picture_as_pdf 2009-03-10

HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS


RESOLUCION N° 005-09 PTCP


Santa Fe, 18 de febrero de 2009

VISTO:

El expediente Nº 00901-0033016-7 del registro de este Tribunal de Cuentas SIE; y

CONSIDERANDO:

Que, por el mismo, las Fiscalías Generales Areas I y II elevaron oportunamente el Programa Anual de Auditorias;

Que el Cuerpo Colegiado dictó la Resolución Nº 044/08 TCP por la cual dispuso la contratación de profesionales para el desarrollo de tareas relacionadas con dicho Programa de Auditorias, por el término de 3 meses, con opción a prórroga por única vez por igual período, aprobándose el modelo de contrato a suscribir;

Que esta Presidencia, ante la necesidad de continuar con las tareas iniciadas y la escasez de Recursos Humanos acreditados para realizarlas, remitió a consideración del Plenario la propuesta para contratar a los profesionales y desde las fechas que en cada caso se detallan seguidamente: a partir del 18/02/09 a CPN Ana Carla Thomas, DNI Nº 28.131.821; a partir del 01/03/09 a CPN Betania Rogiano, DNI Nº 29.722.536; CPN Valeria Illescas, DNI Nº 30.881.480 y CPN Débora Izquierdo, DNI Nº 28.764.071;

Que los mismos se han desempeñado como pasantes en este Tribunal, en el marco del Convenio con la Universidad Nacional del Litoral; demostrando en su accionar haber alcanzado los objetivos, de capacitación técnica específica de las tareas propias del órgano, conocimiento de los métodos, técnicas, pruebas y demás procedimientos de auditoría a aplicarse y desempeño diligente en su labor; lo que, en conjunto, significa que cuentan con probada especialización técnica y la experiencia particular que justificarían incorporarlos, transitoriamente, a un grupo de trabajo de los dispuestos para efectuar el referido plan de auditorias, encomendándoles el examen de la documental, registros y otras evidencias, y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos; el que evaluado por los Contadores Fiscales designados por las Fiscalías Generales o Secretarías de Sala como jefes de grupo o equipo, sirva como antecedente de la conclusión que se debe producir.

Que, en tal sentido, el Cuerpo Colegiado resolvió por unanimidad en Acuerdo Plenario, registrado en Acta Nº 1222 (pto 6º). autorizar a la Presidencia a realizar la contratación de los profesionales nombrados, por el término de 3 (tres) meses, bajo los alcances liminares de la Resolución Nº 044/08 PTCP y Anexo único, emitiendo el acto administrativo correspondiente y suscribiendo los contratos respectivos;

Que la Dirección General de Administración informó que el presupuesto jurisdiccional vigente registra un saldo suficiente para hacer frente a la erogación (fs. 51);

Por ello, de conformidad con la autorización plenaria conferida y en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 32º, incisos a) y b) del Reglamento Interno aprobado por la Resolución Nº 005/73 TCP;

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

Resuelve:

ARTICULO 1º.- Apruébase la contratación, a partir del 18/02/09 de CPN Ana Carla Thomas, DNI Nº 28.131.821, y a partir del 01/03/09 de CPN Betania Rogiano, DNI Nª 29.722.536, CPN Valeria Illescas, DNI nª 30.881.480; y CPN Débora Izquierdo, DNI Nº 28.764.071; por un término de tres (3) meses, prorrogables por otro período igual a decisión del Tribunal, para realizar los trabajos que, en el marco del plan de auditoria a desarrollar por el Organismo, le asignen la Fiscalía General o la Secretaría de Sala a la que sean afectados, produciendo el examen de la documental, registros y otras evidencias, y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos, el que evaluado por los Contadores Fiscales designados por la Fiscalía General o la Secretaría de Sala como Jefes de Grupo u Equipo, sirva como antecedente de la conclusión que debe producirse con relación a las actuaciones desarrolladas en la jurisdicción auditada.

