SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA
DE SANTA FE
NOTIFICACION
La Sra. Delegada de la Región I, Nodo Reconquista de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, T.S. Mariana A. Meza, conforme a lo dispuesto en los arts. 61 de la Ley 12.967, 20 inc. e) y 28 del Decreto Ley 10.204/58, por el presente notifica y hace saber a: Jorge Andrés Aranda, argentino, D.N.I. Nº 24.893.855, Graciela Andrea Mesa, argentina, D.N.I. N° 30.288.351, y Rosana Raquel Pereyra, argentina, D.N.I. N° 29.105.168, cuyos domicilios actuales se desconocen, que en el Expediente Administrativo N° 01503-0000808-5, caratulado “SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA s/MEDIDAS DE PROTECCION EXCEPCIONALES DE ARANDA DAIANA - VICTOR y BRIAN”, que se tramita por ante el Equipo Interdisciplinario de la ciudad de Vera dependiente de esta Delegación, se ha dispuesto lo siguiente: “Disposición ME-RE N° 116/2014.- Reconquista, 31 de Marzo de 2014.- VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... DISPONE: ARTICULO N° 1: Disponer el Cese de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición Nº 14 de fecha 19/07/2011, respecto de la adolescente DAIANA MARIEL ARANDA, D.N.I. N° 38.447.784, nacida el 08 de Junio de 1995, hija de Rosana Raquel Pereyra y Jorge Andrés Aranda, en razón de haber adquirido la misma su mayoría de edad, de conformidad con el art. 2 de la Ley Nº 12.967.- ARTICULO N° 2: Resolver en forma definitiva la Medida de Protección Excepcional aludida precedentemente, respecto del niño BRIAN ANTONIO ARANDA, D.N.I. N° 43.235.862, nacido el 07 de Enero de 2002, de 12 años de edad, hijo de Graciela Andrea Mesa, D.N.I. Nº 30.288.351, y de Jorge Andrés Aranda, D.N.I. N° 24.893.855; y del adolescente Víctor Manuel Aranda, D.N.I. Nº 39.859.492, nacido el 09 de Octubre de 1996, de 17 años de edad, hijo de Roxana Raquel Pereyra, D.N.I. N° 29.105.168, y de Jorge Andrés Aranda; conforme a la normativa legal establecida en la Ley Provincial N° 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061.- ARTICULO N° 3: Disponer que ínterin se adopte la correspondiente decisión por parte del Órgano Jurisdiccional competente, Brian y Víctor continúen bajo el cuidado y contención del grupo familiar constituido por Daniel Oscar Di Stefano, D.N.I. N° 12.662.118, y Claudia Inés Del Barco, D.N.I. N° 20.149.162, domiciliados en calle Francia N° 2268 de la ciudad de Santa Fe, con el que actualmente se encuentran conviviendo, prosiguiéndose con el acompañamiento por parte del Equipo Interdisciplinario interviniente de esta Subsecretaría, conjuntamente con los equipos técnicos locales y demás referentes de la situación abordada.- ARTICULO N° 4: Sugerir a la Autoridad Jurisdiccional la declaración del estado de adaptabilidad de Brian y Víctor Arando, y el otorgamiento de la guarda preadoptiva de los mismos al matrimonio referido precedentemente, con quienes los mismos se encuentran conviviendo actualmente y además ha existido un vínculo previo.- ARTICULO N° 5: Notificar la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y solicitar el Control de Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley N° 12.967 y su Decreto Reglamentario N° 619/2010.- ARTICULO N° 6: Regístrese, notifíquese a las partes interesadas, désele el trámite correspondiente y oportunamente archívese.- Fdo.: Mariana A. Meza, Delegada a cargo de la Delegación de Niñez, Adolescencia y Familia de la Región I, Nodo Reconquista, Provincia de Santa Fe”.- En cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, se hace saber a Uds. que la Resolución Definitiva de la Medida Excepcional ha sido dispuesta por la autoridad administrativa competente y que contra la misma podrá interponer recurso de revocatoria dentro de los (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la misma, conforme a lo preceptuado por los arts. 60, 61 y 62 de la Ley 12.967, arts. 60, 61 y 62 de su Decreto Reglamentario N° 619/2010.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Sin Cargo. Vera, 01 de Abril de 2014.
S/C 226530 Abr. 10 Abr. 14
__________________________________________