 y agregados Nros. 13302-0603635-4, 13302-0264711-4, 13302-0270382-3, 13302-0690722-5 y 13302-0722147-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante los cuales el señor RAMON CONSTANTINO, en su carácter de socio gerente de el “EL VIEJO BALCON SRL” y los señores DANIEL ALBERTO NASINI, ALFREDO CARLOS NASINI y EDGARDO ANTONIO FERNANDEZ, por derecho propio y en calidad de ex socios gerentes de la citada firma, interpusieron recurso de Apelación Directa por ante el Poder Ejecutivo contra la Resolución Nº 169/09 -Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, que rechazara por improcedencia formal -solve et repete- el recurso de Apelación previamente incoado; y CONSIDERANDO: ... ; POR ELLO EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Desestímese el recurso de Apelación Directa por ante el Poder Ejecutivo, interpuesto por el señor RAMON CONSTANTINO (D.N.I N° 06.244.317) -con domicilio legal constituido en calle Zeballos Nº 25 Dpto. 2, en su carácter de socio gerente de el “EL VIEJO BALCON SRL.” (C.U.I.T N° 30-62285782-7) -con domicilio fiscal y legal en calle Wheelright Nº 1815- y los señores DANIEL ALBERTO NASINI (D.N.I. N° 11.448.193) con domicilio legal constituido en calle Córdoba N° 1060- 3° P, ALFREDO CARLOS NASINI (D.N.I N° 10.988.544) -con domicilio legal constituido en calle Córdoba 1060 - 3° P y EDGARDO ANTONIO FERNANDEZ (D.N.I. N° 12.804.759) -con domicilio legal constituido en Av. Belgrano N° 1012, por derecho propio y en calidad de ex socios gerentes de la citada firma, todos de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 169/09 -Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por incumplimiento del pago previo de la obligación fiscal exigida en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, por las razones expuestas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P. ANGEL JOSE SCIARA.

Nota: Hágase saber que mediante el acto administrativo notificado se ha agotado la vía administrativa, asistiéndole el derecho de interponer el recurso contencioso administrativo previsto en la Ley N° 11.330 ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo que corresponda, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales desde la presente notificación, de acuerdo a lo previsto en el articulo 9° de la citada Ley Nº 11.330.

S/C 10977 Ab. 10

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SUBSECRETARIA DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ


NOTIFICACION


Por Disposición del Sr. Juez de Trámite, Dr. Alejandro Azvalinsky, en los autos caratulados: “Expte. Nº 695, Año 2014.- SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ (ZERDA, AJ) s. CONTROL DE LEGALIDAD”, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, 2da. Secretaría de Santa Fe, se notifica al Sr. Víctor Martín Zerda, D.N.I Nº 17.390.659 de lo ordenado en autos: “Santa Fe, 14 de Noviembre de 2014.- AUTOS Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa Nº 000058 de fecha 26 de Agosto de 2.013 (cfr. fs. 49/54) y Disposición Administrativa N° 0 00042 de fecha 8 de Abril de 2.014 (cfr. fs. 2/3), ratificándose las mismas, con el alcance del considerando precedente. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese.-“ Fdo. Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez; Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria.-

Santa Fe, 09 de Febrero de 2015.- Agréguense las cédulas diligenciadas acompañadas. Como lo solicita, a los fines notificatorios del Sr. Víctor Zerda publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.”Fdo. Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez; Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 18 de Marzo de 2015.-

S/C 12978 Ab. 10 Ab. 14

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