ARTICULO 2º. El Presente gasto se atenderá con cargo a: Sector 1, Subsector 1, Carácter 1, Jurisdicción 1, Subjurisdicción 81, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00 Actividad 1, Obra 00, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 9, Partida Subparcial 99, Ubicación Geográfica 82-63-0, Finalidad 1, Función 70 del Presupuesto vigente.

ARTICULO 3º: Regístrese, notifíquese a las Honorables Cámaras Legislativas, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y en la Página Web-TCP y archívese.

C.P.N. HORACIO R. ALESANDRIA

Presidente

H.T. de Cuentas

S/C 2777 Mar. 10 Mar. 11

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SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION


RESOLUCION Nº 0015


Santa Fe, 03 de Marzo de 2009

VISTO:

Por el expediente Nº 00108-0000982-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, se gestiona para el Departamento Soporte Técnico de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, la autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones - Artículo 4º “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software, propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que el Decreto Nº 1.820/05 en su Artículo 4º “EXCEPCIONES”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICs) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada para el Departamento Soporte Técnico de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión en este expediente, está relacionada al expediente Nº 00108-0000891-9, en el que se gestiona la adquisición de 14 (catorce) computadoras personales con sus correspondientes sistemas operativos MS WINDOWS. destinadas al cumplimiento de las actividades y tareas, de orden operativo y de desarrollo del proceso de Escrutinio Provisorio que involucran las Elecciones Provinciales del año 2009;

Que el Decreto 1.820/05 que reglamenta a la Ley 12.360, contempla en el Art. 4º Excepciones, inciso b), los sistemas heredados, que es la situación en la que se encuentra comprendida la presente solicitud de excepción;

Que los sistemas desarrollados para tal efecto, exigen para su adaptación y puesta en producción el sistema operativo propietario antes mencionado;

Que la aplicación fue desarrollada oportunamente con software propietario. Visual Basic 6.0, y requiere para su adaptación y puesta en producción de la plataforma operativo sustentada bajo el sistema operativo MS Windows;

Que dicha aplicación fue desarrollada con anterioridad a la vigencia de la Ley 12.360 y ha dado excelentes resultados y muestras fehacientes de su funcionalidad, rendimiento y seguridad y contribuido al éxito del operativo de Escrutinio en general;

Que implica un esfuerzo desmedido el rediseño, la reprogramación y la puesta a punto de la aplicación en un entorno de software libre, que permita asegurar un alto nivel de confiabilidad y estabilidad;

Que por las razones antes expuestas, es que el Departamento Soporte Técnico de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión propone no innovar la plataforma tecnológica actual, en la que se sustentan las aplicaciones y los procedimientos asociados;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar al Departamento Soporte Técnico de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado, sistema operativo Windows;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1º) Autorizar la gestión al Departamento Soporte Técnico de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado para utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, con destino al equipamiento informático a adquirir a través del expediente Nº 00108-0000891-9;

- MS WINDOWS 14 (catorce) Licencias.

2º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologias

para la Gestión

S/C 2782 Mar. 10

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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 038/09.


REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE MARZO DE 2009.


V I S T O:


Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0074090-5- del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la Quiniela de Santa Fe, proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de MARZO/09; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela y Sorteos de Quiniela de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero;

Que a tal efecto se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicados oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que atento a lo dispuesto por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay relacionado con el cambio del Huso Horario a partir del segundo domingo del mes de marzo de cada año y al dictado de la Ley Nº 26350 de nuestro país, se estima conveniente no modificar la captación de apuestas para la modalidad Vespertina en su código de Lotería 4;

