picture_as_pdf 2006-04-10

DECRETO 0708

 

Santa Fe, 31 de Marzo de 2006.

VISTO:

El expediente 00601-0026638-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda gestiona la modificación del Decreto 1.177 de fecha 04 de junio de 2.001, mediante el cual se estableció una reglamentación para el “Programa de Reparación de Edificios Públicos con Participación Comunitaria” (PREPAC), y.

CONSIDERANDO:

Que las modificaciones que se procura introducir en la norma vigente, tienen por objeto ordenar y establecer las condiciones en que se confeccionará la documentación técnica para la presentación de las solicitudes con el fin de atender trabajos de reparación, ampliación remodelación o refuncionalización de edificios de propiedad del Estado Provincial o de aquellos de los que disponga de su uso;

Que en tal sentido, es necesario disponer de la intervención de Profesionales Matriculados para la ejecución de Proyectos y/o Conducción Técnica de las Obras.

Que la verificación del avance de los trabajos será llevada a cabo por la Dirección Provincial de Arquitectura e Ingeniería, dependiente del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Sustitúyase el Anexo I del Decreto 1177 de fecha 04 de junio de 2.001 por el que se aprueba en el presente.

ARTICULO 2°.- Sustitúyase el Anexo II del Decreto 1177/01 por los Anexos II y III que se aprueban en el presente, relacionados con el Instructivo y modelo de convenio a suscribir, respectivamente, los que forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 3°.- Establécese que para todos los efectos de procedimientos administrativos, técnicos y financieros en los que se alude al “Programa de Reparación de Edificios Públicos con Participación Comunitaria” (PREPAC), deberá asimismo aplicarse dichas normativas para las entregas de subsidios a Entidades Intermedias particulares regidas por Decreto 1232/98.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

OBEID

Arq. Alberto Nazareno Hammerly

NOTA: Los Anexos integrantes del presente decreto se pueden consultar en la Dirección Gral. de Despacho del M.O.S.P. y V.

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