picture_as_pdf 2003-03-10

DECRETO 3959

 

Santa Fe, 30 DIC. 2002

 

VISTO:

 

El expediente 00501-0040.111-9 del S.I.E. mediante el cual el Ministerio de Salud y Medio Ambiente propicia la prórroga hasta el 31/12/03 del estado de emergencia asistencial en la Provincia de Santa Fe, declarado mediante Decreto 924/02, con vigencia hasta el 31/12/02; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 2724/02 se prorrogó en el ámbito nacional la declaración de emergencia sanitaria, medida a la que la Provincia no permanece ajena;

Que el referido Decreto 924/02 contempla en su artículo 4° la posibilidad de prorrogar el estado de emergencia asistencial declarado en la Provincia, si las circunstancias así lo requiriesen;

Que si bien la situación producida por las variaciones y fluctuaciones en el sistema económico financiero durante el año 2002, ha encontrado en el presente un relativo equilibrio, numerosos efectos de esos desajustes tienen implicancia en procesos licitatorios llevados a cabo a esa fecha y en la actualidad, siendo necesario la continuidad de un marco legal para su renegociación, todo ello con miras a garantizar y posibilitar un criterio ecuánime en el cumplimiento de obligaciones contraídas, permitiendo sanear las deudas y recuperar la capacidad de negociación de precios al disponer de fondos para cancelar las obligaciones;

Que a pesar de la incipiente recomposición del sistema económico mencionado, los índices de desempleo (con la consiguiente pérdida de la cobertura médica que brindaba la obra social), son un claro ejemplo de la persistente y notoria demanda de atención hospitalaria, que si bien en parte está siendo atendida por los esfuerzos de este Gobierno Provincial que dispone de una parte importante de su presupuesto para tal fin, no deja de ser una situación excepcional que merece un tratamiento particular;

Que ello también conlleva la necesidad de dotar al titular de la citada Jurisdicción de mecanismos que le permitan conformar los actos administrativos indispensables para asegurar la prestación del servicio público, en un marco de legalidad, tal como se hiciera en el presente ejercicio, extendiéndose la facultad de autorización de reemplazos de personal a cargo de ese Ministerio, lo que significó agilidad en el cumplimiento de obligaciones a su cargo;

Que, de esta forma, la gestión del servicio público de salud puede ir acompañando las distintas demandas sociales en cumplimiento de la legalidad de sus actos;

Que la crítica situación descripta exige la presencia y participación del estado provincial para dictar medidas eficaces y oportunas que permitan dar respuestas adecuadas, asegurando el servicio de salud a todos  los habitantes de la Provincia, en conformidad con lo prescripto en los artículos 19° y 21° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2003 el estado de emergencia asistencial en la Provincia de Santa Fe, declarado mediante Decreto 924 de fecha 28/5/02, manteniéndose las medidas establecidas en dicha norma legal y en especial la delegación en el titular del Ministerio de Salud y Medio Ambiente de las facultades conferidas en el artículo 3° del citado acto administrativo.-

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese  y archívese.

REUTEMANN

Ing. Fernando Bondesio

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