Que conforme lo expresado precedentemente y atendiendo a razones comerciales se modificarán únicamente los horarios de cierres de transmisión de apuestas para el Código de Lotería 4 Quiniela Vespertina - en el período comprendido entre el 09 y el 13 de Marzo del año en curso;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo Nº 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de Pesos Quince Mil ($15.000) para el primer premio, Pesos Diez Mil ($ 10.000) para el segundo premio, Pesos Cinco Mil ($ 5.000) para el tercer premio, Pesos Dos Mil ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS Un Mil Quinientos (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 1651/82,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de MARZO/09, obrante en el Anexo 1, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º. Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3º.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento que los regula, las que fueran previstas en la Resolución de Dirección General Nº 402/02, Artículo 1º de la Resolución de Dirección General Nº 020/03 y Artículo 4º de la Resolución de Dirección General Nº 170/08, otorgándose la suma de Pesos Quince Mil al primer premio, Pesos Diez Mil al segundo premio, Pesos Cinco Mil al tercer premio, Pesos Dos Mil al cuarto y quinto premio respectivamente y Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente, y Pesos Un Mil Quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas conforme la política de premios que rige a partir del Sorteo Nº 855.

ARTICULO 4º.-El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 Premios.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 25 de Febrero de 2009.

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social


ANEXO I


PROGRAMACION

SORTEOS DE QUINIELAS

MARZO/09


SORTEO FECHA LOTERIAS INTERVINIENTES HORA PRESCRIP DEBITOS

SFE ROS INTERIOR


0127 02.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 SFE 11.30 17.03.09 05.03.09

3517 02.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 17.03.09 05.03.09

3900 02.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 17.03.09 05.03.09

7660 02.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 17.03.09 05.03.09

0128 03.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 18.03.09 06.03.09

3518 03.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 18.03.09 06.03.09

3901 03.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 18.03.09 06.03.09

7661 03.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 18.03.09 06.03.09

0129 04.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 19.03.09 09.03.09

3519 04.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 19.03.09 09.03.09

3902 04.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 19.03.09 09.03.09

7662 04.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 22.00 19.03.09 09.03.09

0130 05.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 20.03.09 10.03.09

3520 05.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 20.03.09 10.03.09

3903 05.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 20.03.09 10.03.09

7663 05.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 20.03.09 10.03.09

0131 06.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 23.03.09 11.03.09

3521 06.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 23.03.09 11.03.09

3904 06.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 23.03.09 11.03.09

7664 06.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 23.03.09 11.03.09

0132 07.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 23.03.09 11.03.09

3522 07.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 23.03.09 11.03.09

7665 07.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 23.03.09 11.03.09

0133 09.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 25.03.09 12.03.09

3523 09.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 25.03.09 12.03.09

3905 09.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 25.03.09 12.03.09

7666 09.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 25.03.09 12.03.09

0134 10.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 25.03.09 13.03.09

3524 10.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 25.03.09 13.03.09

3906 10.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 25.03.09 13.03.09

7667 10.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 25.03.09 13.03.09

0135 11.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 26.03.09 16.03.09

3525 11.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 26.03.09 16.03.09

3907 11.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 26.03.09 16.03.09

7668 11.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FF 4 ORO 22.00 26.03.09 16.03.09

0136 12.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 27.03.09 17.03.09

3526 12.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 27.03.09 17.03.09

3908 12.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 27.03.09 17.03.09

7669 12.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 27.03.09 17.03.09

0137 13.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 30.03.09 18.03.09

3527 13.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 30.03.09 18.03.09

3909 13.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 30.03.09 18.03.09

7670 13.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 30.03.09 18.03.09

0138 14.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 30.03.09 18.03.09

3528 14.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 30.03.09 18.03.09

7671 14.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 30.03.09 18.03.09

0139 16.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 31.03.09 19.03.09

3529 16.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 31.03.09 19.03.09

3910 16.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 31.03.09 19.03.09

7672 16.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 31.03.09 19.03.09

0140 17.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 01.04.09 20.03.09

3530 17.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 01.04.09 20.03.09

3911 17.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 01.04.09 20.03.09

7673 17.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 01.04.09 20.03.09

0141 18.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 03.04.09 23.03.09

3531 18.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 03.04.09 23.03.09

3912 18.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 03.04.09 23.03.09

7674 18.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 22.00 03.04.09 23.03.09

