REGISTRADA BAJO EL Nº 12783
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el convenio para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico para el uso Electroenergético en el río Carcarañá en la provincia de Santa Fe, suscripto en fecha 11 de enero de 2007, entre la Secretaría de Energía de la Nación, la provincia de Santa Fe y la Cooperativa Eléctrica de Armstrong, cuyo objeto es el estudio de prefactibilidad y factibilidad técnica-económica-ambiental para la determinación del potencial hidroeléctrico del río Carcarañá en el tramo de su curso comprendido dentro del territorio santafesino. El citado convenio se encuentra inscripto en fecha 12 de enero de 2007, al Folio Nº 103, Tomo VI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - Decreto Nº 1767/84, el que se adjunta a la presente ley pasando a formar parte integrante de la misma.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
EDMUNDO CARLOS BARRERA
Presidente
Cámara de Diputados
MARÍA EUGENIA BIELSA
Presidenta
Cámara de Senadores
DIEGO A. GIULIANO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
RICARDO PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2564
SANTA FE, 02-11-2007
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.783 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Arq. Alberto Nazareno Hammerly
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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