SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESOLUCION N° 378
Santa Fe, 28 de diciembre de 2004
VISTO:
El no funcionamiento de las Delegaciones e Inspectorías respecto de los Departamentos San Justo, Garay y las Comunas de San Javier cuya competencia territorial no depende de la Delegación Reconquista; y
CONSIDERANDO:
Que la Subdirección General de Delegaciones, Inspectorías y Rurales carece de personal e instalaciones que permitan atender adecuadamente los trámites relacionados con los recaudos legales conforme lo establece el Decreto N° 3114/99 respecto de la Ley 22248 (Rurales) para los Departamentos La Capital, San Justo, Garay , y las señaladas comunas de San Javier;
Que igual situación ocurre con los recaudos respecto de la Ley 20744 (LCT) para los departamentos Garay, San Justo y las comunas de San Javier que no dependen de la Delegación Reconquista;
Por ello:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1.- Mientras se disponga la creación de las delegaciones e inspectoría faltantes la Oficina de Recaudos y Control de la Dirección Regional Santa Fe asumirá los trámites relacionados con los recaudos legales originados en el Decreto N° 3114/99 respecto de la Ley 22248 (Rurales) para los Departamento La Capital, San Justo, Garay y las comunas de San Javier cuya competencia territorial no depende de la Delegación Reconquista.
Artículo 2.- Mientras no se disponga la creación de las delegaciones e inspectorías faltantes la Oficina de Recaudos y Control de la Dirección Regional Santa Fe asumirá los trámites relacionados con los recaudos legales originados en el Decreto N° 3114/99 respecto de la Ley 20744 (LCT) para los Departamentos Garay, San Justo y las comunas de San Javier cuya competencia territorial no depende de la Delegación Reconquista.
Artículo 3.- La presente norma legal tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2005.
Artículo 4.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Dr. ALBERTO H. GIANNESCHI
Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social
____________