0142 19.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 03.04.09 25.03.09

3532 19.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 03.04.09 25.03.09

3913 19.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 03.04.09 25.03.09

7675 19.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5CORDOBA 21.00 03.04.09 25.03.09

0143 20.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 06.04.09 26.03.09

3533 20.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 06.04.09 26.03.09

3914 20.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 06.04.09 26.03.09

7676 20.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 06.04.09 26.03.09

0144 21.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 06.04.09 26.03.09

3534 21.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 06.04.09 26.03.09

7677 21.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 06.04.09 26.03.09

0145 23.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 07.04.09 27.03.09

3535 23.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 07.04.09 27.03.09

3915 23.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 07.04.09 27.03.09

7678 23.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 07.04.09 27.03.09

0146 25.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 13.04.09 30.03.09

3536 25.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 13.04.09 30.03.09

3916 25.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 13.04.09 30.03.09

7679 25.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 22.00 13.04.09 30.03.09

0147 26.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 13.04.09 31.03.09

3537 26.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 13.04.09 31.03.09

3917 26.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 13.04.09 31.03.09

7680 26.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 CORDOBA 21.00 13.04.09 31.03.09

0148 27.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 13.04.09 01.04.09

3538 27.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 13.04.09 01.04.09

3918 27.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 13.04.09 01.04.09

7681 27.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 5 SANTIAGO 21.00 13.04.09 01.04.09

0149 28.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 13.04.09 01.04.09

3539 28.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 15.00 13.04.09 01.04.09

7682 28.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 13.04.09 01.04.09

0150 30.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 14.04.09 03.04.09

3540 30.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 14.00 14.04.09 03.04.09

3919 30.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 14.04.09 03.04.09

7683 30.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 14.04.09 03.04.09

0151 31.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 11.30 15.04.09 06.04.09

3541 31.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE l4.00 15.04.09 06.04.09

3920 31.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 17.30 15.04.09 06.04.09

7684 31.03.09 1 NAC 2 BS.AS 3 S FE 4 ORO 21.00 15.04.09 06.04.09


HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO PREVISTOS PARA EL MES DE MARZO/09


EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA

LOT. NACIONAL S E


LUNES A VIERNES 11.30 hs 14.00 hs 17.30 hs 21.00 hs

SABADOS 11.30 hs 15.00 hs — 21.00 hs


LOT. PROVINCIA DE

BUENOS AIRES


LUNES A VIERNES 11.30 hs 14.00 hs 17.30 hs 21.00 hs

SABADOS 11.30 hs 15.00 hs — 21.00 hs


LOT. SANTA FE


LUNES, MARTES

JUEVES Y VIERNES 11.30 hs 14.00 hs 17.30 hs 21.00 hs

MIERCOLES 11.30 hs 14.00 hs 17.30 hs 22.00 hs

SABADOS 11.30 hs 15.00 hs — 21.00 hs


LOT. MONTEVIDEO


LUNES A VIERNES — — 15.00 hs 21.00 hs

DESDE 09/03/09 AL 13/03/09 16.00 hs. 22.00 hs.

SABADOS ——- - ———- 21.00 hs


LOT. CORDOBA


JUEVES —- —- —— - 21.10 hs


LOT. SANTIAGO

DEL ESTERO


VIERNES — —— ——- - 22.30 hs


HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS


QUINIELA

Lunes a Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 11.15 hs.

EL PRIMERO”


QUINIELA Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 13.45 hs.

MATUTINA” Sábados: 14.45 hs.


QUINIELA Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 17.15 hs.

VESPERTINA” Código de Lotería 4 14.45 hs.

Lunes 09/03/09 al Sábado 13/03/09 Código de Lotería 4 15.45 hs.


QUINIELA

Lunes a Sábados: Códigos de Loterías 1, 2, 3, 4 y 5 20.45 hs.

