picture_as_pdf 2011-02-10

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

 

POR

RICARDO DANIEL GIUSEPPONI

 

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otro s/Apremio Fiscal, Expte. N° 128/08, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula N° 1572-G-131, C.U.I.T. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día 23 de Febrero de 2011, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base de $ 1.648,66 (A.I.I.) cada uno, de no haber oferentes, seguidamente y en el mismo acto, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de postores, saldrá a la venta con una base del 20% de la primera base, los siguientes Inmuebles ubicados en la ciudad de Roldán (Lotes: 8 y 23, Manzana: “6”, Plano N° 90.384/1977, Sector: 35, Catastros: 06113/00 y 06114/00), que forman parte de una fracción de terreno de mayor área y que según su título se describe así: “Segundo:... Plano Nro. 53.913/1968... E) El lote Uno-e (1-e) ubicado con frente a la Ruta número Dieciséis (pavimento), distante a los cuatrocientos treinta y seis metros cincuenta y siete centímetros del Camino de la Media Legua hacia el Norte; mide veinte metros de frente por doscientos treinta y tres metros setenta centímetros de fondo, encerrando una superficie de cuatro mil seiscientos setenta y cuatro metros cuadrados; y linda: al Este con la Ruta número Dieciséis (pavimento); al Sud con el lote Uno-a; al Norte con el lote Uno-d; y al Oeste con parte de los lotes Uno-b y Uno-c, todos del mismo plano relacionado. Este lote es calificado en el plano como de lote en condominio. Los inmuebles, dos lotes de terrenos baldíos, libres de personas y cosas, se venden Desocupados, conforme acta de constatación, glosada a autos. De informe. Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre de los demandados, al Tomo: 153, Folio 296, Nº 111368; Tomo 153, Folio 298, Nro. 111370; Tomo: 153, Folio 328, N° 111874 y Tomo 153, Folio 331, N° 111875, Dpto. San Lorenzo. Los demandados no registran inhibiciones. Los inmuebles no registran hipotecas; Registran Embargos: 1) al Tomo: 118 E, Folio: 6057/6049/6050/6048,Nros. 394224/394227/394228/394225 de fecha 27/11/2009, por la suma de $ 9.635,18; 2) al Tomo 119 E, Folios 2263/2264/2265/2266,Nros. 340904/340905/340906/340907,de fecha 28/05/2010, por la suma de $ 9.635,18 todos por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% de seña con más el 3% de comisión al Martillero actuante en dinero en efectivo y/o cheque certificado, con más el 2% en concepto de Tasa de Remate conforme Ordenanza Municipal N° 482/06. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los 5 (cinco) días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Los impuestos, tasas y contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente, excepto la tasa municipal reclamada en autos. Previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. Para el caso de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su número de documento y deberá constar en los edictos a publicarse como condición de subasta. En el acta de subasta deberá dejar constancia la Actuaria del penúltimo postor, consignando sus datos personales. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Quien resulte comprador que deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resultare pertinente. El Expte. deberá ser entregado al Juzgado 5 (cinco) días antes de la subasta, a los fines de los Arts. 494 y 495 del C.P.C y C., y permanecerá reservado en Secretaría. Se encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, 4 de Febrero de 2011. Gabriela B. Cossovich, secretaria.

S/C             124528 Feb. 10 Feb. 14

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

 

POR

DAMIAN LOTTICI

 

Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Nro. 12, Civil y Comercial, Primera Nominación San Lorenzo, en autos: MUTUAL EMPLEADOS DE INDUSTRIAS QUIMICAS c/STEMPHELET, RICARDO DANIEL s/Ejecución Prendaria (Expte. Nº 652/2010), Martillero Damián Lottici (C.U.I.T. 20-22831365-4), venderá en pública subasta día 24 de febrero de 2011, 12,30 hs. en la Sala de Uso Múltiples de dicho Juzgado, o el día inmediato posterior a la misma hora y lugar si aquél resultara inhábil; el siguiente vehículo: Un automotor marca Helvética, tipo Transporte de carga, modelo 1.964, chasis marca Helvética, Nº 24722, dominio VIS-562. Informe registral consta a nombre demandado. Registra: a) Prenda en grado I, en estos autos $ 31.257, de fecha 23/01/08. El automotor saldrá a la venta en el estado de conservación que se encuentra, según constancias obrantes en autos, con base $ 2.784. De no haber postores, seguidamente y en el mismo acto saldrá a la venta con la retasa del 50% y si no existieren postores a continuación saldrá a la venta sin base y al mejor postor. Déjese constancia en los edictos y en el acta de subasta que se confeccione oportunamente que los impuestos, tasas y contribuciones, I.V.A., patentes y multas, como así también gastos de retiro, traslado y transferencia son a cargo del adquirente o comprador. Así también, previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y AFIP. Quien resulte comprador abonará en el mismo acto del remate el total del precio de venta con más el 10% de comisión del martillero actuante en dinero efectivo y/o cheque certificado. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el bien a subastar, a fin de que se tome conocimiento de las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero. Ello sin perjuicio de lo normado en el Art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 (cinco) días antes de la subasta, a los fines de los Arts. 494 y 495 CPCC, y permanecerá reservado en Secretaría. Para el caso de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su número de documento, y deberá constar en los edictos a publicarse como condición de subasta. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Hágase saber a la actora que deberá disponer para la exhibición del vehículo, el día hábil anterior a la fecha de subasta en el lugar depositado el mismo, en el horario de 15 a 17 horas. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, San Lorenzo, 4 de Febrero de 2011. Nora E. Baró, secretaria.

$ 166,32      124571 Feb. 10 Feb. 14

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