NOCTURNA”


LAS MODIFICACIONES OBEDECEN A LOS CAMBIOS EN EL HUSO HORARIO EN LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY A PARTIR DEL SEGUNDO DOMINGO DEL MES DE MARZO Y AL DICTADO DE LA LEY 26350 EN LA REPUBLICA ARGENTINA.


CONCURSOS EXTRAS


SORTEO FECHA PERIODO COMPRENDIDO

875 04/03/09 06/02/09 AL 28/02/09

876 11/03/09 13/02/09 AL 07/03/09

877 18/03/09 20/02/09 AL 14/03/09

878 25/03/09 27/02/09 AL 21/03/09


DETALLE DE PREMIOS


PRIMER PREMIO: $ 15.000.- (PESOS QUINCE MIL)

SEGUNDO PREMIO: $ 10.000.- (PESOS DIEZ MIL)

TERCER PREMIO: $ 5.000.- (PESOS CINCO MIL)

CUARTO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)

QUINTO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)

SEXTO AL DECIMO PREMIO: $ 1.000.- (PESOS UN MIL)

PREMIO ESTIMULO PARA AGENCIEROS: $ 1.500 (PESOS UN MIL QUINIENTOS)


SE REALIZARAN ANTE ESCRIBANO PUBLICO, EN LA SALA DE SORTEOS DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE - Y SERA TRANSMITIDO POR CANAL 13 SANTA FE DE LA VERA CRUZ EL CORRESPONDIENTE A SANTA FE Y ZONA NORTE. LA NOMINA DE GANADORES CORRESSPONDIENTE A ROSARIO Y ZONA SUR, SE DARA A CONOCER A TRAVES DE CANAL 5 DE LA CIUDAD DE ROSARIO.


PRESCRIPCIONES


SEMANALMENTE SE EMITIRA UN MEMO POR TERMINAL QUE INDICARA LOS IMPORTES PAGADOS Y PRESCRIPTOS PARA CADA UNA DE LAS MODALIDADES DEL JUEGO QUINIELA. A LAS 72 (SETENTA Y DOS) HORAS SE EMITIRA EL DEBITO CORRESPONDIENTE EN CONCEPTO DE “PRESCRIPCION”.

DURANTE LOS 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS POSTERIORES A LA EMISION DEL MEMO, LA GERENCIA DE QUINIELA RECEPCIONARA LOS RECLAMOS PERTINENTES.

LOS DEBITOS EN CONCEPTO DE PRESCRIPCIONES DE SORTEOS DE QUINIELA Y POZO DE LA QUINIELA, SE EMITIRAN CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE:


SORTEOS Nº FECHA EMISION FECHA EMISION

MEMO DEBITO

Q.NOCTURNA 7658 AL 7663

Q. VESPERTINA 3899 AL 3903

Q. MATUTINA 3515 AL 3520 23.03.09 26.03.09

EL PRIMERO 0125 AL 0130

POZO DE LA QUINIELA 2278 AL 2282


Q. NOCTURNA 7664 AL 7669

Q. VESPERTINA 3904 AL 3908

Q. MATUTINA 3521 AL 3526 30.03.09 03.04.09

EL PRIMERO 0131 AL 0136

POZO DE LA QUINIELA 2283 AL 2288


Q. NOCTURNA 7670 AL 7675

Q. VESPERTINA 3909 AL 3913

Q. MATUTINA 3527 AL 3532 06.04.09 08.04.09

EL PRIMERO 0137 AL 0142

POZO DE LA QUINIELA 2289 AL 2294


Q. NOCTURNA 7676 AL 7678

Q. VESPERTINA 3914 AL 3915

Q. MATUTINA 3533 AL 3535 13.04.09 16.04.09

EL PRIMERO 0143 AL 0145

POZO DE LA QUINIELA 2295 AL 2297

Disponible a partir de las 14,00 horas.

GERENCIA DE QUINIELA.

S/C 2778 Mar. 10

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